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Economía y Finanzas

De la escalada del bitcoin al PCE en EE.UU.: los hechos que mueven los mercados

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Este jueves, los inversores y operadores esperan la métrica favorita de inflación de la Reserva Federal de Estados Unidos, el bitcoin supera los US$60.000 y el Banco de Japón podría acercarse a una histórica subida de las tasas de interés.

Bajo este panorama, las acciones están cerrando un febrero volátil y con movimientos destacados. El S&P 500 y el Nasdaq 100 han subido más de un 4% ante el entusiasmo desatado por la inteligencia artificial; mientras que el índice de acciones globales de MSCI Inc. se encamina a una cuarta ganancia mensual consecutiva, su racha alcista más larga desde 2021.

🇺🇸 PCE en EE.UU. Hoy se publicará el índice de gastos de consumo personal subyacente (PCE) a las 10.30 a.m. ET y se espera que los datos pongan de relieve la realidad a la que se enfrenta la Reserva Federal para alcanzar su objetivo de inflación del 2%. La lectura del PCE validaría los comentarios recientes de los funcionarios del banco central que no muestran prisa por flexibilizar la política monetaria.

🇯🇵 ¿Alza de tasas a la vista? Hajime Takata, miembro del consejo del Banco de Japón, señaló que el fin de la política de tasas de interés negativas del país está ganando impulso, comentarios que impulsaron al yen y los rendimientos de deuda pública. Es probable que los comentarios de Takata, considerado neutral entre los nueve miembros del consejo, apuntalen las especulaciones de que el banco central está preparado para la primera subida de tasas de Japón desde 2007 en los próximos meses.

🗣️Lo que dice la Fed. Tres funcionarios de la Fed dijeron que el ritmo de los recortes de las tasas dependerá de los datos económicos. La presidenta de la Fed de Boston, Susan Collins, y el presidente de Nueva York, John Williams, dijeron que el primer recorte probablemente será apropiado “más adelante este año”, mientras que Raphael Bostic, de Atlanta, dijo que actualmente está planeando un recorte para algún momento de este verano.

🍎Apple no convence en China. Los revendedores de Apple Inc. en China están recortando el precio de los modelos de iPhone 15 hasta en US$180, lo que indica una caída inusualmente prolongada de la demanda. Las ventas de Apple en China cayeron un 13% a US$20.800 millones en el trimestre finalizado en diciembre.

🔎¿inversores de OpenAI fueron engañados? La Comisión de Bolsa y Valores de EE.UU. está investigando si los inversores de OpenAI fueron engañados cuando la startup atravesó un feroz debate sobre el liderazgo de su CEO el año pasado, según informó Wall Street Journal. El regulador estaría estudiando las comunicaciones internas de Sam Altman en relación con su destitución del cargo en noviembre.

🛢️Petróleo al alza. El petróleo se encamina a una segunda ganancia mensual ante la especulación de que la OPEP+ ampliará los recortes de suministro y el mercado se ajustará gradualmente. El Brent de referencia mundial cotizaba cerca de US$83 el barril, más del 2% en febrero, mientras que el West Texas Intermediate estaba por encima de los US$78.


🔘 Las bolsas ayer (28/02): Dow Jones Industrial (-0,06%), S&P 500 (-0,17%), Nasdaq Composite (-0,55%), Stoxx 600 (-0,35%)

Fuente:Bloomberg

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Economía y Finanzas

EMMA ZERMEÑO Y SU WATSAPP

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“EN LA OPINIÓN DE”
Dr. Hugo Alday Nieto

