EN LA OPINIÓN DE:
EL DERECHO RESULTÓ COMPLEJO…
“Columna Invitada”
Por el Dip. y Lic.Hugo Alday Nieto
Después de la primera semana de actividades del nuevo Poder Judicial y de que la nueva Suprema Corte de Justicia de la Nación hiciera un papelazo sin precedentes al manifestar una de las ministras que no se debería realizar el control constitucional y otro de ellos al pretender sobreseer dos artículos de una legislación local, éste máximo tribunal ha sido criticado por los grupos y asociaciones de abogados mexicanos. Esto no es casual ni producto de errores cualesquiera, sino el vivo ejemplo de que, una elección judicial no es un mecanismo eficaz para un poder cuya función debe ser técnica jurídica y no político-partidista como lo es hoy en día.
Pero vamos por partes. Para que podamos entender el porqué de la burla nacional de la que son objeto los nuevos ministros, es precisamente por que la ministra Estela Ríos (titulada en 1970 y con una maestría en derecho laboral en 2016, con sus dos cédulas profesionales registradas), se pronunció por respetar la función del legislador y no invalidar leyes emanadas de ese poder, cuando parte de la razón de existir de esa Suprema Corte es precisamente la de ser garante del control de la constitucionalidad, lo que prende los focos rojos de los conocedores del derecho, ya que la ministra debió al menos de conocer cuáles son las funciones de la Corte desde que se erigió como tribunal constitucional y saber que su competencia es precisamente esa, ya que, de proceder su razonamiento estaría violando la Constitución.
Posteriormente, el ministro Giovanni Figueroa (titulado en el 2001, con maestría y doctorado en constitucional en 2009, con sus tres cédulas profesionales vigentes) con plena soltura en la sesión del Pleno de la Corte, tuvo a bien elaborar un discurso rimbombante para declararse en favor del sobreseimiento de dos artículos de una norma de Chihuahua, lo que, procesalmente es una aberración jurídica. Vaya, es imposible, ya que el sobreseimiento como tal es una resolución judicial que pone fin a un proceso legal de forma parcial o total, sin llegar a resolver el fondo del asunto. Por lo tanto, al tratarse de dos artículos vigentes de una ley de Chihuahua, estos no pueden ser sobreseídos, es absurdo, imposible y lamentable viniendo de un ministro.
Ante tales descontroles producto del desconocimiento generalizado en los juzgadores electos de nuevo Poder Judicial, sin considerar la docena de videos que rondan por el entorno digital de jueces que no tienen idea de lo que deben hacer o decir en audiencias, el presidente de la Corte, Hugo Aguilar Ortiz (titulado en 2010 como abogado y con solo una cédula profesional registrada, sin maestría formalmente), se manifestó porque los jueces recién entrados en funciones aprovecharan a los juristas que aún se encuentran prestando sus servicios en los juzgados a efecto de que su conocimiento y experiencia sean de utilidad para el nuevo Poder Judicial.
Finamente, y como dice el refrán, echando a perder se aprende, y los nuevos jueces, magistrados y ministros, han caído en cuenta que la función de la jurisdicción (juris- dictio = decir el derecho), es difícil y esto queda de manifiesto con la cantidad de personas juzgadoras que ya han renunciado a sus respectivos encargos en varias entidades federativas incluyendo a Quintana Roo donde una jueza penal especializada en justicia para adolescentes ya tiró la toalla.
Por ende, es importante que, quienes sí saben derecho y como funciona un juzgado; es decir que, quienes han pasado gran parte de su vida estudiando derecho dentro del proceso de formación jurídica tan criticado por algunos senadores que no han podido encontrar la diferencia entre propiedad privada y propiedad comunal como Noroña, ahora resulta que son prioritarios para que los jueces de elección que merecen sus cargos a la diosa Fortuna, por no decir algo inapropiado, no sigan cometiendo errores tan graves que les puedan generar responsabilidades administrativas y penales.
