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Opinión

Superar conflicto limítrofe Quintana Roo-Campeche, con modelo de desarrollo intermunicipal

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“La Última Palabra”
Por: Jorge A. Martínez Lugo

• Pasar del enfoque judicial al de desarrollo, con apoyo de la ONU.
• Mara Lezama y Layda Sansores, dos mujeres, un partido.
• Plan Estatal de Desarrollo, con proyecto integral para la zona.

El conflicto limítrofe Quintana Roo-Campeche adquiere otro sentido, ahora que ambas entidades son gobernadas por dos mujeres morenistas: Layda Sansores y Mara Lezama. Cuando estalló el conflicto, en 1997, ambos gobernadores eran priistas: Jorge Salomón y Mario Villanueva.

Sin embargo, hora hay las condiciones políticas para un proyecto de desarrollo con el modelo de “Asociación Intermunicipal”, que podría recibir apoyos internacionales como de la ONU, lo cual es excelente, ahora en tiempos de construcción del Plan Estatal de Desarrollo 2022-2027 o Nuevo Acuerdo por el Bienestar y el Desarrollo en Quintana Roo.

LAYDA SANSORES Y MARA LEZAMA, DOS MUJERES, UN PARTIDO
Pasar de una visión meramente judicial al enfoque de desarrollo social, económico y cultural de las comunidades de la región en conflicto, en condiciones inmejorables: la región circunda Calakmul-Xpujil, está al paso del Tren Maya y cercana a Guatemala. Tiene valor fronterizo, cultural, estratégico, económico, ambiental.

CONFLICTO DE MÁS DE UN SIGLO
El añejo conflicto territorial tiene más de un siglo entre Quintana Roo y Campeche, desde la creación del Territorio Federal de Quintana Roo en 1902, por una deficiente delimitación territorial de origen, quizá por las limitaciones técnicas de entonces.

ESTALLA CONFLICTO ACTUAL
El conflicto actual estalló en 1997 cuando el entonces gobernador de Campeche, Jorge Salomón Azar García, decidió crear el municipio de Calakmul, incluyendo la zona geográfica y comunidades que para Quintana Roo, le pertenecen.

El entonces gobernador, Mario Ernesto Villanueva Madrid, interpuso una controversia constitucional, y al mismo tiempo, se constituyó el Comité Cívico Pro Defensa de los Límites de Quintana Roo, además, el Congreso del Estado creó una Comisión legislativa que atiende el tema.

30 COMUNIDADES, 8.5 MIL HABITANTES
Lo que está en disputa es una franja de más de 10 mil kilómetros cuadrados, es decir, 20 por ciento de la geografía de Quintana Roo, y más de 30 comunidades, con más de ocho mil 500 habitantes.

68 CONFLICTOS SIMILARES EN MÉXICO
El tema está en manos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y no se espera que se solucione, al igual que otros 67 conflictos limítrofes que existen en todo el país y que no tienen resolución jurídica.

ENTENDIMIENTO POLÍTICO INTER-MUNICIPIOS
El investigador universitario, Ignacio Alonso Velasco, sostiene en su libro “Conflicto de límites territoriales en la Península de Yucatán”, que la solución es política; no jurídica.

Propone en su tesis doctoral, una solución de entendimiento político, que contempla la intervención de los tres niveles de gobierno, en una figura legal que se denomina Asociación Inter Municipal.

Es muy interesante la tesis de dejar atrás el conflicto legal y dar paso a la buena política y a una gobernanza moderna.

En su libro sobre el tema, Ignacio Alonso sostiene que los municipios de ambos estados atiendan de manera coordinada a las comunidades y busquen el desarrollo de la región, mediante diversos esquemas de cooperación.

SALIDA LEGAL INCONFORMA A TODOS
Es una propuesta viable, porque existe el marco jurídico y es tema que deben asumir como un reto los creadores del PED 2022-2027. una solución mucho mejor que la que puede aportar la Suprema Corte, ya que dicha resolución no dejaría contento a ninguna de las partes.

En cambio, mediante la Asociación Inter Municipal, con voluntad y actitud positiva por parte de los dos gobiernos estatales, se buscaría la unidad política, económica y cultural, de una región que tiene mucho potencial de desarrollo agropecuario, arqueológico, forestal, etc.

