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En España avalan que se puede pagar una deuda económica con sexo oral

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España.- Pagar una deuda con sexo “no tiene trascendencia constitucional” suficiente como para que el más Alto Tribunal español considere el caso. El Tribunal Constitucional rechazó el pasado 10 de diciembre -en una resolución que se ha conocido este lunes- admitir a trámite la demanda de amparo interpuesta por una mujer que denunció haberse sentido “psicológicamente obligada” a pagar con sexo oral una deuda contraída con su ex cuñado.

El recurso de la mujer se presentó contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Baleares que decidió archivar este caso al no apreciar bajo ningún concepto que existiera un delito de coacciones hacia la demandante, ya que, dice, existió “una relación pactada libremente entre ellos” [la mujer y su ex cuñado].

La decisión del Alto Tribunal español no implica que avale la sentencia porque de hecho no entra a valorarla. Lo que hace es inadmitir el recurso de amparo al considerar que no se justifica su trascendencia constitucional.

Los hechos se remontan al año 2019, cuando una mujer, R.M.M., que pasaba por apuros económicos pidió a la ex pareja de su hermana un préstamos de 15.000 euros. Entonces no se fijó la forma ni el plazo de devolución de ese dinero.

Poco después, siempre según el relato de la mujer ante la Audiencia de Palma de Mallorca, su ex cuñado, J. R., de 58 años, le pidió que le devolviera el dinero. Así, contó que el hombre le exigió, “debido al favor que le había hecho, hacerle dos o tres ‘biberones’ [felaciones] a la semana y que mientras se mantuviese la deuda debía hacerle de ‘xiribeba’ [prostituta]”.

Los hechos descritos en la denuncia explican que la mujer mantuvo sexo oral con el hombre en cinco ocasiones en el coche de éste. La mujer explicó que se sintió “psicológicamente obligada porque él la había ayudado” y añadió que “llegó a sentirse amenazada”. Cuando él le propuso profundizar en las relaciones, con sexo con penetración, ella se negó, decidió devolverle unos regalos que había recibido de su ex cuñado y cortó la relación.

Entonces, él le reclamó los 15.000 euros que le había prestado. Ella se negó y él le pidió el dinero por escrito advirtiéndole a la mujer que acudiría a los abogados si no le pagaba.

J. R. reconoció en el proceso judicial en la Audiencia de Palma de Mallorca que él y su ex cuñada habían acordado tener sexo oral a cambio del préstamo sin intereses que él le había hecho. Relató que ella fue quien incumplió el acuerdo.

La Sección 2 de la Audiencia de Palma, presidida por Diego Gómez-Reino, no vio delito alguno en los hechos denunciados por la mujer y indirectamente avaló el pago de una deuda mediante sexo oral. “La relación cesa por la negativa de ella a mantenerla, sin otra consecuencia que la reclamación de la deuda y, ante el impago, el anuncio de una reclamación judicial”, dice la sentencia.

En esta línea, dice que “se trató de una relación consentida a cambio del beneficio de no pagar la deuda mientras se mantuviera” y que la reclamación de la deuda por parte de J. R. “se produce después de finalizada la relación, sin que pueda admitirse que fue por ello por lo que la denunciante aceptó mantener las relaciones sexuales. La aceptación se mantuvo hasta que se negó a ello cuando le solicitó consumar la penetración, y esto no tuvo mayor consecuencia que la exigencia de que se pagara la deuda de 15.000 euros”.

Una de las claves del caso radica, según los jueces de Mallorca, en que “a lo largo de 16 días” que duró la relación sexual -los meses de septiembre y octubre de 2019- “no se formulara denuncia durante su transcurso por la supuesta agresión sexual que se estaba cometiendo y que no denunciara hasta el 17 de enero de 2020, cuando se reclamó por escrito el pago”.

El tribunal mallorquín rechazó, asimismo, el delito de coacciones, ya que en cuanto la mujer decidió concluir con las relaciones, estas dejaron de producirse.

