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SOCIALIZAR PREVENCION DE VIOLENCIA DE GENERO

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“Caminos del Mayab”
Por Martín G. Iglesias

Como cada día 25 de los meses del año, en todos los órdenes de gobierno y poderes del Estado, es celebrado “el Día Naranja”, con la finalidad de hacer conciencia para eliminar la violencia de género contra la mujer y las niñas; solo que las campañas no han permeado al tejido social, porque la incidencia de violencia familiar en Quintana Roo va en aumento.
Esto no quiere decir que el 100 por ciento es contra las mujeres, pero sí en un 80 por ciento, lo que revela la necesidad de la participación de los tres poderes del Estado, principalmente el Legislativo, así como las organizaciones sociales que ayudan a la prevención contra este tipo de violencia.
Con información de la Plataforma de Incidencia Delictiva, Observatorio Nacional Ciudadano, en enero de este 2025, Quintana Roo reportó 571 casos, o sea un 29.93% de todos los delitos; en febrero fue de 572 quejas, un 29.98%; en marzo fue de 613, con un 32.13 por ciento; abril, 612, representando 32.08%; mayo fue el mes más alto con 663 casos y un 34.75%; finalmente, junio terminó con 652 casos, es decir un 34.12% del total de los delitos en la Entidad.
El comportamiento de estas estadísticas es la muestra del avance que hay sobre la incidencia delictiva “violencia familias” en los hogares de Quintana Roo, más aquella que no se reporta, la llamada cifra negra. También demuestra que no se ha socializado el tema de prevención y menos la penetración a los estratos donde existe mayor posibilidad de violencia, aunque no es exclusivo, es en los suburbios donde mayor se da.


Los expertos que estudian el comportamiento coinciden que las manifestaciones pueden ser violencia física, que se caracteriza por el uso de comportamientos o conductas agresivas repetitivas, con el objetivo de causar dolor a la víctima. Este tipo de agresiones son de carácter intencional, nunca accidental, ya que se busca dañar y poner en riesgo.
La violencia psicológica, definida como una desvalorización reiterada; se lleva a cabo por medio de humillaciones, críticas, amenazas, juegos mentales, burlas, o destrucción de objetos personales; esta violencia no es tan visible como la física y es más difícil de demostrar. Muchas veces la víctima no la identifica, sino que la justifica como propia del carácter del agresor.
Violencia verbal, que hace referencia a las actitudes hostiles del agresor por medio del lenguaje verbal, utilizando el uso de reproches, insultos, amenazas, palabras soeces, respuestas agresivas y desprecio por las opiniones y actividades que realiza la otra persona, burla o insulto.
Violencia económica, consistente en la privación intencionada y no justificada legalmente, de recursos para el bienestar físico o psicológico de la mujer y sus hijos/as, así como la discriminación en la disposición de recursos compartidos en el ámbito de la convivencia. Se presenta en cualquier clase social.
Violencia sexual, que se concibe en aquellas acciones en que la persona es obligada, inducida o presionada a realizar o presenciar algún tipo de práctica sexual no deseada. Exigir o imponer la relación sexual, obligar a la víctima a prácticas que resulten dolorosas, desagradables o que simplemente no desea.
Es un deber social y moral denunciar este tipo de delito ante las autoridades correspondientes, ya sea en la calle, en el vecindario, en la fuente de trabajo o donde lo observemos, porque solo así podremos disminuir su incidencia, dejar todo a las autoridades, nunca ha sido una solución profunda a problemáticas de este tipo, es necesaria la participación de todos. Ahí se las dejo…
SASCAB
Por cierto, la guerra de encuestas sobre preferencias electorales rumbo al 2027, no se detiene, al contrario, cada vez más observamos encuestadoras que salen de la nada para decir que Fulana o Fulano llevan la delantera, como dice uno de los políticos: quien paga las encuestas aparece en primer lugar. La objetividad está en la calle, en el sentir de la gente. Al tiempo…

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DeUltimaHora/PLAN MICHOACÁN PARA LA PAZ Y LA JUSTICIA

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“La Última Palabra”
Por: Jorge A. Martínez Lugo.

• Anuncia Claudia Sheinbaum en La Mañanera de este 4 de noviembre, un proceso de consulta y mesas de trabajo para que la próxima semana se anuncie y se empiece a implementar.

• Se sustentará no en la guerra, sino en la construcción de la paz con seguridad y justicia.

Al iniciar la conferencia mañanera de este martes 4 de noviembre, la presidenta Claudia Sheinbaum anunció la creación del Plan Michoacán por la Paz y la Justicia, el cual se empezará a construir desde este mismo día, mediante consulta a la sociedad michoacana y mesas de trabajo.

“No se sustentará en la violencia ni en la guerra, sino en la construcción de paz, con seguridad y justicia” resaltó la presidenta.

