Conecta con nosotros

Nacional

Impulsan Ley para que el presidente rinda un informe clínico cada año

Publicado

el

CDMX.- A fin de establecer que el presidente de la República debe informar al Congreso de la Unión sobre las condiciones de su salud, el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba (PAN) impulsa iniciativa que reforma y adiciona los artículos 6, 16, 69 y 82 de la Constitución Política.

En el artículo 69 constitucional busca agregar que, en la apertura de sesiones ordinarias del primer periodo de cada año de ejercicio del Congreso, el presidente de la República presentará “un informe clínico actualizado en versión pública donde se haga constar de la buena salud mental y la ausencia de una enfermedad incapacitante del titular del Poder Ejecutivo Federal”.

Además, en el artículo 82, propone dentro de los requisitos para ser presidente, “el tener un buen estado de salud mental y ausencia de enfermedad incapacitante, que deberá acreditarse con los estudios clínicos y dictámenes médicos de conformidad con las normas aplicables y la ley en la materia, mismos que deberán hacerse públicos”, así como “no tener padecimientos mentales, ni los comprendidos en alguna de las causas de incapacidad establecidas en el artículo 83”.

Mientras que en los artículos 6 y 16 sobre el derecho de acceso a la información y la protección de los datos personales, planea precisar que el estado de salud mental o enfermedad incapacitante del presidente de la República es información de interés público y quedará exceptuada de la protección y reservas de ley.

Ramírez Barba expone que el objetivo es asegurar que el presidente de la República mantenga una salud óptima para el ejercicio del gobierno; de ahí que se propone la implementación de exámenes de salud previos a la elección y anuales, dado que este asunto afecta la seguridad nacional.

“Es crucial que quienes lideran y protegen la soberanía y seguridad del país estén siempre en condiciones de hacerlo, evitando así poner en riesgo la existencia misma del Estado”, añade.

Hace mención que, durante los últimos sexenios, los ciudadanos han solicitado repetidamente conocer el estado de salud y el expediente clínico del presidente en turno, a menudo debido a especulaciones o escenarios de incertidumbre al respecto.

Sin embargo, agrega, tanto instituciones públicas garantes del derecho al acceso de la información, como tribunales han rechazado consistentemente proporcionar esta información, argumentando su carácter confidencial y reservado.

Considera que, la salud del presidente es un factor crítico que puede influir en numerosos aspectos del funcionamiento nacional. “Una mala salud del presidente puede provocar incertidumbre, inestabilidad y una serie de efectos negativos tanto a nivel nacional como internacional”.

El diputado Ramírez Barba argumenta que un presidente de la República, como servidor público, debe evitar especulaciones sobre su estado de salud, más allá de la mayor o menor apertura que tenga respecto de su privacidad. Y la ley debe garantizar a los ciudadanos el derecho de estar informados sobre las condiciones de salud de su presidente.

Por ello, la reforma constitucional busca establecer que el estado de salud mental o enfermedad incapacitante del presidente de la República sea información de interés público y quede exceptuada de la protección y reservas de ley, y presente al Congreso un informe clínico actualizado donde se haga constar de su buena salud mental y la ausencia de una enfermedad incapacitante.

La iniciativa fue turnada por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión a la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados.

Compartir:
Click para comentar

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Nacional

Ordena tribunal federal suspender publicación de la reforma judicial

Publicado

el

Por

CDMX.-Un tribunal federal ordenó suspender la publicación de la reforma judicial, aprobada por el Congreso de la Unión y diversos congresos locales, en el Diario Oficial de la Federación (DOF), que es el último paso antes de hacerla oficial.

Un Tribunal Colegiado del Trigésimo Segundo Circuito, con residencia en Colima, ordenó suspender la publicación del decreto luego de que la organización Fundación Iris en Promoción y Defensa de los Derechos Humanos A.C. interpuso una queja por el incumplimiento de una suspensión anterior cometida por parte de diversas autoridades.

De esta forma las y los magistrados del tribunal federal aceptaron el recurso de queja y concedieron esta suspensión provisional para que la reforma no sea publicada en el DOF.

“En caso de que el procedimiento de reforma constitucional impugnado se apruebe por las autoridades responsables, el decreto respectivo no se publique en el Diario Oficial de la Federación”, señala la sentencia.