Ahora, el Tribunal Constitucional no entra a valorar si hubo un delito, pero al decidir archivar el caso porque la demandante no ha justificado su “especial trascendencia constitucional”, requisito básico de las demandas de amparo para que sea aceptada su tramitación, prevalece la sentencia de la Audiencia de Mallorca, que no consideró un delito el acuerdo entre ambos adultos.

La decisión de inadmitir la demanda de amparo ha corrido por cuenta de la Sección Tercera del tribunal, integrada por su vicepresidente, Juan Antonio Xiol, y los magistrados Cándido Conde-Pumpido y Concepción Espejel.

Enrique Gimbernat, catedrático experto en Derecho Constitucional, ha explicado a Infobae que la decisión del Constitucional pone de relieve que no se han violado derechos fundamentales y por eso no entra a valorar la sentencia. Pero deja claro que las resoluciones de las audiencias provinciales no crean jurisprudencia y lo que dice una no implica que deba ser seguido por otra. “Sobre el mismo tema”, explica, “puede haber audiencias que se pronuncien de forma diferente”.

Para que se cree jurisprudencia debe haber, grosso modo, dos sentencias del Tribunal Supremo en el mismo sentido. No es el caso.

Con información de Infobae

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Internacional

SCJN desestima acciones de inconstitucionalidad, “Perez Dayan, el traidor”

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CDMX.- La reforma judicial quedó firme, luego de que el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó desestimar las acciones de inconstitucionalidad presentadas por la oposición contra la legislación heredada por el presidente Andrés Manuel López Obrador.

Los ocho votos requeridos para invalidar parcialmente la norma, como lo propuso el ministro Juan González Alcántara Carrancá, no se alcanzaron porque desde el inicio del debate el ministro Alberto Pérez Dayán consideró que el Alto Tribunal no tiene facultades para revisar el contenido de las reformas constitucionales sean estas estructurales o no.

Por lo que, el pleno del máximo tribunal determinó no entrar al fondo del asunto y dejar viva la reforma judicial.
Aunque se pronunció por aplicar seis votos para invalidar una norma, el ministro González Alcántara Carrancá afirmó que no era correcto establecer las reglas del juego en plena jugada.

Con la misma autocontención, que guio la elaboración del proyecto, creo que hoy nos corresponde autocontenernos y parar, es decir es estéril el estudio del fondo si ya se pronunciaron las señoras ministras Yasmín Esquivel, Ortiz, Batres y el ministro Pérez Dayán por la improcedencia de este medio de control y se manifestaron también los cuatro por la voluntad de no obligarse la mayoría de la presidencia y, por lo tanto, de no pronunciarse respecto del fondo”, indicó.

“Una cosa es limitarnos frente a reformas constitucionales regulares y otra es analizar reformas constitucionales medulares”, dijo la ministra Ana Margarita Ríos Farjat.

Con el pueblo todo, sin el pueblo nada: Ernestina Godoy
Ernestina Godoy Ramos, consejera jurídica de Presidencia, celebró que la Corte determinó desestimar las acciones de inconstitucionalidad presentadas por partidos de oposición en contra a la reforma judicial.

“Hoy, el pueblo de México celebra un gran triunfo. La reforma al Poder Judicial está vigente y seguirá su curso. Esta reforma es el resultado de un mandato popular, expresado pacífica y democráticamente”, escribió en redes sociales.

Fuente: El Universal

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Internacional

Donald Trump vuelve a la Presidencia de EE.UU.

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Agencia.- El líder republicano Donald Trump, de 78 años, fue elegido presidente de EE.UU. con victorias clave en Carolina del Norte, Georgia y Pensilvania, al mismo tiempo que consolidó su fortaleza en la Florida, generando reacciones inmediatas en los mercados e impulsando el precio del dólar.

A pesar de que se anticipaban como unas elecciones cerradas, el candidato republicano ha liderado en los estados clave y, además, su partido ha obtenido el control del Senado, lo que les dará margen para liderar varias cuestiones decisivas.