Así pues, la primera semana de los jueces electos en la que muchos de ellos parecieran nacidos para la materia, aunque muchos otros, siguen pensando que la campaña continúa y el trabajo puede esperar, y otra parte de ellos, aún sigue sin saber que es lo hace un juzgador.
Por ello, quienes hemos pisado juzgados y tribunales a lo largo de nuestras vidas, desde tiempo antes y sin bolas de cristal de por medio, advertimos que esto pasaría afectando a personas, familias y empresas involucradas en litigios. Ahora solo nos resta esperar que los secretarios y proyectistas que aún prestan sus servicios en los juzgados sean verdaderamente valorados y reconocidos porque ellos, son los que van a sacar a los jueces electos de la barranca porque como dice uno de los principios clásicos del derecho “ius semper loquitur” pero para ello se necesita que el juez lo conozca.
HAN
(Licenciado en Derecho con mención honorífica. Maestro en derecho por la Universidad Anahuac del Mayab. Maestro en Derecho por la Universidad de Alicante, España. Doctor en Derecho con mención honorífica por la Universidad Anahuac Cancún)
EN LA OPINIÓN DE:
Entre flores y recuerdos: la psicología del Día de Muertos
Colocar un altar nos lleva a encontrar un vinculo en el que se pude sanar la perdida
Conciencia Saludablemente
Por: Psicol. Alex Barrera
En México, la muerte no se esconde; se decora con flores de cempasúchil, se endulza con pan y se acompaña de risas y canciones. El Día de Muertos no es sólo una tradición; es una declaración cultural profundamente humana: la vida y la muerte no son opuestos, sino partes del mismo ciclo. Desde la psicología, esta visión ofrece una lección esencial sobre cómo enfrentamos la pérdida, el duelo y la memoria.
En muchas culturas occidentales, hablar de la muerte sigue siendo un tema prohibido. Se evita mencionar a los fallecidos, se apartan sus objetos, se oculta el dolor tras una aparente fortaleza. Sin embargo, la cultura mexicana, heredera de cosmovisiones indígenas y creencias sincréticas, ha desarrollado una relación distinta con la finitud. Aquí la muerte se sienta a la mesa. Se le invita, se le honra, se le ríe. En lugar de negar su existencia, se le integra como una compañera inevitable.
Esta actitud, lejos de ser una mera expresión folklórica, tiene profundas implicaciones psicológicas. Aceptar la muerte —propia y ajena— es aceptar la impermanencia de todo. Es reconocer que la pérdida forma parte de la vida, y que el dolor, cuando se vive con consciencia, puede transformarse en gratitud. Desde la psicología existencial, este reconocimiento no conduce a la desesperanza, sino a una mayor plenitud: saber que el tiempo es finito nos empuja a vivir con sentido, a cuidar los vínculos y a encontrar propósito en cada día.
Pero el Día de Muertos no solo nos enseña a pensar en la muerte; también nos enseña a recordar con amor. El altar, corazón simbólico de la celebración, se convierte en un espacio terapéutico. Al colocar una fotografía, una vela o el platillo favorito del ser querido, no solo evocamos su presencia: actualizamos el vínculo. Recordar no es aferrarse al pasado, sino mantener viva la conexión emocional que sigue existiendo más allá de la ausencia física.
En psicología del duelo, esto se conoce como el vínculo continuo. Lejos de promover el olvido, se alienta a las personas a encontrar formas sanas de mantener esa relación interior con quienes ya no están. El altar cumple exactamente esa función: da forma, color y orden al dolor. Permite hablar con los que se fueron, agradecerles, perdonarlos o simplemente compartir un instante simbólico de convivencia. Es, en términos terapéuticos, una representación externa del proceso interno de sanar.
Cada objeto en el altar cumple una función emocional: las flores representan el ciclo de la vida, la comida evoca el cuidado, las velas guían el camino y las fotografías preservan la memoria. A través de este acto ritual, la persona que recuerda también se reconstruye. Como en cualquier proceso terapéutico, el ritual ofrece estructura, contención y sentido: tres elementos fundamentales para elaborar el duelo.
