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Saúl Uribe y sus 91 abriles

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Después de haber celebrado los 90 y los 91 abriles del abogado y humanista, Don Saúl Uribe Ahuja, en su hacienda de San Francisco Ocotepec, Hidalgo, que fuera de la heroína Leona Vicario, y luego en su casa de Naucalpan, Estado de México, respectivamente, exacto en su día, 11 de junio, nos queda en lo más profundo de nuestros sentimientos seguir por muchos años asistiendo a estos festejos que fortifican el alma y nos renueva el ánimo por las vivencias superiores para el presente y el futuro.

Como ya lo hemos descrito anteriormente, Saúl sufrió dos embolias y una operación de carótida, que le impide caminar y le bajó el tono de voz, además de que enfrenta la ambición de seis de sus ocho hijos que lo quieren despojar de sus bienes, como el mismo dice: no son capaces de esperar a que emprenda el viaje postrero, para heredar lo que en verdad, por su vesania, nos les pertenece.

Las antípodas están presentes en este hombre de brillante intelecto y por tanto de humildad en sus relaciones de amistad o de hermandad. En efecto, su situación que se supondría lo tendría postrado, para él, lo contrapuesto en su rutina, nada lo arredra y vive plenamente su circunstancia y su tiempo.

Lo dijimos en la reunión, muy joven, incipiente reportero, me enviaron a entrevistar a un gran señor que laboraba de ’bolero’, lustrador de calzado, en la Alameda Central del entonces Distrito Federal, porque lo había perdido todo, menos el ánimo de vivir. No tenía familia, por un accidente le amputaron ambas piernas y los ’perreros’, le habían sacrificado a su can-amigo, sus ganancias las invertía en el alimento para las palomas.

Me informé y leía en aquel entonces a Arthur Schopenhauer sobre que la vida es carencia, pero al mismo tiempo es deseo. Y a Friedrich Nietzsche que enseñaba sobre el propósito de vida: ’Un por qué para vivir’. Es decir, darle sentido a la vida.

Ese es el caso de Saúl Uribe Ahuja, le da sentido a su vida en su nonagenario en múltiples aspectos: lucha por la preservación y enriquecimiento de la Hacienda que fuera de la heroína Leona Vicario ’Madre de la Independencia de México’, y logró que el Instituto Nacional de Antropología e Historia la declarara ’Monumento Histórico Nacional’;

Lucha sin desmayo, porque vuelva a tener agua el sediento Acueducto Tembleque, que logró que la Organización de las Naciones Unidas, ONU, lo declarara ’Patrimonio Cultural de la Humanidad’.

Lucha por la hermandad entre sus amigos, ha sido y es mecenas de periodistas y de escritores; nosotros llegamos tarde a su círculo íntimo, es de sentirse, pero más triste hubiera sido no haber llegado. 
Tres camaradas de la pluma y el saber lo acompañamos a Saúl y a su pareja, la querida María Luisa Ureña, los maestros Gonzalo Martré, Arnulfo Domínguez Cordero y el autor. Ahí expresamos:

Saúl: tu nombre masculino procede del hebreo Derivado del arameo Y te describe tal cual: ’Aquel que ha sido pedido al Señor O deseado por tu pueblo’
Y yo agregaría: por tus amigos y hermanos.

Periodista y escritor; Presidente del Colegio Nacional de Licenciados en Periodismo, CONALIPE; Secretario de Desarrollo Social de la Federación Latinoamericana de Periodistas, FELAP; Presidente fundador y vitalicio honorario de la Federación de Asociaciones de Periodistas Mexicanos, FAPERMEX, miembro del Consejo Consultivo permanente del Club Primera Plana, Doctor Honoris Causa por la Universidad Internacional y Académico de Número de la Academia Nacional de Historia y Geografía, ANHG.

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REFORMAN LEY ORGÁNICA JUDICIAL EN 4 HORAS: OBSERVATORIO LEGISLATIVO

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“La Última Palabra”
Por: Jorge A. Martínez Lugo.

• Una iniciativa que contiene 219 páginas con 12 títulos y 261 artículos, observa el organismo ciudadano en su boletín 277.

En su boletín 277 que circula a partir de este 19 de agosto, el Observatorio Legislativo de Quintana Roo destaca la rapidez con la que la 18ª Legislatura aprobó reformas a la Ley Orgánica del Poder Judicial y a la Ley de la Universidad del Poder Judicial, misma que ingresó a través de la Comisión Permanente, fue turnada a Comisiones al día siguiente, mismo día en que se analizó y fue aprobada en el pleno en un lapso de escasas cuatro horas.

