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CONCLUYE PERIODO ORDINARIO DE SESIONES

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Caminos del Mayab
Por Martín G. Iglesias

Dos eventos importantes en la vida pública de Quintana Roo, ocurren hoy. El primero tiene que ver con la conclusión del segundo periodo ordinario de sesiones del primer año de ejercicio constitucional de la XVIII Legislatura al Congreso de Quintana Roo; el segundo, vence el plazo para la declaración patrimonial de los funcionarios públicos.


Para los legisladores, son tres meses que tendrán de receso de actividades, pero eso no quiere decir que se desatiendan de sus asuntos, pues no se descarta que la Comisión Permanente cite a periodos extraordinarios, pues hay iniciativas pendientes como la modificación de la Ley de Movilidad, así como las presentadas por ciudadanos, como la modificación a la Ley de Condóminos del Estado de Quintana Roo, entre otras que pueda mandar el Ejecutivo.
Pero los integrantes de la XVIII Legislatura tienen un pendiente que la propia Presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, puso en la mesa de debate, el tema que tienen que ver con las privatizaciones de los servicios públicos como el agua potable, la disposición final de los desechos sólidos, el alumbrado público, el transporte, la prestación de servicios médicos, entre otros.


Hace un mes, el 30 de abril, en La Mañanera del Pueblo, la Presienta fue enfática en cuanto al tema del agua; “Se ha encontrado que, en los lugares de mayor escasez de agua, políticos del pasado tienen lagunas, mientras que empresarios de muy alto nivel tienen en sus espacios particulares lagunas, lagos, pozos o presas. Vamos a recuperar el agua, ya iniciamos procedimientos legales. Se acabaron los privilegios del pasado”, así mismo, pidió que se revisaran todas las concesiones otorgadas por municipios o estados.


Este es un pendiente, que hasta la fecha, ninguno de los grupos legislativos representados en el Congreso de Quintana Roo ha querido abanderar, porque aquí hay municipios que tienen concesionada la recoja y disposición final de la basura, el agua, el servicio de alumbrado público y hasta los servicios médicos para sus empleados; ya ni hablemos de la renta de patrullas que se volvió un negocio redondo.


El otro evento de impacto social en Quintana Roo, es que el 31 de mayo vence el plazo para que las 39 mil 677 personas servidoras públicas, presenten su Declaración de Situación Patrimonial y de Intereses, ante la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno del Estado (SABGOB).
Esto de acuerdo con la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en su artículo 32, todas las personas servidoras públicas deberán presentar, bajo protesta de decir verdad y ante las Secretarías o su respectivo Órgano Interno de Control su declaración de situación patrimonial y de intereses en los términos previstos. Así mismo, en el artículo 33 de la citada Ley, se contemplan los plazos para presentarla, correspondiendo al mes de mayo, la Declaración Patrimonial en la modalidad de modificación.


Mi pregunta es, ¿cuántos de los funcionarios modificaron su patrimonio?, ¿cuántos pasaron de vivir en lo suburbios a una zona exclusiva?, ¿cuántos cambiaron su auto a uno de último modelo? O ¿cuántos tienen ahorros mayores a su salario en bancos? Ahí se las dejo…
SASCAB
Ayer los tulumnenses celebraron 17 años de ser Municipio; destaco dos grandes ausencias que fueron precursores de este hecho, me refiero al extinto Marciano Dzul Caamal y a don Germán Gallegos (Don Cafeto), que cada uno desde su trinchera contribuyó para que hoy muchos políticos disfruten de las mieles del poder. Honor a quien honor merece. Al tiempo…

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LA SIMULACION PUBLICITARIA DE LOS POLITICOS

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“Caminos del Mayab”
Por Martín G. Iglesias

