Nacional
Indagan a tribunal que exoneró a Kamel Nacif; magistrada responsable fue cambiada

Ciudad de México. – El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) inició una indagatoria interna por posibles irregularidades o hechos de corrupción en un tribunal federal de Quintana Roo que, en julio pasado, canceló la orden de aprehensión girada contra del empresario Kamel Nacif por el delito de tortura en agravio de la periodista Lydia Cacho.
Dicha orden de captura, como Animal Político detalló, fue cancelada luego de un voto dividido de los magistrados de 2 contra 1, y con argumentos como que no existía una instrucción por escrito de torturar a la periodista, o que Nacif no debería ser procesado por no ser funcionario público.
A través de un oficio dirigido al público en general, el Poder Judicial informó que la Visitaduría General del CJF – área responsable de indagar la actuación de los servidores públicos del poder judicial – llevará a cabo una revisión interna del trabajo y resoluciones del Tercer Tribunal Colegiado en el último año.
Como parte de este procedimiento el próximo 28 de septiembre un visitador judicial realizará una inspección al referido tribunal para verificar sus actividades en el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2020 al 1 de agosto de 2021. De forma simultanea se ha invitado a los ciudadanos a que a través de siete vías distintas presenten ante el visitador responsable de la inspección sus quejas o denuncias relacionadas con el trabajo del Tercer Tribunal Colegiado con sede en Cancún, Quintana Roo.
Aunque el proceso de inspección apenas inició, fuentes judiciales indicaron a este medio que la magistrada presidenta de dicho tribunal, Selina Haidé Avante Juárez, dejó su puesto y fue cambiada a otro órgano judicial en el estado de Veracruz. Ella fue la encargada de elaborar el proyecto que, en los hechos, exoneró de forma definitiva a Kamel Nacif.
Cabe recordar que luego de que se diera a conocer esta resolución, tanto la periodista Lydia Cacho así como la organización defensora de derechos humanos Artículo 19, acusaron que habían existido presiones y corrupción detrás de dicha determinación.
En este comunicado, Artículo 19 sostuvo que contaban con información proveniente de fuentes judiciales en las que se indicaba que desde octubre del año pasado tanto Nacif como el exgobernador de Puebla Mario Marin (también implicado en el caso) habían emprendido una operación de corrupción al interior del Poder Judicial para influir en la determinación de los magistrados. Dicha operación habría incluido posibles pagos de sobornos.
Selina Haidé Avante Juárez, magistrada
“Exigimos una investigación pronta, imparcial, independiente y eficaz sobre los presuntos actos de corrupción acontecidos en el seno del Poder Judicial de la Federación. Hacemos eco del ministro presidente, Arturo Zaldívar, sobre la necesidad de depurar el aparato judicial federal en el país. Esta es una nueva oportunidad para ello”, indicó la organización al emitir su pronunciamiento.
Jorge Mercado Mejía, el único magistrado del tribunal federal implicado en esta decisión que votó en contra de exonerar a Nacif, argumentó en un posicionamiento por escrito que sí existían elementos iniciales suficientes para que presumir que el empresario instruyó la tortura a la periodista como resultado de la publicación de su libro “Los Demonios del Edén”, y que era incorrecta la decisión de ampararlo para no ser procesado.
Las “razones” de la exoneración
En su resolución adoptada en julio pasado el Tercer Tribunal Colegiado con sede en Quintana Roo resolvió otorgar un amparo definitivo al empresario Kamel Nacif en contra de la orden de aprehensión que se había girado en su contra por el delito de tortura el 3 de diciembre de 2020.
La cancelación de dicha orden frenó de tajo la posibilidad de que Nacif compareciera a una audiencia para resolver si se le procesaba por la denuncia que Lydia Cacho presentó tras haber sido víctima de maltratos físicos y psicológicos en diciembre de 2016. Aquel ataque, según la indagatoria, fue una represalia por la publicación de un libro en donde se señalaba a Nacif de estar implicado en una red de pederastia.
