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Opinión

ADOPCIÓN POR PAREJAS DEL MISMO SEXO

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Por Dileri Olmedo*

Hablar de la adopción por parejas del mismo sexo es un tema del que se habla más comúnmente con el pasar de los años y que causa mucha controversia al respecto, ya que como en todo, hay quienes están en contra y quienes están a favor. Dejando de lado la controversia y los puntos de vista particulares la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha emitido una sentencia al respecto y hoy vamos a hablar de ella.

Para empezar tenemos que saber ¿Qué fue lo que originó que la Suprema Corte dictaminara una sentencia concerniente a este tema?.

El 11 de Agosto del 2015, el pleno de la Suprema Corte dictaminó respecto a la acción de inconstitucionalidad del artículo 19 de la Ley Regulatoria de Sociedades Civiles de Convivencia del Estado de Campeche.

La acción contra el artículo mencionado fue tramitada por la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Campeche. En la correspondiente demanda se argumentó que el artículo impugnado contraponía lo establecido en los artículos 1° y 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al igual que los artículos 1°, 17° y 24° de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, al prohibir de manera absoluta y tajante la adopción a las personas que se encuentran unidas en sociedad civil de convivencia.

De acuerdo a lo anteriormente dicho, la comisión indicó que la norma impugnada discriminaba (sin tener una razón justificada para ello) a los convivientes de la sociedad, al limitar su derecho a adoptar. Del mismo modo, la comisión sostuvo que si bien, hablando de adopción, los derechos de los menores de edad sujetos a adopción son prioritarios frente al interés del adoptante, esto no quiere decir que la orientación sexual de una persona o pareja lo degrade a considerarlo como perjudicial para el desarrollo de un menor de edad y por esto no permitirle adoptar.

Queremos hacer una breve pausa para invitarlos a conocer el Instituto Pericial Judicial y la amplia oferta educativa que ofrece, manejamos desde licenciaturas, bachillerato, diplomados, maestrías y clases de inglés. También contamos con becas y descuentos para que puedan concluir sus estudios. Nos ubicamos en la avenida José López Portillo casi esquina con Uxmal a unos minutos del Crucero. O pueden enviarnos un Whatsapp al (998) 221 9944.

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Retomando nuestro tema, en primera instancia es importante destacar que la corte sostiene que, a pesar de lo que argumentó la Consejería Jurídica del Estado de Campeche, la sociedad de convivencia genera un estado civil, ya que, por un lado, tiene una finalidad, obligaciones y derechos similares al concubinato y al matrimonio y por otra parte, para tener acceso a esta es necesario no encontrarse en ninguno de los anteriormente mencionados.

Es así como tenemos que la sociedad civil de convivencia es un estado civil  en el que los integrantes de conformidad con el artículo impugnado les está claramente prohibido adoptar, tanto individualmente como en conjunto, así como compartir o delegar la patria potestad o guarda y custodia de los hijos menores de edad del otro conviviente.

Habiendo aclarado este aspecto para nada menor, los ministros tomaron en cuenta que había dos formas de acercarse al estudio del artículo impugnado.

  1. Desde el interés superior del menor, así como del concepto constitucional de la familia.
  2. Desde el principio de igualdad y no discriminación.

Concerniente al primer punto cabe profundizar un poco más ya que los derechos de los menores sujetos a adopción se encuentran en posición prevalente en comparación al o los intereses del o los adoptantes, dando precisamente la protección especial constitucional de los niños.

Es por esto que la corte consideró que la prohibición absoluta a adoptar por el simple motivo de encontrarse en una unión civil, no encuentra ninguna justificación constitucional válida.

Cabe señalar que fue en la segunda forma de abordar este asunto en que la  corte mostró su genialidad, dado que los ministros bien pudieron haber limitado su análisis al punto anterior, ya que de principio parecía que el tema de fondo no era la adopción por personas del mismo sexo, sino la figura de la sociedad de convivencia. Pero la corte no rehuyó al tema más complicado de este caso y tomando a consideración que la sociedad de convivencia está dirigida tanto a parejas del mismo sexo como de distinto sexo, el problema en cuestión (adoptar), se torna mucho más complicado el percatarnos que la sociedad de convivencia es la única forma de unión existente para las parejas del mismo sexo.

Es así como tenemos que aunque ya se empieza a legislar y a hacer las reformas necesarias a las leyes para poder dar una correcta inclusión a todos en nuestra sociedad, aún tenemos un largo camino por recorrer para lograrlo y ¿Usted que opina al respecto? ¿Le parece correcto que a todos se nos brinde la oportunidad de formar una familia sin importar nuestras preferencias sexuales?.

Una realidad muy grande es que ante la ley todos valemos lo mismo y tenemos las mismas obligaciones y derechos, sin importar nuestras preferencias sexuales, creencias o raza.

