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COLUMNA DEL DIRECTOR:

LOZOYA, EN EL GRAN TEATRO

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VISIÓN PERIFÉRICA

Por Cliserio E. Cedillo Godínez

 

Hasta nuestra redacción llega un interesantísimo comentario de René González de la Vega, ex Subprocurador de General de la República, catedrático y experto penalista de amplísima trayectoria en el Poder Judicial. Analiza con todo rigor profesional la situación jurídica de quien fuera director de Pemex acusado de haber recibido sobornos por 10 millones de dólares de la Constructora Brasileña Odebrecht, promotora de la mayor red de sobornos extranjeros de la historia.

Se afirma que Lozoya acepto ser extraditado a México a efecto de que solo se le acuse por este delito, aunque de acuerdo al análisis del penalista, desde su llegada a México todo resulta confuso y equívoco. “La madrugada del lunes 20 se cumplieron las 72 horas desde que el extraditado pisó suelo mexicano, sin que se definiera su situación jurídica”, luego entonces se pudiera hablar de “una privación de la libertad ilegal”, que traería consecuencias tales como, las responsabilidades oficiales y que todas las pruebas obtenidas bajo esas condiciones se consideren inválidas y se desechen, “pues serían frutos envenenados del árbol envenenado”, comenta el penalista”.

Por lo valioso de terminología jurídica, pero accesible al público lector y de gran interés para los abogados de México, a continuación, el comentario textual:

“La desinformación es absoluta. Esta madrugada del lunes 20 se cumplieron 72 horas desde que el extraditado pisó suelo mexicano. Si tomamos, con reservas, ese momento para iniciar el conteo del plazo constitucional para definir la situación jurídica de un imputado, éste se ha vencido. No hay noticia de que se hubiere solicitado su duplicación por la defensa. Todo resulta confuso y equívoco.

“Entonces debemos de atender algunas cuestiones incontrovertibles en los procedimientos penales:
1. Una persona que llega al país por una extradición fundada en un Tratado Bilateral lo hace bajo las órdenes de una autoridad judicial, no administrativa y debe ser puesta inmediatamente a su disposición.
2. Es posible y legal que la persona sea traslada por motivos de salud a un hospital, pero siempre que se ponga a disposición del juez al detenido, aun formalmente, y solo el juez puede autorizar ese internamiento en el nosocomio.
3. El plazo constitucional de 72 horas corre inexorable desde el momento de su detención (considero su arribo al país), no de la puesta formal a disposición, pues lo que está en juego es la libertad. Puede solicitarse la ampliación de ese plazo a 144 horas por el imputado.
4. Debe tomarse su declaración inicial al imputado por la autoridad judicial dentro del plazo señalado. El MP puede actuar estando subjudice (sujeto a la orden) el asunto siempre que se trate de delitos diferentes y pruebas diferentes. El contenido completo que informó el ejercicio de la acción penal que motivó el obsequio de la orden de captura y posterior extradición, es materia judicial y no puede la autoridad administrativa actuar sobre eso por sí misma.

Si no se observan esas formalidades esenciales la detención podrá estimarse ilegal y se debería dejar en libertad al sujeto, amén de fincarse responsabilidades oficiales por la actuación defectuosa de quien físicamente mantenía al detenido bajo su poder.
Si lo que interesa al MP es la información que el imputado pueda ofertar y entregar, más que su encarcelamiento, existen vías para lograrlo.

Es posible abandonar su situación como imputado y asumir la de testigo, pero de acuerdo a la ley, las formalidades procedimentales y las garantías debidas.

Sería necesario que bajo la autoridad judicial se presente formalmente por el MP un desistimiento de la acción penal fundado en los términos de la ley. Desde luego, esta acción no es discrecional, pues responde a cuestiones de justicia, verdad material y protección de Inocentes, garantizando la reparación del daño. (El desistimiento podrá ser total o parcial). No es tan sencillo ni trivial argumentar la supuesta inocencia de una persona – aun con el principio de presunción de inocencia – en una actuación judicial cuando se ha perseguido al imputado como tal por el mundo y fundado una extradición en ese carácter. Pero puede suceder. En todo caso, excitada la autoridad judicial, el imputado debe ser oído y vencido en juicio.

El llamado principio de oportunidad refiere casos menores en los que se logra más y mejor justicia dejando en libertad a una persona a la que se imputan delitos que no afectan Gravemente el interés público y recibiendo de ella elementos de prueba que permitan perseguir delitos mayores, en una de sus vertientes. Sin embargo, no procede esa figura jurídica a cargo del MP cuando el asunto ya está subjudice.

La alternativa más aseada ante un imputado que puede entregar información valiosa al Ministerio Público es la renuncia al proceso por parte del imputado, reconocer su responsabilidad y confesar, en un procedimiento abreviado, aspirando a penas más benignas y ciertos privilegios en la punición (negociación preacordada o plea bargain o acuerdo de culpabilidad). Todo ante la autoridad judicial. Si la información es sensible o estratégica a juicio del juez podrán autorizarse audiencias privadas.