El Partido Republicano ejercerá una importante influencia en disputas clave sobre impuestos y gastos, así como en la aprobación final de las nominaciones ejecutivas y judiciales del próximo presidente, informó Bloomberg.

Con la victoria de Trump, se anticipa un endurecimiento de las políticas migratorias y comerciales, especialmente en relación con el incremento de los aranceles. El mandatario republicano prevé imponer aranceles de entre el 10 y el 20 % a los bienes importados, pero para aquellos provenientes de China serían de hasta el 60%.

Los resultados han evidenciado que Donald Trump superó sus resultados de 2020 en varias regiones.

Kamala Harris, Donald Trump
Elecciones en Estados Unidos. Kamala Harris, Donald Trump

En los comicios de 2016, el exmandatario logró 306 votos electorales, mientras que la demócrata Hillary Clinton logró 232. Ya en las elecciones de 2020, Trump obtuvo 232 votos electorales, pero Joe Biden ganó la Presidencia con 306 votos electorales.

El copresidente de la campaña demócrata, Cedric Richmond, dijo a los simpatizantes reunidos en el alma mater de la vicepresidenta que Kamala Harris no hablaría en la noche del martes 5 de noviembre en la Universidad Howard.

Se espera que Kamala Harris se exprese ante sus simpatizantes y a la nación sobre los resultados de las elecciones este miércoles por la mañana.

Respuesta de los mercados a la victoria de Trump

Operadores trabajan en el parqué de la Bolsa de Nueva York (NYSE) en Nueva York, EE.UU., el viernes 28 de junio de 2024.
Wall StreetOperadores trabajan en el parqué de la Bolsa de Nueva York (NYSE) en Nueva York, EE.UU., el viernes 28 de junio de 2024.(Bloomberg/Michael Nagle)

La victoria de Donald Trump generó una respuesta casi inmediata en los mercados, con un fortalecimiento del dólar frente a las divisas emergentes, especialmente el peso mexicano, en tanto que el bitcoin logró precios récord.

El peso mexicano caía un 3,3% en comparación a la divisa estadounidense a las 2 a.m. del miércoles 6 de noviembre, hora de Nueva York, alcanzando los MX$20,79 por dólar.

Entre tanto, el bitcoin subió más del 8%, superando los US$75.000 a las 22:08 del martes.

Ante los primeros resultados favorables a Trump el martes, los futuros del S&P 500 subían un 1,2% y los rendimientos estadounidenses a 10 años repuntaban 17 puntos básicos hasta un máximo de cuatro meses del 4,44%, ya que los operadores especulaban con que sus políticas mantendrían elevados los tipos de interés.

La vida de Donald Trump

El expresidente de EE.UU. Donald Trump durante un acto de campaña en Greensboro, Carolina del Norte, EE.UU., el martes 22 de octubre de 2024.
Donald Trump El expresidente de EE.UU. Donald Trump durante un acto de campaña en Greensboro, Carolina del Norte, EE.UU., el martes 22 de octubre de 2024.(Bloomberg/Cornell Watson)

Donald Trump nació en Queens, Nueva York, el 14 de junio de 1946 y es el cuarto de cinco hijos que tuvo su familia, dos de ellos ya fallecidos. Su padre, Fred Trump, tenía raíces alemanas y se dedicó al desarrollo inmobiliario. Su madre, Mary Anne MacLeod Trump, tenía ascendencia escocesa y fue ama de casa.

Trump estudió en la Academia Militar de Nueva York y en la Escuela de Finanzas y Comercio Wharton de la Universidad de Pensilvania, donde se graduó como economista.

Al igual que su padre, comenzó su camino como promotor inmobiliario, aunque con el tiempo se convirtió en una celebridad de los reality shows, entre ellos, The Celebrity Apprentice.

El presidente de EE.UU. se ha casado en tres ocasiones, con Ivana Zelnicek, Marla Maples y Melania Knauss. Con Melania lleva 19 años y, además, tiene un hijo, Barron.

Fuente:Bloomberg

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