Esta propuesta proviene del ámbito académico serio, debería ser tomada en cuenta por los Cabildos de los municipios fronterizos, Calakmul y Othón P. Blanco, los Congresos estatales y los poderes Ejecutivo y Judicial de Quintana Roo y Campeche. Podrían sumarse municipios de más al norte de ambas entidades, como Hopelchén, José María Morelos, Lázaro Cárdenas. Sería un ejemplo internacional en materia de transformación social.

PLAN ESTATAL DE DESARROLLO
En tiempos de Foros de Consulta, desde esta columna, va una segunda propuesta al PED 2022-2027 que hemos recogido de la propia dinámica social. La anterior es: Rescatar la “Milpa Maya”.

Esta vez hacemos un llamado a analizar esta propuesta y valorar su implementación por los gobiernos 4T de Campeche y Quintana Roo, que busca privilegiar la negociación y el interés superior de los habitantes, mediante el desarrollo de la región fronteriza con Guatemala.

Ambos gobiernos estatales y municipales, podrán acudir a instancias mediadoras internacionales, incluyendo la propia ONU, que podría apoyar no sólo en asesoría y acompañamiento, sino también, en la gestión de recursos ante fondos públicos mundiales, sin generar deuda.

¿PREVALECERÁ LA BUENA POLÍTICA?
Ojalá y se ponga en marcha el verdadero arte de la política, al servicio de los hermanos habitantes de Campeche y Quintana Roo y se deje atrás el enfoque judicial, que no llevará a nada.

Sin duda, esta propuesta es para gobernantes con una nueva visión de la política; que quieran ser ejemplo a nivel nacional e internacional.

Pero sobre todo, que tengan voluntad de darle una solución al conflicto limítrofe y trabajar por el desarrollo de la región fronteriza.

Las condiciones están dadas: el cambio de gobierno en Campeche el año pasado, y en Quintana Roo en septiembre de 2022, puede hacer realidad lo que parece imposible; es cosa que realmente, tengan voluntad de hacer historia. Usted tiene la última palabra.

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Opinión

Abandonar la idea de qué hay demasiada agua …

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“Humanosfera”

Por. Wilberth Esquivel

La disponibilidad de agua en la península de Yucatán, en el sureste de México, ha sufrido una drástica disminución del 59 % en un lapso de 17 años, según revela un informe adelantado por el Consejo de Cuenca Península de Yucatán a la agencia de noticias Efe.

En 2003, la disponibilidad se situaba en 5.759,22 millones de metros cúbicos por año, mientras que en 2020 descendió a 2.386,92 millones de metros cúbicos por año, representando una caída del 58,6 %. Estos datos, presentados en el Programa Hídrico Regional 2020–2024, alertan sobre la preocupante situación del agua en la región y las posibles consecuencias si la tendencia continúa. Gonzalo Merediz Alonso, presidente del Consejo de Cuenca regional, enfatiza la necesidad de abandonar la idea de que hay “demasiada agua” en la península y advierte sobre la futura escasez, especialmente en lugares como Cozumel y Cancún, dos destacados destinos turísticos.

La presión sobre la disponibilidad del acuífero en el norte de Quintana Roo ya alcanza un preocupante 86,75 %, principalmente debido al sector hotelero. Con una proyectada población de 7,38 millones de habitantes para 2030, se estima que la demanda de agua para servicios públicos urbanos será considerable, requiriendo una inversión prioritaria en infraestructuras para el tratamiento de aguas residuales. Este programa, desarrollado en colaboración con la Comisión Nacional del Agua y financiado por diversas entidades, busca abordar esta creciente preocupación por el recurso hídrico en la región sureste de México.

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Opinión

El derecho a la defensa del patrimonio cultural inmaterial

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Por Hugo Alday Nieto

Hace unos días en el Congreso de Quintana Roo, se realizaron reformas a la Ley de Bienestar Animal que provocaron algunas manifestaciones de descontento por parte de personajes de la zona maya de nuestra entidad. Dicho lo cual, me di a la tarea de allegarme de la información más actualizada a través del libro denominado “Derechos culturales, patrimonio cultural y accesibilidad para personas con discapacidad en México” de Diego Armando Guerrero García, editado por Tirant Lo Blanch y la UNAM hace apenas unas horas prácticamente, lo sacamos calientito de la imprenta.

En dicha obra, nos define el derecho cultural como la ciencia que se encarga de tutelar el derecho que gozan los pueblos de disfrutar, de su propia riqueza, artística, histórica y cultural, y en consecuencia esto se relaciona con otro plano con los derechos de identidad cultural, al derecho al respecto la identidad cultural y el derecho que los pueblos no se les imponga una cultura ajena. Tema por demás complicado cuando se tienen regímenes políticos impositivos como los que México ha creado desde la conquista.