La decisión de amparar al empresario no fue unánime. De entrada, los jueces iniciales que habían revisado el caso lo negaron pero una apelación trasladó el asunto ante el referido tribunal colegiado. Finalmente, la decisión fue divida con el voto a favor de las magistradas Selina Haidé Avante Juárez y Graciela Bonilla González, y en contra de Jorge Mercado Mejía.
Entre las razones que las magistradas esgrimieron para amparar a Nacif estaba que él no era funcionario público y por lo tanto no podía ser procesado ya que el código penal de Quintana Roo no contemplaba dicha figura. Esto pese a que reconocieron que a nivel internacional y nacional si existían normas y códigos que abrían esta opción.
Pero además el proyecto de la magistrada Avante Juárez reconoció que aun existiendo la posibilidad de que Cacho fuera víctima de malos tratos en las horas posteriores a su detención no había – según ella – elementos para sostener que fuera una instrucción de Nacif o de alguna autoridad superior pues no hay documentos por escrito que así lo prueben.
Y en consecuencia, según la magistrada, tampoco hay forma de presumir que lo padecido por la periodista fuera un acto de represalia por la publicación del libro en el que identifica a Nacif en la red de pederastia.
“Tan es así que no se precisa en el pliego de consignación valorada en el acto reclamado, que en esa orden de aprehensión se hubiere precisado que al detener a la pasivo (Cacho) se le debía torturar como castigo por haber publicado un libro y haber difamado o calumniado al denunciante en esa causa penal” señala la resolución.
Incluso, las magistradas desestimaron el hecho de que el propio Nacif llegó a confirmar en una publicación en el periódico El Universal que sí habló con el exgobernador de Puebla Mario Marín sobre Lydia Cacho y su detención, refiriéndose a ella como el “coscorrón” a esa “vieja cabrona”. Según la resolución del tribunal, la “vieja cabrona” podía ser cualquiera.
Sí había pruebas para ir por Nacif: magistrado
Contrario a lo referido por sus dos compañeras, el magistrado Jorge Mercado Mejía consideró que no era procedente amparar a Nacif en contra de la orden de arresto y votó en contra de ello. Sus argumentos fueron asentados en un documento de 70 páginas que forma parte de la sentencia del tribunal, y al que Animal Político tuvo acceso.
En primera instancia, el magistrado reconoce que si bien el código penal no contempla la figura de participación de particulares como autores materiales de la tortura, ese no era impedimento para procesar penalmente al empresario como un “instigador” de dicha conducta delictiva.
Mercado Mejía explica que la investigación en ningún momento señala a Nacif de ser el responsable de haber infringido de forma directa los maltratos, pero sí de ser el impulsor de ello como una venganza por los hallazgos de la periodista. Y, bajo esa tesitura, sí le era aplicable una responsabilidad como cualquier coautor de un delito como lo señala incluso el mismo código penal del estado.
A su vez el magistrado rechazó lo sostenido por sus compañeras sobre que no está acreditado que la tortura a Cacho fuera resultado de su libro. Al contrario, recuerda que hay al menos cuatro pruebas iniciales claras (entre ellas el propio escrito de Nacif publicado en El Universal) que permiten vincular al menos de forma inicial la relación del empresario con el caso.
Según Mejía sus compañeras incurrieron en un error al valorar de manera aislada las referidas pruebas y no de forma conjunta que es como cobran fuerza y coherencia. Peor aun: consideraron que no se acreditaba la tortura debido a que no había una orden por escrito que así lo indicara con un reconocimiento expreso del propio Nacif.
“Esto pone de relieve que los criterios de valoración de la mayoría (de las magistradas), y sobre todo, las cargas probatorias que exigen para acreditar el delito de tortura, resultan ilógicos, erróneos y excesivos (…) cuando la sola denuncia de la ofendida (Cacho) de manera individual adquiere un valor preponderante por la naturaleza y características del delito (tortura)”, señala el magistrado Mercado Mejía.
