EN LA OPINIÓN DE:
Hoteleros vs Lysa
Hace unos días, se viralizó la noticia de que seis hoteles de Cancún, Flamingo Cancún Resort, Secrets The Vine, Melody Maker, Marriott, Park Royal Cancún, y Grand Oasis Cancún, habían sido demandados por no contar con una licencia de derechos de autor para usar películas y series de televisión tanto en las zonas comunes como en las habitaciones, ya que pese a tener contratados un servicio de TV por cable, fueron demandados por “Licencias y Servicios Audiovisuales” (LYSA), empresa que ejerce los derechos de autor de productores audiovisuales tanto nacionales como extranjeros, y que considera que todo hotel debe contar con licencias o autorizaciones para usar contenido audiovisual.
Sobre el particular, es necesario señalar que existen diversas acciones legales intentadas por hoteleros para evitar el pago de derechos de autor derivado de obras audiovisuales, y la mayoría de ellos, han comenzado a perder los procedimientos dado que el marco jurídico de la puesta a disposición de las obras no establece el requisito de lucro para configurarse la violación.
Lo anterior, dado que de conformidad con la fracción III y VII artículo 27 de la Ley Federal del Derecho de Autor, cualquier uso no autorizado de obras protegidas por el derecho de autor, trae como consecuencia, pago de regalías, y quien lo tiene que autorizar es el autor o en su caso el titular de los derechos, yal y como se aprecia:
“Artículo 27.- Los titulares de los derechos patrimoniales podrán autorizar o prohibir:
…III. La transmisión pública o radiodifusión de sus obras, en cualquier modalidad, incluyendo la transmisión o retransmisión de las obras por: a) Cable; b) Fibra óptica; c) Microondas; d) Vía satélite, o e) Cualquier otro medio conocido o por conocerse…
… VII. Cualquier utilización pública de la obra salvo en los casos expresamente establecidos en esta Ley…”
En este sentido, el lucro no es un requisito sine qua non, para que la violación a los derechos de autor se actualice, es decir, si se utilizan o reproducen obras protegidas por el derecho de autor, haya o no lucro de por medio o ganancia adicional alguna, se debe tener autorización del titular, y en consecuencia, se debe pagarse regalías.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación, ha sostenido criterios en los que define Los derechos patrimoniales consagrados en la ley y en los tratados internacionales, entre los cuales enumera entre otros al “…Derecho de comunicación, interpretación y ejecución pública” definiéndolo como “…la facultad de autorizar cualquier acto por el que se dé acceso a una obra a una pluralidad de personas, por medios distintos de la entrega de ejemplares. Esto incluye la interpretación de una obra musical o dramática en público, la exhibición de imágenes en una galería, la transmisión mediante radio, televisión u otros medios de comunicación a distancia y la puesta a disposición de contenidos en Internet”.
Es decir, que en ningún momento define este derecho supeditándolo a que exista una finalidad lucrativa para configurarse la infracción.
Sin que obste para lo anterior, tal como lo dispone la misma Ley en la fracción IV del numeral 16, las únicas excepciones al pago de las regalías correspondiente y/o el uso sin la autorización debida, es que se trate de una escuela, o una institución que se dedique a dar servicios de asistencia social pública o privada, situación que no acontece en los Hoteles, ya que son meros establecimientos mercantiles.
