Playa del Carmen
Invalida la Corte reformas legales en materia urbana y ambiental del municipio de Solidaridad
CDMX.-El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (La Corte) invalidó diversos artículos de una reforma realizada a la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, a la Ley de Acciones Urbanísticas y a la Ley de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, todas del Estado de Quintana Roo, mediante el Decreto Número 093, publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el veinticuatro de agosto de dos mil veintitrés, así como del artículo Sexto Transitorio del Decreto Número 190, publicado en el Periódico Oficial del Estado de la misma entidad, el veintiuno de diciembre de dos mil veintitrés, a través del cual se reformó el referido Decreto Número 093.
El municipio de Solidaridad, Estado de Quintana Roo, demandó la invalidez de la
reforma a diversos preceptos contenidos en el referido Decreto Número 093, al
considerar que invadían sus atribuciones constitucionales, por excederse respecto de
ámbitos como ordenamiento territorial y uso de suelo, la planificación urbana y no
regular conforme al principio de protección y progresividad del espacio público.
El Pleno en su análisis concluyó que actos como la Constancia de Congruencia
Urbanística Estatal, implica un acto unilateral del Poder Ejecutivo local que, si bien
tiene por finalidad verificar la congruencia y compatibilidad de las obras o acciones
urbanísticas, lo cierto es que termina por condicionar las autorizaciones sobre uso de
suelo y licencias de construcción que previamente emitió el municipio, con base en el
escrutinio que efectúe la Secretaría de Desarrollo Territorial Urbano Sustentable de la
entidad federativa.
Similar razonamiento mereció la regulación impugnada que faculta al gobierno estatal
para emitir las diversas Constancias de Compatibilidad Territorial en cualquiera de sus
modalidades, pues sujeta a las autorizaciones municipales, en última instancia a la
aprobación del Poder Ejecutivo local.
Adicionalmente, el Pleno estableció que en la normativa impugnada se exceptúa a los
desarrolladores urbanos tipo condominio de donar áreas de cesión para destinos en
favor de los municipios y, en su lugar, sustituye dicha obligación para aportar
únicamente la construcción y entrega de infraestructura, sin ceder un porcentaje del
área de su terreno en favor el municipio.
En ese sentido, el Pleno concluyó que el legislador local no puede limitar las dotaciones de terreno en favor del ente municipal, exceptuando a ciertos desarrolladores de esa obligación prevista en la Ley General de Asentamientos Humanos, ni aún considerando los esquemas de concurrencia y coordinación entre los órdenes de gobierno.
En consecuencia, el Pleno declaró la invalidez de los siguientes preceptos:- Artículos 7, fracciones XIII, XXII y XXVIII; 12, fracción VI; 75, párrafo segundo, en su porción normativa: “o Constancia de Congruencia Urbanística Estatal”; del 80 al 86 y 88; 95, párrafo último; 124, fracción I, en su porción normativa: “y, para el caso de proyectos de alto impacto, obtener previamente Constancia de Congruencia Urbanística Estatal expedida por la Secretaría en los términos de esta ley”; 155 fracción I, en su porción normativa: “y contar con Constancia de Congruencia Urbanística Estatal”; 168 fracción II; 195, fracción I, en su porción normativa: “y de Congruencia Urbanística Estatal”; y 198, párrafo primero, en su porción normativa: “de la existencia de la Constancia de Congruencia Urbanística Estatal, así como”, de la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Quintana Roo; 5, fracción I, artículo 46, párrafos primero, en su porción normativa: “con excepción a conjuntos urbanos tipo condominio” y sexto, 60 en su porción normativa “con excepción de la Constancia de Congruencia Urbanística Estatal”, 65, párrafo último, en su porción normativa: “Las autorizaciones contrarias a las constancias de congruencia urbanística no podrán ser inscritas”; 66 de la Ley de Acciones Urbanísticas del Estado de Quintana Roo, expedida mediante el Decreto 093, publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el veinticuatro de agosto de dos mil veintitrés.- Así como el artículo 24, párrafo último, en su porción normativa: “y los dictámenes de impacto territorial”, de la Ley de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente del Estado de Quintana Roo, expedida, reformada y adicionada, respectivamente, mediante el Decreto Número 001 publicado en el Periódico Oficial local el dos de octubre de dos mil veinticuatro. – Por extensión, los artículos 77, párrafo primero, fracción II, inciso b), en su porción normativa “En tal caso, será necesario contar además con la Constancia de Congruencia Urbanística Estatal;” de la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Quintana Roo; y 80, párrafo segundo, en su porción normativa “urbanístico,” de la Ley de Acciones Urbanísticas del Estado de Quintana Roo, expedidas, reformadas y adicionadas, respectivamente, mediante el Decreto
Número 093.
Finalmente, el Pleno estableció que la declaratoria de invalidez decretada surtirá sus efectos a partir de la notificación de los puntos resolutivos al Congreso del Estado de Quintana Roo y que la invalidez decretada se limita a la esfera jurídica del municipio actor.
Controversia constitucional 471/2023, promovida por el Municipio Solidaridad, Quintana Roo, demandando la invalidez de diversos artículos de las leyes que se reforman mediante el Decreto Número 093, publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el veinticuatro de agosto de dos mil veintitrés. Resuelto en sesión de Pleno, el 8 de abril de 2025
Playa del Carmen
PLAYA DEL CARMEN ENTRA A FASE CLAVE PARA DEFINIR SU NUEVO DESARROLLO URBANO
Playa del Carmen, Quintana Roo.— El Gobierno Municipal que encabeza Estefanía Mercado avanza de manera decisiva en la actualización del Programa de Desarrollo Urbano (PDU), un instrumento fundamental que definirá el crecimiento ordenado, sustentable y con certeza jurídica del centro de población durante los próximos años. Tras concluirse los 27 talleres participativos y 16 mesas institucionales, el proceso entra ahora en una etapa crucial: la consulta pública oficial, prevista del 9 al 27 de febrero.
La última jornada técnica, realizada en el salón “Leona Vicario” del nuevo Palacio Municipal, fue encabezada por el regidor Uri Carmona y la secretaria de Infraestructura y Obras Públicas, Dorys Ake Sierra. Con ello se formaliza el paso hacia la fase legal del procedimiento, donde la ciudadanía podrá presentar observaciones por escrito, mismas que deberán ser atendidas bajo criterios de fundamentación y motivación jurídica, garantizando transparencia y certeza.
Desde junio de 2025, el Consejo Municipal de Desarrollo Urbano estableció un calendario de trabajo que integró mecanismos inéditos de participación social e institucional. Este modelo permitió recoger la visión de la comunidad playense sobre temas como ordenamiento territorial, movilidad, infraestructura, servicios, equipamiento urbano y equilibrio territorial.

