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EN LA OPINIÓN DE:

Cuando el derecho y la política se cruzan…

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Por MD Hugo Alday

Durante el proceso electoral anterior para la presidencia municipal de Benito Juárez y para la selección de legisladores federales de Quintana Roo, el escrito y periodista Luciano Nuñez, promovió diversas acciones administrativas y penales derivadas del plagio de su obra EL BESO DE JUDAS, registrada en el Instituto Nacional de Derecho de Autor el 9 de abril de 2013.

En este sentido y tal como lo establece la reciente tesis de Tribunales Colegiados “DELITOS EN MATERIA DE DERECHOS DE AUTOR. EL ELEMENTO NORMATIVO “PUBLICACIÓN” DEL TIPO PENAL PREVISTO EN EL ARTÍCULO 427 DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL, SE ACTUALIZA CON LA DISTRIBUCIÓN DE LA OBRA MATERIA DE LA CAUSA A UNA PLURALIDAD DE PERSONAS”.

Se deja claro que, en el supuesto de la reproducción, es decir, de la copia de una obra literaria en la que se plasme el contenido de un tercero sin su consentimiento y que además, se publique la misma, es decir, que sea divulgada atribuyendo la autoría a un tercero, el artículo 427 del Código Penal Federal, describe un delito patrimonial de naturaleza instantánea.

Es decir, que con la mera publicación del libro se incurre en el delito federal ya que como señala el propio juzgador federal, el supuesto jurídico normativo tutela y salvaguarda la idea o valor intelectual de la obra, castigando la usurpación de la creatividad ajena y exponerla fuera de un ámbito privado o doméstico al público al ponerla a su alcance. Es decir, al publicar la obra de otro sustituyendo al autor por alguien más.

En este sentido, el juez penal federal deberá atenerse a estudiar la conducta típica que involucra la negativa de la autoría del activo de una obra, a sabiendas de que no es propia, mediante una “publicación” a su nombre o de un tercero, cuyo elemento normativo se advierte del artículo 16, fracción II, de la Ley Federal del Derecho de Autor, que lo define como la acción de reproducir una obra en forma tangible y su puesta a disposición a una pluralidad de personas.

Dicho precepto establece lo siguiente:
“Artículo 16.- La obra podrá hacerse del conocimiento público mediante los actos que se describen a continuación:
II. Publicación: La reproducción de la obra en forma tangible y su puesta a disposición del público mediante ejemplares, o su almacenamiento permanente o provisional por medios electrónicos, que permitan al público leerla o conocerla visual, táctil o auditivamente…”

Lo anterior se coincide con los tratados internacionales ratificados por México, en particular con los artículos VI de la Convención Universal sobre Derecho de Autor 1952 y 3 del Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas; con lo cual, es procedente decretar la existencia de un delito cuando el sujeto activo publica una obra literaria que no es de su autoría sustituyendo el nombre del autor primigenio.

Para ello me permito citar los preceptos arriba mencionados:

“CONVENCIÓN UNIVERSAL SOBRE DERECHO DE AUTOR
ARTICULO VI
Se entiende por “publicación”, en los términos de la presente Convención, la reproducción de la obra en forma tangible a la vez que el poner a disposición del público ejemplares de la obra que permitan leerla o conocerla visualmente.”

“CONVENIO DE BERNA PARA LA PROTECCIÓN DE LAS OBRAS LITERARIAS Y ARTÍSTICAS
ARTICULO 3
1) Estarán protegidos en virtud del presente Convenio:
a) los autores nacionales de alguno de los países de la Unión, por sus obras, publicadas o no;
b) los autores que no sean nacionales de alguno de los países de la Unión, por las obras que hayan publicado por primera vez en alguno de estos países o, simultáneamente, en un país que no pertenezca a la Unión y en un país de la Unión.
2) Los autores no nacionales de alguno de los países de la Unión, pero que tengan su residencia habitual en alguno de ellos están asimilados a los nacionales de dicho país en lo que se refiere a la aplicación del presente Convenio.
3) Se entiende por “obras publicadas”, las que han sido editadas con el consentimiento de sus autores, cualquiera sea el modo de fabricación de los ejemplares, siempre que la cantidad de éstos puesta a disposición del público satisfaga razonablemente sus necesidades, estimadas de acuerdo con la índole de la obra. No constituyen publicación la representación de una obra dramática, dramático-musical o cinematográfica, la ejecución de una obra musical, la recitación pública de una obra literaria, la transmisión o radiodifusión de las obras literarias o artísticas, la exposición de una obra de arte ni la construcción de una obra arquitectónica.

