EN LA OPINIÓN DE:
Cuando el derecho y la política se cruzan…
Por MD Hugo Alday
Durante el proceso electoral anterior para la presidencia municipal de Benito Juárez y para la selección de legisladores federales de Quintana Roo, el escrito y periodista Luciano Nuñez, promovió diversas acciones administrativas y penales derivadas del plagio de su obra EL BESO DE JUDAS, registrada en el Instituto Nacional de Derecho de Autor el 9 de abril de 2013.
En este sentido y tal como lo establece la reciente tesis de Tribunales Colegiados “DELITOS EN MATERIA DE DERECHOS DE AUTOR. EL ELEMENTO NORMATIVO “PUBLICACIÓN” DEL TIPO PENAL PREVISTO EN EL ARTÍCULO 427 DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL, SE ACTUALIZA CON LA DISTRIBUCIÓN DE LA OBRA MATERIA DE LA CAUSA A UNA PLURALIDAD DE PERSONAS”.
Se deja claro que, en el supuesto de la reproducción, es decir, de la copia de una obra literaria en la que se plasme el contenido de un tercero sin su consentimiento y que además, se publique la misma, es decir, que sea divulgada atribuyendo la autoría a un tercero, el artículo 427 del Código Penal Federal, describe un delito patrimonial de naturaleza instantánea.
Es decir, que con la mera publicación del libro se incurre en el delito federal ya que como señala el propio juzgador federal, el supuesto jurídico normativo tutela y salvaguarda la idea o valor intelectual de la obra, castigando la usurpación de la creatividad ajena y exponerla fuera de un ámbito privado o doméstico al público al ponerla a su alcance. Es decir, al publicar la obra de otro sustituyendo al autor por alguien más.
En este sentido, el juez penal federal deberá atenerse a estudiar la conducta típica que involucra la negativa de la autoría del activo de una obra, a sabiendas de que no es propia, mediante una “publicación” a su nombre o de un tercero, cuyo elemento normativo se advierte del artículo 16, fracción II, de la Ley Federal del Derecho de Autor, que lo define como la acción de reproducir una obra en forma tangible y su puesta a disposición a una pluralidad de personas.
Dicho precepto establece lo siguiente:
“Artículo 16.- La obra podrá hacerse del conocimiento público mediante los actos que se describen a continuación:
II. Publicación: La reproducción de la obra en forma tangible y su puesta a disposición del público mediante ejemplares, o su almacenamiento permanente o provisional por medios electrónicos, que permitan al público leerla o conocerla visual, táctil o auditivamente…”
Lo anterior se coincide con los tratados internacionales ratificados por México, en particular con los artículos VI de la Convención Universal sobre Derecho de Autor 1952 y 3 del Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas; con lo cual, es procedente decretar la existencia de un delito cuando el sujeto activo publica una obra literaria que no es de su autoría sustituyendo el nombre del autor primigenio.
Para ello me permito citar los preceptos arriba mencionados:
“CONVENCIÓN UNIVERSAL SOBRE DERECHO DE AUTOR
ARTICULO VI
Se entiende por “publicación”, en los términos de la presente Convención, la reproducción de la obra en forma tangible a la vez que el poner a disposición del público ejemplares de la obra que permitan leerla o conocerla visualmente.”
“CONVENIO DE BERNA PARA LA PROTECCIÓN DE LAS OBRAS LITERARIAS Y ARTÍSTICAS
ARTICULO 3
1) Estarán protegidos en virtud del presente Convenio:
a) los autores nacionales de alguno de los países de la Unión, por sus obras, publicadas o no;
b) los autores que no sean nacionales de alguno de los países de la Unión, por las obras que hayan publicado por primera vez en alguno de estos países o, simultáneamente, en un país que no pertenezca a la Unión y en un país de la Unión.
2) Los autores no nacionales de alguno de los países de la Unión, pero que tengan su residencia habitual en alguno de ellos están asimilados a los nacionales de dicho país en lo que se refiere a la aplicación del presente Convenio.
3) Se entiende por “obras publicadas”, las que han sido editadas con el consentimiento de sus autores, cualquiera sea el modo de fabricación de los ejemplares, siempre que la cantidad de éstos puesta a disposición del público satisfaga razonablemente sus necesidades, estimadas de acuerdo con la índole de la obra. No constituyen publicación la representación de una obra dramática, dramático-musical o cinematográfica, la ejecución de una obra musical, la recitación pública de una obra literaria, la transmisión o radiodifusión de las obras literarias o artísticas, la exposición de una obra de arte ni la construcción de una obra arquitectónica.
