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EN LA OPINIÓN DE:

DE LAS IDEOLOGÍAS A LAS CONSIGNAS

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“La Última Palabra”
Por: Jorge A. Martínez Lugo.

• Los partidos políticos son aparatos electorales caros, no fomentan el debate ni masa crítica ni cultura política; sólo controlan candidaturas, elecciones, presupuestos y negocios.

¿Cómo fue que los partidos políticos dejaron de tener ideologías, banderas políticas, proyectos de nación? De otro modo: ¿A partir de qué momento empezaron a funcionar como simples aparatos electorales?: controlan elecciones, monopolizan candidaturas y presupuestos; funcionan como franquicias y carecen de liderazgos reales.

El término “partidocracia” se acuñó, al menos en México, después del primer gran fraude de Estado de 1988 de Carlos Salinas contra Cuauhtémoc Cárdenas. A partir de entonces empezaron las “concertacesiones” del PRI con el PAN y así llegaron los primeros gobernadores panistas comenzando por el de Baja California y de Guanajuato, para pasar a la alternancia bipartidista PRI-PAN bajo el modelo estadunidense.

Los resultados electorales tenían un límite: algún candidato opositor podía ganar, pero había que negociar para que le reconocieran el triunfo; caso contrario, el triunfo se revertía mediante procedimientos “legales”.

En este manojo de pactos y negociaciones a espaldas del voto, se auto repartieron también cuotas partidistas en los consejos “colegiados” de los nuevos órganos autónomos, especialmente el IFE y luego INE. Los consejeros ciudadanos en realidad eran representantes de los partidos, principalmente PRI y PAN, dejando al PRD con espacios marginales y acotados. Las elecciones se pactaban desde antes del día de la jornada electoral; después del resultado, era cosa nada más de acomodar.

EL FIN DE LAS IDEOLOGÍAS
El contexto de este proceso en México fue el llamado “fin de las ideologías” que se impuso desde el Consenso de Washington (1989), mediante el cual con la caída del Muro de Berlín (también 1989) en el sexenio de Carlos Salinas, precisamente, las ideologías ya no tenían caso que siguieran existiendo porque a partir de entonces solo habría una ideología oficial: el mercado.

Los partidos políticos también se quedaron sin ideología, ni ideas, ni proyectos; sus programas de acción y principios ideológicos llegaron a ser casi iguales; no se distinguía un partido de otro; ni se hablaba de izquierda o derecha. Los partidos también se convirtieron en mercancía.

Se entró a la etapa de descalificaciones mutuas, solo consignas sin propuestas. Los partidos políticos son aparatos electorales caros, no fomentan el debate ni masa crítica ni cultura política; sólo controlan candidaturas, elecciones, presupuestos y negocios al amparo del poder. Sus dirigencias son burocráticas no de liderazgos. Por eso encabezan el rechazo social.

PARTIDOCRACIA CÍNICA
La llamada “partidocracia” ha entrado en una fase más cínica, donde una vez que llegan al poder se olvidan de sus compromisos de campaña y actúan a espaldas al pueblo que lo eligió; saben que hay mal humor social, pero estiran la liga porque en las próximas elecciones volverán a tener el control.

De este modo el sistema democrático ha sido capturado por políticos que responden a intereses de grupo político-económico dentro del mismo partido que los llevó al poder. Los partidos se han vuelto “inmunes” a la voz de su militancia y de la opinión pública.

TEMAS PARA LA REFORMA
La reforma electoral de este 2026, tendrá que enfrentar estos retos o no será; cambios en la legislación que respondan a la consulta que supuestamente se realizó en 2025 y no quede en otra simulación.

