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Opinión

Una de cada 10 personas involucradas en litigio familiar

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Opinión / Hugo Alday

Hace unos días, desde la más alta tribuna del Estado de Quintana Roo como presidente de la Comisión de Justicia de la XVII Legislatura del estado, y en representación de mis compañeras y compañeros miembros de la comisión, hice lectura de la iniciativa de reformas a 30 artículos y adición de dos artículos más al Código Civil para el Estado de Quintana Roo en materia exclusivamente familiar.

Es importante resaltar dos temas fundamentales en dicha iniciativa. La primera es la participación comprometida de la Sala Familiar del Tribunal Superior de Justicia con sede en el municipio de Benito Juárez quienes coadyuvaron de forma activa para la conformación integral de dicha iniciativa para hacerla más eficaz. Y la segunda, que dicha iniciativa integra el rezago en materia familiar que recibió la Comisión de Justicia en el mes de septiembre y que contenía iniciativas no dictaminadas de las últimas dos legislaturas.

Esta propuesta integral de reformas y adiciones que fue turnada para ser dictaminada en el mes de febrero, reviste una mayor importancia luego de analizar el texto del “CURSO DE DERECHO Y FAMILIA” publicado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación a través del Centro de Estudios Constitucionales y la editorial Tirant lo blanch, en la que no solamente se plasman los derechos progresivos en materia de familia con los últimos avances del más alto tribunal de la nación y la corte interamericana de los derechos humanos, sino que, además se enriquece con datos y cifras muy reveladoras en derecho de familia.

Entre otros, señala que una de cada diez personas en México son parte de algún juicio familiar, y de estas personas, el 60% manifestó haber sufrido física o psicológicamente durante del proceso litigioso, lo cual representa en todos los casos un abuso por parte de quienes deben impartir justicia a las familias en este país.

De la misma forma, señala que el 40% de todos los asuntos litigiosos que se tramitan en el Poder Judicial en México, son de materia familiar. Sin embargo, solamente el 12% de los juzgados en este país están especializados en la materia por lo cual resulta importante que el Poder Legislativo desde su trinchera aporte herramientas para el bien común de las familias.

En este sentido, con el desarrollo progresivo de los derechos humanos plasmados en lainiciativa, la mujer y el hombre, las niñas y los niños, las y los adolescentes serán tratados en igualdad ante la legislación familiar en donde se proveen los elementos jurídicos para que el juzgador pueda resolver sin arquetipos preconcebidos que limiten el acceso a justicia, tomando en consideración sus particularidades y diferencias sin discriminación por cuestiones de género, sexo o cualquiera otra personal que no tuviera relación directa con el tema a resolver judicialmente.

Es por ello que dicha actualización en materia familiar que se impulsa desde la XVII Legislatura resulta el primer paso de muchos que se tienen que dar desde el Congreso para reconocer todos los derechos para todas familias.

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Opinión

Parece que hay interés en que no se libere a Mario Villanueva: AMLO

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“La Última Palabra”

Por: Jorge A. Martínez Lugo

  • Elemental: Los delitos de Mario Villanueva no están contemplados en la Ley de Amnistía; entonces, ¿por qué la Comisión de Amnistía de Segob envió el proyecto-solicitud al Poder Judicial?
  • El único recurso que queda es el indulto directo del presidente. ¿Habrá voluntad política y humanitaria según la palabra de AMLO?

“Parece que hay interés en que no se libere a Mario Villanueva” afirmó el presidente Andrés Manuel López Obrador desde su conferencia de prensa de la mañanera, cuando la SCJN negó la amnistía que el poder Ejecutivo le había enviado para su ratificación, según marca la ley.

“Generalmente no se niegan, pero un juez negó la aministía” completó el presidente en agosto de 2023, al tiempo informó que “ya se está impugnando el proceso y vamos a continuar hasta que se le otorgue libertad; ya fue castigado durante 28 años”, argumentó.

Al año siguiente, el 31 de mayo de 2024, un Tribunal de circuito de la Ciudad de México confirmó la negativa de un año atrás, es decir, dijo no a la amnistía solicitada por el presidente.

En un video difundido este jueves 13 de junio, el ex gobernador de Quintana Roo, quien cumple su sentencia en un domicilio familiar del fraccionamiento Andara de Chetumal, afirmó que no se dobla, como lo ha demostrado en su larga reclusión y “seguimos firmes y seguimos en la lucha”.

¿FALSA SOLICITUD DE LA COMISIÓN DE AMNISTÍA DE SEGOB?
Lo que llama la atención es que si la Comisión de Amnistía de la Secretaría de Gobernación sabe que los delitos por los que está sentenciado el ingeniero Mario Villanueva (contra la salud) no están contemplados en la Ley de Amnistía, entonces no se explica ¿por qué se solicitó la amnistía si sabían de antemano que no procede legalmente?