Lo que no puede hacerse bajo ninguna circunstancia es:
1. Burlar los términos de la extradición y no dar cumplimiento a las formalidades exigidas por decisión administrativa;
2. Incomunicar al detenido, que está a disposición de un juez, en tanto no se resuelva en su caso su status jurídico;
3. Operar la información procedimental, no de fondo, con engaño y montajes para escamotear a la opinión pública información de interés general;
4. Decidir la autoridad administrativa por sí y ante sí el cambio de status jurídico de imputado de delitos de interés público a testigo protegido. Eso podrán hacerlo otros países según sus reglas (Previas) bajo el interés de la seguridad nacional. No es el caso.
5. Si se estuviere ante una privación de la libertad ilegal, además de las responsabilidades oficiales, todas las pruebas obtenidas bajo esas condiciones se consideran inválidas y se desechan, pues serían frutos envenenados del árbol envenenado.

Este seguimiento a un asunto de interés público y nacional no responde a ninguna ideología o filia o fobia política. Es deber de quienes estudiamos el Derecho opinar técnicamente, pues la sociedad requiere estar informada, sobre todo ante el silencio ominoso que se percibe.

Los asuntos de lo criminal nos importan como sociedad, sobre todo en casos que posiblemente han afectado al país por actos de corrupción y desvío del servicio público.
Los abogados de México no podemos ser ajenos a los asuntos de ley y justicia”, concluye el experto penalista, René González de la Vega.

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COLUMNA DEL DIRECTOR:

LA HONROSA MEDIANÍA Y LAS TENTACIONES

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VISION PERIFÉRICA

Por Cliserio E. Cedillo Godínez*

“Los funcionarios públicos no pueden disponer de las rentas sin responsabilidad… no pueden improvisar fortunas ni entregarse al ocio y a la disipación, sino consagrarse asiduamente al trabajo, resignándose a vivir en la honrosa medianía que proporciona la retribución que la ley haya señalado”: Benito Juárez García.

En efecto. Así debería ser, pero qué difícil será para los luchadores sociales izquierdistas, inmersos en el gobierno de la Cuarta Transformación (4T), respetar y apegarse a los principios éticos y morales que después de añejas y “sufridas” luchas por la igualdad, la honradez y democracia, se ven, de pronto, frente al poder que dan los puestos encumbrados y sobre todo el dinero ganado sin medida y sin límites en un país donde hay tantos corruptos como corruptores.

Al decir sin medida, nos referimos a los altos sueldos base de los funcionarios de primer nivel, más los complementos salariales y percepciones extraordinarias por antigüedad, responsabilidad y peligrosidad, entre otros factores. A esto hay que sumarle también las percepciones extraordinarias por estímulos o compensaciones por objetivos cumplidos o situaciones especiales. De igual forma, los complementos salariales, denominados de destino, vinculados al puesto de trabajo y los específicos con que se les reconoce la dificultad técnica, responsabilidad o peligrosidad del puesto.

Lo anterior, en números suman centenas de miles al mes, sin contar las percepciones que por Ley le corresponden a todo trabajador, como son las primas de Antigüedad, Productividad y Aguinaldo, además de las percepciones extraordinarias como gratificaciones y compensaciones, entre las que se cuenta la Prima Vacacional, Seguro de Vida, Seguro Médico, ayuda para despensa, prima quinquenal, pago de defunción , así como pago y renta de sus equipos de telefonía celular y/o comunicación “para facilitar el desempeño de sus funciones”.

Como se puede ver y de acuerdo al pensamiento de Don Benito Juárez, cualquiera de nuestros altos funcionarios tiene para vivir no en la “honrosa medianía”, sino en la opulencia. Esto sin contar los actos de corrupción que les permite multiplicar, con sus honrosas excepciones, varias veces las sumas que la Ley les señala.

Entonces, con esos ingresos millonarios es creíble que con sus propios recursos el diputado federal Ricardo Monreal haya viajado con su esposa a Madrid para celebrar su aniversario de Bodas. Tiene de sobra para hospedarse en el lujoso Rosewood Villa Magna, donde fueron vistos desayunando en el restaurante Flor y Nata. Y Claro, imagínese cuánto ha ganado como gobernador de Zacatecas (1998-2004), diputado federal (1988-1991), senador de la República (1991-1997), diputado federal (1997-1998), Senador de la República (2006-2012), Diputado Federal (2012-2015), Senador de la República (2018-2024).

Entonces lo que está mal es el sistema de sueldos y honorarios para altos funcionarios y la propia Ley que les permite eternizarse en el poder, pero sobre todo el mal ejemplo que pone a los demás morenistas que, imitando, dan tentación al pueblo bueno que, aun viviendo en Benito Juárez, Quintana Roo, no tienen ni siquiera para llevar una vez al año a pasear a su familia a las playas de Cancún.