La suspensión se da a conocer después de que el presidente Andrés Manuel López Obrador informó que publicará la reforma judicial en el DOF el 15 de septiembre, luego de que más de 17 Congresos Estatales la aprobaran en sus respectivos estados.

Morena minimiza amparo; aseguran que reforma judicial será promulgada el 15 de septiembre
La senadora Ernestina Godoy, presidenta de la Comisión de Puntos Constitucionales del Senado de la República y próxima consejera jurídica de la presidencia de Claudia Sheinbaum, minimizó la suspensión otorgada por un tribunal federal en contra de la publicación del decreto de reforma al Poder Judicial.

Minutos antes de que el Senado de la República sesionara para realizar el conteo de las 23 Legislaturas locales que avalaron la reforma judicial, Ernestina Godoy declaró que es improcedente la suspensión otorgada por un tribunal colegiado del Trigésimo Segundo Circuito, con sede en Colima.

“Son improcedentes, un poder no puede hacer eso con otro poder”, dijo al preguntarle si este amparo puede impedir que el Congreso concluya el proceso de reforma constitucional o que el presidente Andrés Manuel López Obrador firme el decreto, como tiene programado hacerlo el próximo 15 de septiembre.

“Están en contra de dejar los privilegios, dejar la opacidad, dejar todo el tema de que no responden a la gente, de que no hay quien los vigile como a todos los funcionarios públicos. Tienen que entender que ya se aprobó la reforma”, dijo Godoy en breve entrevista antes de inicia la sesión.

El abogado Luis Eliud Tapia explicó que, de acuerdo con el documento de esta resolución, no se trata de una reacción al anuncio del presidente de publicar la reforma judicial el 15 de septiembre en el DOF.

“Es interesante ver en qué fecha lo solicitan, o sea, hay que ponerlo en perspectiva, porque no es que se acaba de hacer ahorita por el proceso, sino que esto ya lleva al menos desde el 5 de septiembre”, mencionó Tapia.

La reforma judicial fue aprobada en el Senado desde las tres y media de la mañana del 11 de septiembre, después de desechar las reservas por Morena y sus aliados, sin modificaciones, con 86 a favor y 41 en contra, y, por ser constitucional, fue enviada a los congresos locales para lograr su aprobación en al menos 17.

Especialistas consultados coincidieron en que la reforma judicial podría publicarse en el DOF este 15 de septiembre y continuar en ejecución de manera ordinaria.

“Desde mi punto de vista no existe fundamento jurídico para que una autoridad judicial impida al presidente la publicación del decreto de reforma. Considero que se trata de una decisión judicial precipitada, carente de base constitucional o legal”, aseguró Diego Valadés, investigador emérito del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) y del Sistema Nacional de Investigadores (SNI).

El proceso legislativo marca que debe hacerse la declaratoria de Reforma Constitucional, conforme al artículo 135 de la Constitución. Al cumplir esa etapa, la reforma se envía al Poder Ejecutivo para que ordene su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y entre en vigor.

“La publicación en el DOF no es en sí mismo un acto de autoridad sino que obedece al último de los pasos del procedimiento legislativo. Primero habrá que demostrar que ese proceso fue violado para después poder echarlo para atrás”, afirmó Mariana Tamés Espadas, coordinadora jurídica de Strategia Electoral.

Tapia concuerda en que, normalmente, se interpone un mecanismo de impugnación cuando hay un proceso de reforma ya terminado. Es decir, cuando ya esté publicada en el DOF, pero en este caso Fundación Iris en Promoción y Defensa de los Derechos Humanos A.C. busca evitar precisamente eso.

“Regularmente uno presenta recursos contra procesos concluidos, no contra un proceso que está en curso y ese es otro problema porque no es un proceso concluido. Aquí quieren hacer una cosa extraordinaria porque hay una reforma extraordinaria”, comentó el abogado.

Tanto Tapia como Tamés sostuvieron que, a pesar de que no impida la publicación de la reforma judicial el 15 de septiembre en el DOF, esta suspensión podría ser un argumento contra el proceso legislativo que la oposición pretende impugnar.

