EN LA OPINIÓN DE:
EL DERECHO A LA PROPIA IMAGEN
“Columna Invitada”
Por el Dip. y Lic.Hugo Alday Nieto
Durante varios años, los tribunales especializados en materia de derechos de autor, han desarrollado una interesante interpretación ampliada del antiguo concepto de imagen que tutelaba el arcaico código civil al reconocerla como parte de los atributos de la personalidad.
A raíz de la reforma del artículo 1 constitucional de 2011, el derecho a la propia imagen se consideró como un derecho fundamental que emana de la dignidad de las personas y permite que cada individuo tenga la facultad de decidir cómo se utiliza su imagen y sus características identificativas como tatuajes, gustos, forma de vestir, peinados, etcétera, previniendo su uso indebido sin consentimiento por parte de terceros.
Este derecho protege una dimensión mora que va desde la voz o el nombre, y evita la captación, reproducción y publicación no autorizadas de su imagen, principalmente en aspectos de reproducción a través de canales controlados exclusivamente en el derecho de autor, como fotografías, páginas web, medios de comunicación, videos y soportes que tenga una función intermedia entre la libertad de expresión y el derecho a la información, garantizando que los intereses personales y privados no se vean vulnerados sin una justificación válida basada en la relevancia pública o el interés informativo, línea muy delgada que se ha sustituido en ultimas fechas con procesos jurídicos ante instancias electorales explotados cada vez más por personajes políticos.
Para el derecho de autor, los elementos clave incluyen el consentimiento para usar la imagen, la protección contra la difusión de cualquier representación reconocible de la persona y la salvaguarda contra el uso indebido que afecte la dignidad, el honor o la intimidad del individuo. La Ley Federal del Derecho de Autor y los códigos civiles locales ofrecen mecanismos para defender este derecho, incluyendo acciones por daño moral y procedimientos administrativos para la reparación de daños y la aplicación de sanciones.
Además, los tribunales han establecido precedentes que reconocen el derecho a la propia imagen como un atributo de la personalidad, protegido por el derecho a la privacidad. Esto implica que cualquier persona puede resistirse al uso no autorizado de su imagen, especialmente si este uso representa una invasión a su vida privada o una afectación a su honor y reputación. Por tanto, es esencial que cualquier reproducción o publicación de la imagen de una persona esté precedida del consentimiento explícito del individuo, salvo cuando el uso esté justificado por un interés mayor, como en el caso de figuras públicas en eventos públicos o en situaciones de relevancia periodística, pero para ello, existe la obligación de acreditar dicha relevancia.
En este sentido, criterios de la Corte como el denominado DERECHO A LA IMAGEN. EL ARTÍCULO 216 BIS DE LA LEY FEDERAL DEL DERECHO DE AUTOR ES APLICABLE PARA SU PROTECCIÓN CUANDO AQUÉLLA SE UTILIZA SIN CONSENTIMIENTO DEL TITULAR, la Primera Sala determinó que el derecho a la propia imagen es un derecho de la personalidad fundamental y personalísimo por ser derivado de la dignidad humana. Así mismo, otorga poder de decisión sobre las representaciones o manifestaciones gráficas de esa imagen y los usos o finalidades que se pretenda dar a éstas. Al ser un derecho fundamental tiene una protección específica frente a la utilización no consentida de la propia imagen con fines meramente comerciales o lucrativos.
De igual manera en la tesis DERECHO A LA PROPIA IMAGEN. INTERPRETACIÓN DE LOS CONTRATOS DE USO DEL RETRATO DE UNA PERSONA (MODELO), EN TÉRMINOS DE LOS ARTÍCULOS 75 Y 87 DE LA LEY FEDERAL DEL DERECHO DE AUTOR, señaló que en las tesis aisladas P. LXV/2009 y P. LXVII/2009, sostuvo que el derecho a la propia imagen es personalísimo, y faculta a su titular a decidir en forma libre, sobre la manera en que elige mostrarse frente a los demás y, por consiguiente, se configura, junto con otros también personalísimos (a la intimidad y a la identidad personal y sexual), como un derecho de defensa y garantía esencial para la condición humana sosteniendo que , la autorización del uso de la imagen de una persona en ciertos lugares, no puede considerarse como una cláusula abierta o ejemplificativa para usarla en otros no pactados expresamente, porque ello atentaría contra el derecho personalísimo mencionado inicialmente y, por ende, contra la dignidad humana.