La estrategia que aplican algunos políticos para pagar publicidad en redes sociales, con el fin de posicionar su imagen, ya no es tan efectiva como cuando tuvo su boom del 2006-2018, donde la efectividad fue medida con el alcance que tenían dichas publicaciones y las tendencias que se generaban. Además de la simulación que sus propios proveedores les hacen, maquillando cifras y alcances.
Ahora, por más que hayan sido creadas cientos de páginas en Facebook, TikTok, Instagram y hasta en YouTube, no cuentan con la suficiente penetración en la intención del voto de la gente. Todo, por no usar los medios de comunicación, agentes de relaciones públicas y expertos en el tema de posicionamiento de imagen, por ello pagan cientos de miles de pesos asesorados por personas que no conocen el medio ambiente electoral.
En ese contexto, hice un ejercicio de ver cuántas páginas están certificadas, cuántos seguidores tienen y lo que invierten los(as) políticos en ellas, granjas de bots dedicadas a responder automáticamente a una publicación en “medios de comunicación” que no llegan o apenas superan el centenar de seguidores.
La lista es muy larga, porque son cientos de sitios creados con el propósito de promocionar la imagen de quien pague o de hacer mala publicidad a quien sea el adversario. Su antigüedad no es mayor a la de un año, además que simulan ser una página de un medio de comunicación reconocido, o sea, tratan de imitar hasta los colores de dicho medio.
Las páginas donde he encontrado publicidad de políticos de Quintana Roo, a favor y en contra, son: Extracto Político (4 seguidores), Noticias Turquesa (6 seguidores), Voz de la Esperanza (11), Solitario Solitario (43), Sin Miedo Al Sur (62), La Cuarta Voz (96), Noticias con M (97), QR News (120), Raíces del Sur (149), Cancún Al Frente (192), Electoralia Quintana Roo (72), Juntos Informamos Quintana Roo (243), Sur En Línea (621), Sureste Informativo (294) y muchas más que por cuestiones de espacio no las incluimos.
Lo que observo, es que estos políticos o funcionarios invierten a lo bruto, dejándose endulzar el oído por personas sin capacidad para el posicionamiento de imagen como lo haría un medio de comunicación establecido. El error más común es que no segmentan su mercado, no buscan una audiencia específica, como lo son los generadores de opinión reales, no las granjas de bots que les ofertan sus asesores;
Olvidan que el estudio de mercado es la base para poder determinar en dónde puedes tener la oportunidad de posicionamiento de imagen del político; son tacaños al llevar a cabo una pequeña investigación sobre los intereses que hacen que este perfil de cliente potencial (votantes) sobresalga por encima de las masas.
Desperdician las oportunidades que da un anuncio en Facebook u otra red social, como son: recolectar correos electrónicos de los visitantes de tu sitio, obtener más “me gusta” y comentarios en tu publicación para crear – con el tiempo, aprobaciones sociales para tu posicionamiento, relacionarte directamente con las personas que comentan tus anuncios y ayudarlos a efectuar la simpatía; en el futuro, reorientar a los visitantes de tu sitio y algo importante, invita a las personas que dieron un “me gusta” o hayan reaccionado ante cualquiera de las publicaciones, para que también te sigan en tu página Web.
Lo malo es que estas páginas son administradas desde las sombras y con presupuestos que no son rastreables, por ello es que los políticos o funcionarios no acuden a medios de comunicación establecidos legalmente, prefieren la oscuridad para realizar sus fechorías. Ahí se las dejo…
SASCAB
Atinada y efectiva es como describen los “nacionaleros” la descripción de la creación de la Dirección de Vivienda y Regularización de Asentamientos Humanos, que está a cargo de Alberto Farfán Bravo, quien conoce uy bien la situación jurídica de las colonias y fraccionamientos de Playa del Carmen.
Es una decisión acertada por parte del Cabildo que preside Estefanía Mercado Asensio, por el crecimiento que tiene el Municipio, cuyo propósito es promover la regularización de la tenencia de la tierra, lo que le permitirá a los posesionarios a tener certeza jurídica; eso sí, los que serán regularizados no deben tener ninguna propiedad, pues el objetivo es apoyar a quienes requieren donde vivir.
Si bien es cierto que hay muchos vivales que quieren hacer negocio con los terrenos, también hay personas que parcelan su propiedad para poder otorgar terrenos a bajo costo, pero que no les alcanza para realizar la municipalización de dichos predios; por eso la atinada creación de la Dirección de Vivienda y Regularización de Asentamientos en Playa del Carmen. Al tiempo…

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EL DERECHO A LA PROPIA IMAGEN

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“Columna Invitada”
Por el Dip. y Lic.Hugo Alday Nieto

