EN LA OPINIÓN DE:
La Reforma Constitucional en materia de justicia de Quintana Roo
Por: Dip. y Lic. Hugo Alday Nieto
En el marco de los festejos del 50 Aniversario de la Constitución Política de Quintana Roo, el pasado de 9 de enero se llevó a cabo la reforma judicial local, que modifica diversos artículos de la Carta Magna de esta entidad. Sobre el particular y antes de adentrarnos en el contenido de la misma, es importante hacer mención que si bien es cierto la reforma judicial en la esfera federal, es decir en el Poder Judicial de la Federación, me sigue pareciendo riesgosa debido a que los jueces de distrito, magistrados de tribunales colegiados de circuito y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, fueron, son y seguirán siendo por muchos años más, las personas más preparadas en derecho procesal constitucional.
Estas personas juzgadoras, de las que, sin más, se prescinde, en su mayoría pasaron por décadas de estudio y de preparación en la carrera judicial para pasar de becarías a secretarías y luego a magistraturas después de varias especialidades, maestrías y doctorados, por decirlo de manera sencilla. Pero, además, son las que nos han formado y nos siguen formando a la gran mayoría de los abogados que hoy tenemos grados académicos de maestría o doctorado en México. Para acabar pronto, los que hoy habrán de salir del Poder Judicial Federal son quienes están formando y les resuelven las dudas a todos aquellos que se han apuntado para ser seleccionados y luego electos para representar la justicia de la unión.
A diferencia del Poder Judicial Federal, en los tribunales de justicia de los estados, la fiesta era diferente, ya que cada gobernante de turno nombraba y removía magistrados y jueces a su conveniencia. Llegando incluso a nombrar a los primos de los amigos que acababan de terminar la carrera sin importar si tenía experiencia o si tenía buen promedio, ya que todo se solucionaba con una terna y un mayoriteo para tener jueces y magistrados en gran parte de los estados de este país.
Lo que acaba de suceder en Quintana Roo, es diferente. Con un proyecto de reformas constitucionales que privilegian la formación académica y la competencia de las personas juzgadoras, es que la gobernadora del estado, Mara Lezama, presentó y obtuvo la aprobación de su reforma judicial que, entre otras cosas, incluye la Universidad Judicial, como figura novedosa.
Dentro de la nueva conformación del Poder Judicial de Quintana Roo, se encuentran novedades legislativas interesantes como, por ejemplo:
- Se establece como una de las facultades de la Legislatura del Estado convocar a elecciones de las personas titulares de las Magistraturas y de los Juzgados del Poder Judicial e integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial, siendo que la convocatoria deberá expedirse dentro de los treinta días naturales siguientes a la instalación del primer periodo de sesiones del año anterior al de la elección que corresponda.
- Se considera que la integración del Tribunal Superior de Justicia se observará el principio de paridad de género, por lo que, no habrá más de seis Magistradas o Magistrados del mismo sexo.
- Se establece que la presidencia del Tribunal Superior de Justicia se elegirá entre los Magistrados del Pleno que integran el Tribunal, en el mes de agosto de cada cuatro años, con la posibilidad de una reelección.
- Se crea el Tribunal de Disciplina Judicial, el cual será un órgano del Poder Judicial del Estado con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones, siendo que se integrará por tres personas electas por la ciudadanía a nivel estatal.
- Se crea el Órgano de Administración Judicial, el cual se integrará por tres personas que durarán en su encargo nueve años improrrogables, de las cuales una será designada por el Poder Ejecutivo, una por la Legislatura del Estado mediante votación calificada de las dos terceras partes de sus integrantes presentes y una por el Pleno del Tribunal Superior de Justicia, con mayoría de ocho votos.
- Derivado del artículo 101 fracción III, la especialidad por materia es fundamental y expresamente señala que el promedio será de: “nueve puntos o equivalente en las materias relacionadas con el cargo al que se postula en la licenciatura, especialidad, maestría o doctorado”. Con lo que al menos garantiza que las personas juzgadoras que lleguen a los filtros de los tres poderes deberán acreditar 9.0 o mas de promedio en la especialidad que se trate y en caso de que no lo acrediten serán impugnables.
- Se crea la Universidad Judicial, como un órgano auxiliar del órgano de administración judicial, con autonomía técnica y de gestión para implementar los procesos para la formación, actualización, capacitación, evaluación y certificación de las personas servidoras públicas del Poder Judicial, así como de quienes aspiren a formar parte de este, con excepción de las pertenecientes al Instituto de Justicia Alternativa y, entre otras cosas; llevar a cabo los concursos de oposición para acceder a las distintas categorías de la formación judicial, lo que me parece maravilloso. Carrera judicial en Quintana Roo!