En este sentido, y a falta de claridad en el Código Civil del estado de Quintana Roo, con la finalidad de poder establecer el fundamento del daño moral y su reparación específica para aquellas personas que son vulneradas en este derecho, la diputada Maria José Osorio, el diputado Ricardo Velazco y quien suscribe, hemos considerado necesario adicionar dicho instrumento civil a fin de poder complementar otro tipo de normas de carácter penal como la Ley Olimpia para poder hacer justicia a todas aquellas personas que son lesionadas en este nuevo mundo digital, ya que sin ello, los reclamos civiles seguirán, como siguen las cosas que no tienen mucho sentido.
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EN LA OPINIÓN DE:
Podría darse una división en partidos de la 4T
“Caminos del Mayab”
Por Martín G. Iglesias
Este fin de semana pasado, el Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) dejó en claro durante su VIII Sesión Ordinaria del Consejo Nacional, en qué estados, municipio, distritos federales y locales irán solos y en cuáles van con el Verde Ecologista (PVEM) o con el Partido del Trabajo (PT).
Durante su Consejo Nacional, que encabeza el gobernador de Sonora, Alfonso Durazo Montaño, los morenistas aprobaron por unanimidad la política de alianzas de unidad para el Proceso Electoral Concurrente 2026-2027 y los procesos electorales extraordinarios que se celebren, y el Plan de Acción hacia diciembre, y se tomó protesta a los 17 coordinadores estatales de la Defensa de la Transformación y la Soberanía Nacional.
En Quintana Roo “el choque de trenes” es inminente, pues figuras representativas del PVEM buscan al menos tres coordinaciones municipales para la Defensa de la Transformación y la Soberanía Nacional; el PT no solo reclama siglar dos municipios, sino que también quiere mantener al menos las tres diputaciones locales que tiene en el Congreso.
Es inverosímil que algunos morenistas de Quintana Roo no entiendan el llamado de la presidenta nacional de su partido, Ariadna Montiel Reyes, “La unidad que necesitamos tiene que construirse sobre las causas… La mentira, la calumnia y la guerra sucia es la doctrina de la oposición, y nosotros, desde Morena y la Cuarta Transformación, lo que tenemos que hacer es informar sin nunca renunciar a la verdad”, señaló.
Sin embargo, la guerra sucia que han emprendido los competidores por el Distrito Electoral Federal o por la Coordinación Municipal contra quienes creen los mejores posicionados, empezó horas antes que terminara el propio Consejo morenista.
Les pongo un ejemplo, la campaña sucia que emprendieron los simpatizante de Mary Hernández contra Diego Castañòn, pues ambos buscan la coordinación distrital federal número 02 con sede en Chetumal; o la que emprendieron en Benito Juárez (Cancún) contra Rafael Marín Mollinedo, a quien le fiscalizan hasta la marca de zapato que utiliza; ya no digamos la que traen en Cozumel contra Renán Sànchez Tajonar, cuyos adversarios se quedan sin argumentos ante el trabajo de territorio que ha realizado el joven legislador. Estos tres casos, solo por poner un ejemplo.
Concluyo al decir, que si Morena quiere agandallarse todas las candidaturas en Quintana Roo, pronostico que no tendrán una alianza total con el PVEM y el PT para el 2027, pues estos dos partidos, ya no están dispuestos a seguir siendo ninguneados por “su hermano mayor”. Al tiempo…
SASCAB
Por cierto, los kanunilkenses celebraron su 167 Aniversario de la Fundación de la cabecera municipal de Lázaro Cárdenas; al evento, en representación de la gobernadora Mara Lezama Espinosa, llegó la secretaria de Gobierno Cristina Torres Gómez, ella fue testigo de la entrega de la Medalla al Mérito Ciudadano “Terencio Tah Quetzal” a Donaciano Poot Chan, presidente del Consejo Maya de Kantunilkín.