Para lo anterior, me permito reproducir el artículo arriba mencionado:
“Artículo 16.- La obra podrá hacerse del conocimiento público mediante los actos que se describen a continuación:
…IV. Ejecución o representación pública: Presentación de una obra, por cualquier medio, a oyentes o espectadores sin restringirla a un grupo privado o círculo familiar. No se considera pública la ejecución o representación que se hace de la obra dentro del círculo de una escuela o una institución de asistencia pública o privada, siempre y cuando no se realice con fines de lucro;…”
HOTELEROS vs LYSAHace unos días, se viralizó la noticia de que seis hoteles de Cancún, Flamingo Cancún Resort, Secrets The Vine, Melody Maker, Marriott, Park Royal Cancún, y Grand Oasis Cancún, habían sido demandados por no contar con una licencia de derechos de autor para usar películas y series de televisión tanto en las zonas comunes como en las habitaciones, ya que pese a tener contratados un servicio de TV por cable, fueron demandados por “Licencias y Servicios Audiovisuales” (LYSA), empresa que ejerce los derechos de autor de productores audiovisuales tanto nacionales como extranjeros, y que considera que todo hotel debe contar con licencias o autorizaciones para usar contenido audiovisual.Sobre el particular, es necesario señalar que existen diversas acciones legales intentadas por hoteleros para evitar el pago de derechos de autor derivado de obras audiovisuales, y la mayoría de ellos, han comenzado a perder los procedimientos dado que el marco jurídico de la puesta a disposición de las obras no establece el requisito de lucro para configurarse la violación.Lo anterior, dado que de conformidad con la fracción III y VII artículo 27 de la Ley Federal del Derecho de Autor, cualquier uso no autorizado de obras protegidas por el derecho de autor, trae como consecuencia, pago de regalías, y quien lo tiene que autorizar es el autor o en su caso el titular de los derechos, yal y como se aprecia:“Artículo 27.- Los titulares de los derechos patrimoniales podrán autorizar o prohibir:…III. La transmisión pública o radiodifusión de sus obras, en cualquier modalidad, incluyendo la transmisión o retransmisión de las obras por: a) Cable; b) Fibra óptica; c) Microondas; d) Vía satélite, o e) Cualquier otro medio conocido o por conocerse…… VII. Cualquier utilización pública de la obra salvo en los casos expresamente establecidos en esta Ley…”En este sentido, el lucro no es un requisito sine qua non, para que la violación a los derechos de autor se actualice, es decir, si se utilizan o reproducen obras protegidas por el derecho de autor, haya o no lucro de por medio o ganancia adicional alguna, se debe tener autorización del titular, y en consecuencia, se debe pagarse regalías.La Suprema Corte de Justicia de la Nación, ha sostenido criterios en los que define Los derechos patrimoniales consagrados en la ley y en los tratados internacionales, entre los cuales enumera entre otros al “…Derecho de comunicación, interpretación y ejecución pública” definiéndolo como “…la facultad de autorizar cualquier acto por el que se dé acceso a una obra a una pluralidad de personas, por medios distintos de la entrega de ejemplares. Esto incluye la interpretación de una obra musical o dramática en público, la exhibición de imágenes en una galería, la transmisión mediante radio, televisión u otros medios de comunicación a distancia y la puesta a disposición de contenidos en Internet”. Es decir, que en ningún momento define este derecho supeditándolo a que exista una finalidad lucrativa para configurarse la infracción. Sin que obste para lo anterior, tal como lo dispone la misma Ley en la fracción IV del numeral 16, las únicas excepciones al pago de las regalías correspondiente y/o el uso sin la autorización debida, es que se trate de una escuela, o una institución que se dedique a dar servicios de asistencia social pública o privada, situación que no acontece en los Hoteles, ya que son meros establecimientos mercantiles.Para lo anterior, me permito reproducir el artículo arriba mencionado:“Artículo 16.- La obra podrá hacerse del conocimiento público mediante los actos que se describen a continuación:…IV. Ejecución o representación pública: Presentación de una obra, por cualquier medio, a oyentes o espectadores sin restringirla a un grupo privado o círculo familiar. No se considera pública la ejecución o representación que se hace de la obra dentro del círculo de una escuela o una institución de asistencia pública o privada, siempre y cuando no se realice con fines de lucro;…”En este sentido, es por demás evidente que LYSA llegò para quedarse, y siguiendo el mismo esquema agresivo de notificaciones y acciones civiles ante juzgados federales ha tenido buenos resultados en el Poder Judicial Federal, por lo que algunas sociedades de gestión colectiva como la ANDI o SACM, deberán seguir los pasos litigiosos de recaudación para aprovechar los criterios judiciales emitidos recientemente.
EN LA OPINIÓN DE:
MORENA NO SABE COMER POZOLE
“El Minotauro”
Por Nicolás Durán de la Sierra
Más de uno recelará del título de esta glosa: Morena no sabe comer pozole y hasta tendrá por desatino decir que el partido de México’ no sabe comer el platillo del país, pero no hay tal. Desde de la Roma Imperial se sabe que cocina y política comparten muchos puntos en común y por esa vía se irá: por la de la res o cosa pública, no por la de la gastronomía, se aclara.
La razón tras el comentario es la reforma política nacida en Palacio Nacional y cocinada por la cúpula guinda o. mejor, mal guisada por ella. Su ruta “avanza, retrocede, da un rodeo… y llega a nada” cual no dijo célebre poeta. Quizá víctima del ‘virus Trump’, lo que un día dice, se desdice al otro y así ha vagado la iniciativa las últimas semanas; acaso mañana se haga un mimo a los verdes.
Con la política por intención, véase como se prepara el pozole, guiso señero: poco a poco los elementos se van aunando, tras elegir la carne, claro, que aquí el orden sí que altera todo. No se dice a los verdes que por ellos van, ni el plato se corona con orégano antes de tiempo. El rábano picado, por su color insignia de Morena, va al remate de la presentación, no al principio.
