Nacional
Cero y van cuatro: Tribunal determina una vez más que AMLO violó imparcialidad en elecciones

Ciudad de México. – Por mayoría de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el presidente Andrés Manuel López Obrador sí vulneró el principio de imparcialidad de la pasada elección, con sus declaraciones en la conferencia matutina del 23 de diciembre pasado.
En aquella conferencia, el mandatario dijo que la coalición electoral conformada por PAN, PRI y PRD representa al antiguo régimen y se unieron para evitar que su proyecto tuviera mayoría en el Congreso.
“Ahora se quitan máscaras, se abrazan y formalmente se agrupan, para defender los privilegios”, dijo López Obrador y se refirió también a algunos logros de su administración y alcances de los programas sociales.
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En sesión pública celebrada este miércoles, magistradas y magistrados estimaron que dichas expresiones constituyeron propaganda negativa hacia algunos partidos políticos por lo que ordenaron la individualización de la sanción a imponerse por esta violación a la Ley electoral.
La decisión se tomó por mayoría de voto de la magistrada Janine Otálora Malassis y los magistrados Felipe Fuentes Barrera, Felipe de la Mata Pizaña y Reyes Rodríguez Mondragón, cuyos votos fueron suficientes para revocar la sentencia de inexistencia de la infracción que hace unos días tomó la Sala Especializada.
Los magistrados y magistradas que hicieron la mayoría votaron contra del proyecto de sentencia presentada por el magistrado presidente José Luis Vargas Valdez, quien propuso confirmar la resolución de inexistencia de la violación imputada al presidente López Obrador.
El magistrado Vargas Valdez señaló que con sus manifestaciones el presidente López Obrador fueron hechas un día antes del inicio de la campaña y por ello no incurrió en propaganda gubernamental, promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos, ni vulneración a los principios de imparcialidad.
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“El hecho de difundir propaganda, per se, no actualiza una violación que actualiza una sanción (…) las expresiones se emitieron cuando aún no transcurría el periodo de campaña de algún proceso electoral”, dijo el ponente.
Cabe recordar que las manifestaciones del presidente fueron impugnadas el 28 de diciembre pasado por el PRD, quien acusó al presidente López Obrador por las expresiones emitidas en la conferencia matutina.
En una primera sentencia, la Sala Especializada resolvió declarar la inexistencia de las infracciones, pero la Sala Superior revocó esa primera resolución y ordenó a la Sala Especializada analizar de forma exhaustiva y completa dichas las conductas del presidente.
En acato al ordenamiento, la Sala Especializada resolvió nuevamente que había una inexistencia de las conductas denunciadas y atribuidas al presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador.
No obstante, este miércoles la mayoría de los magistrados determinó que el presidente López Obrador sí vulneró el principio de imparcialidad en virtud de que las expresiones constituyeron propaganda negativa hacia ciertos partidos.
Además, de advertirse una promoción personalizada del funcionario al destacar logros personales y su trabajo realizado en la implementación de programas sociales que benefician a su actual administración.
Por lo anterior, ordenó a la responsable que emita una nueva resolución en la que solamente individualice la sanción, incluyendo en su caso, el establecimiento de medidas de no repetición.
Es la cuarta ocasión en la que el TEPJF califica de violación a la Ley electoral las expresiones del presidente López Obrador, dos expuestos en las conferencias matutinas y dos más en otro tipo de eventos.
Ninguno de ellos ha derivado en sanción al mandatario federal, solo han sido sancionados algunos de sus colaboradores.
Con información de El Financiero

