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Salinas Pliego pide legalizar las drogas en México

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CIUDAD DEMÉXICO, 12 DE SEPTIEMBRE.- Ricardo Salinas Pliego, uno de los hombres más ricos del país y el presidente de Grupo Salinas (TV Azteca, Banco Azteca, Elektra e Italika), es necesario legalizar todas las drogas, como parte de los esfuerzos para garantizar el estado de derecho.

“No hay de otra más que legalizar las drogas, que se vuelva un negocio lícito y paguen impuestos… Tengo confianza en que el nuevo gobierno puede cambiar la lucha contra el narco. Se tienen que legalizar las drogas”, dijo el empresario durante su ponencia en la Semana Nacional del Emprendedor.

“La persona que se quiera drogar, que lo haga. Nosotros no tenemos que pagar el plato. Es mentira que la guerra contra las drogas evite la adicción”, añadió.

Salinas Pliego señaló que parte de los objetivos del país y del nuevo régimen son incrementar el capital físico y humano, garantizar el estado de derecho y la gobernabilidad que permita disminuir la violencia.

“Ojalá que el nuevo régimen tenga la visión de apoyar a los que están iniciando un negocio…Se necesita igualdad de condiciones. La pobreza es un problema que se debe atender formando capital humano”, dijo.

Salinas Pliego añadió que la falta del estado de derecho es un problema grave para el emprendimiento.

“Hay que obligar al gobierno a que cumpla. Hay que exigir la aplicación del estado de derecho. México tiene todo para convertirse en una potencia económica”, manifestó.

Salinas Pliego se posiciona en el quinto lugar de la edición 32 del ranking de los multimillonarios mexicanos de Forbes, con una fortuna de 7,100 millones de dólares (mdd) en 2017, 97.2% más que en 2016.

El empresario sólo fue rebasado por Carlos Slim, dueño de América Móvil; el empresario minero Germán Larrea, director de Grupo México; Alberto Baillères, dueño de Grupo Bal; y Eva Gonda, viuda de Eugenio Garza Lagüera, ex presidente de la cadena de embotelladoras y tiendas de conveniencia Femsa.

Fuente Msn Noticias
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Nacional

Entra en vigor el Fondo de Pensiones para el Bienestar

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Esta noche se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, que, entre otras cosas, modifica el destino de los recursos de aquellos ahorros de los trabajadores que no sean reclamados.

El decreto se publicó en la edición vespertina de este martes 30 de abril, el cual entrará en vigor mañana miércoles 1 de mayo.

¿Qué es el Fondo de Pensiones del Bienestar?
El dictamen para la creación del Fondo reforma y adiciona las siguientes leyes:

  • Del Seguro Social
  • Del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit)
  • Del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste)
  • De los Sistemas de Ahorro para el Retiro, Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público
  • Del decreto por el que se extingue el Organismo Público Descentralizado denominado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero
  • Abroga su Ley Orgánica, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2023.
  • El Fondo para el Bienestar contará con un Comité Técnico que deberá emitir las reglas de operación sobre la recepción, administración, inversión, entregas y rendimientos de recursos a los institutos de seguridad social.

Su propósito es recibir, administrar, invertir y entregar los recursos que le sean aportados; será constituido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público como un fideicomiso público no considerado entidad paraestatal, en el cual el Banco de México actuará como fiduciario.

De acuerdo con Luisa María Alcalde, secretaria de Gobernación, antes de la reforma de 1997, impulsada por el presidente priista Ernesto Zedillo, el sistema de pensiones estaba en función del salario. 

“Las pensiones estaban a cargo del IMSS. Te podías jubilar a los 60 años y con 10 años de trabajo, es decir, con 500 semanas de cotización”.
Detalló que antes un trabajador que ganaba 10 mil pesos se jubilaba en promedio con 10 mil pesos, prácticamente el 100 por ciento de su salario.

¿Y qué pasará con los Afores?
En el momento en el que se apruebe la creación de dicho Fondo, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores), las instituciones que realicen funciones similares de naturaleza pública, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir los recursos de las Subcuentas de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, al momento en que los trabajadores cumplan 70 años, sin necesidad de resolución judicial, debiendo notificar de cada traspaso al Instituto Mexicano del Seguro Social el mismo día en que se realice. 

Esto NO será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el Instituto.

Para el caso de las y los trabajadores del Estado, el PENSIONISSSTE o las administradoras, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir dichos recursos al momento en que los trabajadores cumplan 75 años, sin necesidad de resolución judicial, al Fondo de Pensiones para el Bienestar. 

Esto NO será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el Issste.

Fuente Milenio

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Nacional

¡No más niños en moto! Aprueban diputados modificación en la Ley de Movilidad

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CDMX.-Con 409 votos a favor, 25 en contra y 0 abstenciones, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó la modificación al artículo 49 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial para prohibir que menores de 12 años puedan viajar en motocicleta, aún cuando cumplan con la portación de casco.

Durante la sesión de este lunes, las y los diputados avalaron el dictamen que impide que niños viajen en este tipo de vehículos, con el objetivo principal es salvaguardar el bienestar de los menores de edad.

Actualmente la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial establece que el uso obligatorio de casco para personas conductoras y pasajeros de motocicletas, sin embargo, con esta reforma ya no se podrá transportar a los menores de 12 años.

Dicha ley sólo contemplaba que cualquier persona menor de 12 años viaje en los asientos traseros y con el cinturón de seguridad para proteger su integridad física.

El dictamen fue posteriormente enviado al Senado para continuar su proceso legislativo.

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