Playa del Carmen
Invalida la Corte reformas legales en materia urbana y ambiental del municipio de Solidaridad
CDMX.-El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (La Corte) invalidó diversos artículos de una reforma realizada a la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, a la Ley de Acciones Urbanísticas y a la Ley de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, todas del Estado de Quintana Roo, mediante el Decreto Número 093, publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el veinticuatro de agosto de dos mil veintitrés, así como del artículo Sexto Transitorio del Decreto Número 190, publicado en el Periódico Oficial del Estado de la misma entidad, el veintiuno de diciembre de dos mil veintitrés, a través del cual se reformó el referido Decreto Número 093.
El municipio de Solidaridad, Estado de Quintana Roo, demandó la invalidez de la
reforma a diversos preceptos contenidos en el referido Decreto Número 093, al
considerar que invadían sus atribuciones constitucionales, por excederse respecto de
ámbitos como ordenamiento territorial y uso de suelo, la planificación urbana y no
regular conforme al principio de protección y progresividad del espacio público.
El Pleno en su análisis concluyó que actos como la Constancia de Congruencia
Urbanística Estatal, implica un acto unilateral del Poder Ejecutivo local que, si bien
tiene por finalidad verificar la congruencia y compatibilidad de las obras o acciones
urbanísticas, lo cierto es que termina por condicionar las autorizaciones sobre uso de
suelo y licencias de construcción que previamente emitió el municipio, con base en el
escrutinio que efectúe la Secretaría de Desarrollo Territorial Urbano Sustentable de la
entidad federativa.
Similar razonamiento mereció la regulación impugnada que faculta al gobierno estatal
para emitir las diversas Constancias de Compatibilidad Territorial en cualquiera de sus
modalidades, pues sujeta a las autorizaciones municipales, en última instancia a la
aprobación del Poder Ejecutivo local.
Adicionalmente, el Pleno estableció que en la normativa impugnada se exceptúa a los
desarrolladores urbanos tipo condominio de donar áreas de cesión para destinos en
favor de los municipios y, en su lugar, sustituye dicha obligación para aportar
únicamente la construcción y entrega de infraestructura, sin ceder un porcentaje del
área de su terreno en favor el municipio.
En ese sentido, el Pleno concluyó que el legislador local no puede limitar las dotaciones de terreno en favor del ente municipal, exceptuando a ciertos desarrolladores de esa obligación prevista en la Ley General de Asentamientos Humanos, ni aún considerando los esquemas de concurrencia y coordinación entre los órdenes de gobierno.
En consecuencia, el Pleno declaró la invalidez de los siguientes preceptos:- Artículos 7, fracciones XIII, XXII y XXVIII; 12, fracción VI; 75, párrafo segundo, en su porción normativa: “o Constancia de Congruencia Urbanística Estatal”; del 80 al 86 y 88; 95, párrafo último; 124, fracción I, en su porción normativa: “y, para el caso de proyectos de alto impacto, obtener previamente Constancia de Congruencia Urbanística Estatal expedida por la Secretaría en los términos de esta ley”; 155 fracción I, en su porción normativa: “y contar con Constancia de Congruencia Urbanística Estatal”; 168 fracción II; 195, fracción I, en su porción normativa: “y de Congruencia Urbanística Estatal”; y 198, párrafo primero, en su porción normativa: “de la existencia de la Constancia de Congruencia Urbanística Estatal, así como”, de la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Quintana Roo; 5, fracción I, artículo 46, párrafos primero, en su porción normativa: “con excepción a conjuntos urbanos tipo condominio” y sexto, 60 en su porción normativa “con excepción de la Constancia de Congruencia Urbanística Estatal”, 65, párrafo último, en su porción normativa: “Las autorizaciones contrarias a las constancias de congruencia urbanística no podrán ser inscritas”; 66 de la Ley de Acciones Urbanísticas del Estado de Quintana Roo, expedida mediante el Decreto 093, publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el veinticuatro de agosto de dos mil veintitrés.- Así como el artículo 24, párrafo último, en su porción normativa: “y los dictámenes de impacto territorial”, de la Ley de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente del Estado de Quintana Roo, expedida, reformada y adicionada, respectivamente, mediante el Decreto Número 001 publicado en el Periódico Oficial local el dos de octubre de dos mil veinticuatro. – Por extensión, los artículos 77, párrafo primero, fracción II, inciso b), en su porción normativa “En tal caso, será necesario contar además con la Constancia de Congruencia Urbanística Estatal;” de la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Quintana Roo; y 80, párrafo segundo, en su porción normativa “urbanístico,” de la Ley de Acciones Urbanísticas del Estado de Quintana Roo, expedidas, reformadas y adicionadas, respectivamente, mediante el Decreto
Número 093.
Finalmente, el Pleno estableció que la declaratoria de invalidez decretada surtirá sus efectos a partir de la notificación de los puntos resolutivos al Congreso del Estado de Quintana Roo y que la invalidez decretada se limita a la esfera jurídica del municipio actor.
Controversia constitucional 471/2023, promovida por el Municipio Solidaridad, Quintana Roo, demandando la invalidez de diversos artículos de las leyes que se reforman mediante el Decreto Número 093, publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el veinticuatro de agosto de dos mil veintitrés. Resuelto en sesión de Pleno, el 8 de abril de 2025
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Playa del Carmen
ESTEFANÍA MERCADO INAUGURA “DEPORTILANDIA 2026” CON LA PARTICIPACIÓN DE 320 MENORES EN PLAYA DEL CARMEN
Playa del Carmen, Quintana Roo, 20 de julio de 2026.- Con el firme propósito de impulsar la activación física, la convivencia sana y el desarrollo integral de la niñez durante el periodo vacacional, la presidenta municipal Estefanía Mercado encabezó la inauguración del curso de verano Baaxlo’ob Paalalo’ob “Deportilandia 2026”, que este año reúne a 320 niñas y niños de Playa del Carmen y Puerto Aventuras.
El arranque oficial tuvo lugar en el Poliforum de la Unidad Deportiva Playa del Carmen, donde la Alcaldesa, acompañada por el regidor Saúl Barbosa, exhortó a las y los participantes a disfrutar plenamente las actividades deportivas y recreativas, así como a reducir el tiempo frente a dispositivos electrónicos. Subrayó que este curso representa una oportunidad para fortalecer valores, habilidades sociales y hábitos saludables.

