Nacional
SCJN invalida prisión oficiosa por fraude fiscal, contrabando y usar facturas falsas

Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la prisión preventiva oficiosa por defraudación fiscal, contrabando y por la expedición, venta, enajenación, compra o adquisición de comprobantes fiscales falsos.
Con una mayoría de ocho votos, el Pleno de la Corte invalidó la prisión preventiva oficiosa para dichos delitos, con lo que dejó sin validez las reformas al párrafo segundo del artículo 187, el párrafo tercero del artículo 256, la adición de un párrafo séptimo con las fracciones I, II y III al artículo 167, así como un párrafo tercero al artículo 192 del Código Nacional de Procedimientos Penales.
Los ministros que votaron a favor son: Arturo Zaldívar, José Fernando Franco González Salas, Luis María Aguilar Morales, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Javier Laynez Potisek, Norma Lucía Piña y Alberto Pérez Dayán.
“No se puede estar ampliando simplemente el catálogo de delitos que merecen prisión preventiva oficiosa. No se trata de no acatar la Constitución sino de tomarnos en serio los derechos humanos que son parte del artículo primero constitucional”, declaró El Ministro Presidente, Arturo Zaldívar, quien votó a favor.
“La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha sostenido que ni las características o apariencia del sujeto ni la gravedad del delito que se le imputa son suficientes para una prisión preventiva. El peligro procesal no puede presumirse. Tiene que justificarse”, agregó.
Por su parte, las ministras Yasmín Esquivel Mossa y Margarita Ríos Farjat defendieron la prisión preventiva por defraudación fiscal y facturación falsa.
La SCJN inició el estudio de constitucionalidad del decreto del 8 de noviembre del 2019, por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, de la Ley de Seguridad Nacional, del Código Nacional de Procedimientos Penales, del Código Fiscal de la Federación y del Código Penal Federal.

Nacional
LA INFLACIÓN EN MÉXICO REPUNTA A 4.22% EN LA PRIMERA QUINCENA DE MAYO DE 2025

El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) reportó que, en la primera quincena de mayo de 2025, el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) registró una inflación anual de 4.22%, superando las expectativas del mercado y saliendo del rango objetivo del Banco de México (3% ±1%).
Principales factores del incremento
El aumento en la inflación se atribuye principalmente al alza en los precios de alimentos como el pollo (8.96%), la papaya (16.25%) y el jitomate (4.37%). La inflación subyacente, que excluye bienes y servicios con precios más volátiles, se ubicó en 3.97% anual, con incrementos en mercancías (3.51%) y servicios (4.49%). Por otro lado, la inflación no subyacente alcanzó el 4.78%, impulsada por mayores precios en productos agropecuarios (5.79%) y energéticos (3.71%).

Impacto regional
En términos regionales, algunas ciudades experimentaron variaciones significativas en el INPC. Por ejemplo, San Andrés Tuxtla, Veracruz, registró una variación quincenal de 0.96%, mientras que Veracruz, Veracruz, tuvo un aumento del 0.71%. Estas cifras reflejan las diferencias en la dinámica de precios a nivel local.
Perspectivas económicas
Este repunte inflacionario podría influir en las decisiones de política monetaria del Banco de México. Recientemente, el banco central redujo la tasa de interés a 8.5%; sin embargo, con la inflación superando el 4%, es posible que se considere una pausa en el ciclo de recortes de tasas.
A pesar del aumento en la inflación, la economía mexicana mostró signos de resiliencia, evitando una recesión técnica al registrar un crecimiento del 0.2% trimestral y 0.6% anual en el primer trimestre de 2025, impulsado principalmente por las actividades primarias, que crecieron un 7.8%.
Fuente: 5to Poder Agencia de Noticias

Nacional
GARCÍA LUNA Y SU ESPOSA DEBERÁN PAGAR 2,488 MILLONES DE DÓLARES A MÉXICO POR CORRUPCIÓN

Washington, D.C., 22 de mayo de 2025 — Un tribunal federal en Estados Unidos dictó una sentencia histórica contra Genaro García Luna, exsecretario de Seguridad Pública de México, y su esposa, Linda Cristina Pereyra, ordenándoles el pago de 2,488 millones de dólares al gobierno mexicano por su implicación en actos de corrupción y lavado de dinero.
La jueza encargada del caso determinó que el matrimonio incurrió en una operación sistemática de desvío de recursos públicos durante el sexenio de Felipe Calderón (2006-2012), utilizando empresas fantasma y contratos simulados para desviar fondos destinados a la seguridad pública. La resolución se basa en evidencia presentada por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de México, así como en declaraciones de testigos colaboradores.
Este fallo se considera un hito en la lucha contra la corrupción, ya que marca un precedente para la recuperación de activos robados al erario mexicano a través de procesos legales internacionales. El presidente Andrés Manuel López Obrador —quien ha seguido el caso desde su inicio— celebró la decisión y reiteró que su gobierno continuará impulsando acciones legales contra exfuncionarios que se beneficiaron ilícitamente del poder público.
Actualmente, García Luna se encuentra preso en Estados Unidos tras haber sido declarado culpable en 2023 por cinco cargos relacionados con narcotráfico y conspiración. Su esposa, aunque en libertad, enfrenta procesos judiciales complementarios por su papel en la triangulación de fondos.
El gobierno mexicano espera que parte de los fondos recuperados sean destinados a programas sociales y de seguridad pública, como parte de una estrategia de reparación del daño causado por la corrupción sistémica.
Este caso refuerza la colaboración binacional entre México y EE.UU. en el combate a la impunidad y la recuperación de activos obtenidos de manera ilícita.
Fuente: 5to Poder Agencia de Noticias

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