“Mi reconocimiento a quienes mantienen vivas nuestras tradiciones y fortalecen la identidad de Quintana Roo.
Agradezco al presidente municipal, Nivardo Mena Villanueva, por su cálida anfitrionía y las atenciones brindadas durante esta significativa celebración. Seguimos construyendo bienestar, con un Gobierno Humanista con Corazón Feminista y el compromiso de trabajar cerca de nuestra gente”, comentó Cristina Torres. Ahí se las dejo…

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Unirme al canal de WhatsAppEN LA OPINIÓN DE:
LA EMPERATRIZ JULIA EN EL MES ROSA
“Articulo de Opinion”
Por el Dip. y Lic.Hugo Alday Nieto
Septimio Severo fue conocido como uno de los buenos emperadores de Roma y gobernó del 193 al 211 después de Cristo. Se considera bueno porque reestableció el orden después Cómodo y su tiranía. Septimio fue el padre de una de las dinastías más controversiales del imperio y de las que, por desgracia, se han conocido solo a través del cine con filmes como Gladiador 2 algunas de las etapas menos agradables de dicha dinastía.
En efecto, Septimio Severo es el padre de Publio Septimio mejor conocido en la historia como Gueta y de Marco Aurelio Severo, conocido como Carcalla por los legionarios por su sanguinaria forma de luchar llevando siempre la capa color púrpura. La historia del cogobierno de Gueta y Carcalla, se documenta de forma un tanto alejada de la realidad en el filme antes mencionado, aunque la locura de Carcalla si lo llevó a acabar con la vida de su hermano y a decretar la damnatio memoriae, pena máxima para desaparecer de la historia de Roma la existencia de su hermano.
Septimio Severo fue abuelo (hasta donde he entendido) de Marco Aurelio Antonino, mejor conocido como Heliogábalo, nombre obtenido por el Dios sirio llamado “El Gabal”, precisamente por la influencia de su abuela: Julia la emperatriz. Quien es uno de los personajes más interesantes de la historia para aquellos que quieren conocer el poder ejercido por la mujer en el mundo.
Santiago Posteguillo, historiador y novelista, le dedica más de dos mil páginas a la emperatriz Julia Domna, quien era originaria de Siria e hija de un alto sacerdote del Templo del Sol, por lo que ella era considerada una mujer extraordinariamente culta antes de ser emperatriz de Roma al casarse con Septimio Severo.
Julia Domna a la muerte de Septimio, logró posicionarse políticamente de manera importante en Roma para imponerse y lograr el cogobierno de sus hijos; y al momento de desatarse la locura de Carcalla, logró contener al Senado para que un guardia personal a quien señalan algunos autores como su amante, fuese el encargado del imperio hasta que su nieto heliogábalo cumpliera edad suficiente para poder asumir el imperio.
Y mientras Julia Domna trataba de contener al Senado y los diversos golpes de estado que emergían para despojar a la dinastía Severa del poder, el médico griego de Septimio denominado Galeno (de allí el mote a los médicos hoy en día) descubrió en el seno de la emperatriz una malformación en forma de cangrejo según dejó escrito, y al que le denominó: cáncer.
Es por ello que, en este mes rosa en el que se conmemora la lucha contra el cáncer de mama, que para muchos comenzó en Estados Unidos como el Mes Nacional de Sensibilización sobre el Cáncer de Mama en octubre de 1985, es importante conocer que la palabra “cáncer” emana de la descripción que el griego Galeno hizo del seno de la emperatriz Julia Domna en Roma poco antes de que ella decidiera quitarse la vida en el año 217 después de Cristo.
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