Dadas estas virtudes de la reforma constitucional de Quintana Roo en materia judicial, me parece que estamos en la antesala de un Poder Judicial local muy sólido, así que todo dependerá de que los comités técnicos de los tres poderes del estado hagan su trabajo y sometan a votación a los mejores, a aquellas personas que tengan experiencia, que tengan 9.0 o más en la especialidad que se trate y obviamente a sabiendas de que maestría mata licenciatura y doctorado mata maestría. Con ello, estaremos en presencia de una justa competencia entre personas preparadas y con competencia para desempeñar el cargo desde el conocimiento y no desde compadreamiento. De no ser así, el Poder Judicial seguirá, como siguen las cosas que no tienen mucho sentido.
Hugo Alday Nieto
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EN LA OPINIÓN DE:
LA MUERTE DE UN GRANDE…
“EN LA OPINION DE”
Dr. Hugo Alday Nieto
Dentro del desarrollo histórico de la filosofía del derecho que rige todos nuestros andares, existen exponentes de diversas corrientes filosóficas. Uno de ellos, es Luigi Ferrajoli en Italia a quienes todos los abogados que no pasamos de noche por las escuelas o facultades de derecho, conocemos a través de su teoría garantista. Un rockstar del derecho que sigue asombrándonos con su “Principia iuris” y su teoría del derecho para la tierra.
De manera personal, Juan Antonio García Amado de la Universidad de León en España fue quien me introdujo más cercanamente a las diversas corrientes de iusmoralistas modernos emanados del iusnaturalismo de Tomas de Aquino. A los neoconstitucionalistas que representa Miguel Carbonell en México. A los pospositivistas de Atienza en la Universidad de Alicante en España, y muchas otras corrientes más que oscilan en las mismas creencias del origen divino o chamánico del derecho.
Obviamente también existimos los iuspositivistas modernos que defendemos que el derecho es creación del hombre a través de los medios que señale su constitución principalmente en poderes legislativos y, que, los poderes judiciales, por regla general no legislan. Teoría filosófica del derecho que García Amado define como la de los nietos de Thomas Hobbes y los hijos de Hans Kelsen.
Si nos parece más sencillo, podemos tomar la división que hace Andrés Rosler, un positivista moderno y tremendamente ácido que, en su obra “La Ley es la Ley” nos dice que solo existen los iuspositivistas que buscan la subsunción del hecho concreto al juzgar o resolver dentro del derecho positivo y los criterios preexistentes; y por otro lado, los interpretativistas, en donde engloba a todos los demás y sus teorías emanadas de poderes esotéricos (para no hablar de dioses ni de valores morales) más allá de la concepción o creación humana.
Pues bien, quiero imaginarme que la mayoría de los abogados hemos escuchado hablar de Robert Alexy o por lo menos de la ponderación que ejercen las personas juzgadoras todos los días en México. Sin embargo, para mí lo importante es la teoría antipositivista del derecho de Robert Alexy, quien defendió a lo largo de décadas la vinculación del derecho a la moralidad.
Para ello se sustentó en la reinterpretación de dos argumentos: El argumento de la injusticia de Gustav RadBruch, que nos dice que si consideramos que una Ley es injusta no debemos aplicarla. Sin que exista un procedimiento de nulidad o inconstitucionalidad de la norma, simplemente así. Si consideramos que es injusto de acuerdo con los valores de la persona juzgadora no se debe aplicar. Lo que es totalmente subjetivo a mi parecer.
Alexy reproduce igualmente el argumento de los principios de Ronald Dworkin, que están por encima del derecho preexistente creado por el hombre, por tratarse de principios anclados en valores morales. Sin embargo, no existe una moral absoluta y lineal. Cambia de país en país, de religión en religión, de colonia en colonia, de juez a juez, lo que a mi criterio hace de esta teoría muy volátil, aunque más sencilla para “acomodar” sentencias a gusto del cliente.
En suma, la teoría del caso especial de Robert Alexy, señala principalmente que, para resolver un juicio, la argumentación jurídica es una fachada para legitimar un razonamiento moral previamente concebido por la persona juzgadora.
Hoy en México se aplican las teorías filosóficas de Robert Alexy en la solución de controversias, llegando incluso la Suprema Corte de Justicia de la Nación a publicar manuales para ponderar valores morales muchas veces ni siquiera anclados en la propia Constitución Mexicana.
Desgraciadamente hace unos días, Robert Alexy falleció y con él se nos pierde otro gran filósofo del derecho. Se muere un defensor del iusmoralismo en palabras de García Amado o del interpretativismo como dice Rosler. Pero el debate en las universidades y en los libros sigue y se fortalece, tal como sucedió con Hart y Dworkin. Lo más lamentable de esta triste noticia es que no hubo pronunciamiento alguno de los poderes judiciales, ni de personas juzgadoras en lo particular, lo que nos lleva a preguntarnos: ¿Sabrán que todos los días al ponderar están aplicando a Robert Alexy?.
