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PRI gasta 10 mdp en vuelos privados

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Ciudad de México.- El Partido Revolucionario Institucional (PRI) firmó un contrato por 10 millones de pesos en vuelos privados para este año.

Además, el instituto político también contrató un servicio de 12 millones 723 mil 850.08 pesos para arrendamiento de autos y otro de nueve millones 374 mil 813.84 pesos para seguridad privada, ambos con una vigencia hasta diciembre próximo

A través de la figura de contratación directa, el Revolucionario Institucional, que preside Alejandro Moreno Cárdenas, echó mano de un servicio de “arrendamiento no financiero de aeronaves” para el periodo que comprende del 1 de enero al 31 de diciembre de este año.

La empresa beneficiada fue Comercializadora Larego, S. de R.L. de C.V., propiedad de Alessandro Vázquez Montoya, que fue constituida apenas en 2020 ante el Notario Público No. 16, en Acapulco, y que tiene como domicilio fiscal la calle Cedro 17, Colonia La Alameda, en San Pedro Totoltepec, Toluca, Estado de México.

El Sol de México constató que la empresa se ubica en una colonia popular de la capital mexiquense, cerca del Aeropuerto Internacional de Toluca, y que el negocio no tiene registros de perfil de comercio, página web o cuenta en redes sociales; antecedentes de contratista con entidades públicas o privadas, o algún contacto telefónico o digital.

De acuerdo con el contrato con el folio C/SFA/032-2022, de fecha 15 de febrero de 2022, que publica el PRI en la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT), el documento fue firmado por la directora general de Recursos Materiales del partido, Alejandra Pesqueira Barraza; por el subsecretario de Administración, Marco Arturo Urquides Terán, y por el representante legal, Israel Chaparro Medina.

Alessandro Vázquez Montoya, quien aparece como propietario de este negocio, sólo tiene registro de una carrera de técnico superior universitario de piloto aviador, con la Cédula Profesional 8276448, del año 2013, aunque sin experiencia profesional.

Este diario buscó al secretario de Finanzas y Administración del PRI, Hugo Eduardo Gutiérrez Arroyo, para que explicara las razones para realizar esta contratación; si los servicios de taxis aéreos son para la dirigencia nacional o candidatos de ese partido; los antecedentes de la empresa contratada y cuántos servicios aéreos se han utilizado hasta el momento. Al cierre de esta edición no hubo respuesta.

El Revolucionario Institucional también otorgó un contrato de adjudicación directa, con el número de folio C/SFA/063- 2022, a la empresa Lumo Financiera del Centro, S.A. de C.V., SOFOM, E.N.R., para el arrendamiento de vehículos, por un monto de 12 millones 723 mil 850.08 pesos y con una vigencia de servicio del 1 de enero al 31 de diciembre de 2022.

Algunas de las garantías que ofreció el contratista en estos arrendamientos fueron cobertura amplia, asistencia legal y trámite de fianza, defensa legal, daños a terceros, seguro de gastos médicos para los ocupantes, cobertura de muerte accidental, entre otras.

En cuanto al contrato de adjudicación directa para vigilancia en la sede del PRI, por nueve millones 374 mil 813.84 pesos, con el folio C/SFA/029-2022, y con vigencia del 1 de enero al 31 de diciembre de este año, el partido lo asignó a la empresa Adros Secupro, S.A. de C.V., con domicilio en Ecatepec, Estado de México.

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Nacional

Entra en vigor el Fondo de Pensiones para el Bienestar

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Esta noche se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, que, entre otras cosas, modifica el destino de los recursos de aquellos ahorros de los trabajadores que no sean reclamados.

El decreto se publicó en la edición vespertina de este martes 30 de abril, el cual entrará en vigor mañana miércoles 1 de mayo.

¿Qué es el Fondo de Pensiones del Bienestar?
El dictamen para la creación del Fondo reforma y adiciona las siguientes leyes:

  • Del Seguro Social
  • Del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit)
  • Del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste)
  • De los Sistemas de Ahorro para el Retiro, Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público
  • Del decreto por el que se extingue el Organismo Público Descentralizado denominado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero
  • Abroga su Ley Orgánica, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2023.
  • El Fondo para el Bienestar contará con un Comité Técnico que deberá emitir las reglas de operación sobre la recepción, administración, inversión, entregas y rendimientos de recursos a los institutos de seguridad social.

Su propósito es recibir, administrar, invertir y entregar los recursos que le sean aportados; será constituido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público como un fideicomiso público no considerado entidad paraestatal, en el cual el Banco de México actuará como fiduciario.

De acuerdo con Luisa María Alcalde, secretaria de Gobernación, antes de la reforma de 1997, impulsada por el presidente priista Ernesto Zedillo, el sistema de pensiones estaba en función del salario. 

“Las pensiones estaban a cargo del IMSS. Te podías jubilar a los 60 años y con 10 años de trabajo, es decir, con 500 semanas de cotización”.
Detalló que antes un trabajador que ganaba 10 mil pesos se jubilaba en promedio con 10 mil pesos, prácticamente el 100 por ciento de su salario.

¿Y qué pasará con los Afores?
En el momento en el que se apruebe la creación de dicho Fondo, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores), las instituciones que realicen funciones similares de naturaleza pública, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir los recursos de las Subcuentas de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, al momento en que los trabajadores cumplan 70 años, sin necesidad de resolución judicial, debiendo notificar de cada traspaso al Instituto Mexicano del Seguro Social el mismo día en que se realice. 

Esto NO será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el Instituto.

Para el caso de las y los trabajadores del Estado, el PENSIONISSSTE o las administradoras, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir dichos recursos al momento en que los trabajadores cumplan 75 años, sin necesidad de resolución judicial, al Fondo de Pensiones para el Bienestar. 

Esto NO será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el Issste.

Fuente Milenio

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Nacional

¡No más niños en moto! Aprueban diputados modificación en la Ley de Movilidad

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CDMX.-Con 409 votos a favor, 25 en contra y 0 abstenciones, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó la modificación al artículo 49 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial para prohibir que menores de 12 años puedan viajar en motocicleta, aún cuando cumplan con la portación de casco.

Durante la sesión de este lunes, las y los diputados avalaron el dictamen que impide que niños viajen en este tipo de vehículos, con el objetivo principal es salvaguardar el bienestar de los menores de edad.

Actualmente la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial establece que el uso obligatorio de casco para personas conductoras y pasajeros de motocicletas, sin embargo, con esta reforma ya no se podrá transportar a los menores de 12 años.

Dicha ley sólo contemplaba que cualquier persona menor de 12 años viaje en los asientos traseros y con el cinturón de seguridad para proteger su integridad física.

El dictamen fue posteriormente enviado al Senado para continuar su proceso legislativo.

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