4) Será considerada como publicada simultáneamente en varios países toda obra aparecida en dos o más de ellos dentro de los treinta días siguientes a su primera publicación.”
En este orden de ideas, resulta evidente que en el caso concreto de la publicación de la obra INJUSTICIA PROTEGIDA de Gregorio Sánchez, al contener íntegra la obra EL BESO DE JUDAS de Luciano Nuñez, y ser publicada con varios años de posterioridad, por el solo hecho de su publicación se ubica en la conducta anti jurídica.
Sin embargo, son aplicables más supuestos en este mismo caso, ya que en estricto sentido, es acumulable el contenido de la fracción I del artículo 424 Bis del Código Penal Federal que expresamente menciona:
“Artículo 424 bis.- Se impondrá prisión de tres a diez años y de dos mil a veinte mil días multa:
I. A quien produzca, reproduzca, introduzca al país, almacene, transporte, distribuya, venda o arriende copias de obras, fonogramas, videogramas o libros, protegidos por la Ley Federal del Derecho de Autor, en forma dolosa, con fin de especulación comercial y sin la autorización que en los términos de la citada Ley deba otorgar el titular de los derechos de autor o de los derechos conexos.
Igual pena se impondrá a quienes, a sabiendas, aporten o provean de cualquier forma, materias primas o insumos destinados a la producción o reproducción de obras, fonogramas, videogramas o libros a que se refiere el párrafo anterior, o…”
En este supuesto, es claro que en la publicación y venta de INJUSTICIA PROTEGIDA se actualiza la REPRODUCCIÓN, ALMACENAJE, TRANSPORTACION, DISTRIBUCIÓN Y VENTA de obras protegidas por el derecho de autor.
Asimismo, a las personas que aportaron o participaron en la reproducción de la obra, como el corrector de estilo, el diseñador, el redactor de cambios, también pueden ser señalados como probable responsables de delitos.
Por último, en este caso en particular y forma genérica es aplicable el supuesto contenido en la fracción III del artículo 424 del Código Penal Federal que establece que:
“Artículo 424.- Se impondrá prisión de seis meses a seis años y de trescientos a tres mil días multa:
III. A quien use en forma dolosa, con fin de lucro y sin la autorización correspondiente obras protegidas por la Ley Federal del Derecho de Autor.”
Sin embargo, de la misma manera que surgió el delito de Plagio que se persigue por parte de la Fiscalía General de la República y que hoy se encuentra en manos del Poder Judicial Federal, es decir, en una campaña política, hoy de nueva cuenta el presunto responsable de delitos en materia de derechos de autor se encuentra inmerso en otra campaña, pero ahora como candidato de la alianza que representa al gobierno del Estado de Quintana Roo a diputado local.
Es por ello, que hoy, desde lejos y ya no como representante del agraviado, tengo la oportunidad de presenciar como testigo, una lucha más entre el Derecho, en este caso de Autor, y la presión política del Estado, por mantener a su candidato inmóvil.
EN LA OPINIÓN DE:
Más allá de la piel humana: una mirada psicológica al fenómeno therian
Conexión animal, la evolución de una identidad invisible más allá del cuerpo y lo humano.
Conciencia Saludablemente
Por: Psicol Alex Barrera**
En los últimos días ha crecido la visibilidad de personas que se identifican como therians, es decir, individuos que sienten una conexión profunda con un animal y que integran esa vivencia como parte importante de quiénes son. Este tema ha generado reacciones muy opuestas: desde la burla inmediata hasta la aceptación sin cuestionamientos. Como especialilsta en desarrollo y conducta humana, considero que ninguno de estos extremos ayuda a entender lo que realmente está pasando.
Empecemos por aclarar el termino, therianthropy proviene del griego y fue usado en el ámbito académico desde 1901 para describir transformaciones mitológicas humano-animal, Este uso del término aparece documentado desde principios del siglo XX en publicaciones como The Religious Systems of China de J.J.M. De Groot (1901). Su uso moderno como identidad surgió en comunidades en línea entre 1992 y 1994, fue en diciembre de 1994 cuando se propuso usar therianthropy como término general para describir esa identidad moderna. Popularizandose con mas fuerza en los ultimos años su versión corta “therian” para describir una identificación interna con animales.