A este menú, desde luego, no están invitados los demás partidos, pues el del Trabajo es salero vacío y el resto es avío de mesa. Vamos al plato: el gusto de su caldo debe ir por su mezcla y no a su igualdad por lo que la arenga “unidad, unidad” está de sobra pues no lo aconseja la cocción ni el resultado, se ve, ha sido el esperado, pues unidad y uniformidad no son sinónimos.
¿Cómo es que un platillo tan fácil, como lo es la dicha reforma política, puede liarse tanto? La razón es que se aceleraron los tiempos de cocina, y los fogones, se sabe, exigen paciencia. En esta gresca tanto Morena como los verdes se han desgastado y el pozole no está sazonado y las elecciones en puerta en compás de espera, al menos en el Estado y en San Luis Potosí.
Si saber guisar el platillo es importante, también lo es el saberlo comer. Hay quien va la mesa y mide los adobos y suman con calma el picante, la sal y el ácido del limón hasta que el caldo queda a su gusto; también hay los que van a la mesa y mezclan todo sin concierto y hasta salan el guiso, por no decir que manchan el mantel y dan al mesero un susto de muerte. A cada cual lo suyo.
Podría abundar sobre los nexos de las artes de política y cocina, que los hay, pero el pozole como metáfora no da para más. El cocinero mayor, en Palacio Nacional podrá argüir que su platillo es así y al que no le guste, que no lo coma, pero entonces no hablaríamos de estas artes sino de la hegemonía de un partido y cualquier adorno de mesa sale sobrando. ¿Y usted como come pozole?
EN LA OPINIÓN DE:
PALO A LA PRESIDENTA! / PLAN B
“La Última Palabra”
Por: Jorge A. Martínez Lugo.
• Verde y PT de “aliados” a “verdugos”; Santi votó verde!
• “Podemos seguir siendo aliados en Quintana Roo”
Ante el palo legislativo a la presidenta, en la que “aliados” actuaron como verdugos del proyecto, Claudia Sheinbaum presentó el Plan B en la mañanera de este 12 de marzo.
¨No es una derrota!” sostuvo sin esperar pregunta. Me comprometí a emitir una reforma electoral que disminuya los privilegios y cumplí..”, pero no es una derrota, porque tenemos el apoyo popular; la gente sabe quiénes votaron y cómo.
INICIATIVA PLAN B
Reveló que en los próximos días va a enviar al Congreso un paquete de iniciativas para seguir disminuyendo los privilegios que todavía quedan y avanzar en ampliar la participación ciudadana; que hayan temas electorales que puedan someterse a consulta; hoy está prohibido.
Alrededor de 4 mil millones de pesos se podrían ahorrar y sería destinado a los mismos municipios al bajar salarios elevados y número de regidores y poderes legislativos locales.
“No es el consenso por el consenso”, reiteró ante otra pregunta, “estamos viviendo un proceso de transformación; tenemos mandato popular y convicciones…” remató esa mañana post palo legislativo.
REPERCUSINES EN QUINTANA ROO
Este desenlace de la no reforma electoral tendrá efectos, necesariamente, en los 17 procesos de sucesión gubernamental, entre ellos de manera especial Quintana Roo, por ser asiento adoptivo y motor económico del imperio verde.
El senador Eugenio Segura predicó en el desierto al pedir a verdes y petistas que votaran a favor de las encuestas. Sus motivos para haberlo hecho habrá tenido el senador verdiguinda y es y será parte de la historia de esta sucesión tan adelantada.
SANTI MONTEMAYOR, ES VERDE
En este juego de los verdes y morenas, donde hay verdes-morenos y morenos-verdes, la diputada federal “pluri” Santi Montemayor Castillo, que registra oficialmente como diputada guinda, votó con la bancada verde en contra de la reforma.
Como es vox populi, Santi en realidad es verde, como también lo es Heyden Cebada, titular del poder Judicial de Quintana Roo, cargo al que llegó sin siquiera someterse a una elección; bastó un transitorio en la reforma para su pase automático a la continuidad judicial, que por cierto, está impugnada.
NO TIENEN CONVICCIÓN
“Quienes votaron a favor cumplieron con la voluntad popular, quienes votaron en contra pues no, así de sencillo. Ahora vamos a ver cómo va a ser en el Plan B”, respondió la presidenta.
“Los diputados son libres…”, contestó la presidenta, “La gente va a tomar su opinión; Se hacen las cosas por convicción. En todo caso “Morena tomará sus propias decisiones hacia adelante”, con respecto a los partidos y legisladores que votaron en contra, advirtió la presidenta. Estaremos atentos del tema, porque usted tiene la última palabra.
ooOoo

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