La sociedad espera una reforma de gran calado; una reingeniería del sistema de partidos y de los procesos electorales e incluir temas como:

a) Reducción drástica al financiamiento y vigilancia real del gasto en campañas y en tiempos no electorales. Actualmente son un gran negocio para sus élites dirigentes.
b) Competencia individual obligatoria para los partidos (no en alianza) cada tres elecciones, como una forma de refrendo del registro y de su fuerza real.
c) Desaparición de las listas plurinominales y establecer un mecanismo similar al de la elección actual de la cuarta Senaduría; que se adjudique a las candidaturas perdedoras más votadas en cada circunscripción.
d) Eliminación del fuero en su enfoque actual.
e) Que los candidatos solo puedan serlo por la circunscripción, municipio o estado de su domicilio particular de acuerdo a su credencial de elector.

Sobre estos temas y otros que usted sugiera, dedicaremos futuras entregas en este año de la reforma, pero como siempre, usted tiene la última palabra.
ooOoo

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EN LA OPINIÓN DE:

ROBERTO VELASCO ÁLVAREZ, EL CANCILLER MÁS JOVEN EN LA HISTORIA RECIENTE DE MÉXICO

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“Comentario a Tiempo”
Por Teodoro Renteria Arroyave.

A la colega Elvia Andrade Barajas en el XX aniversario de su plataforma “Reportajes Metropolitanos”. Reconocido esfuerzo de periodismo libre, en el que colaboramos diariamente desde su creación.

Qué razón tuvo y tiene el sufrido pueblo iraní, como lo difundimos en nuestra entrega de la víspera, en el sentido de que el alto al fuego por dos semanas acordado por Irán con Estados Unidos e Israel, lo recibió en una mezcla de alegría, de incredulidad e incertidumbre, de ello se encargó de ratificarlo el primer ministro de Israel, Benjamín Nethanyagu al violar el pacto con su criminal decisión, 24 horas después de la firma del mismo, al bombardear a la población civil del Líbano con un saldo de más de 300 muertos y más de mil heridos que incluye entre las víctimas a niñas, a niños y jóvenes, además, de esta inicua agresión, Donald Trump declaró que el Líbano no estaba contemplado en el pacto en flagrante contradicción con lo informado por el mediador, el primer ministro de Pakistán, Shehbaz Sharif, también es de recordarse que en la misma noche en que fue recibido con el beneplácito mundial el acuerdo, el vicepresidente estadounidense, James David Vance lo calificó de “frágil”.

El licenciado Roberto Velasco Álvarez, es el canciller más joven desde el Siglo XX, según registros. De acuerdo con la Constitución, fue propuesto por la presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, como flamante secretario de Relaciones Exteriores este 1 de abril de 2026 tras la salida del doctor Juan Ramón de la Fuente por motivos de salud y ratificado por el Senado de la República.

Con 38 años, Velasco Álvarez se posiciona como uno de los perfiles técnicos más relevantes dentro de la diplomacia mexicana reciente, con experiencia directa en la relación con América del Norte.

Según su currículum hecho público, es licenciado en Derecho por la Universidad Iberoamericana, de donde egresó en 2013, y cuenta con una maestría en Políticas Públicas por la Universidad de Chicago (2015-2017).

Durante su estancia en Estados Unidos, fue editor en jefe de la “Chicago Policy Review -revisión o evaluación de políticas públicas- además de colaborar en la oficina del alcalde de Chicago, lo que fortaleció su experiencia en análisis de políticas públicas y gestión internacional.

Es hijo único de mis amigos compañeros de trabajo en el aquel entonces recién fundado Instituto Mexicano de la Radio, IMER, -1983- licenciado Carlos Amador Velasco Oliva y Liz Álvarez Granados. Ahí, en esa institución recién fundada, se conocieron, se enamoraron y se casaron. Su abuelo es el marino e ingeniero Roberto Álvarez quien fungió como jefe de Prensa de la Secretaría de Marina, También gran amigo.

Los inicios de Roberto Velasco como funcionario público fueron en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal. Tiene experiencia en la administración local de la Ciudad de México. En 2017 colaboró en la Dirección Regional para América del Norte del fideicomiso del Gobierno de México que promovía el comercio y la inversión internacional. En 2008 fue dirigente de los Jóvenes del Partido Convergencia (hoy Movimiento Ciudadano) en el Distrito Federal.