Ahora es importante aclarar algo; en la mayoría de los casos, las personas que se identifican como therians no creen que su cuerpo sea literalmente el de un animal. Lo que describen es una experiencia interna: sienten que ciertos rasgos de un animal representan algo esencial de su personalidad o de su mundo emocional. Desde la psicología del desarrollo sabemos que, especialmente en la adolescencia, la identidad está en construcción. Es una etapa donde las personas prueban formas de definirse, buscan pertenecer y utilizan símbolos para explicarse a sí mismas.
Identificarse con un lobo, un gato o un perro puede ser una manera de expresar características propias —como independencia, sensibilidad o fortaleza— o incluso una forma de afrontar momentos difíciles. A veces, cuando alguien ha vivido rechazo, presión social o experiencias dolorosas, puede encontrar en una figura simbólica una sensación de protección o pertenencia. No toda forma de identificación simbólica es un problema de salud mental.
Dicho lo anterior, algunos seguidores de esta corriente han declarado, sentir una cola u otra parte animal como parte de su experiencia como “Therian”, refiriendose a ello como el síndrome del miembro fantasma, término clínico que se refiere a la experiencia en la que una persona que ha perdido una extremidad (por amputación o ausencia congénita) siente que esa parte del cuerpo todavía está presente. Puede percibir sensaciones como hormigueo, presión, movimiento e incluso dolor intenso en el miembro que ya no existe físicamente.Sin embargo, este fenómeno es una reacción neurológica que solo puede darse cuando el miembro pertenece a la figura humana y no a estructuras no humanas, pues en ese caso se estaría hablando de algún otro fenómeno disociativo.
Este tipo de declaraciones difundidas por medios de comunicacion y redes sociales ha hecho que muchas personas confundan o tergiversen el termino ¨Therian” llevando el simbolismo a la práctica de manera activa, es decir tomando actitudes del animal en cuestion domo es caminar en cuatro patas.
Es aquí donde se hace necesario hablar de los límites. Vivimos en sociedad y la convivencia funciona gracias a acuerdos compartidos sobre reglas y hechos concretos. Cuando una vivencia personal intenta trasladarse de manera literal al espacio público (por ejemplo, esperar ser tratado como un animal en contextos formales) surge una tensión comprensible. La vida social no puede organizarse únicamente en función de cómo cada persona se siente internamente.
Un aspecto clave de la madurez emocional es poder distinguir entre lo simbólico y lo literal. Puedo sentirme identificado con la fuerza de un león sin creer que biológicamente lo soy. Desde la psicología, lo que nos preocupa no es la originalidad de una identidad, sino si esta genera sufrimiento importante, aislamiento, conflictos constantes o dificultades para funcionar en la escuela, el trabajo o la vida diaria.
La pregunta no debería ser si alguien “está bien” o “está mal” por identificarse como therian. La pregunta relevante es: ¿esta identidad le ayuda a vivir mejor o le está causando problemas? ¿Puede diferenciar claramente entre su experiencia interna y la realidad compartida con los demás? Si la persona mantiene esa claridad y su vida cotidiana no se ve afectada de manera significativa, no necesariamente estamos ante un trastorno mental.
Al mismo tiempo, respetar a alguien no significa que toda vivencia deba convertirse en una obligación para los demás. La empatía implica escuchar y comprender, pero también mantener límites saludables que permitan la convivencia. Validar no es confirmar literalmente cada percepción; es reconocer que la experiencia tiene un significado para quien la vive.
En un espacio terapéutico, el trabajo no consistiría en ridiculizar ni en reforzar sin cuestionar la identidad, sino en explorar qué representa. ¿Qué está expresando esa conexión con un animal? ¿Qué necesidad emocional está intentando cubrir? ¿Hay algo que la persona esté tratando de proteger? Acompañar significa ayudar a ampliar la comprensión de uno mismo, fortalecer la autoestima y desarrollar herramientas para relacionarse mejor con el entorno.
También es importante considerar que las redes sociales pueden influir en la forma en que estas identidades se consolidan. Encontrar comunidades con intereses similares puede brindar apoyo y pertenencia, pero también puede reforzar ideas de manera rígida si no existe reflexión crítica. Por eso, el acompañamiento profesional puede ofrecer un espacio seguro para pensar, cuestionar y ordenar la experiencia.
Tratar de modificar violentamente un comportamiento sin ofrecer el acompañamiento adecuado, bajo la idea de que no tiene lógica, es esconder el síntoma sin preocuparse por el verdadero problema, que no va a desaparecer, sino que verá la luz de otra manera, y esa otra forma puede ser mucho más severa.
