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Condenan a 13 años de cárcel a ‘Bety la Fea’, exlíder del cártel de Juárez

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CIUDAD DE MÉXICO, 5 DE JUNIO.- El juez Segundo de Distrito en Matamoros, Tamaulipas, dictó sentencia condenatoria de 13 años ocho meses de prisión, en contra de Alberto Carrillo Fuentes, “Bety la fea”, ex líder del cártel de Juárez.

Carrillo Fuentes fue encontrado culpable de los delitos de contra la salud (posesión con fines de comercio de clorhidrato de cocaína); así como portación de arma de fuego y posesión de cartuchos de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea.


La Procuraduría General de la República (PGR), informó que Alberto Carrillo fue detenido en agosto de 2013 por elementos de la Policía Federal, en la localidad de Bucerías, en el Estado de Nayarit, junto con diversas armas, cartuchos y droga.

“Betty la Fea”, es hermano de Amado Carrillo Fuentes, “El Señor de los Cielos”, quien comandó el Cártel de Juárez a finales de la década de los 80 y hasta 1997, cuando supuestamente murió por una operación facial en la Ciudad de México.

Fuente Excélsior

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¡Lomitos en riesgo!, alertan sobre posible epidemia de parvovirus en toda la Península de Yucatán

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Mérida.- Luego de que se reportaran varios casos de la enfermedad canina llamada Parvovirus en Yucatan, Eduardo Ávalos, Coordinador del Comité Científico del Colegio de Médicos Veterinarios de Pequeñas Especies de Yucatán, advirtió que la cantidad de casos en la Península sugiere el inicio de una epidemia.

“Hay un brote significativo en todo el Estado, especialmente en Valladolid y Ticul, pero también en toda la península, con reportes de Campeche y Cancún. El aumento es alarmante y empieza a parecer una epidemia, por lo que instamos a todos a mantener las vacunas de sus mascotas al día”.

Ávalos destacó que los hospitales veterinarios están empezando a saturarse por la cantidad de perros hospitalizados y que el parvovirus es muy resistente al medio ambiente, pudiendo contagiar incluso días después de la exposición, y también de manera indirecta.

“El parvovirus es una enfermedad muy resistente, que comienza con vómitos y termina con diarreas sanguinolentas, destruyendo la mucosa intestinal. Es mortal en muchos casos, y la vacunación es crucial”.

Recordó que la vacunación en los perrros debe comenzar al mes y medio, con 3 o 4 refuerzos según la raza, y luego anualmente. Ávalos también subrayó la importancia de proteger a los perros mayores, ya que pierden la capacidad de generar anticuerpos.

Finalmente, llamó a no prestar atención a rumores de que se trata de coronavirus, calificándolos de ignorantes, y recalcó la importancia de vacunar a los perros y completar el esquema de vacunación, evitando el contacto con otros animales si no están vacunados.

Algunas resomendaciones para cudar a tus lomitos son:

  • Vacunar cachorros y re vacunar adultos.
  • No sacar a sus animales hasta haber controlado el brote
  • Poner tapete sanitario y desinfectar casa perreras y patios
  • No ir a lugares concurridos con otras mascotas
  • Revisa tu cartilla o contacta un veterinario
  • Aislar perros con decaimiento, vomito o diarrea.

¿Qué es el parvovirus?

El parvovirus canino es un virus altamente contagioso que afecta principalmente a los cachorros, aunque los perros adultos no están exentos de riesgo. Esta enfermedad se caracteriza por su capacidad para atacar el sistema gastrointestinal, causando síntomas graves como vómitos, diarrea severa (a menudo con sangre), letargo y pérdida de apetito. En casos graves, puede provocar deshidratación rápida y la muerte si no se trata a tiempo. El parvovirus canino se transmite a través del contacto con heces infectadas y puede sobrevivir en el ambiente durante largos períodos, lo que hace esencial la vacunación y la higiene rigurosa para prevenir su propagación.

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Impulsan Ley para que el presidente rinda un informe clínico cada año

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CDMX.- A fin de establecer que el presidente de la República debe informar al Congreso de la Unión sobre las condiciones de su salud, el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba (PAN) impulsa iniciativa que reforma y adiciona los artículos 6, 16, 69 y 82 de la Constitución Política.

En el artículo 69 constitucional busca agregar que, en la apertura de sesiones ordinarias del primer periodo de cada año de ejercicio del Congreso, el presidente de la República presentará “un informe clínico actualizado en versión pública donde se haga constar de la buena salud mental y la ausencia de una enfermedad incapacitante del titular del Poder Ejecutivo Federal”.

Además, en el artículo 82, propone dentro de los requisitos para ser presidente, “el tener un buen estado de salud mental y ausencia de enfermedad incapacitante, que deberá acreditarse con los estudios clínicos y dictámenes médicos de conformidad con las normas aplicables y la ley en la materia, mismos que deberán hacerse públicos”, así como “no tener padecimientos mentales, ni los comprendidos en alguna de las causas de incapacidad establecidas en el artículo 83”.

Mientras que en los artículos 6 y 16 sobre el derecho de acceso a la información y la protección de los datos personales, planea precisar que el estado de salud mental o enfermedad incapacitante del presidente de la República es información de interés público y quedará exceptuada de la protección y reservas de ley.

Ramírez Barba expone que el objetivo es asegurar que el presidente de la República mantenga una salud óptima para el ejercicio del gobierno; de ahí que se propone la implementación de exámenes de salud previos a la elección y anuales, dado que este asunto afecta la seguridad nacional.

“Es crucial que quienes lideran y protegen la soberanía y seguridad del país estén siempre en condiciones de hacerlo, evitando así poner en riesgo la existencia misma del Estado”, añade.

Hace mención que, durante los últimos sexenios, los ciudadanos han solicitado repetidamente conocer el estado de salud y el expediente clínico del presidente en turno, a menudo debido a especulaciones o escenarios de incertidumbre al respecto.

Sin embargo, agrega, tanto instituciones públicas garantes del derecho al acceso de la información, como tribunales han rechazado consistentemente proporcionar esta información, argumentando su carácter confidencial y reservado.

Considera que, la salud del presidente es un factor crítico que puede influir en numerosos aspectos del funcionamiento nacional. “Una mala salud del presidente puede provocar incertidumbre, inestabilidad y una serie de efectos negativos tanto a nivel nacional como internacional”.

El diputado Ramírez Barba argumenta que un presidente de la República, como servidor público, debe evitar especulaciones sobre su estado de salud, más allá de la mayor o menor apertura que tenga respecto de su privacidad. Y la ley debe garantizar a los ciudadanos el derecho de estar informados sobre las condiciones de salud de su presidente.

Por ello, la reforma constitucional busca establecer que el estado de salud mental o enfermedad incapacitante del presidente de la República sea información de interés público y quede exceptuada de la protección y reservas de ley, y presente al Congreso un informe clínico actualizado donde se haga constar de su buena salud mental y la ausencia de una enfermedad incapacitante.

La iniciativa fue turnada por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión a la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados.

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