EN LA OPINIÓN DE:
Consecuencias para México, tras designar terroristas a 6 cárteles
“Visión Periférica”
Por Cliserio Eleazar Cedillo Godínez*
Ya lo decíamos en la anterior visión periférica, cuando advertimos de la difícil encrucijada en la que se encontraba y se encuentra la presidenta Claudia Sheinbaum ante las presiones del gobierno estadounidense que exige combatir a fondo al crimen organizados o dejar pasar (en su figura de colaboración) a los drones, como ahora lo acepta ella y que les seguirá, sin duda, la inteligencia anticrimen y cosas peores del vecino país del norte dentro de nuestras fronteras, para ayudarla en este combate contra lo que bien podría compararse a la mítica hidra, la serpiente gigante de muchas cabezas que volvían a crecer a medida que eran cortadas…
En efecto, la decisión del gobierno estadounidense de clasificar a seis cárteles mexicanos como terroristas internacionales, como a partir de este jueves son el cártel de Sinaloa, cártel Jalisco Nueva Generación (CJNG), cárteles Unidos, cártel del Noreste, cártel del Golfo y a la Nueva Familia Michoacana generará paulatinamente consecuencias multidimensionales para México, según los expertos y documentos que respaldan esta decisión del gobierno estadounidense, al considerar que estos grupos delincuenciales representan un riesgo para la seguridad nacional, la política exterior y sus intereses económicos.
Según los estudiosos se prevé el incremento de las tensiones diplomáticas y de la Soberanía Nacional, ya que la medida es interpretada como una herramienta de presión para forzar una mayor colaboración de México en la lucha contra el narcotráfico. Esto, bajo términos definidos por Estados Unidos. Ante ello, no se descarta que esa disposición podría justificar legalmente acciones militares estadounidenses sin autorización previa, bajo el argumento de “protección de la seguridad nacional”, aunque la Constitución mexicana prohíbe operaciones extranjeras en su territorio. En este renglón la respuesta de la presidenta Claudia Sheinbaum es de que no permitirá injerencias unilaterales, aunque “mantiene su disposición para una cooperación bilateral respetuosa”.
Esta medida, aseguran, traerá consecuencias económicas y financieras, como serían sanciones a algunas empresas, como instituciones financieras, agrícolas o logísticas que podrían enfrentar congelamiento de activos o restricciones si son vinculadas a estos cárteles, aun indirectamente, incluso sin pruebas contundentes. Hay un ejemplo conocido, como es el caso de Speed Joyeros, en Panamá, empresa sancionada por lavado de dinero vinculado a cárteles colombianos.
Se teme también la reducción de inversiones extranjeras. Según los expertos, la percepción de riesgo aumentaría, desincentivando a inversionistas internacionales y afectando sectores clave como energía y manufactura. Otra preocupación es el impacto en las remesas que representan el 4% del PIB mexicano, ya que la medida pronostica regulaciones más estrictas que podrían limitar su flujo, con efectos para millones de familias.
Otro punto a considerar son las implicaciones legales y sociales, como la posible criminalización de migrantes; en tanto que las comunidades mexicanas en Estados Unidos podrían sufrir estigmatización, asociándose erróneamente con el crimen organizado. La vulnerabilidad jurídica es otro punto preocupante que afectaría a empresas serias con transacciones comerciales en zonas controladas por alguno de los cárteles señalados, tan solo por el hecho de “pagar derecho de piso” para su funcionamiento, las que incluso podrán ser sancionadas sin el debido proceso.
De igual forma, el lavado de dinero como terrorismo significa que las actividades financieras ilícitas serán tratadas con leyes antiterroristas, ampliando el alcance de sanciones y congelamientos. Esa disposición de designar a los cárteles como terroristas internacionales implica también que México se vea forzado a aceptar estrategias de seguridad alineadas con intereses estadounidenses, como bloqueos marítimos o vigilancia cibernética avanzada
No se descarta que habrá mayor escalada de violencia, ya que la presión militar podría fragmentar a los cárteles, generando guerras internas por el control territorial, como ya ocurre en Sinaloa entre “Los Chapitos” y “La Mayiza”.
De igual forma, se considera que habrá un aumento en el intercambio de información entre agencias como la DEA y la Fiscalía mexicana, aunque con riesgos de filtración o uso político. Aunque, por el contrario, expertos como Mike Vigil, exagente de la DEA, señalan que esta medida no cambia estrategias ya implementadas y carece de impacto real, siendo más un “teatro político” para la base electoral de Trump.
