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Tribunal de Morelos valida constancia de residencia de Cuauhtémoc Blanco

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CUERNAVACA, 19 DE ABRIL.- El Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Morelos consideró como “notoriamente improcedente” la demanda que presentaron los hermanos Julio César y Roberto Carlos Yáñez Moreno en contra del exfutbolista Cuauhtémoc Blanco, y particularmente contra la constancia de residencia presentada para su registro como candidato a la gubernatura.

Y es que los Yáñez, antiguos aliados del alcalde con licencia de Cuernavaca, presentaron una demanda para recurrir la constancia de residencia que éste presentó, uno de los requisitos que se exigen para ser candidato a gobernador.

La querella quedó asentada en el expediente TJA/3aS/SN/2018.

El Tribunal desechó el recurso que pretendía anular la constancia para impedir la candidatura de Blanco Bravo a la gubernatura de Morelos por la coalición Juntos Haremos Historia, integrada por el Encuentro Social (PES), Partido del Trabajo (PT) y Morena

La Tercera Sala del Tribunal de Justicia Administrativa calificó la demanda como “notoriamente improcedente”, pues el otorgamiento de la constancia de residencia por parte del propio ayuntamiento de Cuernavaca es un acto “meramente declarativo” y no representa un acto administrativo impuesto por la autoridad municipal.

Con ello, la constancia presentada, junto con sus demás documentos para el registro de su candidatura continúa siendo válida, aunque en el Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (Impepac) aún se tiene abierto un procedimiento especial sancionador contra Blanco Bravo, además de tres recursos de impugnación en contra del registro del exfutbolista, interpuestos por los partidos Social Demócrata (PSD), de la Revolución Democrática (PRD) y Revolucionario Institucional (PRI).

 

Sancionan a perredista

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó a su homólogo en el estado de Morelos imponer una sanción al alcalde con licencia de Jiutepec y candidato a reelegirse en el cargo, el expriista José Manuel Agüero Tovar, por haber realizado actos anticipados de campaña en enero pasado.

Y es que el actual presidente municipal perredista colocó en enero pasado, durante el proceso de precampaña interna del PRD, publicidad en las unidades del transporte colectivo público.

Agüero colocó su imagen junto a la leyenda “candidato”, lo que se interpreta como un acto anticipado de campaña al tratarse de un proceso interno.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de Morelos impuso una multa correspondiente a mil 276 unidades de medida y actualización, que al valor actual corresponde a 102 mil 845 pesos.

Además, en otro asunto, el Tribunal Electoral local también impuso una multa al Partido Social Demócrata por 2 mil 551 unidades de medida y actualización, lo que equivale a 205 mil 610 pesos, dado que fue esta fuerza política la que pagó la publicidad del perredista alcalde con licencia de Jiutepec que se adelantó a la campaña.

Fuente Proceso

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Nacional

Entra en vigor el Fondo de Pensiones para el Bienestar

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Esta noche se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, que, entre otras cosas, modifica el destino de los recursos de aquellos ahorros de los trabajadores que no sean reclamados.

El decreto se publicó en la edición vespertina de este martes 30 de abril, el cual entrará en vigor mañana miércoles 1 de mayo.

¿Qué es el Fondo de Pensiones del Bienestar?
El dictamen para la creación del Fondo reforma y adiciona las siguientes leyes:

  • Del Seguro Social
  • Del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit)
  • Del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste)
  • De los Sistemas de Ahorro para el Retiro, Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público
  • Del decreto por el que se extingue el Organismo Público Descentralizado denominado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero
  • Abroga su Ley Orgánica, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2023.
  • El Fondo para el Bienestar contará con un Comité Técnico que deberá emitir las reglas de operación sobre la recepción, administración, inversión, entregas y rendimientos de recursos a los institutos de seguridad social.

Su propósito es recibir, administrar, invertir y entregar los recursos que le sean aportados; será constituido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público como un fideicomiso público no considerado entidad paraestatal, en el cual el Banco de México actuará como fiduciario.

De acuerdo con Luisa María Alcalde, secretaria de Gobernación, antes de la reforma de 1997, impulsada por el presidente priista Ernesto Zedillo, el sistema de pensiones estaba en función del salario. 

“Las pensiones estaban a cargo del IMSS. Te podías jubilar a los 60 años y con 10 años de trabajo, es decir, con 500 semanas de cotización”.
Detalló que antes un trabajador que ganaba 10 mil pesos se jubilaba en promedio con 10 mil pesos, prácticamente el 100 por ciento de su salario.

¿Y qué pasará con los Afores?
En el momento en el que se apruebe la creación de dicho Fondo, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores), las instituciones que realicen funciones similares de naturaleza pública, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir los recursos de las Subcuentas de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, al momento en que los trabajadores cumplan 70 años, sin necesidad de resolución judicial, debiendo notificar de cada traspaso al Instituto Mexicano del Seguro Social el mismo día en que se realice. 

Esto NO será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el Instituto.

Para el caso de las y los trabajadores del Estado, el PENSIONISSSTE o las administradoras, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir dichos recursos al momento en que los trabajadores cumplan 75 años, sin necesidad de resolución judicial, al Fondo de Pensiones para el Bienestar. 

Esto NO será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el Issste.

Fuente Milenio

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Nacional

¡No más niños en moto! Aprueban diputados modificación en la Ley de Movilidad

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CDMX.-Con 409 votos a favor, 25 en contra y 0 abstenciones, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó la modificación al artículo 49 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial para prohibir que menores de 12 años puedan viajar en motocicleta, aún cuando cumplan con la portación de casco.

Durante la sesión de este lunes, las y los diputados avalaron el dictamen que impide que niños viajen en este tipo de vehículos, con el objetivo principal es salvaguardar el bienestar de los menores de edad.

Actualmente la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial establece que el uso obligatorio de casco para personas conductoras y pasajeros de motocicletas, sin embargo, con esta reforma ya no se podrá transportar a los menores de 12 años.

Dicha ley sólo contemplaba que cualquier persona menor de 12 años viaje en los asientos traseros y con el cinturón de seguridad para proteger su integridad física.

El dictamen fue posteriormente enviado al Senado para continuar su proceso legislativo.

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