En fin, mientras resolvemos la incógnita, la ponderación en los tribunales seguirá, como siguen las cosas que no tienen mucho sentido.
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Unirme al canal de WhatsAppEN LA OPINIÓN DE:
Ideas (maquiavélicas) para la oposición
“Caminos del Mayab”
Por Martín G. Iglesias
En el siglo pasado (hace 27 años), para el reportero que aspirara a cubrir la fuente política o empresarial, debería al menos, haber leído dos libros como contexto, uno de ellos es “El Arte de la Guerra” atribuido al general Sun Tzu y, el otro es “El Príncipe” de Maquiavelo de Medici.
No pocos políticos de esa época atribuyeron sus éxitos a estos libros “de cabecera”, así como centenas de consultores que tropicalizaron esas estrategias y recomendaciones para alcanzar sus objetivos, pues “el fin justifica los medios”.
En El Príncipe, Maquiavelo establece que el ejercicio real de la política implica situaciones reales con hombres y pueblos reales, cuyas conductas, decisiones y acciones, generalmente no responden necesariamente a la moral sino a las leyes del poder. Así, pues, la importancia de este tratado radica en que deja al descubierto las verdades prácticas del poder y muestra la forma en que frecuentemente el ejercicio del poder contradice u obvia los preceptos morales. De allí que, en lugar de dedicarse a hacer juicios sobre la moral o la religión, se enfoque más en cuestiones de estrategia política. Expone detalladamente la forma en que el gobernante debe hacer frente a las diferentes situaciones o circunstancias que se le presenten, y establece que el principal fin de la práctica política es conservar exitosamente el poder.
Por otro lado, El Arte de la Guerra es un tratado sobre estrategia militar dividido en trece partes, cada una de las cuales da cuenta de los diversos aspectos y escenarios que pueden darse en un conflicto. Algunas de las enseñanzas fundamentales del libro son que lo ideal es vencer sin luchar y que la guerra se basa en el engaño y la confusión del enemigo. Asimismo, se destaca la importancia de saber ajustarse a las condiciones, ser capaces de defender las ventajas, aprovechar las oportunidades y tener claridad de visión y un sólido liderazgo.
Por ello, no tengo la menor duda que los estrategas del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), hayan juntado estos dos libros para hacer su propio manual de adoctrinamiento, al grado que al pueblo le quitan la oportunidad de decidir y éstos siguen aplaudiendo; endeudan las finanzas públicas y justifican que es para sacar de la pobreza a millones de mexicanos (el fin justifica los medios) y en cuestiones de partidocracia, simulan que son demócratas.
Pues bien, la oposición debería de aprender y en lugar de sacar a un Coordinador Estatal para la Defensa de la Cuarta Transformación, debe de sacar a su Representante Estatal para la defensa de la libertad y la familia, así como los respectivos representantes distritales y municipales; con estas figuras, pueden hacer campañas anticipadas para posicionar a quienes serán sus futuros candidatos en las elecciones del 2027; eso sí, es necesaria una alianza, como la de Morena-PVEM-PT, donde participen del PAN-PRI-MC.
Esto sí sería igualdad de circunstancia, equidad en la violación de las leyes electorales con figuras que anteceden a una candidatura, aplicación de recursos públicos para la promoción de imagen en redes sociales de quien se quiere posicionar y, a diferencia de Morena, no tendría tantos aspirantes inconformes con las decisiones cupulares, sino que la alianza PAN-PRI-MC, trabajarían en torno a una figura común, todo por “la defensa de la familia y la libertad”. Ahí se las dejo…
SASCAB
Por cierto, la Ley de los Municipios del Estado de Quintana Roo, en su Artículo 90, fracción XI señala que “la persona titular de la Presidencia Municipal tendrá las siguientes facultades y obligaciones… Rendir al Ayuntamiento, entre el 11 y 20 de septiembre de cada año, un informe detallado sobre el estado que guarda la Administración Pública Municipal. Dicha sesión será pública y solemne; dicho informe también deberá contener las acciones instrumentadas en materia de igualdad y género, así como de prevención y sanción de la violencia y del delito”.
Ayer, tanto la presidenta municipal de Playa del Carmen, Estefanía Mercado Asencio; como la de Benito Juárez, Ana Patricia Peralta de la Peña, cumplieron con este mandato Constitucional al realizar su respectiva Sesión Pública y Solemne; sin embargo, hoy Ana Patricia invitó al pueblo al Malecón Tajamar para rendir su segundo informe; lo propio hará Estefanía Mercado mañana martes a las 5:30 de la tarde en la Plaza 28 de Julio, frente al antiguo Palacio Municipal. Al tiempo…

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