Desde junio de 2020, Velasco fue responsable del seguimiento de las relaciones diplomáticas con Estados Unidos y Canadá, al frente de la Jefatura de Unidad para América del Norte en la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE).

Posteriormente, en octubre de 2025, fue nombrado subsecretario para América del Norte, y entre diciembre de ese año y enero de 2026 se desempeñó como encargado de despacho de la Cancillería mexicana.

Velasco Álvarez nació el 14 de septiembre de 1987 en Ciudad de México. Obtuvo su Licenciatura en Derecho en la Universidad Iberoamericana y posteriormente una maestría en Políticas Públicas en Chicago, según consignó su biografía oficial.

Desde junio de 2020 coordina la política para América del Norte en la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE)

Sheinbaum anunció la nominación de Roberto Velasco en su cuenta de X; también fue publicado en el sitio web del gobierno de México

La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo al dar a conocer la nominación de Roberto Velasco Ávarez expresó: “He decidido proponer al Maestro Roberto Velasco para continuar con el trabajo de defender la soberanía de México y proteger a nuestros connacionales en el exterior” cuyas prioridades de la política exterior mexicana en 2026, se enmarcan tres ejes centrales:

Soberanía Nacional: Mantener una postura firme en la defensa de los intereses de México. Protección Consular: Fortalecer la atención a los mexicanos en todo el mundo. Y Cooperación Estratégica: Profundizar los lazos con América Latina y consolidar la relación con los socios del T-MEC (Canadá y EE. UU.).

Le deseamos a ROBERTO VELASCO ÁLVAREZ, EL CANCILLER MÁS JOVEN EN LA HISTORIA RECIENTE, todo el éxito para bien de México y los mexicanos.
Periodista y escritor; presidente del Colegio Nacional de Licenciados en Periodismo, CONALIPE; secretario de Desarrollo Social de la Federación Latinoamericana de Periodistas, FELAP; presidente fundador y vitalicio honorario de la Federación de Asociaciones de Periodistas Mexicanos, FAPERMEX, Doctor Honoris Causa por la Universidad Internacional, Académico de Número y Director de Comunicación de la Academia Nacional de Historia y Geografía, ANHG. Agradeceré sus comentarios y críticas en teodororenteriaa@gmail.com Nos escuchamos en las frecuencias en toda la República de Libertas Radio. Le invitamos a visitar: www.felap.info, www.ciap-felap.org, www.fapermex.org, y el portal: www.irradianoticias.com

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EN LA OPINIÓN DE:

PERIPECIAS CONSTITUCIONALES

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“EN LA OPINIÓN DE”
Dr. Hugo Alday Nieto

Saliéndonos un poco de las inconstitucionalidades locales que nos han llevado a ser el Congreso más corregido de la historia de Quintana Roo, hoy es importante que echemos un vistazo a la Suprema Corte y las peripecias que desde la interpretación constitucional habrán de hacer para sacar avante la designación de Lenia Batres.
La tensión interpretativa entre los artículos 94 y 97 de la Constitución mexicana relativa a la elegibilidad del ministro presidente, nos ofrece un terreno fértil para examinar las principales formas de interpretación jurídica. No se trata solo de resolver un problema técnico, sino de justificar públicamente porqué una lectura de la Constitución debe prevalecer sobre otras y aquí, las teorías de la argumentación jurídica nos proporcionan herramientas para ello.
A fin de ser más esquemático, comparto la antinomia en concreto:
Artículo 94

Arículo 97

(…)

La Suprema Corte de Justicia de la Nación se compondrá de nueve integrantes, Ministras y Ministros, y funcionará en Pleno. Su presidencia se renovará cada dos años de manera rotatoria en función del número de votos que obtenga cada candidatura en la elección respectiva, correspondiendo la presidencia a quienes alcancen mayor votación.