Entre las actividades programadas se incluyen fútbol, básquetbol y natación, además de dinámicas recreativas orientadas al trabajo en equipo y la formación integral. La presidenta municipal llamó a las niñas y niños a respetar a sus instructores y aprovechar cada sesión para aprender, convivir y divertirse.
Durante el acto, el director general del Instituto del Deporte, Alberto López Castro, informó que en esta edición participan 260 menores de Playa del Carmen y 60 de Puerto Aventuras, quienes serán atendidos por 30 monitores previamente capacitados con el apoyo de Protección Civil, el DIF y otras dependencias municipales. Señaló que el personal recibió formación especializada para garantizar la seguridad y atención adecuada de las y los participantes durante el curso, que concluirá el próximo 31 de julio.
En presencia de madres y padres de familia, Estefanía Mercado realizó la entrega simbólica de uniformes a niñas, niños e instructores, refrendando el compromiso del Ayuntamiento con el impulso al deporte y el bienestar de la infancia solidarense.
Fuente: 5to Poder Agencia de Noticias

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APUEBA CABILDO SEDE OFICIAL PARA SESIÓN SOLEMNE DEL XXXIII ANIVERSARIO DE PLAYA DEL CARMEN
Playa del Carmen, Quintana Roo, 17 de julio de 2026.- El Cabildo de Playa del Carmen aprobó declarar al Teatro de la Ciudad “Xaman-Há” como Recinto Oficial temporal para la Sexta Sesión Pública y Solemne con motivo del XXXIII aniversario de la creación del municipio, a celebrarse el próximo 28 de julio. La decisión, encabezada por la presidenta municipal Estefanía Mercado, reafirma el compromiso institucional de fortalecer la identidad, la memoria histórica y el desarrollo de la comunidad playense.

El recinto, ubicado en la colonia Ejido, será el espacio donde se llevará a cabo la ceremonia conmemorativa que recordará la fundación del municipio y destacará el avance de Playa del Carmen como uno de los polos turísticos y sociales más importantes del estado. Durante la cuadragésima cuarta sesión ordinaria, también se aprobó la integración de la Comisión de Cortesía encargada de recibir a las personas titulares de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial. Esta comisión quedó conformada por las regidoras Danna Felisa Ramírez Saldaña, Anaiza Quian Medina y Josefina Muza Simón, así como por los regidores Fernando Muñoz Calero y Saúl Barbosa Heredia.
Asimismo, el Cabildo avaló denominar oficialmente como “Parque del Maestro” el espacio público ubicado en la Cruz de Servicios, sobre la avenida Paseo Central, esquina con calle Xpuha. La designación reconoce la labor de maestras y maestros en la formación de generaciones y en el fortalecimiento del tejido social del municipio.
Con estas acciones, el Ayuntamiento avanza en la organización de los actos conmemorativos por el XXXIII aniversario y consolida políticas orientadas a preservar la identidad y reconocer a los sectores que contribuyen al bienestar comunitario.
Fuente: 5to Poder Agencia de Noticias

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