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Comisión de Hacienda aprueba Miscelánea Fiscal 2022; incluye ISR obligatorio

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Ciudad de México.- La Comisión de Hacienda y Crédito Público aprobó por 24 votos a favor y 16 en contra, el dictamen con proyecto de decreto donde se consideran nuevas disposiciones para organizaciones de la sociedad civil, jóvenes y productores agropecuarios, por lo que se adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos y del Código Fiscal de la Federación.

De la Ley del Impuesto Sobre la Renta se realizaron cambios al artículo 113 respecto al régimen simplificado de confianza, al considerarse necesario otorgar un beneficio para aquellas personas físicas de menores ingresos que se dediquen exclusivamente a las actividades agrícolas ganaderas, silvícolas o pesqueras que tributen en el nuevo régimen simplificado de confianza, ya que las actividades primarias son un factor importante para lograr el crecimiento económico y permiten abastecer las necesidades básicas de la población.

Sobre la cancelación de los comprobantes globales se realizaron cambios al artículo 113 G, fracción V, segundo párrafo, a fin de dar operatividad a la cancelación de los comprobantes globales que ampararán las operaciones con el público en general. El dictamen plantea incluir una cláusula habilitante a efecto de precisar que el Servicio de Administración Tributaria emita las reglas de carácter general, relativas a la forma y los medios para realizar dicha cancelación.

En cuanto al Ahorro para el Retiro se modificó el artículo 151, quinto párrafo, a efecto de mantener la excepción de la aplicación del límite global de deducción a las aportaciones complementarias realizadas directamente en la subcuenta de aportaciones complementarias de retiro, a las cuentas de planes personales de retiro o a las aportaciones voluntarias realizadas a la subcuenta de aportaciones voluntarias.

En el artículo segundo de las disposiciones transitorias se reformaron las fracciones I, VII, X y XI, respecto a los ingresos que se consideran para ingresar a los regímenes simplificados de confianza, a fin de precisar que los montos máximos de ingresos para acceder en el 2022 a los regímenes simplificados de confianza para personas físicas y para personas morales serán los ingresos facturados.

Asimismo, en cuanto a los acreditamientos, deducciones y devoluciones pendientes de aplicar o solicitar, para permitir que las personas físicas que opten por tributar en el nuevo régimen simplificado de confianza puedan aplicar los referidos conceptos en la declaración anual del ejercicio fiscal 2022 y no así dentro de los seis meses del 2022 como lo prevé la iniciativa.

En el tema de personas físicas que aplican a estímulos previstos en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), el legislador dijo que es con la finalidad de establecer que las personas físicas que opten por permanecer en el RIF hasta agotar los 10 años con reducción del impuesto o aplicar los estímulos previstos en la Ley de Ingreso de la Federación, deberán presentar aviso ante el SAT a más tardar el 31 de enero de 2022. De no hacerlo, la autoridad podrá actualizar la información correspondiente en el Registro Federal de Contribuyentes colocando a dicho contribuyente en el régimen simplificado de confianza.

Fuente Sin Embargo

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