(…)

Última reforma del artículo 15-09-2024

(…)

Cada cuatro años, el Pleno elegirá de entre sus miembros al Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el cual no podrá ser reelecto para el período inmediato posterior.

(…)

Última reforma del artículo 15-09-2024

Esta antinomia que pasó de noche por el órgano reformador y por los iluminados asesores jurídicos encabezados por su máximo exponente, Arturo Zaldivar Lelo de la Rea, genera una antinomia dentro de la misma Constitución que pareciera insalvable de manera interpretativa desde todas las teorías.
De donde, si tomamos la Interpretación literal o gramatical, pudiéramos determinar que ambas interpretaciones son totalmente diferentes en cuanto a la temporalidad. Su límite es evidente en este caso y no resuelve tensiones funcionales o institucionales.
Respecto de una interpretación sistemática cuya finalidad es la de armonizar el texto dentro del conjunto constitucional, la interpretación sistemática sostendría que ambos artículos pueden coexistir, salvo la temporalidad del periodo de elegibilidad del ministro presidente.
Cabe señalar que, siendo la propia Constitución, no resulta aplicable el principio “Lex Posterior Derogat Legi Priori” (Ley posterior deroga a la ley anterior) tan explotado en el constitucionalismo moderno que antes de concatenar o reformar leyes anteriores, aplican este principio obligando al litigante o usuario de la norma a revisar el inicio de las vigencias para saber cuál ley vale más que la otra; trasladando el trabajo de actualización de la norma al ciudadano.
En segundo término, tampoco es aplicable el principio de “Lex Superior Derogat Legi Inferiori” (Ley superior deroga a la Ley inferior), ya que se trata del mismo nivel jerárquico. El más alto. El de la Constitución General de la República. Por esta razón, ambas disposiciones son válidas con el mismo nivel de fuerza.
Un tercer principio para poder superar antinomias es el de la especialidad, en donde “Lex Sperialis Derogut Legi Generali” (Ley especial deroga a la Ley general), sin que pueda ser aplicable al caso concreto porque no existe norma especial pueda ser aplicable a un caso concreto de manera específica que tenga más validez que una norma general, estamos en presencia de la Cartya Magna de México que al reformarse fast track, sigue arrojando lagunas y antinomias.
Otra forma de analizar este conflicto sería desde el punto de vista teleológico en donde llegaremos al ¿para qué existe cada norma? ¿Cuál es a su finalidad? Sin embargo, al perseguir ambos párrafos el mismo objetivo, resulta inatendible esta posibilidad.
Ahora bien, si nos vamos al extremo IUSmoralista y aplicamos la ponderación de principios de Robert Alexy, quien sostiene que, al estar dos principios constitucionales en colisión, no se anulan: se ponderan. Tenemos que existen dos en pugna con el mismo peso al evaluar la intensidad de la afectación recíproca. Por lo que sería inaplicable la teoría de Alexy.
Lo que es importante advertir es que es inviable la inaplicación de una o de otra propuesta, por ninguna razón moral o por considerarlo un derecho injusto, ya que se estaría violentando de manera grave el contenido de la propia Constitución Política y allí si, estaremos tirando por la borda todo ese discurso de izquierda, republicana, liberal que cada día se aleja más del México en proceso de construcción.
En este sentido, no nos queda más salida que atender al derecho preexistente y resolver este tema desde el iuspositivismo, en donde debemos acudir a la misma Constitución que establece la forma de su modificación a través de la votación de dos terceras partes de los miembros del Congreso de la Unión y de los estados de la República, acorde a lo dispuesto por el artículo 135 de la misma Carta Magna.
Como colofón, sería necesario hacer un llamado a los presidentes de las cámaras y coordinadores de los partidos promoventes para revisar de manera transversal sus iniciativas tomando en consideración el derecho preexistente, para no seguir en esta tónica de parchar lo parchado, ya que, de no ser así, las antinomias y lagunas seguirán, como siguen las cosas que no tienen mucho sentido.

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