La designación podría agravar la crisis de seguridad en regiones como Guerrero o Zacatecas, donde los cárteles ejercen control territorial; en tanto que se redefine la relación bilateral entre México y Estados Unidos, dando prioridad a la agenda de seguridad estadounidense sobre la soberanía mexicana.
Hay que decir que esta decisión de nombrar terroristas internacionales a los seis cárteles mexicanos, si bien ofrece herramientas legales para combatir al narcotráfico, también genera riesgos económicos, sociales y políticos que podrían profundizar las tensiones entre ambos países. México enfrenta el desafío de equilibrar la cooperación con la protección de sus intereses nacionales, evitando que esta medida derive en una crisis sin precedente. Es esa la gran encrucijada a la que se enfrenta Claudia Sheinbaum, como lo advertimos en la anterior Visión Periférica.
*Periodista con 49 años de experiencia en diarios nacionales y estatales, Premio México de Periodismo “Ricardo Flores Magón” 2024, director general de 5to Poder Periodismo ConSentido.
Nota:Las opiniones vertidas por nuestros colaboradores son responsabilidad de quienes las emiten.
EN LA OPINIÓN DE:
Jorge Portilla, carta fuerte para 2027
“Caminos del Mayab”
Por Martín G. Iglesias
La sociedad tulumnense, especialmente los fundadores y líderes sociales, ya no quieren más sobresaltos en candidatos improvisados, menos que no tengan arraigo en el Municipio; por ello, hay un consenso generalizado a favor del empresario y actual regidor Jorge Alberto Portilla Mánica.
Yo mismo he realizado recorridos por el Municipio, desde Akumal hasta José María Pino Suárez; desde Punta Allen hasta Chanchén Palmar; en la mayoría de los casos, el nombre de “Ingeniero” Portilla sale a la luz, como la única figura política que puede sacar adelante a Tulum, “porque es alguien que conoce, que tiene sus empresas en este lugar y que ha ayudado a la gente”, con algunas de las conclusiones en canchas públicas, tiendas de abarrotes y lugares de concurrencias de la gente.
No es para menos, porque entre más se profundizan los problemas en el Municipio, surge con mayor fuerza el nombre de Portilla Mánica ir a la candidatura a la presidencia en el 2027; no solo por su partido Movimiento Ciudadano (MC), sino por cualquier otro instituto que lo sigle, la ventaja en preferencias es mayor a cualquier otro aspirante.
Por ejemplo, las mediciones de preferencias electorales que ya levanta el partido en el poder, corroboran que la figura de Portilla ha crecido considerablemente desde el 2024, cuando decidió aceptar los resultados electorales de ese entonces. Además, el pueblo lo ve como la única esperanza los guindas, de los verdes, del PT y hasta del PAN; todos ellos lo ven como el medio para garantizarse un éxito electoral para el 2027.
Ahora bien, la invitación de todos los partidos está sobre la mesa del Ingeniero, pero no se va de bruces, va con cautela; resiste la tentación de irse a otro instituto, aunque le garanticen todas las canicas en la conformación de la Planilla para el Ayuntamiento. Portilla es un viejo lobo de mar, no deja seducir, está a la espera de que se defina el futuro inmediato de Movimiento Ciudadano, no es un hecho menor, ese partido puede o no salir fortalecido en el proceso de renovación de su dirigencia estatal.
Dentro de la cautela que practica Portilla, no debe permitir que la soberbia de algunos de los políticos le afecte; meno aceptar presiones de todo tipo para que vaya a uno y otro partido. Lo que es un hecho es que a Portilla “ya le toca”. Ahí se las dejo…
SASCAB
Por cierto, la secretaria de Gobierno de Quintana Roo, María Cristina Torres Gómez, avanza en el rezago que hay de gobiernos anteriores, como la atención a la Alerta de Género en cuatro municipios del Estado.
La conocí en el 2016, cuando fue candidata a la presidencia municipal del entonces Solidaridad; ganó por amplio margen. Como presidenta, el Municipio avanzó en mejora regulatoria y transparencia. Hoy, desde su despacho les hace frente a los conflictos que hay en las comunidades; lo mismo atiende a los pescadores, a los agricultores, a los maestros, a los cañeros, a los sindicatos y a todos aquellos grupos organizados que colaboran con la gobernanza.
