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Concluye “satisfactoriamente” la demolición del colegio Rébsamen: Secretaría de Obras

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CIUDAD DE MÉXICO, 8 DE SEPTIEMBRE.- La Secretaría de Obras y Servicios (Sobse) de la Ciudad de México informó que la “demolición controlada” del edificio colapsado del colegio Enrique Rébsamen, ubicado en la delegación Tlalpan, “concluyó satisfactoriamente” tras 17 días de labores.

En un comunicado, la dependencia precisó que en un inicio se tenía previsto que las labores concluyeran en un plazo máximo de ocho semanas, sin embargo, la planeación de las labores y el trabajo del personal permitieron reducir considerablemente el tiempo programado de origen.

Detalló que el colegio Enrique Rébsamen, donde 19 niños y siete adultos perdieron la vida tras el sismo de magnitud 7.1, ocurrido el 19 de septiembre del año pasado, estaba compuesto por tres edificios: uno colapsó totalmente y otro parcialmente durante el sismo, en tanto que el tercero se mantiene en pie.

En seguimiento a la instrucción de la Procuraduría General de Justicia (PGJ) de la Ciudad de México, abundó, se retiraron las losas y el escombro de la estructura que colapsó totalmente, pues representaba un riesgo para los inmuebles colindantes y sus habitantes; el resto del predio no se intervino debido a la situación jurídica que guarda.

De acuerdo con la Sobse, para garantizar la seguridad de las edificaciones cercanas, el proceso de demolición fue mixto: se seccionaron los tres niveles de losas colapsadas y con el apoyo de una grúa fueron transportadas a nivel de piso para ser desmanteladas por 14 trabajadores, y de esta manera ser transportadas en camiones de volteo hacía los sitios autorizados de disposición final; en total se retiraron 920 metros cúbicos de escombro, puntualizó.

De manera paralela, un grupo de topógrafos fue desplegado en la zona para monitorear el comportamiento de los inmuebles aledaños durante las labores, sin que se registraran desplomes ni hundimientos durante los trabajos.

Tras el retiro del cascajo y recorrer el tapial para confinar el predio, la Sobse concluyó su participación, y la propiedad quedó a resguardo de la PGJ.

Durante la demolición estuvieron presentes peritos supervisando las actividades, al igual que representantes del Ministerio Público, para interceder oportunamente ante cualquier descubrimiento que pudiera ayudar a la investigación, agregó.

Fuente Proceso

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Entra en vigor el Fondo de Pensiones para el Bienestar

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Esta noche se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, que, entre otras cosas, modifica el destino de los recursos de aquellos ahorros de los trabajadores que no sean reclamados.

El decreto se publicó en la edición vespertina de este martes 30 de abril, el cual entrará en vigor mañana miércoles 1 de mayo.

¿Qué es el Fondo de Pensiones del Bienestar?
El dictamen para la creación del Fondo reforma y adiciona las siguientes leyes:

  • Del Seguro Social
  • Del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit)
  • Del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste)
  • De los Sistemas de Ahorro para el Retiro, Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público
  • Del decreto por el que se extingue el Organismo Público Descentralizado denominado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero
  • Abroga su Ley Orgánica, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2023.
  • El Fondo para el Bienestar contará con un Comité Técnico que deberá emitir las reglas de operación sobre la recepción, administración, inversión, entregas y rendimientos de recursos a los institutos de seguridad social.

Su propósito es recibir, administrar, invertir y entregar los recursos que le sean aportados; será constituido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público como un fideicomiso público no considerado entidad paraestatal, en el cual el Banco de México actuará como fiduciario.

De acuerdo con Luisa María Alcalde, secretaria de Gobernación, antes de la reforma de 1997, impulsada por el presidente priista Ernesto Zedillo, el sistema de pensiones estaba en función del salario. 

“Las pensiones estaban a cargo del IMSS. Te podías jubilar a los 60 años y con 10 años de trabajo, es decir, con 500 semanas de cotización”.
Detalló que antes un trabajador que ganaba 10 mil pesos se jubilaba en promedio con 10 mil pesos, prácticamente el 100 por ciento de su salario.

¿Y qué pasará con los Afores?
En el momento en el que se apruebe la creación de dicho Fondo, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores), las instituciones que realicen funciones similares de naturaleza pública, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir los recursos de las Subcuentas de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, al momento en que los trabajadores cumplan 70 años, sin necesidad de resolución judicial, debiendo notificar de cada traspaso al Instituto Mexicano del Seguro Social el mismo día en que se realice. 

Esto NO será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el Instituto.

Para el caso de las y los trabajadores del Estado, el PENSIONISSSTE o las administradoras, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir dichos recursos al momento en que los trabajadores cumplan 75 años, sin necesidad de resolución judicial, al Fondo de Pensiones para el Bienestar. 

Esto NO será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el Issste.

Fuente Milenio

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¡No más niños en moto! Aprueban diputados modificación en la Ley de Movilidad

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CDMX.-Con 409 votos a favor, 25 en contra y 0 abstenciones, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó la modificación al artículo 49 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial para prohibir que menores de 12 años puedan viajar en motocicleta, aún cuando cumplan con la portación de casco.

Durante la sesión de este lunes, las y los diputados avalaron el dictamen que impide que niños viajen en este tipo de vehículos, con el objetivo principal es salvaguardar el bienestar de los menores de edad.

Actualmente la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial establece que el uso obligatorio de casco para personas conductoras y pasajeros de motocicletas, sin embargo, con esta reforma ya no se podrá transportar a los menores de 12 años.

Dicha ley sólo contemplaba que cualquier persona menor de 12 años viaje en los asientos traseros y con el cinturón de seguridad para proteger su integridad física.

El dictamen fue posteriormente enviado al Senado para continuar su proceso legislativo.

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