Nacional
COMUNIDAD MACEUAL DE LA SIERRA NORTE DE PUEBLA LOGRA LA CANCELACIÓN DEFINITIVA DE CONCESIONES MINERAS

Por Gregorio Ramírez Valdez*
La cancelación definitiva de concesiones mineras hace historia en México.
Deja precedente en jurisprudencia
El Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito resolvió declarar infundado el recurso interpuesto por las empresas mineras, lo cual es considerado un precedente para la defensa de los derechos colectivos
Tras un litigio de más de 11 años, el pueblo maseual de la Sierra Norte de Puebla, asentada en los municipios de Tlatlauquitepec, Cuetzalan del Progreso y Yahonáhuac, logró la cancelación definitiva de las concesiones mineras Atexcaco I, Atexcaco II y Macuilquila, que pertenecían a Minera Autlán, a través de sus subsidiarias Minas Santa Martha y Grupo Ferrominero.
El Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito resolvió declarar infundado el recurso interpuesto por las empresas mineras en el expediente de Iinconformidad 24/2024, lo cual es considerado un precedente para la defensa de los derechos colectivos.
Con esto quedó cerrado el litigio que se inició desde hace más de una década en contra del proyecto para extraer oro, plata y cobre a cielo abierto en esa región de Puebla, pues el tribunal reconoció el derecho del pueblo maseual a decidir sobre su territorio.
Cabe recordar que ya en 2018, estas comunidades habían obtenido un amparo contra ese proyecto, el cual fue ratificado en 2022, pero fue impugnado por las empresas mineras.
A partir de los recursos ganados, el Consejo Maseual Altepetajpianij, la Secretaría de Economía y el Instituto Nacional de Pueblos Indígenas (INPI) organizaron y llevaron a cabo un proceso de consulta libre, previa e informada, en base a usos y costumbres, con lo cual se realizaron más de 44 asambleas comunitarias.
Con la actual resolución, el tribunal avaló la legitimidad de este proceso, así como su adecuación a la cosmovisión y estructura organizativa indígena.
Con la cancelación de esas concesiones se salvaguardan zonas consideradas sagradas por las comunidades, como manantiales y cerros y se convalidó el concepto “altepet” —que une agua (at), cerro (tepet) y comunidad— el cual fue central en la defensa territorial.
“Nuestro territorio no es un recurso. Es nuestro cuerpo, nuestra memoria, nuestra espiritualidad. Necesitamos paz para poder florecer”, expresaron las comunidades en un escrito dirigido al tribunal.
*Premio México de Periodismo “Ricardo Flores Magón” 2023.

Nacional
VANEXPO TOMA EL CONTROL DEL MERCADO DE FRANQUICIAS EN MÉXICO Y SE CORONA COMO LÍDER EN EXPOSICIONES B2B

Ciudad de México, 30 de junio de 2025 — Con un movimiento que redefine el panorama nacional de ferias y exposiciones, la firma mexicana VANEXPO concretó la adquisición de las principales ferias de franquicias en el país, previamente operadas por la multinacional francesa COMEXPOSIUM. Esta operación representa un hito para el ecosistema emprendedor, al repatriar tres de los eventos más influyentes del sector:
- Feria Internacional de Franquicias (CDMX)
- Feria de Franquicias de Guadalajara
- Congreso Binacional de Franquicias (Tijuana)
La transacción —resultado de ocho meses de negociación encabezados por Jaime Salazar Figueroa y Alberto Larios Segura— devuelve a manos mexicanas un portafolio que concentra más de 250 marcas expositoras y convoca a 20,000 inversionistas y compradores potenciales en cada edición.
Con esta adquisición, VANEXPO se posiciona como el mayor organizador de eventos B2B en México por volumen de negocio, superficie de exhibición y número de visitantes. Su portafolio supera ya los 10 eventos anuales, destacando Expo Eléctrica Internacional —cuya última edición reunió a más de 42,000 asistentes—, SIAR y Expo Tendero.
Salazar Figueroa, ex directivo de COMEXPOSIUM Latinoamérica, afirmó: “Repatriamos ferias que son patrimonio del emprendimiento nacional. Esta operación envía un mensaje de confianza y compromiso con el desarrollo económico del país.”
En un contexto global desafiante, VANEXPO apuesta por la certidumbre. Mientras el sector B2B crece más del 15% en 2025, esta jugada estratégica reafirma a la empresa como motor clave de las cadenas productivas mexicanas.
Fuente: 5to Poder Agencia de Noticias

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