Lo criticable para los rezagados miembros de la 4T es que Monreal, como coordinador de los diputados morenistas en el Congreso de la Unión haya faltado al Consejo Nacional de Morena, argumentando motivos personales, además de que su viaje lo sufragó con sus propios recursos, según dijo. Al parecer ya se cansó de ser hipócrita como muchos morenistas encumbrados que no pueden ni gastar su dinero sea bien o mal habido.

Lo que es muy criticable también es que “Andy”, Andrés Manuel López Beltrán, hijo del expresidente Andrés Manuel López Obrador, también haya faltado al Consejo Nacional de Morena, partido del que es secretario de Organización, mientras era captado en la fila del buffet del hotel Okura, de cinco estrellas, en Tokio, Japón, junto con el diputado federal Daniel Asaf Manjarrez, quien fuera jefe de la Ayudantía de López Obrador. Imagínense para qué ir tan lejos hasta donde un simple melón cuesta al derredor de mil 500 pesos mexicanos, habiendo en México muchos buenos restaurantes… “entonces para qué queremos el dinero…” han de decir.

*XX Premio México de Periodismo “Ricardo Flores Magón” 2024; director general de 5to Poder Periodismo ConSentido.

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COLUMNA DEL DIRECTOR:

La herencia de la 4T

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Caminos del Mayab
Por Martín G. Iglesias

Por ser de suma importancia para el pueblo originario descendiente de la Gran Civilización Maya, no me quedé con la duda sobre la visita de la Presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, a Felipe Carrillo Puerto, donde aparte de supervisar el avance del hospital, pondría en marcha el apoyo económico de la Asamblea del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social para Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanos (FAISPIAM).
Se trata de beneficiar a 82 comunidades de Quintana Roo que están en los 11 municipios, pero que tienen la característica de ser pueblo originario o descendiente de afromexicanos. El apoyo es directo de la Federación y la comunidad determinará en Asamblea qué obra de beneficio social harán, pero eso sí, quien maneje el presupuesto asignado, será una mujer.
Aunque no lo dijo en Felipe Carrillo Puerto, sí lo expresó en Champotón, Campeche, a donde fue a entregar estos apoyos; porque este es el primer año en que se entregan recursos públicos de manera directa a los pueblos originarios. Calificó que poner en la constitución a estos pueblos y hacerlos sujetos de derechos, es una herencia que dejará la Cuarta Transformación (4T) de la vida pública del país, además de aplicar la filosofía del Humanismo Mexicano.
La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo lo explicó muy bien: La primera transformación fue la Independencia de México. Nos separamos de la Corona española, México se hizo un país independiente, libre, buscando siempre la justicia. La segunda Transformación, fue la Reforma con Benito Juárez García. Separó la Iglesia del Estado, mucho antes que muchísimos países del mundo. La tercera, fue la Revolución Mexicana de 1910, la primera gran revolución social del Siglo XX, antes que en cualquier lugar del mundo.
Esas tres Transformaciones fueron violentas, hasta que llegó la Cuarta Transformación, pero no por ello menos profunda, es igual de profunda; cambió por completo, se separó el poder económico del poder político, cada uno en su lugar, y el gobierno al servicio del pueblo.
Durante todas las Transformaciones, en la primera, en la Independencia; en la segunda, en la Reforma; en la tercera, en la Revolución Mexicana, no se reconoció en la Constitución a los pueblos indígenas y a los pueblos afromexicanos, no se habían reconocido; lo más que se llegó es a reconocer la propiedad comunal en la Constitución de 1917.
Pero en ninguna de las constituciones, ni la de 1824, ni la de 1857, ni la de 1917, se reconocía a los pueblos originarios como sujetos de derecho público con derecho a tierra, con derecho a agua y con derecho a recibir recurso público del presupuesto federal para destinarlo a lo que quieren los pueblos originarios.


El artículo 2º constitucional reconoce a los pueblos, a las comunidades, pero nunca habían recibido un presupuesto de manera directa, hasta ahora. Ahí se las dejo…
SASCAB
Por cierto, ya hay un plan para el aprovechamiento industrial del sargazo; al menos así lo dejó claro la secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación (Secihti) del Gobierno Federal, Rosaura Ruiz Gutiérrez, quien dijo, “Me parece que lo más importante es la constitución de una empresa para transformar el problema del sargazo en algo útil, que sea una ventaja aprovechable”.
Van por el diseño de una biorrefinería de residuo cero y autosustentable, en el que se transforme el sargazo en un producto principal y al mismo tiempo la generación de productos secundarios que sirvan de insumos para la industria farmacéutica, cosmética, alimentaria y el sector agrícola.
Los grupos de trabajo acordaron seguir consolidando las capacidades y fortalecer la coordinación para lograr establecer una industria nacional basada en el procesamiento de sargazo, y llevar a cabo acciones que permitan la atención, adaptación y mitigación del arribo masivo de sargazo pelágico a México, que contribuyan a reducir el riesgo en los ecosistemas marino-costeros, así como a incrementar el desarrollo socioeconómico de México y de la región del Gran Caribe, con alcances a corto, mediano y largo plazo. Al tiempo…

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