La psicología contemporánea reconoce que los rituales —ya sean religiosos, culturales o personales— facilitan la transición emocional tras una pérdida. Funcionan como puentes entre el dolor y la aceptación, entre el caos y la calma. En ese sentido, el Día de Muertos puede entenderse como una forma colectiva de terapia: una jornada en la que la sociedad entera legitima el dolor, lo comparte y lo transforma en celebración.
Sin embargo, bajo el colorido de las ofrendas y la alegría de las calaveras, también laten silencios profundos. No todos los duelos son iguales ni todas las pérdidas se procesan del mismo modo. Hay quienes, tras la muerte de un ser querido, sienten que la vida pierde sentido, que el vacío es demasiado grande o que la tristeza se ha vuelto una compañera constante. En esos casos, el acompañamiento psicológico puede marcar una diferencia vital.
Hablar del duelo en terapia es un acto de valentía. Es reconocer que, aunque la cultura ofrezca rituales para honrar la muerte, a veces el dolor necesita otro espacio: un lugar donde ser escuchado, comprendido y trabajado con herramientas profesionales. La psicoterapia ayuda a darle forma a la ausencia, a integrar el recuerdo y a reconstruir la vida sin negarla, es iniciar el camino hacia una nueva forma de coexistir con el dolor y afrontarlo de manera que no se convierta en un trauma.
Así, el Día de Muertos no es sólo una tradición que mira hacia el pasado, sino una invitación a mirar hacia adentro. Nos recuerda que el amor y la pérdida son inseparables, y que recordar no duele: lo que duele es callar. Cada altar que encendemos es una forma de iluminar nuestra historia, de reconciliarnos con lo inevitable y de encontrar sentido en el recuerdo.
Quizás por eso, entre el aroma del copal y la luz de las velas, comprendemos que no se trata de vencer a la muerte, sino de aprender a convivir con ella, y entender que la vida es sólo el camino que nos lleva inevitablemente hacia el final. Y en ese aprendizaje, la psicología tiene mucho que aportar: ayudarnos a aceptar, a transformar y, sobre todo, a vivir con conciencia.
Porque así como los altares se llenan de flores cada noviembre, también nuestra mente y nuestro corazón pueden renovarse. A veces, solo hace falta dar el primer paso: hablar con alguien, pedir ayuda, acudir a terapia.
La vida como el altar, se enciende de nuevo cuando nos atrevemos a mirar la sombra y convertirla en luz en este ciclo cuya belleza se encuentra en tomar conciencia de que un día se va terminar.
**Además de 10 años de experiencia como comunicólogo, ejerciendo el periodismo. Alex Barrera es también psicólogo por la UNAM con profundización en desarrollo humano.
Actualmente brinda terapia clínica con enfoque Biopsicosocial.
Si desea contactar con los especialistas en terapia y salud puede hacerlo enviando un mensaje
EN LA OPINIÓN DE:
EL JUEZ LEGISLADOR
“Columna Invitada”
Por el Dip. y Lic.Hugo Alday Nieto
Durante las últimas cuatro semanas al menos, hemos tenido la oportunidad de escuchar debates y diálogos principalmente ausentes de elocuencia en los que algunos legisladores federales y hasta locales, han hecho eco de su escaso conocimiento del derecho, del proceso constitucional y por supuesto, del contenido de la Ley de Amparo que ha quedado disminuido prácticamente a un juicio sin pan ni sal, razón fundamental por la que, en lo personal, yo no opino de física cuántica.
Pero si nos vamos a los orígenes, es importante establecer en primera instancia, que el juicio de amparo nació en el S. XIX con el yucateco Manuel Crescencio García Rejón y Alcalá, y adicionado por intervención del tapatío Mariano Otero, para crear un juicio especial de protección en su momento de las garantías individuales que recogía la Carta Magna, al que no podemos considerar en absoluto medio de defensa, pero que en estricto sentido servía para que los ciudadanos pudiésemos defendernos de los abusos del poder.