Durante varios años, los tribunales especializados en materia de derechos de autor, han desarrollado una interesante interpretación ampliada del antiguo concepto de imagen que tutelaba el arcaico código civil al reconocerla como parte de los atributos de la personalidad.
A raíz de la reforma del artículo 1 constitucional de 2011, el derecho a la propia imagen se consideró como un derecho fundamental que emana de la dignidad de las personas y permite que cada individuo tenga la facultad de decidir cómo se utiliza su imagen y sus características identificativas como tatuajes, gustos, forma de vestir, peinados, etcétera, previniendo su uso indebido sin consentimiento por parte de terceros.
Este derecho protege una dimensión mora que va desde la voz o el nombre, y evita la captación, reproducción y publicación no autorizadas de su imagen, principalmente en aspectos de reproducción a través de canales controlados exclusivamente en el derecho de autor, como fotografías, páginas web, medios de comunicación, videos y soportes que tenga una función intermedia entre la libertad de expresión y el derecho a la información, garantizando que los intereses personales y privados no se vean vulnerados sin una justificación válida basada en la relevancia pública o el interés informativo, línea muy delgada que se ha sustituido en ultimas fechas con procesos jurídicos ante instancias electorales explotados cada vez más por personajes políticos.
Para el derecho de autor, los elementos clave incluyen el consentimiento para usar la imagen, la protección contra la difusión de cualquier representación reconocible de la persona y la salvaguarda contra el uso indebido que afecte la dignidad, el honor o la intimidad del individuo. La Ley Federal del Derecho de Autor y los códigos civiles locales ofrecen mecanismos para defender este derecho, incluyendo acciones por daño moral y procedimientos administrativos para la reparación de daños y la aplicación de sanciones.
Además, los tribunales han establecido precedentes que reconocen el derecho a la propia imagen como un atributo de la personalidad, protegido por el derecho a la privacidad. Esto implica que cualquier persona puede resistirse al uso no autorizado de su imagen, especialmente si este uso representa una invasión a su vida privada o una afectación a su honor y reputación. Por tanto, es esencial que cualquier reproducción o publicación de la imagen de una persona esté precedida del consentimiento explícito del individuo, salvo cuando el uso esté justificado por un interés mayor, como en el caso de figuras públicas en eventos públicos o en situaciones de relevancia periodística, pero para ello, existe la obligación de acreditar dicha relevancia.
En este sentido, criterios de la Corte como el denominado DERECHO A LA IMAGEN. EL ARTÍCULO 216 BIS DE LA LEY FEDERAL DEL DERECHO DE AUTOR ES APLICABLE PARA SU PROTECCIÓN CUANDO AQUÉLLA SE UTILIZA SIN CONSENTIMIENTO DEL TITULAR, la Primera Sala determinó que el derecho a la propia imagen es un derecho de la personalidad fundamental y personalísimo por ser derivado de la dignidad humana. Así mismo, otorga poder de decisión sobre las representaciones o manifestaciones gráficas de esa imagen y los usos o finalidades que se pretenda dar a éstas. Al ser un derecho fundamental tiene una protección específica frente a la utilización no consentida de la propia imagen con fines meramente comerciales o lucrativos.
De igual manera en la tesis DERECHO A LA PROPIA IMAGEN. INTERPRETACIÓN DE LOS CONTRATOS DE USO DEL RETRATO DE UNA PERSONA (MODELO), EN TÉRMINOS DE LOS ARTÍCULOS 75 Y 87 DE LA LEY FEDERAL DEL DERECHO DE AUTOR, señaló que en las tesis aisladas P. LXV/2009 y P. LXVII/2009, sostuvo que el derecho a la propia imagen es personalísimo, y faculta a su titular a decidir en forma libre, sobre la manera en que elige mostrarse frente a los demás y, por consiguiente, se configura, junto con otros también personalísimos (a la intimidad y a la identidad personal y sexual), como un derecho de defensa y garantía esencial para la condición humana sosteniendo que , la autorización del uso de la imagen de una persona en ciertos lugares, no puede considerarse como una cláusula abierta o ejemplificativa para usarla en otros no pactados expresamente, porque ello atentaría contra el derecho personalísimo mencionado inicialmente y, por ende, contra la dignidad humana.
En este sentido, y a falta de claridad en el Código Civil del estado de Quintana Roo, con la finalidad de poder establecer el fundamento del daño moral y su reparación específica para aquellas personas que son vulneradas en este derecho, la diputada Maria José Osorio, el diputado Ricardo Velazco y quien suscribe, hemos considerado necesario adicionar dicho instrumento civil a fin de poder complementar otro tipo de normas de carácter penal como la Ley Olimpia para poder hacer justicia a todas aquellas personas que son lesionadas en este nuevo mundo digital, ya que sin ello, los reclamos civiles seguirán, como siguen las cosas que no tienen mucho sentido.

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