De acuerdo a la sentencia de negativa, que puede consultarse en estrados, el artículo 2 de la citada ley de Amnistía, es del tenor siguiente:

“Artículo 2. No se concederá el beneficio de esta Ley a quienes hayan cometido delitos contra la vida o la integridad corporal… ni a quienes hayan cometido el delito de secuestro…

“Tampoco se podrán beneficiar las personas indiciadas por los delitos a que se refiere el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, o que hayan cometido otros delitos graves del orden federal”.

Así, existe prohibición para conceder el beneficio porque el delito contra la salud previsto en el artículo 194, fracción III, del Código Penal Federal, fue considerado grave… en términos del artículo 194, fracción I, inciso 12, del Código Federal de Procedimientos Penales, que señala:

“ARTICULO 194.- Se califican como delitos graves, para todos los efectos legales, los previstos en los ordenamientos legales siguientes:

I. Del Código Penal Federal, los delitos siguientes:
(…)
12) Contra la salud, previsto en los artículos 194, 195, 196 Bis, 196 Ter, 197, párrafo primero y 198, parte primera del párrafo tercero;…

“Por tanto, al ubicarse como un delito grave en términos del artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, puede colegirse que LA REGLA ES NEGAR LA AMNISTÍA PARA TODOS LOS DELITOS GRAVES y la excepción a esa regla son los delitos previstos en el artículo 194, fracciones I y II, del Código Penal Federal.

“En esa medida, ante la prohibición expresa de conceder el beneficio por el delito contra la salud que es materia de la condena que cumple el sentenciado… el agravio, aunque fundado se vuelve insuficiente para modificar o revocar la determinación recurrida”.

Aquí el tema es ¿por qué no tuvieron peso los agravios humanitarios por edad avanzada, estado delicado de salud y, el legal, por haber cumplido ya más de las tres cuartas partes de la sentencia?

Así las cosas, el único recurso que queda es el indulto directo del presidente Andrés Manuel López Obrador, en caso de que efectivamente tenga la voluntad política y humanitaria de hacerlo, tal como lo ha reiterado públicamente cuando menos dos veces. Usted tiene la última palabra.

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Opinión

La Sexualidad y sus Psicopatologías

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“Hablando Derecho”

Por: Dra. Dileri Olmedo*

¿Qué es un trastorno de la sexualidad? Estos aumentan en incidencia y prevalencia año tras año. Las causas de los mismos pueden ser múltiples. Tener o haber padecido alteraciones en las relaciones familiares, una educación sexual inadecuada o una experiencia sexual traumática pueden ser algunos de los factores predisponentes.

Además, diversos factores como una anticipación al fracaso, sentimientos de culpa frente a las relaciones sexuales o una pérdida de la atracción, son factores que pueden causar que se mantenga este trastorno.

Los trastornos de sexualidad más frecuentes en el hombre son las dificultades en la erección y la eyaculación precoz, aunque también se tratan otros como la eyaculación retardada o ausente o el deseo sexual hipoactivo.

En las mujeres, los trastornos más frecuentes son el deseo sexual hipoactivo, seguido de la anorgasmia y el vaginismo.

Interrumpimos brevemente su lectura para hacerles una cordial invitación a que conozcan el Instituto Pericial Judicial y su gran oferta educativa disponible, contamos con licenciaturas, bachillerato, diplomados, maestrías y clases de inglés.

De igual modo contamos con becas y apoyos para que puedan concluir sus estudios.

Nos encontramos ubicados sobre la avenida José López Portillo casi esquina con Uxmal a unos minutos del crucero. O pueden enviarnos un WhatsApp al (998) 122 5520.

También ofrecemos apoyo y asesoría jurídica a todos aquellos que lo necesiten.

Continuando con el tema, mejorar un trastorno de la sexualidad influye decisivamente en otros aspectos de la vida personal, conyugal y familiar.

Los síntomas más habituales son:

  • Incapacidad para mantener relaciones sexuales.
  • Insatisfacción a la hora de mantener relaciones sexuales.
  • Problemas de pareja.
  • Angustia, ansiedad, tristeza.

A nivel individual o de pareja es importante contar con la ayuda e información adecuada.

Recuerda que tener una vida sexual satisfactoria mejora el ánimo, reduce el estrés, aumenta la autoestima. ¡no renuncies a ello!

*Rectora del Instituto Pericial Judicial
rectoradileriolmedo@ipj.edu.mx

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