4) Será considerada como publicada simultáneamente en varios países toda obra aparecida en dos o más de ellos dentro de los treinta días siguientes a su primera publicación.”

En este orden de ideas, resulta evidente que en el caso concreto de la publicación de la obra INJUSTICIA PROTEGIDA de Gregorio Sánchez, al contener íntegra la obra EL BESO DE JUDAS de Luciano Nuñez, y ser publicada con varios años de posterioridad, por el solo hecho de su publicación se ubica en la conducta anti jurídica.

Sin embargo, son aplicables más supuestos en este mismo caso, ya que en estricto sentido, es acumulable el contenido de la fracción I del artículo 424 Bis del Código Penal Federal que expresamente menciona:

“Artículo 424 bis.- Se impondrá prisión de tres a diez años y de dos mil a veinte mil días multa:
I. A quien produzca, reproduzca, introduzca al país, almacene, transporte, distribuya, venda o arriende copias de obras, fonogramas, videogramas o libros, protegidos por la Ley Federal del Derecho de Autor, en forma dolosa, con fin de especulación comercial y sin la autorización que en los términos de la citada Ley deba otorgar el titular de los derechos de autor o de los derechos conexos.
Igual pena se impondrá a quienes, a sabiendas, aporten o provean de cualquier forma, materias primas o insumos destinados a la producción o reproducción de obras, fonogramas, videogramas o libros a que se refiere el párrafo anterior, o…”

En este supuesto, es claro que en la publicación y venta de INJUSTICIA PROTEGIDA se actualiza la REPRODUCCIÓN, ALMACENAJE, TRANSPORTACION, DISTRIBUCIÓN Y VENTA de obras protegidas por el derecho de autor.

Asimismo, a las personas que aportaron o participaron en la reproducción de la obra, como el corrector de estilo, el diseñador, el redactor de cambios, también pueden ser señalados como probable responsables de delitos.

Por último, en este caso en particular y forma genérica es aplicable el supuesto contenido en la fracción III del artículo 424 del Código Penal Federal que establece que:
“Artículo 424.- Se impondrá prisión de seis meses a seis años y de trescientos a tres mil días multa:
III. A quien use en forma dolosa, con fin de lucro y sin la autorización correspondiente obras protegidas por la Ley Federal del Derecho de Autor.”

Sin embargo, de la misma manera que surgió el delito de Plagio que se persigue por parte de la Fiscalía General de la República y que hoy se encuentra en manos del Poder Judicial Federal, es decir, en una campaña política, hoy de nueva cuenta el presunto responsable de delitos en materia de derechos de autor se encuentra inmerso en otra campaña, pero ahora como candidato de la alianza que representa al gobierno del Estado de Quintana Roo a diputado local.

Es por ello, que hoy, desde lejos y ya no como representante del agraviado, tengo la oportunidad de presenciar como testigo, una lucha más entre el Derecho, en este caso de Autor, y la presión política del Estado, por mantener a su candidato inmóvil.

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¿FISURA EN LA 4T CARIBEÑA?

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“La Última Palabra”
Por: Jorge A. Martínez Lugo.

• El verde empezó a transitar solo.

Ya estaba cantado, pero es hasta el registro cuando aparece la primera fisura electoral explícita de la 4T en Quintana Roo. Al menos así parece. Ninguno de los cinco aspirantes fue registrado por los tres partidos de la 4T. Quiere decir que no van en total unidad. Podría decirse: en política, eso es natural. Mientras tanto, las negociaciones, acuerdos y virtuales pactos se cocinan, avanzan.

Rafael Marín fue registrado como candidato de Morena y PT, le faltó el verde.

Eugenio Segura y Ana Patricia Peralta fueron registrados solo por Morena; le faltaron el verde y PT.

En solitario, el verde registró como “plan C”, a una gris legisladora local como su figura principal; no le alcanzó para más. Sin embargo, quieren todo Quintana Roo para sus negocios.

Los verdes, por supuesto, no van con Rafael Marín y tampoco en alianza con la y el aspirante de Morena para evitar la obviedad; el verde empieza a caminar solo. Esto sería sano, para ver hasta dónde llega su votación propia, sin trasvase de votos de morena al verde.

Sin embargo, el “plan A” y el “plan B” verdes siguen firmes, estirando la liga hasta el final, esperando que el morenismo ceda al chantaje, como siempre.

Las señales del palacio nacional parecen ser cada vez más claras para el verde. Si quieren ir solos, pueden hacerlo, como ya empezaron con su candidata a la gubernatura de Quintana Roo. Sin embargo, en política, todo puede suceder. En Colima ya rompieron la alianza y al parecer en SLP están en eso de la mano de la mafia Gallarda.

