Nacional
Confirman nuevos casos de gripe aviar en tres estados del país
Ciudad de México.- El Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (Senasica), confirmó la circulación del virus de Influenza Aviar de Alta Patogenicidad AH5N1, en una granja de postura comercial de Montemorelos, Nuevo León, con una población de 60 mil aves.
Y que además, encontró un nuevo caso en aves silvestres en Tijuana, Baja California y en una granja de postura familiar del municipio de Juárez, en Chiapas, con una población de 186 aves.
Informa el organismo de Agricultura, que las migraciones de aves silvestres de Canadá y Estados Unidos, causan brotes de esta influenza AH5N1, en diversos puntos del territorio nacional.
En el caso de Montemorelos, Nuevo León, el hallazgo fue resultado de la notificación oportuna de un productor neolonés, en apego a las acciones de vigilancia epidemiológica que lleva a cabo la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader), para proteger la producción de pollo y huevo del país en el marco del Dispositivo Nacional de Emergencia que se activó en junio pasado.
Inmediatamente los técnicos de la Comisión México–Estados Unidos para la Prevención de la Fiebre Aftosa y otras Enfermedades Exóticas de los Animales (CPA) del Senasica, acudieron a tomar muestras.
Y en los laboratorios oficiales se confirmó la presencia del virus. De inmediato se tomaron las medidas contra epidémicas correspondientes. Técnicos de la Dirección General de Sanidad Animal, instalaron la cuarentena y se aplicaron las medidas sanitarias indicadas.
Además, se procederá a la despoblación, limpieza y desinfección, vacío sanitario y habrá centinelas en la granja citada.
Aclara Senasica que la presencia de la influenza aviar AH5N1 no representa ningún riesgo para el consumo de pollo y huevo.
Senasica reiteró su exhorto a los productores avícolas comerciales y familiares a cumplir estrictamente las medidas de bioseguridad y evitar a toda costa la entrada de pájaros a sus unidades de producción avícola.
Igualmente, el personal debe bañarse antes de entrar a la granja, cambiar su ropa de casa por la del trabajo y repetir el procedimiento al salir de la Unidad de Producción Avícola.
Además, debe evitarse el ingreso de personas ajenas a las unidades de producción avícola y revisar escrupulosamente sus instalaciones con el fin de que no existan espacios por donde puedan ingresar las aves silvestres.
Para proteger la producción de carne de pollo y de huevo, Senasica invita a los productores y a la población en general a notificar de manera inmediata cualquier sospecha que detecten al teléfono 800 751 2100 y la aplicación AVISE en los sistemas iOS y Android.
También se puede reportar a cualquier oficina de la Secretaría de Agricultura, Senasica o Coordinación de la CPA que se encuentran en todos los Estados de la República.
Fuente El Sol de México
Nacional
Entra en vigor el Fondo de Pensiones para el Bienestar
Esta noche se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, que, entre otras cosas, modifica el destino de los recursos de aquellos ahorros de los trabajadores que no sean reclamados.
El decreto se publicó en la edición vespertina de este martes 30 de abril, el cual entrará en vigor mañana miércoles 1 de mayo.
¿Qué es el Fondo de Pensiones del Bienestar?
El dictamen para la creación del Fondo reforma y adiciona las siguientes leyes:
- Del Seguro Social
- Del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit)
- Del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste)
- De los Sistemas de Ahorro para el Retiro, Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público
- Del decreto por el que se extingue el Organismo Público Descentralizado denominado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero
- Abroga su Ley Orgánica, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2023.
- El Fondo para el Bienestar contará con un Comité Técnico que deberá emitir las reglas de operación sobre la recepción, administración, inversión, entregas y rendimientos de recursos a los institutos de seguridad social.
Su propósito es recibir, administrar, invertir y entregar los recursos que le sean aportados; será constituido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público como un fideicomiso público no considerado entidad paraestatal, en el cual el Banco de México actuará como fiduciario.
De acuerdo con Luisa María Alcalde, secretaria de Gobernación, antes de la reforma de 1997, impulsada por el presidente priista Ernesto Zedillo, el sistema de pensiones estaba en función del salario.
“Las pensiones estaban a cargo del IMSS. Te podías jubilar a los 60 años y con 10 años de trabajo, es decir, con 500 semanas de cotización”.
Detalló que antes un trabajador que ganaba 10 mil pesos se jubilaba en promedio con 10 mil pesos, prácticamente el 100 por ciento de su salario.
¿Y qué pasará con los Afores?
En el momento en el que se apruebe la creación de dicho Fondo, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores), las instituciones que realicen funciones similares de naturaleza pública, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir los recursos de las Subcuentas de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, al momento en que los trabajadores cumplan 70 años, sin necesidad de resolución judicial, debiendo notificar de cada traspaso al Instituto Mexicano del Seguro Social el mismo día en que se realice.
Esto NO será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el Instituto.
Para el caso de las y los trabajadores del Estado, el PENSIONISSSTE o las administradoras, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir dichos recursos al momento en que los trabajadores cumplan 75 años, sin necesidad de resolución judicial, al Fondo de Pensiones para el Bienestar.
Esto NO será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el Issste.
Fuente Milenio
Nacional
¡No más niños en moto! Aprueban diputados modificación en la Ley de Movilidad
CDMX.-Con 409 votos a favor, 25 en contra y 0 abstenciones, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó la modificación al artículo 49 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial para prohibir que menores de 12 años puedan viajar en motocicleta, aún cuando cumplan con la portación de casco.
Durante la sesión de este lunes, las y los diputados avalaron el dictamen que impide que niños viajen en este tipo de vehículos, con el objetivo principal es salvaguardar el bienestar de los menores de edad.
Actualmente la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial establece que el uso obligatorio de casco para personas conductoras y pasajeros de motocicletas, sin embargo, con esta reforma ya no se podrá transportar a los menores de 12 años.
Dicha ley sólo contemplaba que cualquier persona menor de 12 años viaje en los asientos traseros y con el cinturón de seguridad para proteger su integridad física.
El dictamen fue posteriormente enviado al Senado para continuar su proceso legislativo.
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