Nacional
Piden ampliar el Sistema de Alertamiento Sísmico a más entidades
CIUDAD DE MÉXICO, 6 DE ABRIL.- Se debe ampliar el Sistema de Alertamiento Sísmico a más entidades con el fin de prevenir pérdidas humanas, porque hay regiones que a pesar de sufrir temblores de manera regular, sus comunidades no cuentan con la alerta, consideraron diputados integrantes de la Comisión de Desarrollo Metropolitano, de la Cámara de Diputados.
Se requieren 60 sensores adicionales y su instalación en Veracruz, norte de Oaxaca y Puebla, además de Chiapas. En Hidalgo se presentan sismos de mediana intensidad y de forma esporádica en Ixmiquilpan, Actopan y Pinal de Amoles, que han provocado muchos daños
En reunión con representantes del Centro de Instrumentación y Registro Sísmico, A.C., quienes les presentaron un proyecto para la ampliación de dicho sistema, el presidente de la instancia legislativa, diputado Germán Ralis Cumplido (MC), planteó enviar esta propuesta a los gobernadores de las Zonas Metropolitanas para que consideren este proyecto en la cartera del Fondo Metropolitano 2018, que a la fecha no tienen programas planteados.
“Queremos que esta red de alerta tenga efecto en todo el país, no solo en las Zonas Metropolitanas. Sí es para salvar vidas, vale la pena invertir en eso”, subrayó.
Lamentó que a este sistema de operación, le falte legislación en muchos temas que lo acompañe.
El diputado Alfredo Bejos Nicolás (PRI), consideró que se debe tomar en cuenta al estado de Hidalgo para la instalación de la alarma sísmica, pues se perciben en dicha entidad las réplicas de algunos de los sismos más fuertes.
Y el diputado José Máximo García (PAN), señaló que la Falla de San Andrés, en Baja California no se contempla en el mapa de riesgos del país, a pesar de que en el Valle de Mexicali hubo un sismo de 7.2 grados.
Recomendó que se incluya a esta región por su alta peligrosidad debido a los sismos.
El director general del Centro de Instrumentación y Registro Sísmico, A.C. Juan Manuel Espinoza Aranda, comentó que lo que buscan es aumentar de 100 a 150 sensores el Sistema Nacional de Alertas para que pueda dar avisos de forma oportuna no solo por movimientos telúricos.
Apuntó que es una herramienta que se desarrolló desde 1993 y que ha avanzado, pero deber concluirse la instalación en entidades donde hay temblores y no cuentan con sensores ni alertas.
Fuente El Sol de México Online
Nacional
Entra en vigor el Fondo de Pensiones para el Bienestar
Esta noche se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, que, entre otras cosas, modifica el destino de los recursos de aquellos ahorros de los trabajadores que no sean reclamados.
El decreto se publicó en la edición vespertina de este martes 30 de abril, el cual entrará en vigor mañana miércoles 1 de mayo.
¿Qué es el Fondo de Pensiones del Bienestar?
El dictamen para la creación del Fondo reforma y adiciona las siguientes leyes:
- Del Seguro Social
- Del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit)
- Del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste)
- De los Sistemas de Ahorro para el Retiro, Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público
- Del decreto por el que se extingue el Organismo Público Descentralizado denominado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero
- Abroga su Ley Orgánica, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2023.
- El Fondo para el Bienestar contará con un Comité Técnico que deberá emitir las reglas de operación sobre la recepción, administración, inversión, entregas y rendimientos de recursos a los institutos de seguridad social.
Su propósito es recibir, administrar, invertir y entregar los recursos que le sean aportados; será constituido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público como un fideicomiso público no considerado entidad paraestatal, en el cual el Banco de México actuará como fiduciario.
De acuerdo con Luisa María Alcalde, secretaria de Gobernación, antes de la reforma de 1997, impulsada por el presidente priista Ernesto Zedillo, el sistema de pensiones estaba en función del salario.
“Las pensiones estaban a cargo del IMSS. Te podías jubilar a los 60 años y con 10 años de trabajo, es decir, con 500 semanas de cotización”.
Detalló que antes un trabajador que ganaba 10 mil pesos se jubilaba en promedio con 10 mil pesos, prácticamente el 100 por ciento de su salario.
¿Y qué pasará con los Afores?
En el momento en el que se apruebe la creación de dicho Fondo, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores), las instituciones que realicen funciones similares de naturaleza pública, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir los recursos de las Subcuentas de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, al momento en que los trabajadores cumplan 70 años, sin necesidad de resolución judicial, debiendo notificar de cada traspaso al Instituto Mexicano del Seguro Social el mismo día en que se realice.
Esto NO será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el Instituto.
Para el caso de las y los trabajadores del Estado, el PENSIONISSSTE o las administradoras, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir dichos recursos al momento en que los trabajadores cumplan 75 años, sin necesidad de resolución judicial, al Fondo de Pensiones para el Bienestar.
Esto NO será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el Issste.
Fuente Milenio
Nacional
¡No más niños en moto! Aprueban diputados modificación en la Ley de Movilidad
CDMX.-Con 409 votos a favor, 25 en contra y 0 abstenciones, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó la modificación al artículo 49 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial para prohibir que menores de 12 años puedan viajar en motocicleta, aún cuando cumplan con la portación de casco.
Durante la sesión de este lunes, las y los diputados avalaron el dictamen que impide que niños viajen en este tipo de vehículos, con el objetivo principal es salvaguardar el bienestar de los menores de edad.
Actualmente la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial establece que el uso obligatorio de casco para personas conductoras y pasajeros de motocicletas, sin embargo, con esta reforma ya no se podrá transportar a los menores de 12 años.
Dicha ley sólo contemplaba que cualquier persona menor de 12 años viaje en los asientos traseros y con el cinturón de seguridad para proteger su integridad física.
El dictamen fue posteriormente enviado al Senado para continuar su proceso legislativo.
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