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EN LA OPINIÓN DE:

la Ministra del Pueblo no es una Marca….

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El pasado 18 de abril corrió la noticia a nivel nacional de que Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial había negado el registro de la solicitud de marca 3273206 “Ministra del Pueblo” solicitada por Lenia Batres Guadarrama, estableciendo como domicilio para oír y recibir notificaciones el de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y señalando el correo electrónico lbatres@mail.scjn.gob.mx para recibir notificaciones en línea. La solicitud de marca ampara el título de la clase 41 (educación; formación; actividades culturales), es decir, de todos y cada uno de los servicios derivados de estos.

Sin embargo, a la ministra y candidata a ministra a la vez, se le pasó leer el contenido de la fracción XV del artículo 173 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial que establece lo siguiente:

“Artículo 173.- No serán registrables como marca:…

XV.- Los signos, frases, elementos de imagen, oraciones, avisos o nombres comerciales, susceptibles de engañar al público o inducir a error.

Se entenderán como tales, aquéllos que constituyan indicaciones falsas o engañosas sobre la naturaleza, composición, cualidades o el origen empresarial o gubernamental, de los productos o servicios que pretenden distinguir;”

En tal virtud, la ministra o su apoderado, César Villanueva Esquivel, pasaron por alto diversas tesis de jurisprudencia de los Tribunales Colegiados y del Tribunal de Justicia Administrativa que han dejado claro que, las marcas que resultan susceptibles de ser engañosas o que inducen al error, son aquellos que presentan características o datos relacionados con algún bien, producto o servicio, que pudiendo o no ser verdaderos induzcan al error y a la confusión por la forma inexacta, exagerada, falsa, parcial, artificiosa o tendenciosa en la que se presentan.

Asimismo de acuerdo con David Rosales García, en la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial comentada por Asociación Mexicana para la Protección de la Propiedad Industrial, editada por Tirant lo blanch, los rasgos característicos y calificativos que tenga el signo distintivo en cuestión deberá ser analizado a la luz del producto o servicio que se pretende proteger ya que se podrá negar el registro, sí del análisis de los elementos nominativos o gráficos en su conjunto es decir sobre la totalidad de la información que se encuentre en la solicitud presentada por el titular de la marca, resultan elementos que sean capaces de inducir al error.

En el caso particular, resulta evidente que el término “Ministra” o “Ministro” es imposible de apropiarse por ninguna persona de forma exclusiva para el tránsito comercial, ya que en primera, el proceso para obtener tal nombramiento se encuentra recientemente reformado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 96, por lo que el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial no puede otorgar una marca que reproduce un cargo de elección popular como lo es ahora el de “Ministra”.

En segundo término, los servicios que ostenta dicha solicitud de marca se plasman en el texto constitucional y son en estricto sentido un servicio público que podrán desempeñar 9 personas, por lo que, en caso de concederse la marca, los otros 8 estarían impedidos de usar el término “Ministra”, máxime cuando en su solicitud plasmó el domicilio y el correo electrónico de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

En tercer lugar, de los dos sustantivos que utilizó en su solicitud, no se deprende ningún término dominante, ya que ambos resultan demasiado comunes: “Ministra” y “Pueblo”, por lo que siguiendo la tesis aislada I.4o.A.54 A (10a.) del Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito de la Décima Época, bajo el rubro “MARCAS. CARACTERÍSTICAS DE LOS SIGNOS DESCRIPTIVOS DÉBILES”, tenemos que: En este contexto, si un signo marcario se encuentra constituido por algún elemento nominativo o gráfico que indique indirectamente al consumidor alguna cualidad del producto que ampara, esto es, que evoca en la mente del consumidor alguna de sus características, es claro que tiene una débil capacidad distintiva …”. Cabe destacar que pudiéramos expresar decenas de páginas con criterios emanados de tribunales federales y de tratados internacionales sobre estos tres aspectos, pero se trata de hacer lo más digerible el tema planteado.

En este sentido, considero que es importante reconocerle al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial la fundamentación y motivación de su resolución, en la que se demuestra un respeto irrestricto a la Ley, privilegiando el estado de derecho sobre la política, lo que nos indica que es posible que, la vida no seguirá, como siguen las cosas que no tienen mucho sentido.

Hugo Alday Nieto.

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EL CRECIMIENTO DEL DESPOJO EN QUINTANA ROO.