En respuesta al artero crimen del presidente municipal de Uruapan, Carlos Manzo Rodríguez y al clima de extorsión y violencia en la entidad, la presidenta detalló que dicho plan se sustentará en tres ejes: a) Fortalecimiento de la presencia de las fuerzas del orden de manera coordinada los tres órdenes de gobierno; b) Desarrollo económico, y c) Educación y cultura de la paz. (Información en construcción).
ooOoo

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LA COSA JUZGADA

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“Articulo de Opinion”
Por el Dip. y Lic.Hugo Alday Nieto

Hace unas semanas que la ministra Lenia Batres Guadarrama ha manifestado su intención de combatir y regular lo que ella denomina “la cosa juzgada fraudulenta”, y para ello, desde el mes de abril de 2025 en su página web manifestó la necesidad de definir y regular esta figura de su propia inventiva desde una concepción simplista desde mi criterio. (https://leniabatres.com.mx/notas-informativas/f/legislar-sobre-el-concepto-de-%E2%80%9Ccosa-juzgada-fraudulenta%E2%80%9D)
Pero para ser muy específicos, debemos aclarar que la cosa juzgada es una figura legal que se refiere a la situación en la que una resolución judicial ha adquirido firmeza y no puede ser objeto de otro recurso o acción legal que cuestione su validez o efectos. En otras palabras, significa que una vez que una sentencia ha sido dictada y no hay posibilidad de apelación o revisión, se considera cosa juzgada y el juicio termina.
La cosa juzgada es un principio fundamental en el sistema legal, ya que busca garantizar la seguridad jurídica y la estabilidad de las decisiones judiciales. Su objetivo es evitar que un mismo litigio sea sometido a un nuevo proceso judicial una vez que se ha emitido una sentencia definitiva con efectos vinculantes tanto para las partes del proceso como para los tribunales de justicia.
Esto significa que las partes no pueden volver a litigar sobre la misma cuestión que ha sido resuelta en una sentencia firme, y que los tribunales deben respetar y aplicar la decisión previa. Es importante tener en cuenta que la cosa juzgada solo se aplica a los aspectos que han sido objeto de debate y resolución en el proceso judicial. No impide la posibilidad de iniciar nuevos procesos o recursos legales en relación a otros aspectos no resueltos anteriormente.
Sus principales características son:

  1. Definitividad: La cosa juzgada se aplica a resoluciones judiciales definitivas, es decir, aquellas que no admiten recurso o impugnación posterior, como las sentencias definitivas y las resoluciones que pongan fin al proceso. Allí muere la cosa.
  2. Inmutabilidad: Una vez que una resolución se encuentra bajo el efecto de cosa juzgada, no puede ser modificada ni revocada por las mismas partes ni por otros tribunales. Se llama certeza jurídica.
  3. Oponibilidad: La cosa juzgada tiene efectos erga omnes, lo que significa que vincula a todas las partes involucradas en el proceso. Nadie puede discutir lo que ha sido juzgado.
    En este orden de ideas, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece principios fundamentales que subyacen a la figura de la cosa juzgada, por medio de la certeza y seguridad jurídica derivada de la cosa juzgada que se enmarcan en los derechos al debido proceso y a la legalidad, consagrados en los artículos 14 y 16 de la Constitución General. Asimismo, el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares y sus equivalentes en las distintas materias regulan de manera específica la cosa juzgada.
    En este sentido, considero que, jurídicamente el determinar el posible desvanecimiento de la cosa juzgada por algún esquema como el que plantea la ministra, puede poner en grave riesgo la solvencia del sistema jurídico al abrir la puerta a la posibilidad de volver a juzgar juicios concluidos con base en la más subjetiva de las interpretaciones de la autoridad jurisdiccional que, de buenas a primera quiera re-juzgar lo ya juzgado, porque considere que hubo corrupción desde una interpretación moralmente superior rompiendo con la certeza que da sustento a la confianza de un poder judicial.
    Esta es una de las razones por las que hemos sido insistentes en que la SEP haga una verdadera revisión de los Revoes y plantes de estudios de las escuelas y facultades de derecho antes de liberar cédulas y grados académicos de dudoso contenido cómo los que ostenta la promovente de dicho proyecto de acuerdo.
    Por ello, ante la posibilidad de que la nueva Corte apruebe la disolución de la cosa juzgada, es pertinente que desde las universidades en sus escuelas y facultades de derecho, los institutos de investigación jurídica, barras y colegios de abogados, claustros doctorales y grupos de abogados postulantes, hagamos un llamado enérgico para que este tema se considere desde el más profundo estudio dogmático y no así, a la ligera desde un concepto de corrupción jurisdiccional que además de lo tremendamente subjetivo que pueda parecer, sobrepasa los límites de la autoridad judicial al pretender establecerse como el gran legislador mexicano vulnerando la función formal y material del Poder Legislativo. De no ser así, la justicia seguirá como siguen las cosas que no tienen mucho sentido.
    Dr. Hugo Alday Nieto

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