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Mexicanos, con derecho a tener armas en su domicilio para legítima defensa

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CIUDAD DE MÉXICO, 26 DE MARZO.- Los habitantes de los Estados Unidos Mexicanos tienen derecho a poseer armas en su domicilio, para su seguridad y legítima defensa, señala el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Guardia Nacional.

El documento, publicado hoy por la Secretaría de Gobernación y expedido por el presidente Andrés Manuel López Obrador el pasado 22 de marzo, precisa en su artículo 10 que no se podrán tener en los hogares las armas prohibidas por la Ley Federal y de las reservadas para el uso exclusivo de la Fuerza Armada permanente y los cuerpos de reserva.

El decreto, aparecido en el Diario Oficial de la Federación (DOF), indica en su artículo 10 que “La ley federal determinará los casos, condiciones, requisitos y lugares en que se podrá autorizar a los habitantes la portación de armas”.

En un artículo único apunta “Se reforman los artículos 10; 16, párrafo quinto; 21, párrafos noveno, décimo y su inciso b); 31, fracción III; 35, fracción IV; 36, fracción II; 73, fracción XXIII; 76, fracciones IV y XI, y 89, fracción VII; se adicionan los párrafos décimo primero, décimo segundo y décimo tercero al artículo 21; y se derogan la fracción XV del artículo 73, y la fracción I del artículo 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”

En el artículo 16 agrega que “Cualquier persona puede detener al indiciado en el momento en que esté cometiendo un delito o inmediatamente después de haberlo cometido, poniéndolo sin demora a disposición de la autoridad civil más cercana y ésta con la misma prontitud, a la del Ministerio Público”.

En el artículo 21, incisos c) a e), puntualiza que “La Federación contará con una institución policial de carácter civil denominada Guardia Nacional, cuyos fines son los señalados en el párrafo noveno de este artículo, la coordinación y colaboración con las entidades federativas y Municipios, así como la salvaguarda de los bienes y recursos de la Nación.

“La ley determinará la estructura orgánica y de dirección de la Guardia Nacional, que estará adscrita a la secretaría del ramo de seguridad pública, que formulará la Estrategia Nacional de Seguridad Pública, los respectivos programas, políticas y acciones.

“La formación y el desempeño de los integrantes de la Guardia Nacional y de las demás instituciones policiales se regirán por una doctrina policial fundada en el servicio a la sociedad, la disciplina, el respeto a los derechos humanos, al imperio de la ley, al mando superior, y en lo conducente a la perspectiva de género”.

En los transitorios indica que el decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

El Congreso de la Unión dentro de los 60 días naturales siguientes a la entrada en vigor de este decreto, expedirá la Ley de la Guardia Nacional y hará las adecuaciones legales conducentes.

Asimismo, expedirá las leyes nacionales que reglamenten el uso de la fuerza y del registro de detenciones dentro de los 90 días naturales siguientes a la entrada en vigor de este decreto.

La Guardia Nacional se constituirá a la entrada en vigor del presente Decreto con los elementos de la Policía Federal, la Policía Militar y la Policía Naval que determine en acuerdos de carácter general el Presidente de la República.

En tanto se expide la ley respectiva, la Guardia Nacional asumirá los objetivos, atribuciones y obligaciones previstas en los artículos 2 y 8 de la Ley de la Policía Federal, con la gradualidad que se requiera para asegurar la continuidad de operaciones y la transferencia de recursos humanos, materiales y financieros que correspondan.

De igual forma, el Ejecutivo Federal dispondrá lo necesario para la incorporación de los elementos de las policías Militar y Naval a la Guardia Nacional y designará al titular del órgano de mando superior y a los integrantes de la instancia de coordinación operativa interinstitucional formada por representantes de las secretarías del ramo de seguridad, de la Defensa Nacional y de Marina.

Los elementos de las policías Militar y Naval, así como otros elementos de mando y servicios de apoyo de la Fuerza Armada permanente, que sean asignados a la Guardia Nacional, conservarán su rango y prestaciones.

La ley garantizará que cuando un elemento sea reasignado a su cuerpo de origen, ello se realice respetando los derechos con que contaba al momento de ser asignado a aquélla, así como el reconocimiento del tiempo de servicio en la misma, para efectos de su antigüedad.

Lo anterior será aplicable, en lo conducente, a los elementos de la Policía Federal que sean adscritos a la Guardia Nacional.

Fuente: Excélsior

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Feminicidio en Guadalajara: Carla fue asesinada frente a su domicilio por su ex pareja con un fusil

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La madrugada del sábado 12 de julio, en la colonia Balcones de Oblatos, Guadalajara, se registró un feminicidio que ha consternado a la comunidad. Carla, una joven de 28 años, fue asesinada con un arma larga tipo AR-15 por su presunta ex pareja sentimental, quien se dio a la fuga.

El crimen ocurrió alrededor de la 1:36 de la mañana, en la calle Hacienda de Cedros. De acuerdo con registros de videovigilancia, el agresor llegó en una camioneta blanca sin placas, sostuvo una llamada telefónica con Carla y logró que saliera de su vivienda. Tras una breve discusión, la víctima intentó defenderse con una escoba, golpeando el vehículo. En respuesta, el sujeto extrajo el arma del interior del automóvil y disparó directamente a la cabeza de la joven, causándole la muerte inmediata.

👮‍♀️ Investigación en curso

Elementos de la policía local y personal de emergencias acudieron al lugar para confirmar el fallecimiento. La autoridad ministerial inició la investigación bajo el protocolo de feminicidio y perspectiva de género. Aún no se ha esclarecido si Carla contaba con medidas de protección o había realizado denuncias previas por violencia.

📢 Reacción ciudadana

El caso ha causado indignación entre vecinos y familiares, quienes presenciaron el acto. La brutalidad del crimen ha reavivado la preocupación por la violencia de género en Jalisco, uno de los estados con mayor incidencia de feminicidios en el país.

Fuente: 5to Poder Agencia de Noticias.

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MÉXICO AVALA CURP CON DATOS BIOMÉTRICOS: ¿IDENTIDAD SEGURA O RIESGO A LA PRIVACIDAD?

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Ciudad de México, 7 de julio de 2025. — La Cámara de Diputados aprobó la creación de una Plataforma Única de Identidad Digital, que dará paso a una nueva versión de la Clave Única de Registro de Población (CURP), ahora con datos biométricos como fotografía, huellas dactilares, iris y rostro.

El dictamen fue avalado por la mayoría oficialista y establece que esta CURP con elementos biométricos será obligatoria para trámites ante todas las instancias del Estado mexicano. La Secretaría de Gobernación tendrá a su cargo la gestión, implementación y resguardo de esta plataforma.

La iniciativa ha sido defendida por sus impulsores como un instrumento que facilitará la identificación ciudadana y reducirá fraudes. Sin embargo, partidos de oposición y organizaciones civiles han manifestado su preocupación por la falta de controles y garantías de protección de datos personales.

“No existen salvaguardas suficientes ni lineamientos claros sobre el manejo de esta información. Se corre el riesgo de que este sistema sea utilizado como mecanismo de vigilancia”, advirtió una vocera del colectivo R3D (Red en Defensa de los Derechos Digitales).

Ahora, el proyecto será turnado al Senado, donde se prevé un debate intenso sobre los alcances, límites y garantías de esta medida. La discusión se desarrolla en un contexto global donde las identidades digitales y el uso de biometría generan controversias sobre seguridad, privacidad y control estatal.

Fuente: 5to Poder Agencia de Noticias

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