Fue una práctica legislativa fast track, similar a la reforma constitucional en la materia. El documento señala que en la Comisión de Puntos Legislativos y Técnica Parlamentaria revisaron el proyecto de decreto de la ley orgánica del poder judicial; en la agenda se observa que tuvieron cuando mucho cuatro horas para hacerlo.

Una iniciativa que contiene 219 páginas con 12 títulos y 261 artículos y una reforma a la Ley Orgánica de la Universidad Judicial del Poder Judicial y 27 artículos transitorios, contrasta el análisis. Esta reforma fue aprobada por la fuerza hegemónica de la 18ª Legislatura, con la oposición del PAN y MC.

El objetivo de esta iniciativa, continúa, es la actualización normativa secundaria de los cambios a la Constitución federal y su propósito es el fortalecimiento de su función jurisdiccional y actualización del marco normativo acorde a los cambios constitucionales estatales, se contextualiza.

El documento establece que el ejercicio del Poder Judicial se deposita en el Tribunal Superior de Justicia, el Tribunal de Disciplina Judicial, el Órgano de Administración Judicial y en los juzgados y tribunales.

Son auxiliares de la impartición de justicia el Registro Público de la Propiedad, el Registro Civil, la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, el Ministerio Público, los notarios públicos y los mecanismos alternativos de solución de controversias.

Se ratifica que las sesiones del TSJ deberán ser públicas. La persona titular de la Presidencia del TSJ será electa por mayoría de votos en la primera sesión del pleno que se celebra en el mes de agosto del año correspondiente e iniciará funciones el 1° de septiembre.

Por otro lado, se observa que el Tribunal de Disciplina Judicial será competente para la investigación y resolución de procedimientos de responsabilidades administrativas, así como la evaluación del desempeño no sólo de las personas magistradas y juzgadoras, sino también de los servidores del Poder Judicial, lo cual fue criticado en tribuna por el diputado José Luis Pech de Movimiento Ciudadano.

Un tema relevante, destaca el documento, es el Órgano de Administración Judicial que contará con independencia técnica y de gestión, y será responsable de la administración y capacitación del Poder Judicial, el cual se integrará por un representante designado por la persona titular del Poder Ejecutivo, otro por la Legislatura estatal y uno más por el pleno del TSJ.

“Esta norma refleja el abandono constitucional de la separación e independencia de poderes del Estado. Este mismo concepto está en el artículo 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos” aclara el documento.

PÁGINA INTERNET Y BOLETIN JUDICIAL
En materia de transparencia, el artículo 249 establece crear el Boletín Judicial que ese será el medio oficial de publicación para dar publicidad a los actos jurisdiccionales y administrativos. En este boletín deberá publicarse la lista de acuerdos, resoluciones y sentencias de los órganos jurisdiccionales; disposiciones de carácter general: circulares de acuerdos edictos y demás formas de comunicación procesal, estará a cargo de un órgano que designe el órgano judicial quien será responsable de su publicación en días hábiles, conforme a lineamientos que se establezcan.

También se señala en el artículo 251 que contará con una página de Internet como medio oficial de comunicación pública que permita garantizar el acceso digital de los servicios jurisdiccionales administrativos.

Un título que deberá ser importante darle seguimiento, explica, es el que incorpora la Justicia Digital, como el conjunto de disposiciones normativas procedimientos tecnologías e instrumentos digitales que garanticen el acceso efectivo, transparente y seguro a la función jurisdiccional, que comprende el uso de medios electrónicos para la ejecución de actuaciones judiciales y administrativas tales como expedientes, tramitación de asuntos, celebración de audiencias, emisión de resoluciones; la interoperabilidad entre instituciones el Poder Judicial podrá implementar progresivamente estos mecanismos de justicia digital. No establece periodos para su ejecución.

El documento concluye diciendo que para la implementación de estas reformas no se tiene una afectación presupuestal, lo que se puede entender, se ajustarán al presupuesto actual y que las mejoras se propondrán en el presupuesto para el año 2026. Usted tiene la última palabra.
ooOoo

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EL JUICIO SUCESORIO DE MÉXICO

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“ARTICULO”
Por el Dip. y Lic.Hugo Alday Nieto

El juicio sucesorio de conformidad con la IA de la editorial Tirant lo Blanch, puede definirse como un mecanismo legal mediante el cual se efectúa la distribución del patrimonio de una persona fallecida entre sus sucesores, según lo estipulado en su testamento (sucesorio testamentario) o conforme a la ley (sucesorio intestamentario), garantizando el cumplimiento de sus últimas voluntades o la justa asignación de la herencia a sus familiares próximos, en caso de no existir un testamento.