El escenario es cuando menos confuso para los quintanarroenses: Eugenio Segura y Ana Patricia Peralta fueron registrados solo por el morenismo, cuya buena parte de su militancia -habría que ver en qué medida-, no los siente como dos perfiles 4T.

Explíquese como cada quien quiera y pueda hacerlo, pero el primer jaloneo, la primera fisura manifiesta, se acaba de presentar en los registros de quienes aspiran a gobernar Quintana Roo por la 4T.

El gran pacto (nadie quiere rompimiento) avanza en Quintana Roo rumbo a 2027 y 2030.

El jaloneo o fisura ¿es bueno o es malo? Lo veremos en el desarrollo del proceso, mientras, usted tiene la última palabra.
ooOoo

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LA RELACIÓN MORENA-VERDE, SE LIBRA EN QUINTANA ROO

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“La Última Palabra”
Por: Jorge A. Martínez Lugo.

• En SLP Jorge Emillio tiene un socio fuerte, el cacicazgo Gallardo; en Quintana Roo, busca ser el dueño absoluto.
• Félix González, Joaquín Hendricks y MC estarían dispuestos a apoyar una mega alianza opositora con Jorge Emilio a la cabeza. ¿Les alcanzaría?

De los 17 estados que van a renovar sus Ejecutivos, 12 están gobernados por la 4T. El verde exige Quintana Roo como condición para mantener la alianza. El único estado donde el verde no ha nombrado sus posibles candidatos es Quintana Roo, porque van con casaca guinda. La estrategia verde en el Caribe fue diferente.

Lo que está en juego en Quintana Roo, tiene especial valor a nivel nacional; va a definir la relación morena-verde para 2027 y 2030. Más que en la capital del país o en otros estados como Colima en donde van solos, Quintana Roo es la joya de la corona del jefe verde.

Jorge Emilio González no va a soltar Quintana Roo porque ya lo siente suyo. Le interesa más que San Luis Potosí, donde él no es dueño, sino sí lo son Ricardo Gallardo y su papá, con quienes mantiene alianza, pero no es el amo; en Quintana Roo no es alianza; sería una propiedad o franquicia bajo su dominio absoluto.

En SLP tiene un socio fuerte, la mafia de la gallardía, que tiene vida propia y si bien se hacen bonitos negocios verdes, no es de Jorge Emilio, incluso, quizá lo sea más de Manuel Velasco; allá el niño verde tiene que negociar, en Quintana Roo sería el amo.

QUINTANA ROO, LABORATORIO NACIONAL VERDE
Por eso, entre otros factores financieros, Quintana Ro es el laboratorio donde se procesa la relación morena-verde para 2027 y 2030. Recordemos que pronto habrán nuevos partidos políticos. Este 25 de junio el INE definirá cuáles partidos alcanzan su registro de los cuatro que llegaron a la final.

¿TODO O NADA?
En Quintana Roo el niño verde al parecer quemó sus naves en el proceso interno. En caso de rompimiento, tendría que construir a marchas muy forzadas una figura que le permita cuando menos ser competitivo ante la maquinaria guinda que alcanza aceptación superior al 80%. Y si van solos, ¿sería también en los municipios?

EL FACTOR FÉLIX-HENDRICKS
Pero a su vez, Jorge Emilio viene reconstruyendo sus alianzas con viejos socios como son los exgobernadores Félix González Canto y Joaquín Hendricks Díaz, con quienes viene operando de manera cada vez más evidente y abierta, en lo que parece ser una alianza más cómoda con Jorge Emilio, que con Morena. Al fin que los “ex” y Jorge Emilio hablan el mismo lenguaje desde hace muchos años.

EL FACTOR MC
Zorro Jorge Emilio, ya puso una cabeza de playa verde en Movimiento Ciudadano con Gustavo Miranda al frente, mediante una negociación de élite directamente con el dueño de MC, Dante Delgado Rannauro, de lo cual, hasta el mismo diputado Pech se enteró posteriormente. ¿Y si a cambio, el verde apoya a MC en Campeche?

¿Qué tanta fuerza podría alcanzar una alianza amplia opositora al candidato o candidata de Morena, con el Verde, PRI, PAN y MC en Quintana Roo?

En caso de que se logre construir alguna mega alianza, ¿qué tanta mella haría a Rafael Marín Mollinedo o a Maribel Villegas Canché, o a ambos, uno hacia la gubernatura y otra hacia Benito Juárez?

Son preguntas que se perciben durante estos días definitorios del futuro político de Quintana Roo rumbo a 2027. Usted tiene la última palabra.
ooOoo

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