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La SEP suspende el programa piloto del nuevo plan de estudios

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Ciudad de México .- Durante la Reunión Nacional de Autoridades Educativas Estatales que se llevó a cabo este 18 de octubre de forma remota, la secretaria de Educación Pública, Leticia Ramírez Amaya refirió que ante los amparos promovidos contra el programa piloto del nuevo plan de estudios para la educación básica, se suspende de forma temporal su aplicación, no obstante, esto no representa la renuncia de la Secretaría de Educación Pública (SEP) a la defensa legal correspondiente.

En este sentido, agregó que la SEP sigue de forma puntual los juicios de amparo promovidos contra el artículo cuarto transitorio del Acuerdo 14/08/22 que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF). Esta suspensión será de manera temporal y en respeto al Estado de derecho, de igual forma, la SEP interpuso los recursos previstos en la ley, de los cuales se espera que haya una pronta resolución a favor del interés superior de niñas, niños y adolescentes de México. No obstante, seguirá en pie la formación continua para docentes sobre el Plan de Estudios para Preescolar, Primaria y Secundaria, que se llevará a cabo de acuerdo con lo establecido en el Calendario Escolar 2022-2023-.

Esta interrupción se dio en el contexto de lassuspensiones emitidas por dos jueces federales el pasado 12 de octubre. La estrategia estaba contemplada para aplicarse en al menos 30 escuelas de cada entidad y busca crear una sinergia entre escuela y comunidad. Ante ello, la rectora de la Universidad Pedagógica Nacional (UPN), Rosa María Torres, hizo hincapié en la necesidad de activar el programa con el fin de abrir espacios de diálogo para vincular el desarrollo profesional en la formación del docente.

Por su parte, la directora general de Desarrollo Curricular, Xóchitl Moreno Fernández, detalló que dicho programa pone énfasis en el derecho humano a estudiar de las y los alumnos. Además de que se reconoce la autonomía profesional del magisterio, la cual consiste en contextualizar los contenidos del currículum nacional con base en las necesidades formativas de los estudiantes de Educación Básica, con el fin de recuperar los saberes de la comunidad.

En tanto, el investigador emérito del Instituto de Investigaciones sobre la Universidad y la Educación (IISUE) de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), Ángel Díaz-Barriga Casales, explicó que el plan de estudios aspira a otras formas de organización escolar, lo que implica pensar otra estructura en el salón de clases que, con la creatividad de los docentes, impulse formas diálogo en el aula y no formas de escucha.

¿En qué consiste el nuevo plan de estudios?

Fue el pasado 16 de agosto cuando la SEP presentó el nuevo plan de estudios, el cual se dio a conocer que estaría vigente para los preescolaresprimarias secundarias de todo el país a partir del ciclo escolar 2022-2023 mediante una prueba piloto la cual ha ya ha sido suspendida.

De acuerdo con Martha Velda Hernández Moreno, la subsecretaria de Educación Básica, esta fase de prueba iniciaría el 29 de octubre de este año en todas las entidades federativas y el objetivo era que al menos 30 escuelas de cada estado participaran en esta prueba. Los siguientes cuatro ejes serían aplicados a estudiantes de primer grado de preescolar, primaria y secundaria:

  1. Formación docente
  2. Co-diseño de los programas de estudio
  3. Estrategias nacionales
  4. Transformación administrativa y de gestión

Fuente El Heraldo de Mexico

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Nacional

Entra en vigor el Fondo de Pensiones para el Bienestar

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Esta noche se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, que, entre otras cosas, modifica el destino de los recursos de aquellos ahorros de los trabajadores que no sean reclamados.

El decreto se publicó en la edición vespertina de este martes 30 de abril, el cual entrará en vigor mañana miércoles 1 de mayo.

¿Qué es el Fondo de Pensiones del Bienestar?
El dictamen para la creación del Fondo reforma y adiciona las siguientes leyes:

  • Del Seguro Social
  • Del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit)
  • Del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste)
  • De los Sistemas de Ahorro para el Retiro, Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público
  • Del decreto por el que se extingue el Organismo Público Descentralizado denominado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero
  • Abroga su Ley Orgánica, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2023.
  • El Fondo para el Bienestar contará con un Comité Técnico que deberá emitir las reglas de operación sobre la recepción, administración, inversión, entregas y rendimientos de recursos a los institutos de seguridad social.

Su propósito es recibir, administrar, invertir y entregar los recursos que le sean aportados; será constituido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público como un fideicomiso público no considerado entidad paraestatal, en el cual el Banco de México actuará como fiduciario.

De acuerdo con Luisa María Alcalde, secretaria de Gobernación, antes de la reforma de 1997, impulsada por el presidente priista Ernesto Zedillo, el sistema de pensiones estaba en función del salario. 

“Las pensiones estaban a cargo del IMSS. Te podías jubilar a los 60 años y con 10 años de trabajo, es decir, con 500 semanas de cotización”.
Detalló que antes un trabajador que ganaba 10 mil pesos se jubilaba en promedio con 10 mil pesos, prácticamente el 100 por ciento de su salario.

¿Y qué pasará con los Afores?
En el momento en el que se apruebe la creación de dicho Fondo, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores), las instituciones que realicen funciones similares de naturaleza pública, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir los recursos de las Subcuentas de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, al momento en que los trabajadores cumplan 70 años, sin necesidad de resolución judicial, debiendo notificar de cada traspaso al Instituto Mexicano del Seguro Social el mismo día en que se realice. 

Esto NO será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el Instituto.

Para el caso de las y los trabajadores del Estado, el PENSIONISSSTE o las administradoras, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir dichos recursos al momento en que los trabajadores cumplan 75 años, sin necesidad de resolución judicial, al Fondo de Pensiones para el Bienestar. 

Esto NO será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el Issste.

Fuente Milenio

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¡No más niños en moto! Aprueban diputados modificación en la Ley de Movilidad

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CDMX.-Con 409 votos a favor, 25 en contra y 0 abstenciones, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó la modificación al artículo 49 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial para prohibir que menores de 12 años puedan viajar en motocicleta, aún cuando cumplan con la portación de casco.

Durante la sesión de este lunes, las y los diputados avalaron el dictamen que impide que niños viajen en este tipo de vehículos, con el objetivo principal es salvaguardar el bienestar de los menores de edad.

Actualmente la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial establece que el uso obligatorio de casco para personas conductoras y pasajeros de motocicletas, sin embargo, con esta reforma ya no se podrá transportar a los menores de 12 años.

Dicha ley sólo contemplaba que cualquier persona menor de 12 años viaje en los asientos traseros y con el cinturón de seguridad para proteger su integridad física.

El dictamen fue posteriormente enviado al Senado para continuar su proceso legislativo.

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