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Ganan vapeadores; Corte les da la razón

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Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la prohibición de la Ley General para el Control de Tabaco que impide comercializar cualquier producto que no siendo de tabaco haga alusión a éste como es el caso del vapeo.

El criterio fue emitido por el pleno del alto tribunal  en su sesión de este martes con una mayoría de 7 votos al estimar que la prohibición  afecta el derecho al desarrollo de la libre personalidad y la libertad de comercio.

Durante la discusión del proyecto elaborado por el ministro Juan Luis González  Alcántara Carrancá se resolvió una contradicción de tesis suscitada entre las dos salas de la Corte, identificada bajo el número 38/2021.

Mientras una de las salas sostenía que la prohibición legal para comercializar, distribuir o vender cualquier mercancía no hecha de tabaco, pero que hiciera alusión a éste debía prevalecer para cuidar el derecho de las personas a la salud, la otra sala  calificó  de sobreinclusiva y desproporcionada la restricción  ya que prohíbe por igual productos hechos de tabaco y mercancías que no lo tienen.

“El problema de la norma radica en que no se ubica en un abanico de tratamientos medianamente proporcionales pues contiene una prohibición absoluta y sobreinclusiva, ya que igual se prohíbe productos que no son del tabaco y que directamente pueden tener mayor incidencia en el consumo o adicción que productos que pudiesen tener una menor incidencia”, destacó  el ministro ponente.

En ese sentido, el ministro presidente Arturo Zaldívar Lelo  de Larrea consideró  que en ese nivel de restricción “hasta  cigarros de chocolate o una acuarela” podrían ser restringidos en su consumo.

“Impide totalmente el acceso a cualquier producto que emule los productos del tabaco, pero que no contenga sus derivados como pueden ser cigarros electrónicos  de nicotina y hasta un cigarros de chocolate “ expuso en su argumentación  Arturo Zaldívar.

Señaló  que la restricción tiende a proteger la salud de las personas, pero el artículo 16 fracción VI de la Ley General para el Control del Tabaco  lo hace “de manera indiscriminada”.

“Cualquier objeto que contenga cualquier tipo de diseño o señal auditiva con productos de tabaco (estaría en la norma);  esto podría ser  hasta una acuarela; de esta forma, la norma establece una prohibición absoluta que no distingue productos dañinos de los que no lo son en menor grado”, recalcó  el ministro presidente.

En tanto, el bloque minoritario de ministros sostuvo que la prohibición legal se justificaba por los daños que este tipo de productos causan a la salud de las personas.

Ahora sí, la mariguana

La presidenta del Senado, Olga Sánchez Cordero, anticipó que, en las próximas semanas iniciará la discusión y eventual aprobación para regular el uso y consumo de la cannabis para uso lúdico en México.

 Refirió que esta regulación debe estar acompañada de una visión de derechos humanos y de justicia social; además de considerar la perspectiva de la seguridad pública, a fin de eliminar la política prohibicionista del neoliberalismo.

Fuente Excélsior

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Resumen de las Primeras Planas Nacionales 04 Abril

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La abuelita Carlota ya fue detenida, aún no se aclara el caso

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La Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM) informó la detención de la mujer de la tercera edad identificada como Carlota “N”, que disparó y mató a dos personas el municipio de Chalco, hechos que fueron captados en video y se viralizaron en redes sociales y donde la apodaron como la “abuelita sicaria”.

La dependencia informó que derivado de trabajos de investigación junto a Policías municipales de Chimalhuacán y Chicoloapan, detuvieron a la mujer investigada por su probable intervención en hechos registrados el pasado martes 1 de abril, que causaron la muerte a un padre y su hijo en Candelaria en Tlapala relacionados a la posesión de un inmueble.

¿Por qué fue la balacera en Chalco, Edomex?
Un video difundido en redes sociales muestra el momento en que una grupo de personas, incluidos una mujer de la tercera edad, sacan de un automóvil unas pistolas para apuntar contra los habitantes de una casa. Sin embargo, Carlota “N” no duda en disparar matando a Justin Márquez, de 19 años y a su papá de 51 años, también, lesionado a un menor de 14 años.

De acuerdo a las primeras investigaciones dadas a conocer por medios de comunicaciones, la disputa se registró debido a que supuestamente la familia agredida había invadido la casa de Carlota “N”. No obstante, declaraciones de un familiar señalan que ellos estaban rentando la casa a una tercera persona en la Unidad Habitacional Ex hacienda de Guadalupe sin que tuvieran conocimientos de que se trataba de una propiedad invadida.

Según los testimonios difundidos, Carlota “N” y sus acompañantes arribaron al lugar de los hechos, sin embargo, los habitantes pidieron que se identificaron como los propietarios del inmueble, cuestión a la que se negaron lo que originó la discusión y posteriormente la balacera.

¿Quién es la abuelita sicaria de Chalco, Edomex?

Carlota “N” fue bautizada en redes sociales como la “abuelita sicaria” tras los hechos ocurridos en Chalco, Edomex, el pasado 1 de abril. La actuación de la mujer de la tercera edad ha dividido opiniones entre quienes la condenan y quienes creen que esto no habría ocurrido si las autoridades no permitieran la invasión de predios e inmuebles.

Según el periodista Carlos Jiménez, es mamá del exdiputado del PRD Arturo Santana y tiene domicilio en la alcaldía Iztapalapa, en la Ciudad de México. La mujer es acusada de doble homicidio ya que en el lugar mató a una persona y más tarde falleció la segunda mientras recibía atención en el hospital.

Por su parte, la FGJEM informó la detención de otras dos personas identificadas como Eduardo “N” y Mariana “N”, quienes presuntamente intervinieron en la balacera de Chalco.

Fuente: El Heraldo

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