“En su momento podría ser agregado al caudal probatorio que se presente para demostrar los vicios en que se incurrió durante el proceso legislativo de reforma pero, para efectos prácticos y jurídicos, seguramente será improcedente. Se otorgaron otras suspensiones similares durante la discusión y ninguna fue tomada en consideración”, refirió Tamés.

Prohíben enviar iniciativa a los congresos de los estados
Desde el pasado 5 de septiembre se dio a conocer que un juez federal concedió una cuarta suspensión provisional contra la reforma judicial por la que ordenó al Congreso de la Unión no votar y aprobar la iniciativa de reforma del presidente Andrés Manuel López Obrador.

El juez Francisco Javier García Contreras, titular del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Colima, fue quien concedió esta suspensión definitiva, luego de que la Fundación Iris en Promoción y Defensa de los Derechos Humanos promoviera una demanda de amparo contra la iniciativa de reforma presidencial.

En su demanda la asociación civil señaló que de aprobarse la reforma judicial se llevaría a cabo una transgresión a la Constitución y las normas internacionales en materia de impartición de justicia (autonomía e independencia judicial).

Por este motivo, el juez concedió la suspensión provisional para el efecto de que el Congreso de la Unión no vote ni apruebe la iniciativa de reforma al Poder Judicial ni lo envíe a los Congresos locales.

+Originalmente el juez había fijado para este jueves 12 de septiembre la audiencia en la que definirá si suspende de forma definitiva la discusión y aprobación de la reforma judicial, sumando así ya cuatro suspensiones definitivas contra la reforma judicial.

Sin embargo, debido a que algunas de las autoridades responsables no han respondido a la demanda determinó diferir la audiencia para el próximo viernes 11 de octubre.

Las otras suspensiones contra la reforma judicial
La primera suspensión contra la reforma judicial fue concedida desde el pasado sábado 31 de agosto por la jueza Martha Magaña López que dio la primera suspensión de oficio (provisional) contra la reforma judicial -que ya otorgó la suspensión definitiva-, mismo día en el que se dio a conocer sobre una segunda suspensión concedida por juez Felipe Consuelo Soto, del juzgado Tercero de Distrito de Amparos y Juicios Federales en el estado de Chiapas.

Compartir:
Continuar leyendo

Nacional

Narcoguerra deja a Sinaloa sin fiestas patrias

Publicado

el

Por

Sinaloa.-La celebración de las fiestas patrias es un evento profundamente enraizado en la cultura mexicana, una ocasión para conmemorar la lucha por la independencia y mostrar el orgullo nacional.

No obstante, en Sinaloa, la violencia y el aumento de la actividad delictiva han llevado a la cancelación de la tradicional celebración del 15 de septiembre, lo cual refleja la preocupante situación de inseguridad en el estado.

La situación de violencia, que se asemeja a un conflicto interno, ha dejado una huella profunda en el país. Este viernes 13 de septiembre, la ciudad de Culiacán, capital de Sinaloa, amaneció sin clases tras una nueva jornada de violencia, en la que ciudadanos reportaron tiroteos, vehículos con personas armadas circulando por las calles y la quema de automóviles.

El gobernador de Sinaloa, Rubén Rocha Moya, anunció la suspensión de todos los festejos del 15 y 16 de septiembre, incluido el tradicional Grito de Independencia y el desfile. “Hemos decidido que no habrá celebraciones públicas ni privadas el 15 de septiembre. Este año, el grito de independencia se realizará de manera protocolaria en el Palacio de Gobierno, únicamente con la presencia de la escolta, la banda de guerra y mi gabinete, sin invitados”, declaró el gobernador.

Esta suspensión es una clara muestra de cómo la violencia afecta la vida cotidiana de la población. La cancelación de las festividades ha generado entre los ciudadanos un sentimiento de desprotección y miedo, al ver cómo los espacios públicos se tornan cada vez menos seguros.

Compartir:
Continuar leyendo

LAS + DESTACADAS

CONTACTO: contacto.5topoder@gmail.com
Tu opinión nos interesa. Envíanos tus comentarios o sugerencias a: multimediaquintopoder@gmail.com
© 2020 Todos los registros reservados. 5to Poder Periodismo ConSentido Queda prohibida la publicación, retransmisión, edición y cualquier uso de los contenidos sin permiso previo.