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TLC castiga soborno y corrupción; dan certeza a inversiones

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CIUDAD DE MÉXICO, 28 DE ENERO.- Delitos como el soborno, la malversación, desvíos de recursos y cohecho internacional serán sancionados en el Tratado de Libre Comercio de América del Norte a través de obligaciones “espejo” para México, Canadá y Estados Unidos.

Esto quedó establecido al cerrarse el capítulo de anticorrupción en la sexta ronda de negociaciones del TLC.

Juan Rodrigo Moreno, consejero delegado para Asuntos Internacionales de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex), detalló que cada uno de los países deberá regular su marco jurídico para estar a nivel internacional en materia anticorrupción.

Ahora, México deberá concluir los temas pendientes en la agenda del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA), como la designación de la fiscalía general de la nación, la fiscalía especializada en materia anticorrupción y las leyes secundarias.

Éste es un texto ligado a otros apartados como el de transparencia y mejores prácticas regulatorias. Los temas que siguen pendientes son la regla de origen en el sector automotriz, la temporalidad agrícola, solución de controversias comerciales y la cláusula de extinción quinquenal.

 

Corrupción tendrá castigo en TLCAN

En la sexta ronda de negociaciones para modernizar el Tratado de Libre Comercio de América del Norte
(TLCAN) se cerró el capítulo de anticorrupción, el cual tipifica delitos como  soborno,  malversación, desvíos de recursos y cohecho internacional, con obligaciones “espejo” para los tres países.

Este apartado plantea elementos vinculantes en materia de derecho internacional y representa un avance hacia mecanismos y mejores prácticas que cumplan con los más altos estándares jurídicos.

“Con este texto podremos alcanzar los niveles de certeza jurídica que requiere la inversión y el comercio”, dijo Juan Rodrigo Moreno, consejero delegado para Asuntos Internacionales de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex).

En entrevista detalló que el rubro de anticorrupción obliga a México, Canadá y Estados Unidos a tener un compromiso jurídico “espejo”; es decir, cada uno de los países deberá regular su marco jurídico para estar a nivel internacional en la normatividad aplicable en materia de anticorrupción.

“Se establecen mecanismos de colaboración y cooperación, sistemas de denuncias y actos de corrupción, protección de denunciantes, integridad de funcionarios y gobiernos, además de responsabilidad de empresas”.

Moreno comentó que el lenguaje del capítulo es de carácter vinculante, donde se declara el compromiso de cada uno de los países para fortalecer sus sistemas legales y dar certeza a los demás miembros del TLCAN.

Dijo que México deberá concluir los temas pendientes en la agenda del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA), como la designación de la fiscalía general de la nación, la fiscalía especializada en materia anticorrupción y las leyes secundarias de obra pública, adquisiciones y servicios relacionados.

El gremio patronal espera que el avance en el acuerdo comercial tenga “un efecto cascada” en el país para que se logre tener un andamiaje jurídico acorde con las prácticas internacionales a fin de hacer frente a los compromisos pactados en el acuerdo.

“Estas disposiciones al haber escalado a un tratado internacional, que esté apegado a la constitución, se convierte en una ley suprema que deberá respetarse”, señaló.

Dijo que el sector privado espera que durante la conferencia ministerial del TLCAN, el secretario de Economía, Ildefonso Guajardo, el representante Comercial de Estados Unidos, Robert Lighthizer y la ministra del Exterior de Canadá, Chrystia Freeland, confirmen el cierre del capítulo anticorrupción, el cual es el tercero que se concluye luego de seis rondas de trabajo trilaterales.

Cabe mencionar que este es un texto de carácter horizontal y transversal, pues está ligado a otros apartados de acuerdo comercial como el de transparencia y mejores prácticas regulatorias.

Los temas que siguen pendientes en la negociación trilateral son la regla de origen en el sector automotriz, la temporalidad agrícola, la solución de controversias comerciales y la cláusula de extinción quinquenal.

Fuente Excélsior

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Entra en vigor el Fondo de Pensiones para el Bienestar

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Esta noche se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, que, entre otras cosas, modifica el destino de los recursos de aquellos ahorros de los trabajadores que no sean reclamados.

El decreto se publicó en la edición vespertina de este martes 30 de abril, el cual entrará en vigor mañana miércoles 1 de mayo.

¿Qué es el Fondo de Pensiones del Bienestar?
El dictamen para la creación del Fondo reforma y adiciona las siguientes leyes:

  • Del Seguro Social
  • Del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit)
  • Del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste)
  • De los Sistemas de Ahorro para el Retiro, Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público
  • Del decreto por el que se extingue el Organismo Público Descentralizado denominado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero
  • Abroga su Ley Orgánica, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2023.
  • El Fondo para el Bienestar contará con un Comité Técnico que deberá emitir las reglas de operación sobre la recepción, administración, inversión, entregas y rendimientos de recursos a los institutos de seguridad social.

Su propósito es recibir, administrar, invertir y entregar los recursos que le sean aportados; será constituido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público como un fideicomiso público no considerado entidad paraestatal, en el cual el Banco de México actuará como fiduciario.

De acuerdo con Luisa María Alcalde, secretaria de Gobernación, antes de la reforma de 1997, impulsada por el presidente priista Ernesto Zedillo, el sistema de pensiones estaba en función del salario. 

“Las pensiones estaban a cargo del IMSS. Te podías jubilar a los 60 años y con 10 años de trabajo, es decir, con 500 semanas de cotización”.
Detalló que antes un trabajador que ganaba 10 mil pesos se jubilaba en promedio con 10 mil pesos, prácticamente el 100 por ciento de su salario.

¿Y qué pasará con los Afores?
En el momento en el que se apruebe la creación de dicho Fondo, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores), las instituciones que realicen funciones similares de naturaleza pública, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir los recursos de las Subcuentas de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, al momento en que los trabajadores cumplan 70 años, sin necesidad de resolución judicial, debiendo notificar de cada traspaso al Instituto Mexicano del Seguro Social el mismo día en que se realice. 

Esto NO será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el Instituto.

Para el caso de las y los trabajadores del Estado, el PENSIONISSSTE o las administradoras, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir dichos recursos al momento en que los trabajadores cumplan 75 años, sin necesidad de resolución judicial, al Fondo de Pensiones para el Bienestar. 

Esto NO será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el Issste.

Fuente Milenio

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¡No más niños en moto! Aprueban diputados modificación en la Ley de Movilidad

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CDMX.-Con 409 votos a favor, 25 en contra y 0 abstenciones, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó la modificación al artículo 49 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial para prohibir que menores de 12 años puedan viajar en motocicleta, aún cuando cumplan con la portación de casco.

Durante la sesión de este lunes, las y los diputados avalaron el dictamen que impide que niños viajen en este tipo de vehículos, con el objetivo principal es salvaguardar el bienestar de los menores de edad.

Actualmente la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial establece que el uso obligatorio de casco para personas conductoras y pasajeros de motocicletas, sin embargo, con esta reforma ya no se podrá transportar a los menores de 12 años.

Dicha ley sólo contemplaba que cualquier persona menor de 12 años viaje en los asientos traseros y con el cinturón de seguridad para proteger su integridad física.

El dictamen fue posteriormente enviado al Senado para continuar su proceso legislativo.

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