Sobre el punto específico señalado en el amparo de que la orden de torturar a Cacho no estuviera en el oficio de los policías que la detuvieron, el magistrado hizo énfasis en que exigir eso era un despropósito.
“Constituyen exigencias que para acreditar el delito de tortura se encuentran fuera de todo criterio lógico y razonable de valoración, aunado a que constituyen exigencias probatorias no objetivas, desmedidas e innecesarias, ya que, inclusive, considero alejado de la realidad que la mayoría (de las magistradas) exija para acreditar el delito de tortura que la autoridad judicial respectiva en el mandamiento escrito de la orden de aprehensión, de alguna manera señale o sugiera que el detenido debe ser objeto de tortura” indica el magistrado.
Finalmente, Mercado Mejía recuerda que la Corte ha fijado parámetros para la valoración de delitos de “naturaleza oculta”, que son aquellos que en general se realizan alejados de testigos, y en los cuales justamente la denuncia de la víctima debe ser ponderada de forma especial.
Por ello el magistrado criticó que sus compañeras desvirtuaran dicha denuncia al sostener que no estaba corroborada con indicios como, por ejemplo, la propia confesión de los policías torturadora. Se trata, según el funcionario judicial, de un requisito improcedente y hasta potencialmente violatorio del derecho de las víctimas a una justicia efectiva.
“En cambio, la relación de esas pruebas, mediante un enlace lógico, sí permite concluir que la detención de la ofendida tuvo como origen la denuncia de Kamel Nacif y que el entonces gobernador (Marín) a través de agentes policiales dispuso la detención de la víctima y tortura durante su traslado, lo que acredita el elemento consistente en la finalidad de castigarla por un acto anterior a la comisión del delito consistente en la publicación del libro de Lydia Cacho que originó la denuncia en su contra del ahora inculpado”, añadió.
En ese contexto, Mercado Mejía sostuvo que en la carpeta de investigación había indicios suficientes para sostener la probable responsabilidad del empresario y, por lo tanto, no era procedente ampararlo.
Fuente Vanguardia

Nacional
COMUNIDAD MACEUAL DE LA SIERRA NORTE DE PUEBLA LOGRA LA CANCELACIÓN DEFINITIVA DE CONCESIONES MINERAS

Por Gregorio Ramírez Valdez*
La cancelación definitiva de concesiones mineras hace historia en México.
Deja precedente en jurisprudencia
El Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito resolvió declarar infundado el recurso interpuesto por las empresas mineras, lo cual es considerado un precedente para la defensa de los derechos colectivos
Tras un litigio de más de 11 años, el pueblo maseual de la Sierra Norte de Puebla, asentada en los municipios de Tlatlauquitepec, Cuetzalan del Progreso y Yahonáhuac, logró la cancelación definitiva de las concesiones mineras Atexcaco I, Atexcaco II y Macuilquila, que pertenecían a Minera Autlán, a través de sus subsidiarias Minas Santa Martha y Grupo Ferrominero.
El Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito resolvió declarar infundado el recurso interpuesto por las empresas mineras en el expediente de Iinconformidad 24/2024, lo cual es considerado un precedente para la defensa de los derechos colectivos.
Con esto quedó cerrado el litigio que se inició desde hace más de una década en contra del proyecto para extraer oro, plata y cobre a cielo abierto en esa región de Puebla, pues el tribunal reconoció el derecho del pueblo maseual a decidir sobre su territorio.
Cabe recordar que ya en 2018, estas comunidades habían obtenido un amparo contra ese proyecto, el cual fue ratificado en 2022, pero fue impugnado por las empresas mineras.
A partir de los recursos ganados, el Consejo Maseual Altepetajpianij, la Secretaría de Economía y el Instituto Nacional de Pueblos Indígenas (INPI) organizaron y llevaron a cabo un proceso de consulta libre, previa e informada, en base a usos y costumbres, con lo cual se realizaron más de 44 asambleas comunitarias.
Con la actual resolución, el tribunal avaló la legitimidad de este proceso, así como su adecuación a la cosmovisión y estructura organizativa indígena.