Para el autor, “La cultura, por tanto, es un asunto que se traduce en libertades y derechos; mientras las primeras descubren las circunstancias de ventaja desventaja en que se encuentran las personas, en el segundo concepto, se generan y garantizan las oportunidades, más aún en el caso de los derechos culturales, a los cuales todos tenemos derecho acceder sin ningún tipo de discriminación”.

De acuerdo con dicha investigación, en el renacimiento, en el siglo XV, con la revalorización de los hallazgos de tipo arqueológico, las Bulas y edictos de la iglesia, fueron configurando una amplia visión del objeto de protección, que comprendía bienes muebles e inmuebles del tipo monumental o dotados de interés histórico o arqueológico.

El edicto Valenti que atribuyó a la tutela de las antigüedades la doble función de conservar los restos históricos y de fomentar el flujo de visitantes para generar ingresos fue fundamental para muchos países de Europa, siendo un ejemplo de ellos la ciudad de Venecia en Italia.

De acuerdo con el derecho comparado, el autor nos deja claro que en principio es posible comprender como bienes culturales muebles, los siguientes: patrimonio, antropológico, etnológico, etnográfico, artesanal, y de folklore; patrimonio, artístico, ligado a las bellas artes; patrimonio, lingüístico, patrimonio, científico, tecnológico y sacro y al patrimonio cultural intangible como aquel que es de transmisión oral y de forma intergeneracional.

Ya en el derecho positivo mexicano nos expone la “Declaración de México, sobre las Políticas Culturales” de 1982, en donde aparece por primera vez el término de patrimonio no material en relación con el patrimonio cultural, de la siguiente manera: “el patrimonio cultural de un pueblo, comprende las obras de sus artistas, arquitectos, músicos, escritores y sabios, así como las creaciones anónimas, surgidas del alma popular, y el conjunto de valores que dan un sentido a la vida. Es decir, las obras materiales y no materiales que expresan la creatividad de ese pueblo: la lengua, los ritos, las creencias, los lugares y monumentos históricos, las obras de arte, y sus archivos de Biblioteca, entre otros”.

Un tema fundamental que puede ser materia de litigio por parte de los representantes de la zona maya en relación con el texto de la Ley de Protección Animal, es que de conformidad con la UNESCO y diversas convenciones ratificadas por México, el patrimonio inmaterial proporciona la comunidad, un sentimiento de identidad y de continuidad: favorece la creatividad y el bienestar social, contribuye la gestión del entorno natural y social y genera ingresos económicos.

Por ello, desde la “Convención para la Salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial” del 2003. Se tutelan diversas formas de manifestación del patrimonio cultural, que se describen a continuación:
a) Tradiciones y expresiones orales, incluido el idioma como vehículo del patrimonio cultural y material;
b) Artes del espectáculo; usos sociales, rituales y festivos;
c) Conocimiento y uso relacionados con la naturaleza del universo, y
d) Técnicas artesanales tradicionales.

Como se puede observar, existen dentro del catálogo de manifestaciones culturales aquellas denominadas como usos festivos, en los que pueden incluirse las fiestas patronales de la zona maya, y que de acuerdo con las convenciones en materia de patrimonio cultural inmaterial y de usos y costumbres, bien pudiera generar una excepción a la regla en la heteroaplicabilidad de las reformas a la Ley de Bienestar Animal.

Culmina el capítulo el autor manifestando que la salvaguarda del patrimonio cultural inmaterial reviste una necesidad urgente por su gran cercanía con los procesos creadores de identidad, ya que en la actualidad prevalece una fuerte tendencia a la transgresión de las identidades culturales, ya que, a pesar de ser conscientes del carácter dinámico de la cultura, donde hay un movimiento, intercambio y recreación constantes, el problema enfatiza por la tendencia de homogenización en función de un sistema económico y político dominante.

Es así que, aun y cuando los legisladores de los estados busquemos la protección animal incluyéndola incluso en el texto constitucional para visibilizar a los seres sintientes, la pluriculturalidad del pueblo mexicano debe respetarse y en tal virtud, corresponderá únicamente a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la ponderación de estos derechos para determinar cual prevalecerá sobre el otro. Sin duda, un caso interesante para analizar después del amparo de la Plaza México.

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