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Restaura YouTube canal de presidencia que fue bloqueado por supuestas violaciones a los derechos de autor

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CDMX.-Un error en el uso de la herramienta Content ID, con la que la plataforma de videos YouTube busca proteger los derechos de autor de algunos de sus usuarios, provocó que ciertas funcionalidades del canal de Cepropie, en el que se transmite la conferencia matutina del presidente Andrés Manuel López Obrador, se vieran limitadas.

De acuerdo con la plataforma, se suspendieron algunas de las funcionalidades del canal de YouTube del Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales (Cepropie) del Gobierno federal, que transmite las conferencias matutinas del presidente López Obrador, debido a que este recibió por error un reclamo de derechos de autor a través de la herramienta de identificación de contenido Content ID.

YouTube confirmó que el canal ha recuperado todas sus funcionalidades.

“Encontramos que el Canal de CEPROPIE en YouTube recibió erróneamente un reclamo mediante la herramienta de identificación de contenido. Confirmamos que el canal ha recuperado todas sus funcionalidades”, dijo un vocero de YouTube.

La mañana de este miércoles 31 de mayo, Jesús Ramírez Cuevas, coordinador General de Comunicación Social de la Presidencia de la República, denunció a través de su cuenta de Twitter que, “sin justificación aparente”, YouTube había suspendido el canal de Cepropie y demandó a la plataforma respetar las cuentas oficiales que transmiten las conferencias del presidente.

En entrevista con medios de comunicación, el vocero de la Presidencia de la República acusó una estrategia de censura por el alcance que tienen las conferencias matutinas del presidente y dijo que había entrado en diálogo con la YouTube y con Google, su casa matriz, para que, ante cualquier denuncia por derechos de autor, se respete el contenido de los canales oficiales, ya que son de carácter público.

¿Qué es Content ID?

Content ID es una herramienta de YouTube que permite a algunos creadores de la plataforma proteger los derechos de autor del contenido que generan.

De acuerdo con la compañía, “los videos subidos a YouTube se analizan con una base de datos de contenido visual y de audio que los propietarios de los derechos de autor envían a YouTube”.

En caso de que Content ID, que funciona de manera automática, detecte una presunta violación de derechos de autor, aplica un reclamo al video que cometió la infracción. Cabe aclarar que sólo usuarios específicos pueden hacer uso de la herramienta Content ID.

Dependiendo de la configuración de Content ID del propietario de los derechos de autor, el reclamo puede conducir a estas tres acciones:

Bloquear el video para que no se pueda ver.

Monetizar el video mediante anuncios y, algunas veces, compartir ingresos con la persona que los subió.

Hacer un seguimiento de las estadísticas de reproducción del video.

En el caso del canal de Cepropie, un usuario cometió un error al marcar como contenido protegido por derechos de autor el contenido de la conferencia del presidente, por lo que la plataforma identificó dicho contenido en el canal del Gobierno federal y limitó algunas de sus funcionalidades.

De acuerdo con la compañía, el canal de Cepropie fue el único que vio limitadas algunas de sus funcionalidades, por lo que ni el canal de la Presidencia de la República ni el del presidente López Obrador sufrieron afectación alguna.

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COMUNIDAD MACEUAL DE LA SIERRA NORTE DE PUEBLA LOGRA LA CANCELACIÓN DEFINITIVA DE CONCESIONES MINERAS

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Por Gregorio Ramírez Valdez*

La cancelación definitiva de concesiones mineras hace historia en México.
Deja precedente en jurisprudencia
El Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito resolvió declarar infundado el recurso interpuesto por las empresas mineras, lo cual es considerado un precedente para la defensa de los derechos colectivos

Tras un litigio de más de 11 años, el pueblo maseual de la Sierra Norte de Puebla, asentada en los municipios de Tlatlauquitepec, Cuetzalan del Progreso y Yahonáhuac, logró la cancelación definitiva de las concesiones mineras Atexcaco I, Atexcaco II y Macuilquila, que pertenecían a Minera Autlán, a través de sus subsidiarias Minas Santa Martha y Grupo Ferrominero.
El Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito resolvió declarar infundado el recurso interpuesto por las empresas mineras en el expediente de Iinconformidad 24/2024, lo cual es considerado un precedente para la defensa de los derechos colectivos.

Con esto quedó cerrado el litigio que se inició desde hace más de una década en contra del proyecto para extraer oro, plata y cobre a cielo abierto en esa región de Puebla, pues el tribunal reconoció el derecho del pueblo maseual a decidir sobre su territorio.
Cabe recordar que ya en 2018, estas comunidades habían obtenido un amparo contra ese proyecto, el cual fue ratificado en 2022, pero fue impugnado por las empresas mineras.
A partir de los recursos ganados, el Consejo Maseual Altepetajpianij, la Secretaría de Economía y el Instituto Nacional de Pueblos Indígenas (INPI) organizaron y llevaron a cabo un proceso de consulta libre, previa e informada, en base a usos y costumbres, con lo cual se realizaron más de 44 asambleas comunitarias.
Con la actual resolución, el tribunal avaló la legitimidad de este proceso, así como su adecuación a la cosmovisión y estructura organizativa indígena.
Con la cancelación de esas concesiones se salvaguardan zonas consideradas sagradas por las comunidades, como manantiales y cerros y se convalidó el concepto “altepet” —que une agua (at), cerro (tepet) y comunidad— el cual fue central en la defensa territorial.
“Nuestro territorio no es un recurso. Es nuestro cuerpo, nuestra memoria, nuestra espiritualidad. Necesitamos paz para poder florecer”, expresaron las comunidades en un escrito dirigido al tribunal.

*Premio México de Periodismo “Ricardo Flores Magón” 2023.

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VANEXPO TOMA EL CONTROL DEL MERCADO DE FRANQUICIAS EN MÉXICO Y SE CORONA COMO LÍDER EN EXPOSICIONES B2B

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Ciudad de México, 30 de junio de 2025 — Con un movimiento que redefine el panorama nacional de ferias y exposiciones, la firma mexicana VANEXPO concretó la adquisición de las principales ferias de franquicias en el país, previamente operadas por la multinacional francesa COMEXPOSIUM. Esta operación representa un hito para el ecosistema emprendedor, al repatriar tres de los eventos más influyentes del sector:

  • Feria Internacional de Franquicias (CDMX)
  • Feria de Franquicias de Guadalajara
  • Congreso Binacional de Franquicias (Tijuana)

La transacción —resultado de ocho meses de negociación encabezados por Jaime Salazar Figueroa y Alberto Larios Segura— devuelve a manos mexicanas un portafolio que concentra más de 250 marcas expositoras y convoca a 20,000 inversionistas y compradores potenciales en cada edición.

Con esta adquisición, VANEXPO se posiciona como el mayor organizador de eventos B2B en México por volumen de negocio, superficie de exhibición y número de visitantes. Su portafolio supera ya los 10 eventos anuales, destacando Expo Eléctrica Internacional —cuya última edición reunió a más de 42,000 asistentes—, SIAR y Expo Tendero.

Salazar Figueroa, ex directivo de COMEXPOSIUM Latinoamérica, afirmó: “Repatriamos ferias que son patrimonio del emprendimiento nacional. Esta operación envía un mensaje de confianza y compromiso con el desarrollo económico del país.”

En un contexto global desafiante, VANEXPO apuesta por la certidumbre. Mientras el sector B2B crece más del 15% en 2025, esta jugada estratégica reafirma a la empresa como motor clave de las cadenas productivas mexicanas.

Fuente: 5to Poder Agencia de Noticias

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