Y así venía funcionando con una etapa procesal en la que el Juez de Distrito, en caso del amparo indirecto o biinstancial, o el Tribunal Colegiado de Circuito en tratándose de amparo directo o uniinstancial, tomaba la determinación de conceder la suspensión del acto reclamado, esto es, de determinar si aquello que se reclamaba por la persona que pudiera ser desde una clausura, una resolución administrativa o la aplicación de una ley específica que le ocasiona una violación a sus derechos, quedaba en suspenso hasta que se resolviera el fondo del asunto para evitar que el daño ocasionado por ese acto de autoridad fuera de imposible reparación para el ciudadano.
Con ello, se evitaba que el ciudadano o su negocio quebraran, o que despidiera trabajadores o dejase pagar la renta de su local, en caso de que el acto de molestia fuera el de clausura con fines de extorsión por parte de autoridades como fiscalización o protección civil, por poner un ejemplo. O bien, que el desarrollador no perdiera su crédito no se metiera en problemas con el IMSS y sus empleados en caso de un acto de clausura por parte de la secretaría de obras públicas producto de un acto indebido para obtener un provecho totalmente ilegal, como ha ocurrido en múltiples ocasiones. Podríamos redactar miles de páginas de ejemplos en los que la corrupción ha sido el detonador de las suspensiones emitidas por los jueces y magistrados en favor de los ciudadanos.
Otra figura que se obtuvo con los años, fue la de los efectos “erga omnes” en las sentencias de amparo y que, servían para que aquellas sentencias que invalidasen leyes declaradas inconstitucionales, por ejemplo, causaran esos efectos para toda la población sin necesidad de que todos y cada uno de los ciudadanos afectados por esa ley específica tuvieran que buscar un abogado y promover un juicio de amparo personal. Pues bien, ese beneficio que permitía el acceso a todas y todos a la justicia de la unión, hoy nuevamente desaparece de la Ley, y se va a obligar a que los ciudadanos tengan que acudir a amparo pagando lo que les cueste para poder tener una sentencia particular, lo que afecta principalmente a los que menos posibilidades tienen, lo que es incongruente con el utilitarismo filosófico del bienestar.
Más adelante, se logró crear la figura del amparo adhesivo y del amparo colectivo, con las que diversos grupos sin tantas posibilidades de acceso a la justicia, lograron grandes cambios, como lo sucedido con el rescate del agua de los Yaquis, o los amparos obtenidos por los niños de Cancún que reclamaron su derecho a un medio ambiente sano y recuperaron para todas y todos nosotros el espacio de Tajamar. Pues bien, en la reforma actual desaparece esta posibilidad y al igual que con el efecto “egra omnes” se obliga a todos en lo particular, acudir a juicio, nuevamente afectando a los más necesitados.
Sin duda, lo más catastrófico se da con la redacción del transitorio de la retroactividad que nos actualiza un diálogo de filosofía del derecho entre Hart y Dworkin que exponen supuestos de la figura del Juez Hécules y el Juez Herbert, que más o menos se plasma se la siguiente forma: el modelo del juez Herbert, asume la intermediación como una forma de discreción fuerte o inventiva, la cual implica que los jueces en algunos casos acaban o tiene que acabar por inventar el derecho, ya sea al crear o legislar un nuevo derecho. Con lo cual el juzgador invade la competencia del legislador y usurpa una función que no le corresponde. En cambio, el modelo del Juez Hércules, al asumir la tesis de la determinación moderada y la tesis de la única respuesta correcta, presupone que los jueces siempre acaban o tienen que acabar por interpretar el derecho preexistente y no inventar el derecho nuevo. Con lo cual el juzgador no invade la competencia del legislador ni usurpa una función que no le corresponde.
Con la redacción del transitorio, el legislador federal abre la puerta para que el juzgador federal asuma papel del legislador en su propio detrimento y minimizando su propia función. Es decir, el legislador crea un legislador más fuerte desde el poder judicial. Por eso, volviendo al primer párrafo de este artículo, cuando se habla de física cuántica, yo no opino ni legislo, escucho.
HAN
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