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“Columna Invitada”
Por el Dip. y Lic.Hugo Alday Nieto

De acuerdo con datos oficiales, entre 1993 y 2018 se parcelaron más de 208,000 hectáreas de tierras de uso común para su posible privatización, con un repunte significativo en los últimos 10 años (Por Esto, La mafia agraria alcanza Quintana Roo, 12 de febrero 2021), situación que incrementó los litigios en materia agraria, especialmente en zonas costeras como Tulum, Isla Mujeres y Bacalar (Novedades Quintana Roo, Crecen litigios por tierras ejidales en Quintana Roo, 11 de octubre de 2024), y ello se debe principalmente a la expansión turística como motor que impulsa la especulación inmobiliaria, generando presiones sobre ejidos cercanos a la costa, a lo que hoy se conoce también como gentrificación en algunos grupos políticos y sociales.
Algunos de los casos más emblemáticos de despojo que se han dado son los siguientes:

  • Supermanzana 247 (2018): En Cancún, la devastación de una amplísima zona de 50 hectáreas propiedad de un Banco, realizado con fines políticos que fue posteriormente tomado por el crimen organizado, generó protestas y litigios, destacando la reciente detención de algunos promotores en el año 2025 pero dejando un daño ecológico y un conflicto de desarrollo urbano sin precedentes.
  • Ejido Jacinto Pat (2018): En Playa del Carmen, se denunciaron ventas fraudulentas de tierras ejidales, involucrando a notarios y empresarios, de manera semejante a la realizada con la desastrosa corrupción que se gestó con la colonia Colosio en la que el gobierno de Quintana Roo fue parte.
  • Caso Bacalar (2020): En este municipio, se reportaron despojos mediante documentos falsificados, afectando a comunidades indígenas, aunado a la deforestación de grupos de menonitas que han afectado el desarrollo ecológico con daños a los acuíferos, a la laguna, a la vida de las abejas, etcétera.
  • Proyecto Tulum (2022): La expansión turística en Tulum ha llevado a múltiples denuncias de despojo, con casos emblemáticos como el desalojo de familias ejidales para proyectos hoteleros, y con un alto porcentaje de personas que viven sin certeza jurídica y sin drenajes en ese y otros municipios.
  • Las Palmas: En el municipio de Othón P. Blanco donde un grupo de personas solicitaron el reconocimiento de posesión y posterior enajenación de terrenos nacionales a la SEDATU, por tratarse de tierra federal, y en la que de pronto apareció un líder religioso con documentos municipales, es decir, de una autoridad sin facultades por el origen de la tierra, a despojar a los promotores primarios.

Este aumento de delitos contra el desarrollo urbano sin consecuencias contundentes, no solamente es responsabilidad de la Fiscalía General de Justicia del Estado, que acumula carpetas sin solución, en muchos casos debido a la protección de personajes políticos que desde los tiempos de Roberto Borge y hasta hoy en día, han fomentado invasiones y despojos con fines electorales siendo premiados por sus respectivos partidos políticos con cargos locales y federales, sino que también producto de reformas al código penal sin consecuencias claras o carentes de penas, como las que fueron recientemente adicionadas por quien suscribe y que están en proceso de análisis en las comisiones de turno, y a las que adicionaremos más fracciones elevando penas en algunos casos siguiendo el ejemplo de la Ciudad de México y otras legislaturas más adelantadas.
Todo ello, ha permitido que el crecimiento desmedido de invasiones y de despojos haya ido en aumento en los últimos años tal como se observa en la siguiente tabla de 2020 elaborada por el Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Por ello es importante que, desde el Congreso del Estado de Quintana Roo, a través de la Comisión de Desarrollo Urbano Sustentable y Asuntos Metropolitanos impulsemos de forma conjunta con la sociedad civil y la Fiscalía General de Justicia del Estado, para cerrar el cerco a estos delitos que ponen el riesgo a miles de personas, generan problemas graves de movilidad, afectan proyección urbana, y desincentivan la inversión.
De no ser así, las invasiones políticas y despojos de las mafias seguirán, como siguen las cosas que no tienen mucho sentido en Macondo.

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EN LA OPINIÓN DE:

CAPA CONTRATARÁ DEUDA PARA PAGAR DEUDA

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“La Última Palabra”
Por: Jorge A. Martínez Lugo.

• Este martes 5 de agosto convocaron a sesión extraordinaria a las 4pm para aprobar refinanciamiento por 279.5 mdp a un plazo de 15 años con Banorte y Banco Interacciones.

El Congreso del Estado dio entrada a una iniciativa mediante la cual se autorizará a la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado (Capa) a contratar deuda con la banca privada para pagar deuda a la banca privada, por el orden de 279.5 millones de pesos.

De acuerdo con la iniciativa que ingresó este 4 de agosto en la sesión número 11 de la Comisión Permanente, la Capa será autorizada a contratar uno o varios financiamientos para reestructurar deuda con el Banco Interacciones y Banorte, alargando el plazo de los pagos de dichos empréstitos por 15 años, mismo que alcanza un monto de 279 millones 503 mil 253 pesos al 30 de julio de 2025.

Dicha iniciativa fue turnada a Comisiones y será aprobada en el pleno este martes 5 de agosto, para lo cual se convocó en la misma sesión de la Permanente al 6° periodo extraordinario del pleno para mañana martes a las 16 horas cuatro de la tarde.

También aprobarán otras reformas a la Ley de Planeación del Estado, dos reformas a la Ley Orgánica del Poder Legislativo y una reforma Constitucional en favor de los derechos de personas con discapacidad.

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