El nuevo PDU contempla la protección del medio ambiente, la preservación de zonas verdes y ríos subterráneos, así como la creación de parques lineales y áreas verdes, siguiendo la instrucción de la presidenta Estefanía Mercado. Además, busca atender la dispersión urbana, los vacíos de consolidación y orientar el crecimiento hacia la zona poniente bajo un modelo más eficiente y equilibrado.
Con este proceso, Playa del Carmen avanza hacia un instrumento de planeación moderno, participativo y con visión de futuro, que beneficiará tanto a las generaciones actuales como a las venideras.
Fuente: 5to Poder Agencia de Noticias

Playa del Carmen
PLAYA DEL CARMEN FORTALECE SU LUCHA CONTRA EL TRABAJO INFANTIL Y ENTREGA INMUEBLES AL DIF PARA ATENCIÓN SOCIAL
Playa del Carmen, Quintana Roo.— En una decisión unánime que marca un avance significativo en la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, el Cabildo de Playa del Carmen aprobó el Reglamento Interno de la Comisión Municipal para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil y la Protección de Adolescentes Trabajadores en Edad Permitida. La medida consolida una política pública con enfoque de derechos humanos y refuerza la capacidad institucional del municipio para atender esta problemática.
Durante la sesión ordinaria realizada en el auditorio “Leona Vicario” del nuevo Palacio Municipal, las y los integrantes del Cabildo destacaron que este nuevo marco normativo permitirá fortalecer los mecanismos de detección, atención y erradicación del trabajo infantil, además de garantizar condiciones laborales seguras y dignas para adolescentes que trabajan dentro de la ley. El reglamento establece rutas claras de coordinación interinstitucional y acciones preventivas orientadas a salvaguardar la integridad de la niñez.

En la misma sesión, el Cabildo autorizó a la presidenta municipal Estefanía Mercado y al oficial mayor Guillermo Brahms a celebrar contratos de comodato con el Sistema DIF Playa del Carmen. Estos convenios contemplan la entrega de al menos ocho inmuebles municipales que serán destinados a ampliar la capacidad operativa del organismo y fortalecer programas sociales dirigidos a población vulnerable.
Los espacios permitirán mejorar la atención a niñas, niños, adolescentes y familias en situación de riesgo, consolidando una red de apoyo más amplia y eficiente. Con estas acciones, el Gobierno Municipal reafirma su compromiso con una agenda social centrada en la protección de derechos humanos y en la construcción de mejores oportunidades para las nuevas generaciones.
Fuente: 5to Poder Agencia de Noticias

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