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Ordena juez traslado de Alejandro Gutiérrez a la CDMX

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CIUDAD DE MÉXICO, 22 DE ABRIL.- El juez Gerardo Moreno García dio un plazo de 24 horas para el Estado de Chihuahua ponga a disposición y traslade al Reclusorio Norte de la Ciudad de México a Alejandro Gutiérrez Gutiérrez, exsecretario general adjunto del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Revolucionario Institucional; al exdirector de Adquisiciones y Servicios de la Secretaría de Hacienda de Chihuahua, Antonio Enrique Tarín García; y el exdirector general de Administración de Hacienda de esa entidad, Gerardo Villegas Mandriles; coacusados de desvío de 250 millones de pesos del gobierno de Chihuahua a campañas de candidatos priistas.
Comunicación Social de la Fiscalía de Chihuahua detalló que Gutiérrez Gutiérrez está a disposición del órgano jurisdireccional, por lo que podría no ser trasladado ya que tiene otra causa penal ante un juez de control del Estado de Chihuahua.

Sin embargo el juez  Moreno García señala en su dictamen que en caso de incumplimiento sin causa justificada se sancionará al director del Cereso de Aquiles Serdán con una multa de 80 mil 600 pesos.

El gobierno de Chihuahua, encabezado por el panista Javier Corral, ha promovido diversos recursos para evitar que los expedientes del caso se convirtieran en asuntos de competencia federal y el traslado de señalados.

Sin embargo, los tribunales federales resolvieron que el desvío de 200 millones de pesos sea llevado por jueces federales, ya que los recursos involucrados fueron entregados como parte de los apoyos federales para programas educativos en el Estado de Chihuahua.

Los  tres inculpados enfrentan otros procesos penales del fuero común, por lo que el juez Moreno García señaló en su resolución que debido a que los tres detenidos cuentan con diversas causas penales, éstas seguirán su cauce legal, aun cuando los referidos físicamente se encuentren en esta Ciudad de México, toda vez que los procesos correspondientes, de conformidad con el artículo 51, del Código Nacional de Procedimientos Penales, podrán llevarse a cabo mediante el uso de videoconferencias.

El juicio contra Gutiérrez llevó a una pugna entre el Gobierno Federal y el del Estado de Chihuahua, pues estos últimos acusaron a la Federación por presunta retención de recursos como represalia contra el juicio contra el exsecretario general adjunto del PRI.

Fuente Vanguardia

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Nacional

Entra en vigor el Fondo de Pensiones para el Bienestar

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Esta noche se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, que, entre otras cosas, modifica el destino de los recursos de aquellos ahorros de los trabajadores que no sean reclamados.

El decreto se publicó en la edición vespertina de este martes 30 de abril, el cual entrará en vigor mañana miércoles 1 de mayo.

¿Qué es el Fondo de Pensiones del Bienestar?
El dictamen para la creación del Fondo reforma y adiciona las siguientes leyes:

  • Del Seguro Social
  • Del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit)
  • Del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste)
  • De los Sistemas de Ahorro para el Retiro, Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público
  • Del decreto por el que se extingue el Organismo Público Descentralizado denominado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero
  • Abroga su Ley Orgánica, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2023.
  • El Fondo para el Bienestar contará con un Comité Técnico que deberá emitir las reglas de operación sobre la recepción, administración, inversión, entregas y rendimientos de recursos a los institutos de seguridad social.

Su propósito es recibir, administrar, invertir y entregar los recursos que le sean aportados; será constituido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público como un fideicomiso público no considerado entidad paraestatal, en el cual el Banco de México actuará como fiduciario.

De acuerdo con Luisa María Alcalde, secretaria de Gobernación, antes de la reforma de 1997, impulsada por el presidente priista Ernesto Zedillo, el sistema de pensiones estaba en función del salario. 

“Las pensiones estaban a cargo del IMSS. Te podías jubilar a los 60 años y con 10 años de trabajo, es decir, con 500 semanas de cotización”.
Detalló que antes un trabajador que ganaba 10 mil pesos se jubilaba en promedio con 10 mil pesos, prácticamente el 100 por ciento de su salario.

¿Y qué pasará con los Afores?
En el momento en el que se apruebe la creación de dicho Fondo, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores), las instituciones que realicen funciones similares de naturaleza pública, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir los recursos de las Subcuentas de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, al momento en que los trabajadores cumplan 70 años, sin necesidad de resolución judicial, debiendo notificar de cada traspaso al Instituto Mexicano del Seguro Social el mismo día en que se realice. 

Esto NO será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el Instituto.

Para el caso de las y los trabajadores del Estado, el PENSIONISSSTE o las administradoras, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir dichos recursos al momento en que los trabajadores cumplan 75 años, sin necesidad de resolución judicial, al Fondo de Pensiones para el Bienestar. 

Esto NO será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el Issste.

Fuente Milenio

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Nacional

¡No más niños en moto! Aprueban diputados modificación en la Ley de Movilidad

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CDMX.-Con 409 votos a favor, 25 en contra y 0 abstenciones, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó la modificación al artículo 49 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial para prohibir que menores de 12 años puedan viajar en motocicleta, aún cuando cumplan con la portación de casco.

Durante la sesión de este lunes, las y los diputados avalaron el dictamen que impide que niños viajen en este tipo de vehículos, con el objetivo principal es salvaguardar el bienestar de los menores de edad.

Actualmente la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial establece que el uso obligatorio de casco para personas conductoras y pasajeros de motocicletas, sin embargo, con esta reforma ya no se podrá transportar a los menores de 12 años.

Dicha ley sólo contemplaba que cualquier persona menor de 12 años viaje en los asientos traseros y con el cinturón de seguridad para proteger su integridad física.

El dictamen fue posteriormente enviado al Senado para continuar su proceso legislativo.

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