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Denuncias de violencia y un suicidio versan sobre el asesino de Yrma Lydia

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Ciudad de México.- La cantante mexicana Yrma Lydya fue asesinada por su esposo el jueves por la noche en un restaurante de la Ciudad de México (CDMX), quien le habría disparado tres veces en el pecho. Lydya, quien era intérprete de música ranchera, falleció en un conocido restaurante de comida japonesa ubicado en la colonia Del Valle de la capital mexicana.

Sin mencionar el nombre de la cantante, el secretario de Seguridad Ciudadana de la capital, Omar García Harfuch, dijo el jueves en su cuenta de Twitter que “un hombre le disparó a su esposa en tres ocasiones”, y agregó que el atacante fue detenido junto a otra mujer que lo acompañaba.

Los fans de la cantante se dijeron muy consternados por su asesinato. Foto: Especial.

La Fiscalía General de Justicia la Ciudad de México informó en un breve mensaje de Twitter que abrió una investigación bajo el protocolo de feminicidio, pero no ofreció más detalles. El asesinato de la cantante generó numerosas reacciones en el medio artístico local y entre sus seguidores.

Lydya inició hace más de una década su carrera como cantante y participó en por lo menos 10 telenovelas y seis obras de teatro. Recibió el Premio Nacional de Cultura otorgado por el Senado de República y un Doctorado Honoris Causa de la Cámara de Diputados por sus aportes a la cultura.

¿Cuáles son los cabos sueltos? 

Conforme ha crecido el caso, diversos periodistas han sacado información sobre el caso, de acuerdo con el periodista Antonio Nieto, la cantante había denunciado a Jesús “N” por violencia familiar en diciembre del año pasado; en su declaración, Yrma Lydia aseguró que el abogado le había apuntado con una pistola en la cabeza.

Lydya ya habría denunciado ser víctima de violencia. Foto: Especial. 

De igual forma, en una columna del periodista Paco Rodríguez se destaca que este hombre solía hacer alarde de ser “protegido de la Secretaría de la Defensa Nacional”. Por si fuera poco, refiere que se le acusó legalmente en 2012 por los delitos de usurpación de profesión y extorsión.

También ha trascendido que cuando la Secretaría de Seguridad Pública estuvo a cargo de Genaro García Luna se le entregaron varios millones de pesos por contrato directo, ya que es socio de una empresa de seguridad nombrada ADT.

Otra información que ha consternado a los interesados en la muerte de Lydya es que según el periodista de nota roja, Carlos Jiménez, la anterior esposa de Jesús, el presunto feminicida, fue encontrada sin vida con dos impactos de bala en el cuerpo, pero el caso fue cerrado como suicidio. De esto último no se han publicado los informes oficiales. Jiménez también precisó que el arma con el que asesinaron a Lydya no ha sido localizada. 

Fuente El Heraldo de México

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Entra en vigor el Fondo de Pensiones para el Bienestar

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Esta noche se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, que, entre otras cosas, modifica el destino de los recursos de aquellos ahorros de los trabajadores que no sean reclamados.

El decreto se publicó en la edición vespertina de este martes 30 de abril, el cual entrará en vigor mañana miércoles 1 de mayo.

¿Qué es el Fondo de Pensiones del Bienestar?
El dictamen para la creación del Fondo reforma y adiciona las siguientes leyes:

  • Del Seguro Social
  • Del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit)
  • Del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste)
  • De los Sistemas de Ahorro para el Retiro, Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público
  • Del decreto por el que se extingue el Organismo Público Descentralizado denominado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero
  • Abroga su Ley Orgánica, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2023.
  • El Fondo para el Bienestar contará con un Comité Técnico que deberá emitir las reglas de operación sobre la recepción, administración, inversión, entregas y rendimientos de recursos a los institutos de seguridad social.

Su propósito es recibir, administrar, invertir y entregar los recursos que le sean aportados; será constituido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público como un fideicomiso público no considerado entidad paraestatal, en el cual el Banco de México actuará como fiduciario.

De acuerdo con Luisa María Alcalde, secretaria de Gobernación, antes de la reforma de 1997, impulsada por el presidente priista Ernesto Zedillo, el sistema de pensiones estaba en función del salario. 

“Las pensiones estaban a cargo del IMSS. Te podías jubilar a los 60 años y con 10 años de trabajo, es decir, con 500 semanas de cotización”.
Detalló que antes un trabajador que ganaba 10 mil pesos se jubilaba en promedio con 10 mil pesos, prácticamente el 100 por ciento de su salario.

¿Y qué pasará con los Afores?
En el momento en el que se apruebe la creación de dicho Fondo, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores), las instituciones que realicen funciones similares de naturaleza pública, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir los recursos de las Subcuentas de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, al momento en que los trabajadores cumplan 70 años, sin necesidad de resolución judicial, debiendo notificar de cada traspaso al Instituto Mexicano del Seguro Social el mismo día en que se realice. 

Esto NO será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el Instituto.

Para el caso de las y los trabajadores del Estado, el PENSIONISSSTE o las administradoras, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir dichos recursos al momento en que los trabajadores cumplan 75 años, sin necesidad de resolución judicial, al Fondo de Pensiones para el Bienestar. 

Esto NO será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el Issste.

Fuente Milenio

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¡No más niños en moto! Aprueban diputados modificación en la Ley de Movilidad

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CDMX.-Con 409 votos a favor, 25 en contra y 0 abstenciones, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó la modificación al artículo 49 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial para prohibir que menores de 12 años puedan viajar en motocicleta, aún cuando cumplan con la portación de casco.

Durante la sesión de este lunes, las y los diputados avalaron el dictamen que impide que niños viajen en este tipo de vehículos, con el objetivo principal es salvaguardar el bienestar de los menores de edad.

Actualmente la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial establece que el uso obligatorio de casco para personas conductoras y pasajeros de motocicletas, sin embargo, con esta reforma ya no se podrá transportar a los menores de 12 años.

Dicha ley sólo contemplaba que cualquier persona menor de 12 años viaje en los asientos traseros y con el cinturón de seguridad para proteger su integridad física.

El dictamen fue posteriormente enviado al Senado para continuar su proceso legislativo.

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