Ya para despedirnos queremos compartirles la siguiente frase de autor anónimo:

“La diversidad en la familia humana debe ser la causa del amor y la armonía, como lo es la música, donde muchas notas diferentes se combinan en la creación de un acorde perfecto”.

 

*Directora del Instituto Pericial Judicial

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Opinión

Alito el malo, resultó el único bueno

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“La Última Palabra”

Por Jorge A. Martínez Lugo

  • • “Código Magenta” asume defensa de Alejandro Moreno Cárdenas.

Mientras Dulce María Sauri Riancho, expresidenta nacional del PRI, le exige a Alejandro Moreno Cárdenas que “deje el cargo, pues la extensión de su mandato concluyó el 29 de agosto y el INE no validó la reforma estatutaria para su reelección”, Alito se defiende y afirma que a él lo ponen como el malo pero que al final fue el único bloque opositor que no se dobló y votó sin fisuras contra la reforma al Poder Judicial de la federación.

A través de un reporte de “Código Magenta” Alito Moreno asume su defensa, no sobre la resolución del INE contra su permanencia en la dirigencia del PRI, sino afirmando que el PRI fue el único partido que no aprobó la reforma judicial, mientras que el PAN y Movimiento Ciudadano se fracturaron y aprobaron las reformas, a través de los senadores Miguel Ángel Yunes (PAN) y Daniel Barreda (MC).

Aún más directo, Alito Moreno arremete en el video contra Marko Cortés y Dante Delgado, al afirmar que si éstos hubieran imitado a Alito la oposición no se hubiera fracturado; esto habla de qué están hechos los liderazgos, afirma el reportero autor del reporte, Ramón Alberto Garza.

El reporte de “Código Magenta” argumenta que Alito Moreno fue el único que denunció públicamente la presión en contra de senadores para que votaran a favor de la reforma, pero no se les soltó ningún legislador, como sí sucedió con el PAN y MC.

Igualmente hace referencia a la decisión de la consejera presidenta del INE, Guadalupe Taddei, al desconocer el procedimiento de reelección de Alito Moreno, ya que el poder hubiera preferido a Miguel Ángel Osorio Chong, un político más a modo para el poder.

El reporte concluye afirmando que “Alito, el malo resultó el único bueno”.

Nota:Las opiniones vertidas por nuestros colaboradores son responsabilidad de quienes las emiten.

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Opinión

Informes de papel

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“Caminos del Mayab”

Por Martín G. Iglesias

Hoy concluyen los informes de gobierno de las y los presidentes municipales de Quintana Roo, de los que puedo sacar varias conclusiones, pero solo diré que sirvieron para el lucimiento personal, con un pueblo cada vez más castigado por sus propios gobernantes.
Eso sí, el cargo al erario por gastos de esta actividad será millonario, mientras el pueblo sufre el abandono en cuanto a los servicios públicos municipales, como la recoja de basura, el mantenimiento de la infraestructura básica de alumbrado público; así como la falta de prevención en seguridad pública, el bacheo y ya ni hablemos de la inversión en obras de infraestructura.

De la transparencia, mejor ni hablamos, pues es una simulación en sus propios portales de gobierno, porque aprovechan las lagunas legales para no brindarle la oportuna información a quien consulta vía Internet o simplemente esconden los sueldos y salarios, las licitaciones, la asignación directa, las concesiones, los convenios que realizan con otras instituciones y solo dan documentos o reglamentos sobre el tema.

A las y los presidentes municipales que cumplen con su periodo, no hay quien los audite, porque la Legislatura en turno no tiene la voluntad, ni legal ni política, para hacerlo. Hay acuerdos de impunidad, hay concesiones de ‘no tocar ni con el pétalo de una rosa’ a los gobernantes que están bajo la bandera de la “4T”.

La razón es simple, en Quintana Roo y en México no hay oposición, todos están alineados bajo una misma marca, todos obedecen a pie y juntilla las instrucciones de los que mandan en el Movimiento. Así que conformémonos con escuchar los resultados de un año de administración municipal, donde no sabemos si lo que dicen las y los presidentes municipales existe físicamente o solo está en el papel. Ahí se las dejo…

SASCAB
Parece que a los integrantes de la XVIII Legislatura les dio una enfermedad llamada “mareo”, pues creen que son dueños de Quintana Roo. Ahora quieren que les rindan pleitesía, que les coloque alfombra roja por donde caminan y que todos los demás son sus súbditos. No deben olvidar que el cargo dura tres o seis años, y que en un descuido de soberbia pueden terminar en el basurero de la historia; ejemplos hay muchos. Al tiempo…

Nota:Las opiniones vertidas por nuestros colaboradores son responsabilidad de quienes las emiten.

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