Cristina Torres, tiene la posibilidad de ocupar cualquier candidatura para el 2027, con la certeza de que podrá salir triunfante. Al tiempo…

EN LA OPINIÓN DE:
PROPAGANDA GUBERNAMENTAL. UNA PROPUESTA DE REFORMA.
“EN LA OPINIÓN DE”
Dr. Hugo Alday Nieto
En los últimos días hemos escuchado diversas posturas en torno a la iniciativa de adicionar un artículo 400 BIS a la Ley Electoral del Estado de Quintana Roo, impulsada por algunos diputados de los partidos de la coalición Partido Verde, Morena y Partido del Trabajo con la intención de establecer como infracción el uso de la imagen personalizada de servidores públicos cuando sea difundida por cualquier medio de comunicación y siendo relativa a la entrega de apoyos sociales, bienes, programas o servicios públicos.
Esta propuesta sin duda recoge varios de los elementos que fueron vertidos en su momento por Morena y el Partido del Trabajo en la Acción de Inconstitucionalidad 129/2015 y sus acumuladas 130/2015, 131/2015, 132/2015, 133/2015 y 137/2015, en donde se reclamaba, incluso la difusión respecto de las actividades propias de las funciones gubernamentales y las fachadas de los bienes muebles o inmuebles, logotipos, lemas y demás elementos distintivos que portasen los servidores públicos con motivo de sus actividades.
En ese entonces, Morena, Partido del Trabajo y otros, señalaban que existía una vulneración el principio de certeza, al existir aspectos de promoción personalizada de servidores públicos, con la difusión de “información” en medios de comunicación, dando oportunidad a las áreas de comunicación social de las entidades gubernamentales para la promoción personalizada, so pretexto de actividades propias de las funciones gubernamentales.
La sentencia que declaró la inconstitucionalidad de las reformas del Poder Legislativo de Quintana Roo de 2015, señaló que la problemática surge cuando la comunicación institucional deja de centrarse en informar sobre el programa público y pasa a enfocarse en proyectar la imagen individual de quien participa en la entrega o difusión del apoyo. Cuando ello ocurre, la finalidad institucional de la comunicación pública se transforma en una estrategia de posicionamiento político personal.
En este sentido, el marco constitucional mexicano establece límites claros frente a este tipo de prácticas. El artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispone que los recursos públicos deben administrarse con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que están destinados.
“Artículo 134. […]
La propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difundan como tales, los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social. En ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público.”
En este sentido, es importante retomar el contenido del Amparo en Revisión 1359/2015, en donde se estableció que el artículo 134 constitucional establece los principios que deben regir las políticas de comunicación social de las autoridades de los tres órdenes de gobierno:
“el carácter institucional que debe animar a dicha comunicación social –en contraposición al uso personal de la publicidad oficial– y los fines informativos, educativos o de orientación social que debe perseguir. En este sentido, la comunicación social de las autoridades pertenecientes a todos los órdenes de gobierno no es un tema que pertenezca a lo que en estricto sentido esta Suprema Corte ha considerado como materia electoral. Una muestra de ello es que el contenido de dicho precepto no se circunscribe al ámbito temporal de los “proceso electorales”, sino que esos principios disciplinan la comunicación social en todo momento.”
Con este precedente, se deja claro que el propio artículo 134 establece que la propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difundan los poderes públicos, órganos autónomos, dependencias y entidades de la administración pública deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social, no se actualiza únicamente durante el proceso electoral, sino que aplica a todo el quehacer administrativo en su devenir cotidiano, por lo que las restricciones expresamente señaladas no deben considerarse únicamente en los tiempos electorales para poder definir o determinar la existencia de una acción sancionable por parte de la autoridad correspondiente.
Asimismo, y siguiendo diversos autores de teorías Frontética, de Legisprudencia y de la teoría de la legislación; esta propuesta se analizó a partir de diferentes marcos analíticos otorgándole diversas características como un instrumento que incrementa la legitimidad en torno a las decisiones legislativas; incidiendo directamente en la calidad de la democracia participativa al evitar la influencia no regulada a través de lagunas normativas estructurales para visualizar las promociones personalizadas. Se aprecia en la misma un compromiso político profundo de transparencia por parte de los legisladores que la impulsamos. El reto sin duda será, la verificación de la calidad material de la misma y el impacto de ésta, una vez que haya superado el proceso legislativo (si es que lo supera) para verificar su eficacia a posteriori.
De no ser así, la publicidad oficial personalizada seguirá, como siguen las cosas que no tienen mucho sentido.
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