De acuerdo con Jordi Nieva-Ferrol, en su obra “Autopsia de la carga de la prueba”, en el common law se sigue al pie de la letra la configuración que tuvo el imperio de Roma para el litigio en sus dos fases llamadas In jure y Apue judicem, En donde, primeramente, el pretor se cercioraba de la existencia de elementos para desarrollar un litigio, asesorando las partes sobre el derecho aplicable y comprobando si había un defecto procesal en el mismo. En este proceso analizaba las pruebas de los litigantes, así como que los testigos sostuvieran los dichos de la pretensión de cada una de las partes para continuar a la fase siguiente, que generalmente, se realizaba ante un jurado.
En Los sistemas neorrománticos de derecho, estas fases son diferentes a partir del proceso de codificación en el siglo XIX en Francia, es decir, con el código napoleónico. A partir de entonces, en los procesos de nuestro sistema jurídico, las pruebas por lo general se acompañan con la demanda, o bien, se ofrecen y desahogan en un momento específico dentro del proceso jurisdiccional y son valoradas de manera exclusiva por la autoridad juzgadora, quien determinará la validez demostrativa de las mismas al resolver.
En el caso que nos ocupa hoy, se trata de comunicaciones privadas realizadas en el contexto privado entre dos personas, en donde no participa la supuesta víctima y cuyo uso no fue autorizado por la probable responsable, sino solo por su interlocutor. En este sentido, la valoración de pruebas provenientes de comunicaciones privadas, como mensajes de WhatsApp, en casos de violencia política de género como el de Emma Zermeño, está sujeta a criterios estrictos de legalidad y respeto a los derechos fundamentales. Para que estos mensajes sean admitidos como prueba, es indispensable que hayan sido obtenidos respetando la confidencialidad, autenticidad e integridad de la comunicación, así como la legalidad procesal y los derechos humanos de las partes involucradas. Si los mensajes fueron obtenidos sin el consentimiento de los participantes o sin autorización judicial, se consideran pruebas ilícitas y deben ser excluidas automáticamente por los jueces, conforme a lo dispuesto en el Código Nacional de Procedimientos Penales y los principios sobre prueba ilegal.
Adicionalmente, la autoridad debe valorar estos elementos probatorios bajo una perspectiva de género, conforme a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y los principios constitucionales e internacionales aplicables. Esto implica analizar el contexto de discriminación, desigualdad y violencia estructural, así como el impacto de la prueba en la integridad del procedimiento y en el ejercicio de los derechos de las partes, priorizando el interés superior de las víctimas.
En el caso concreto al no ser parte de los mensajes víctima y haberse realizado en un entorno privado de confianza, al tomar en consideración los precedentes como el del AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 2903/2011. DERECHO A LA INVIOLABILIDAD DE LAS COMUNICACIONES PRIVADAS. SE IMPONE SÓLO FRENTE A TERCEROS AJENOS A LA COMUNICACIÓN publicado en el Semanario Judicial de la Federación, Libro XIX, Abril de 2013, Tomo 1, página 282, sentencia que a mi parecer es fundamental para el asunto que hoy causa revuelo, en donde se determina que:
a) El derecho fundamental a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas, no sólo rige para las relaciones que se entablan con los poderes públicos, sino que también rige en las relaciones entre particulares.
b) El derecho a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas posee autonomía propia reconocida por la Constitución.
c) El derecho a la inviolabilidad de las comunicaciones se configura como una garantía formal, esto es, las comunicaciones resultan protegidas con independencia de su contenido.
d) Lo que se encuentra prohibido por el párrafo décimo segundo del artículo 16 constitucional, es la intercepción o conocimiento antijurídico de una comunicación ajena, por tanto, la violación a este derecho se consuma en el momento en que se escucha, se grava, se almacena, se lee o se registra una comunicación ajena, sin el consentimiento de los interlocutores, con independencia de que, con posterioridad, se difunda el contenido de la conversación interceptada.
e) La reserva de las comunicaciones se impone sólo frente a terceros, de tal forma que el levantamiento del secreto por uno de los participantes en la comunicación no se considera una violación a ese derecho fundamental.
f) El artículo 16 constitucional no sólo proscribe aquellas intercepciones de comunicaciones en tiempo real, sino también aquellas injerencias que se realizan con posterioridad en los soportes materiales que almacenan la comunicación.
g) Todas las formas existentes de comunicación y aquellas que sean fruto de la evolución tecnológica, deben quedar protegidas por el derecho fundamental a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas.
h) Salvo prueba en contrario, toda comunicación es privada a menos que uno de los intervinientes advierta lo contrario, o de las circunstancias que rodean la comunicación no quepa duda sobre el carácter público de aquélla.

Este fue el mismo criterio empleado hace unos días, ya que uno de los interlocutores de los mensajes privados de WhatsApp decidió exponer los comentarios realizados por Emma Zermeño, y con ello, el elemento de comunicación privada pasó a ser pública y, por lo tanto, considerada de forma vinculante por el Tribunal Electoral. La admisión y valoración de estos mensajes queda sujeta al criterio del juzgador y, por ende, del partido que lo puso allí, o que lo hizo ganar una elección. Es solo una persona la que debe considerar su pertinencia, valor probatorio y relevancia para los hechos debatidos, así como la cadena de custodia y la fiabilidad de la prueba presentada. Así que ya lo sabes, tus mensajes privados y de voz, pueden ser prueba en tu contra aún y cuando los realices en el ámbito privado.

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Economía y Finanzas

DÓLAR ESTABLE Y MERCADOS CAUTELOSOS EN MÉXICO ESTE 11 DE MARZO DE 2026

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El panorama financiero de México durante este 11 de marzo de 2026 muestra un mercado cambiario estable, aunque con señales de cautela por parte de los inversionistas. El peso mexicano mantiene una ligera presión frente al dólar, influido por factores internacionales como la volatilidad del petróleo, tensiones geopolíticas y expectativas sobre decisiones de política monetaria en Estados Unidos.

El tipo de cambio promedio nacional se ubica alrededor de 17.55 pesos por dólar, con una variación moderada respecto a la jornada previa. La estabilidad del peso refleja un equilibrio entre la demanda de divisas y la entrada de capitales, aunque persisten riesgos externos que mantienen a los mercados atentos.

En el mercado interbancario, el dólar ha operado en un rango entre 17.45 y 17.63 pesos, mientras que el tipo de cambio de referencia FIX se sitúa en 17.50 pesos, mostrando un comportamiento estable dentro de los parámetros esperados para la semana.

💵 Precio del dólar en bancos de México (Compra/Venta)

(Valores basados en las cotizaciones más recientes disponibles)

  • Afirme — 16.60 / 18.10
  • Banco Azteca — 17.10 / 18.19
  • Banorte — 16.40 / 18.00
  • BBVA — 16.74 / 17.88
  • Scotiabank — 15.60 / 19.10
  • HSBC — 16.99 / 17.97
  • CitiBanamex — 19.67 / 20.80
  • Banjercito — 16.56 / 18.06
  • Banregio — 16.50 / 18.20
  • Intercam — 16.56 / 18.06
  • Banco Base — 17.77 / 17.77

📈 Bolsa Mexicana de Valores (BMV)

La Bolsa Mexicana de Valores opera con ligeras presiones, reflejando un sentimiento mixto entre los inversionistas. Aunque no se observan caídas abruptas, el mercado mantiene un tono defensivo debido a:

  • Volatilidad internacional en materias primas.
  • Expectativas sobre tasas de interés en Estados Unidos.
  • Ajustes de portafolios ante riesgos globales.

El índice principal se mantiene dentro de un rango estable, con movimientos moderados y sin señales de un cambio brusco en la tendencia de corto plazo.

Fuente: 5to Poder Agencia de Noticias

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