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Nacional

Ataque a empleados de CFE en Sonora deja 2 muertos y 2 heridos

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Ciudad de México.- Cuatro empleados de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) fueron atacados por sicarios en Ónavas, en la sierra de Sonora. Dos murieron y dos más fueron trasladados a Hermosillo para su atención médica.

De acuerdo con la Fiscalía de Sonora, dos trabajadores de la paraestatal fueron localizados con vida en las inmediaciones de esa localidad durante despliegues operativos en la sierra de Sonora, ante el reporte al número de emergencias 9-1-1.

comunicado señala que, alrededor de las 9:00 horas de este martes, personal de la línea de emergencias recibió el reporte de los trabajadores de la CFE que transitaban por la carretera federal Hermosillo-Yécora, con quienes se perdió comunicación.

Ante esto, se alertó de inmediato a las corporaciones para su búsqueda. Oficiales de las distintas corporaciones realizaron patrullajes aéreos y terrestres en la zona.

internarse en la zona del monte en Ónavas, se logró localizar a salvo a una persona, minutos después se informó de otro sujeto con vida; ambos fueron resguardados y trasladados vía aérea a Hermosillo.

La dependencia de seguridad informó que continuarán los operativos por los tres niveles de gobierno para resguardar la tranquilidad de los habitantes de la región.

Hallan sin vida a Martín Soto y Jesús Paniagua en Sonora

La Fiscalía de Sonora confirmó este el pasado martes 30 de agosto el hallazgo de dos cuerpos sin vida, presuntamente de los jóvenes Martín Antonio, de 23 años, y Jesús Antonio, de 24, quienes habían sidoreportados como desaparecidos, el pasado 27 de agosto en el municipio de Empalme.

Además de la identificación visual, la FGJ indicó que el personal de Servicios Periciales realizó pruebas dactiloscópicaspara corroborar las identidades de los jóvenes. Ambos fueron localizados alrededor de las 5:40 horas en las inmediaciones del lugar conocido como Capilla de la Santa Muerte, en Empalme, Sonora.

Las indagatorias de la Fiscalía se abrieron en varias líneas para dar con el o los responsables, en coordinación con los tres órdenes de Gobierno de la Mesa Estatal de Seguridad.

Fuente El financiero

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Nacional

Entra en vigor el Fondo de Pensiones para el Bienestar

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Esta noche se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, que, entre otras cosas, modifica el destino de los recursos de aquellos ahorros de los trabajadores que no sean reclamados.

El decreto se publicó en la edición vespertina de este martes 30 de abril, el cual entrará en vigor mañana miércoles 1 de mayo.

¿Qué es el Fondo de Pensiones del Bienestar?
El dictamen para la creación del Fondo reforma y adiciona las siguientes leyes:

  • Del Seguro Social
  • Del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit)
  • Del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste)
  • De los Sistemas de Ahorro para el Retiro, Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público
  • Del decreto por el que se extingue el Organismo Público Descentralizado denominado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero
  • Abroga su Ley Orgánica, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2023.
  • El Fondo para el Bienestar contará con un Comité Técnico que deberá emitir las reglas de operación sobre la recepción, administración, inversión, entregas y rendimientos de recursos a los institutos de seguridad social.

Su propósito es recibir, administrar, invertir y entregar los recursos que le sean aportados; será constituido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público como un fideicomiso público no considerado entidad paraestatal, en el cual el Banco de México actuará como fiduciario.

De acuerdo con Luisa María Alcalde, secretaria de Gobernación, antes de la reforma de 1997, impulsada por el presidente priista Ernesto Zedillo, el sistema de pensiones estaba en función del salario. 

“Las pensiones estaban a cargo del IMSS. Te podías jubilar a los 60 años y con 10 años de trabajo, es decir, con 500 semanas de cotización”.
Detalló que antes un trabajador que ganaba 10 mil pesos se jubilaba en promedio con 10 mil pesos, prácticamente el 100 por ciento de su salario.

¿Y qué pasará con los Afores?
En el momento en el que se apruebe la creación de dicho Fondo, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores), las instituciones que realicen funciones similares de naturaleza pública, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir los recursos de las Subcuentas de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, al momento en que los trabajadores cumplan 70 años, sin necesidad de resolución judicial, debiendo notificar de cada traspaso al Instituto Mexicano del Seguro Social el mismo día en que se realice. 

Esto NO será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el Instituto.

Para el caso de las y los trabajadores del Estado, el PENSIONISSSTE o las administradoras, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir dichos recursos al momento en que los trabajadores cumplan 75 años, sin necesidad de resolución judicial, al Fondo de Pensiones para el Bienestar. 

Esto NO será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el Issste.

Fuente Milenio

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Nacional

¡No más niños en moto! Aprueban diputados modificación en la Ley de Movilidad

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CDMX.-Con 409 votos a favor, 25 en contra y 0 abstenciones, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó la modificación al artículo 49 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial para prohibir que menores de 12 años puedan viajar en motocicleta, aún cuando cumplan con la portación de casco.

Durante la sesión de este lunes, las y los diputados avalaron el dictamen que impide que niños viajen en este tipo de vehículos, con el objetivo principal es salvaguardar el bienestar de los menores de edad.

Actualmente la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial establece que el uso obligatorio de casco para personas conductoras y pasajeros de motocicletas, sin embargo, con esta reforma ya no se podrá transportar a los menores de 12 años.

Dicha ley sólo contemplaba que cualquier persona menor de 12 años viaje en los asientos traseros y con el cinturón de seguridad para proteger su integridad física.

El dictamen fue posteriormente enviado al Senado para continuar su proceso legislativo.

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