En conclusión, el fenómeno therian no debe abordarse ni con burla ni con aceptación automática. Desde una mirada psicológica responsable, el camino está en el equilibrio: respetar la vivencia personal, evaluar si existe malestar o dificultad en la vida diaria y mantener clara la diferencia entre identidad simbólica y realidad compartida. La tarea no es etiquetar ni juzgar, sino promover bienestar, claridad y una forma de identidad que permita vivir en armonía tanto con uno mismo como con los demás.
****Además de 10 años de experiencia como comunicólogo, ejerciendo el periodismo. Alex Barrera es también psicólogo por la UNAM con profundización en desarrollo humano.
Actualmente brinda terapia clínica con enfoque biopsicosocial.
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EN LA OPINIÓN DE:
El amor también se come: el vínculo secreto entre el nosotros y la comida
Porque no sólo compartimos platos: en cada comida compartida se tejen historias, afectos y vacíos que hablan de cómo amamos, cómo nos vinculamos y cómo aprendimos a sentirnos acompañados.
Conciencia Saludablemente
Por: Picol Alex Barrera
Hay algo profundamente simbólico en invitar a alguien a comer. Las primeras citas suelen ocurrir alrededor de una mesa, las reconciliaciones incluyen cenas especiales y las celebraciones importantes casi siempre se acompañan de platillos compartidos. Si lo observas con atención, gran parte de nuestras interacciones sociales —y especialmente las amorosas— están mediadas por la comida. No es casualidad. Comer juntos es una de las formas más antiguas de construir vínculo.
Desde la antropología sabemos que compartir alimentos fortalece la cohesión social y genera sensación de pertenencia. En términos psicológicos, la comida actúa como un ritual: crea un espacio de intimidad, sincroniza tiempos y favorece la conversación. Investigaciones en conducta social han mostrado que comer en compañía aumenta la percepción de cercanía y cooperación entre las personas. Cuando dos personas comparten la mesa, no sólo comparten nutrientes; comparten atención, miradas, historias.
En el contexto de las relaciones amorosas, la comida se convierte en lenguaje. Cocinar para alguien puede ser una forma de cuidado; aceptar lo que el otro prepara puede vivirse como validación. Muchas parejas construyen recuerdos afectivos ligados a sabores específicos: “nuestro café”, “nuestro restaurante”, “la receta de aniversario”. El amor se ritualiza en la experiencia sensorial.
Pero quiero explicarte algo más profundo: este vínculo entre amor y alimentación comienza mucho antes de la pareja. Desde el nacimiento, el acto de alimentar está asociado al afecto y la regulación emocional. La lactancia o la alimentación temprana no sólo cubren una necesidad biológica; también calman, organizan el sistema nervioso y generan apego. El cerebro aprende que comer está ligado a sentirse seguro. Por eso, en la vida adulta, la comida puede convertirse en un sustituto simbólico del afecto.
Aquí es donde la dimensión emocional entra con fuerza. Muchas veces, en las relaciones amorosas, la comida no sólo es encuentro, sino compensación. Después de una discusión, aparece el “vamos a cenar para arreglarlo”. Frente a la distancia emocional, surge el intento de reconectar a través de un detalle gastronómico. Y aunque estos gestos pueden ser genuinos y positivos, también pueden encubrir dinámicas más profundas.
La psicología ha estudiado cómo las emociones influyen en la conducta alimentaria. El llamado emotional eating describe el consumo de alimentos en respuesta a estados emocionales, más que a hambre fisiológica. En relaciones donde existen carencias afectivas, ansiedad o inseguridad, la comida puede funcionar como regulador sustituto. No es raro que algunas personas experimenten mayor consumo de alimentos altamente palatables[i] en momentos de conflicto o soledad.
Además, el estrés relacional activa respuestas fisiológicas. Cuando vivimos tensión en la pareja, aumenta el cortisol, hormona vinculada al estrés, lo que puede modificar el apetito y favorecer elecciones menos saludables. Es decir, los conflictos amorosos no sólo duelen emocionalmente; también impactan en la forma en que comemos y metabolizamos, ¿les suena el cliclé de comer helado cuando se sufre por amor?, aunque es un simbolismo acunado por la cultura pop, también es ciencia.
Existe otro fenómeno interesante: la sincronización de hábitos alimentarios en la pareja. Estudios muestran que, con el tiempo, las parejas tienden a adoptar patrones similares de alimentación y estilo de vida así lo demuestra el estudio realizado por Homish y que tituló “Influencia conyugal en los comportamientos generales de salud en una muestra comunitaria”. Esto puede ser protector cuando ambos construyen hábitos saludables, pero también puede amplificar conductas poco favorables si la relación gira en torno a excesos constantes o a una dinámica donde la comida es el principal canal de conexión.