De conformidad con el “Diccionario Jurídico de la Facultad de Derecho de la UNAM” (2023, Pérez Carvajal y Campuzano), el heredero es la persona física o moral designado por el autor de la sucesión en su testamento o por disposición de la ley, el cual adquiere a título universal bienes y derechos que pertenecían al autor de la herencia o la parte alícuota que le corresponde, así como las obligaciones que éste no logró liquidar en vida.
Sin embargo, aún y cuando el derecho civil establece las formas para llevar a cabo una sucesión a través del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, ésta siempre ha sido relativamente exitosa en lo familiar y en lo privado, no así en lo público, ya que la historia nos ha enseñado que el poder difícilmente se hereda, y cuando eso sucede, las catástrofes se hacen presentes.


En este sentido, tomando como regla general que todo lo que pasa en política, ya pasó en Roma y volverá a pasar, es que comenzamos a este texto. Porque siempre es importante conocer la historia escrita de Roma para entender y saber cómo actuar ante los diversos escenarios que nos plantea la actualidad.


Algunos ejemplos nos los presenta con claridad la obra “Maldita Roma” (2023, Posteguillo) donde se narra la historia de Lucio Cornelio Sila que, al haberse hecho del poder, dio inicio a una administración de terror y abuso por parte de la oligarquía del senado, encabezado por el famoso Lucio Sergio Catilina, quienes fueron por el paso del tiempo derrocados por el joven cónsul Cayo Julio para poner fin al intento de heredar el gobierno a los “cornelios”.
Otro ejemplo de sucesiones infructuosas lo tenemos con la dinastía Flavia, narrado en la obra “Circo Maximo” (2013, Posteguillo), en donde se relata la historia de la muerte del emperador Vespasiano y su hijo Tito, quedando el gobierno en manos del menor de la familia, Domiciano, quien desarrolló una tiranía sin precedentes en Roma de la mano de los pretorianos y algunos senadores que monopolizaron el comercio y controlaron hasta el agua, encareciéndola para enriquecerse. Esta ola de corrupción fue detenida por Marco Ulpio Trajano luego del asesinato de Domiciano, volviendo el orden al imperio.


Pero no lejos de esta situación, la sucesión de Septimio Severo descrita en la obra “Yo, Julia” (2018, Posteguillo), que a su muerte, la emperatriz Julia Domna, determinó un cogobierno entre sus dos hijos, Publio Septimio Gueta y Marco Aurelio Antonino, conocido como “carcalla” por las legiones por su ferocidad en batallas. Con el paso del tiempo, “Carcalla” asesinó a Gueta y mandó borrar su paso por la historia de Roma con la pena denominada “damnatio memoriae”, una de las peores para los políticos del imperio.


El caos que crearon los hermanos llevó a Roma casi a su autodestrucción, hasta que un pretoriano leal a la emperatriz de nombre Macrino terminó asesinando a “Carcalla” para tomar su lugar y dar paso a otro heredero de la dinastía Severa, Sexto Vario Avito Basiano quien se apodaba a sí mismo como “Heliogábalo” en honor a “El Gabal” el dios Sol de los sirios, quien pese a llevar la misma sangre de la dinastía Severa, al tener solo 4 años al momento de su asenso, tuvo férreas guías que evitaron que se transformara en otro tirano.


Esta enseñanza sobre sucesiones en política también quedó plasmada por las deidades en la historia de “Baal”, quien fuera uno de los dioses más influyentes de continente africano. En la obra “Aníbal” (2005, Durham), se hace un relato sobre la decisión de Baal el padre de los dioses, de situar a Yam dios de los ríos, por encima de los demás, convirtiéndose en un tirano, por lo que Baal tuvo que crear el Yargush (cincel) y el Aymur (mazo) para acabar con la vida de Yam y detener la violenta tiranía que martirizaba a dioses y hombres.


Tal como se observa de los textos históricos antes citados, los intentos por heredar el poder han generado caos y tiranías, muchas veces derivadas de la falta de compromiso y de amor al pueblo por parte de los herederos quienes en su mayoría se han alejado del camino plasmado por sus padres, y esa misma historia la estamos viendo hoy en México, donde los hijos de los expresidentes de la nación, independientemente de su filiación política, han demostrado no estar a la altura de sus progenitores.


Los últimos acontecimientos plasmados en medios nacionales e internacionales nos dejan ver con claridad que, aquello que pasó en Roma sigue vigente en nuestros días, y por ello, es importante dejar las sucesiones en el mundo de lo privado y no así, en lo público, para evitar mayores caos y contratiempos en los gobiernos. De no ser así, las sucesiones seguirán, como siguen las cosas que no tienen mucho sentido.

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