Con la cancelación de esas concesiones se salvaguardan zonas consideradas sagradas por las comunidades, como manantiales y cerros y se convalidó el concepto “altepet” —que une agua (at), cerro (tepet) y comunidad— el cual fue central en la defensa territorial.
“Nuestro territorio no es un recurso. Es nuestro cuerpo, nuestra memoria, nuestra espiritualidad. Necesitamos paz para poder florecer”, expresaron las comunidades en un escrito dirigido al tribunal.
*Premio México de Periodismo “Ricardo Flores Magón” 2023.

Nacional
VANEXPO TOMA EL CONTROL DEL MERCADO DE FRANQUICIAS EN MÉXICO Y SE CORONA COMO LÍDER EN EXPOSICIONES B2B

Ciudad de México, 30 de junio de 2025 — Con un movimiento que redefine el panorama nacional de ferias y exposiciones, la firma mexicana VANEXPO concretó la adquisición de las principales ferias de franquicias en el país, previamente operadas por la multinacional francesa COMEXPOSIUM. Esta operación representa un hito para el ecosistema emprendedor, al repatriar tres de los eventos más influyentes del sector:
- Feria Internacional de Franquicias (CDMX)
- Feria de Franquicias de Guadalajara
- Congreso Binacional de Franquicias (Tijuana)
La transacción —resultado de ocho meses de negociación encabezados por Jaime Salazar Figueroa y Alberto Larios Segura— devuelve a manos mexicanas un portafolio que concentra más de 250 marcas expositoras y convoca a 20,000 inversionistas y compradores potenciales en cada edición.
Con esta adquisición, VANEXPO se posiciona como el mayor organizador de eventos B2B en México por volumen de negocio, superficie de exhibición y número de visitantes. Su portafolio supera ya los 10 eventos anuales, destacando Expo Eléctrica Internacional —cuya última edición reunió a más de 42,000 asistentes—, SIAR y Expo Tendero.
Salazar Figueroa, ex directivo de COMEXPOSIUM Latinoamérica, afirmó: “Repatriamos ferias que son patrimonio del emprendimiento nacional. Esta operación envía un mensaje de confianza y compromiso con el desarrollo económico del país.”
En un contexto global desafiante, VANEXPO apuesta por la certidumbre. Mientras el sector B2B crece más del 15% en 2025, esta jugada estratégica reafirma a la empresa como motor clave de las cadenas productivas mexicanas.
Fuente: 5to Poder Agencia de Noticias

-
Culturahace 17 horas
IMPARTIRÁ DIF BENITO JUÁREZ AL TALLER “PLAN DE VIDA”
-
Gobierno Del Estadohace 17 horas
ASIGNACIÓN TRANSPARENTE Y COORDINADA PARA EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR EN QUINTANA ROO
-
Culturahace 18 horas
LA JUVENTUD COZUMELEÑA, PILAR EN LA RESTAURACIÓN DE CORALES DEL CARIBE MEXICANO
-
Cancúnhace 17 horas
CON FIRMEZA Y VISIÓN CULTURAL, ANA PATY PERALTA CONSIGUE INVERSIÓN FEDERAL PARA CANCÚN
-
Cancúnhace 8 horas
ANA PATY PERALTA FORTALECE LA CULTURA COMO CAMINO HACIA LA PAZ EN CANCÚN
-
Gobierno Del Estadohace 17 horas
QUINTANA ROO ELEVA LA VOZ MUNDIAL CONTRA LA TRATA INFANTIL: UN FORO INTERNACIONAL CON ACCIÓN Y COMPROMISO
-
Culturahace 17 horas
BENITO JUÁREZ IMPULSA LA MOVILIDAD Y CULTURA CON EL SÉPTIMO “PASEO CANCUNENSE” ESTE DOMINGO
-
Isla Mujereshace 17 horas
🦐 CEVICHE Y SABOR QUE TRASCIENDEN FRONTERAS: ISLA MUJERES CONVOCA A SUS CONCURSOS GASTRONÓMICOS 2025