Nacional
Juez concede amparo Rosario Robles; ordena revisar argumentos para negarle la prisión domiciliaria

Ciudad de México. – Un juez federal otorgó un amparo a la extitular de las Secretarías de Desarrollo Social (Sedesol) y de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu), Rosario Robles, para que un juez del sistema penal acusatorio vuelva a resolver si le ratifica la prisión preventiva justificada que le impuso en audiencia el pasado 30 de abril o si modifica la medida cautelar que enfrenta la exfuncionaria para que pueda enfrentar su proceso penal en libertad
El Juez Tercero de Distrito en Amparo Penal de la Ciudad de México, Augusto Octavio Mejía Ojeda, ordenó al Juez de Distrito Especializado en el Sistema Penal Acusatorio, Ganther Alejandro Villar Ceballos, reponer una parte de la audiencia en la que se le negó a Robles Berlanga la modificación de la medida cautelar.
Sin embargo, la reposición del procedimiento sólo se hará a partir de que el Juez de Control, Ganther Alejandro Villar Ceballos, dictó la resolución en la que se negó a cambiar la prisión preventiva justificada por el beneficio de la prisión domiciliaria para Robles, argumentando que persistía el riesgo de fuga por la existencia de varios domicilios de la imputada.
La resolución señala que la reposición de la audiencia sólo aplica a partir de que el Juez de Control comenzó a argumentar la negativa para revisar la medida cautelar, por lo que ninguna de las partes puede aportar nuevas pruebas y tampoco habrá debate. Por lo anterior, el impartidor de justicia tendrá que volver a resolver sobre el tema, pero con argumentos distintos y bajo algunos criterios que le impone el amparo.
El amparo señala que el juez Villar Ceballos deberá volver a motivar y fundar su determinación, puesto que no analizó de manera adecuada como es que la existencia de varios domicilios de la imputada representan un riesgo de fuga, derivado de que la Fiscalía General de la República (FGR) argumentó que se encontraron documentos para acreditar que Rosario Robles había vivido en Reforma 222 y Tennyson 223 (Polanco), inmuebles distintos al domicilio de Las Flores en Coyoacán que su defensa había señalado para tratar de acreditar el arraigo de la imputada en la Ciudad de México
“El Juez de Control refiere que las condiciones variaron objetivamente de forma parcial, empero, son insuficientes para modificar la medida cautelar de prisión preventiva justificada, por la existencia de diversos domicilios, circunstancia que “no se aclaró desde la audiencia inicial”, olvidando que, la audiencia de revisión de medidas cautelares tiene como objetivo la verificación de la continuación o modificación de las condiciones que sustentaron de manera inicial, la imposición, en el caso, de la prisión preventiva justificada”, señala la sentencia.
Otro argumento para conceder el amparo a Robles Berlanga es que tampoco se analizó de manera adecuada la presunta capacidad económica de la imputada y sus familiares como uno de los elementos para acreditar el riesgo de fuga.
“Tales inconsistencias impidieron al Juez de Control, determinar de manera fundada y motivada si, en el caso, procedía la imposición de la medida cautelar de prisión preventiva domiciliaria”, concluye la sentencia.
La sentencia de amparo no obliga al juez Ganther Alejandro Villar Ceballos a modificar la medida cautelar impuesta a Rosario Robles, por lo que este puede volver a dictarle prisión preventiva justificada y negarle la prisión domiciliaria.
Además, no se trata de una sentencia definitiva, ya que puede ser impugnada por la FGR ante un tribunal federal, con lo que el caso tardará al menos otros seis meses para resolverse.
Rosario Robles fue vinculada a proceso por el delito de ejercicio indebido del servicio público desde el 13 de agosto del 2019, fecha en la que se le dictó la prisión preventiva justificada por el delito de ejercicio indebido del servicio público en la modalidad de omisión, derivado de un presunto desvío por 5 mil millones de pesos que se cometió en Sedesol y Sedatu cuando estaba al frente de ambas dependencias.
Fuente Sin Embargo

Nacional
CDMX BAJO TIERRA: AUMENTAN 107% LOS SOCAVONES Y SE DESALOJAN COLONIAS POR RIESGO ESTRUCTURAL

Ciudad de México enfrenta una crisis silenciosa pero creciente: el número de zonas afectadas por socavones se disparó un 107% en el último año, pasando de 80 a 166 puntos críticos. Esta alarmante cifra fue confirmada por autoridades locales, quienes han iniciado operativos de desalojo en diversas colonias ante el riesgo inminente de colapso estructural.

Los hundimientos, provocados por el reblandecimiento del subsuelo, fugas de agua y el envejecimiento de la infraestructura urbana, han puesto en peligro viviendas, vialidades y servicios básicos. Las alcaldías más afectadas incluyen Iztapalapa, Gustavo A. Madero y Tláhuac, donde se han registrado grietas profundas, hundimientos súbitos y fracturas en muros y pavimentos.

Protección Civil y el Sistema de Aguas de la Ciudad de México (SACMEX) trabajan en conjunto para evaluar daños, reforzar estructuras y reubicar a familias en zonas seguras. Expertos advierten que el fenómeno podría agravarse con la temporada de lluvias y el crecimiento urbano descontrolado.
La jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum, anunció un plan de atención urgente que incluye monitoreo geotécnico, inversión en drenaje profundo y campañas informativas para prevenir riesgos. La ciudadanía ha sido llamada a reportar grietas y hundimientos al 911 o a través de la app CDMX.
Fuente: 5to Poder Agencia de Noticias

Nacional
SCJN DECLARA INCONSTITUCIONAL EL COBRO POR ALUMBRADO PÚBLICO EN QUINTANA ROO

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha declarado inconstitucional el cobro por Derecho de Servicio y Mantenimiento de Alumbrado Público en seis municipios de Quintana Roo, evidenciando una grave violación legislativa que afecta a miles de contribuyentes. Bajo la ponencia de la ministra Lenia Batres Guadarrama, la Corte resolvió la acción de inconstitucionalidad 19/2024, presentada contra la fórmula de cobro establecida en la Ley de Hacienda de Tulum.
El fallo señala que los diputados locales invadieron facultades exclusivas del Congreso federal al establecer una contribución que grava el consumo de energía eléctrica, lo cual corresponde a un impuesto federal y no a un derecho municipal. Esta fórmula, aplicada en municipios como Benito Juárez, Cozumel, Isla Mujeres, Othón P. Blanco, Puerto Morelos y Tulum, ha generado una recaudación estimada en más de 400 millones de pesos, considerada ilegal por la SCJN.
Playa del Carmen se distingue como el único municipio que utiliza una fórmula distinta, basada en costos reales y con un límite del 2.5% sobre el consumo eléctrico, reformada en 2019.
A pesar de múltiples amparos y devoluciones ordenadas por tribunales, los legisladores locales han persistido en aplicar esta fórmula, encabezados por Jorge Sanén Cervantes y Renán Sánchez Tajonar. El fallo de la SCJN marca un precedente importante en la defensa de los derechos de los contribuyentes.
Fuente: 5to Poder Agencia de Noticias

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