Es importante que sepas que la comida no es el problema. El problema aparece cuando el alimento sustituye conversaciones necesarias, cuando el “te cocino” reemplaza el “te escucho”, o cuando la mesa se convierte en el único espacio de intimidad. El amor necesita diálogo emocional, no sólo rituales compartidos.
También ocurre lo contrario: relaciones donde la comida se vuelve campo de control. Comentarios constantes sobre el peso, la apariencia o lo que el otro come pueden dañar la autoestima y generar ansiedad alimentaria. La nutrición, en estos casos, deja de ser placer y se convierte en vigilancia. Y el amor, lejos de nutrir, comienza a desgastar.
Por eso, cuando hablo de que “el amor también se come”, no me refiero sólo al acto literal de compartir alimentos, sino a la manera en que las relaciones nos nutren o nos vacían emocionalmente. Una relación sana favorece hábitos más equilibrados, promueve el autocuidado y genera bienestar psicológico. Una relación crónicamente conflictiva puede alterar el sueño, el apetito y la salud general.
Aquí es donde la terapia psicológica adquiere un papel fundamental. En el espacio terapéutico se exploran los significados que cada persona ha construido alrededor de la comida y el afecto. Se identifican patrones aprendidos en la infancia, se trabaja la regulación emocional y se fortalecen habilidades de comunicación en pareja. Enfoques como la terapia cognitivo-conductual o la terapia centrada en emociones han mostrado eficacia tanto en la mejora de la dinámica relacional como en la reducción de conductas alimentarias desreguladas.
La terapia también ayuda a diferenciar: ¿estoy comiendo porque tengo hambre o porque me siento solo? ¿Estoy ofreciendo comida como gesto amoroso o evitando una conversación incómoda? Estas preguntas no buscan culpar, sino generar conciencia, y si el apoyo para encontrar las respuestas se hace necesario pues al ser practicas normales dentro de nuestra sociedad, es difícil identificar y sobre todo aceptar que quizá no te estoy alimentando por amor, sino para llenar vacíos que muchas veces están en nosotros, pero que no podemos identificar si no es con la ayuda de algún especialista.
Nos mintieron, nos dijeron que la abundancia alimentaria refleja el éxito, nos dijeron que “Barriga llena, corazón contento” y que “Al hombre se le conquista por el estómago”, pues no, porque no todos los vacíos se llenan con comida, una mesa llena de comida no siempre significa éxito, con la barriga llena el corazón no se repara, por el contrario, puede descomponerse más y no, por supuesto no, la comida no es el factor determinante para que alguien te ame.
Dicho lo anterior quiero dejarte con esta reflexión: compartir la mesa puede ser uno de los actos más bellos del vínculo humano. Cocinar juntos, descubrir sabores y celebrar alrededor de la comida fortalece la intimidad. Pero el amor no puede sostenerse únicamente con cenas especiales. Necesita escucha, validación, límites y cuidado mutuo.
Sí, el amor también se come, pero sobre todo, el amor verdadero nutre. Y cuando aprendemos a distinguir entre hambre emocional y necesidad afectiva, comenzamos a construir relaciones que alimentan el cuerpo sin dejar de cuidar el corazón.
[i] Alimentos palatables: productos diseñados o percibidos como altamente agradables al gusto por su combinación de azúcar, grasa y/o sal, junto con características sensoriales como textura y aroma. Estas propiedades estimulan el sistema de recompensa cerebral, aumentando el placer y la probabilidad de consumo repetido, más allá de las necesidades energéticas.
**Además de 10 años de experiencia como comunicólogo, ejerciendo el periodismo. Alex Barrera es también psicólogo por la UNAM con profundización en desarrollo humano.
Actualmente brinda terapia clínica con enfoque Biopsicosocial.
Si le interesa el tema se recomienda la lectura de…
Cuando la comida sustituye al amor: La Relacion Entre las Carencias Afectivas y Nuestra Actitud Ante la Comida de Geneen Roth (2016). Editorial Urano.
Este texto aborda la relación entre alimentación, emociones y vínculo afectivo desde una perspectiva psicológica accesible para público general.
Si deseas contactar al especialista o necesitas ayuda terapéutica puedes comunicarte vía Whats App
Te interesan los temas de desarrollo humano y bienestar intégrate a https://bit.ly/Kumaneko-SaludyBienestar es Gratis.
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