EN LA OPINIÓN DE:
Cuando el derecho y la política se cruzan…
Por MD Hugo Alday
Durante el proceso electoral anterior para la presidencia municipal de Benito Juárez y para la selección de legisladores federales de Quintana Roo, el escrito y periodista Luciano Nuñez, promovió diversas acciones administrativas y penales derivadas del plagio de su obra EL BESO DE JUDAS, registrada en el Instituto Nacional de Derecho de Autor el 9 de abril de 2013.
En este sentido y tal como lo establece la reciente tesis de Tribunales Colegiados “DELITOS EN MATERIA DE DERECHOS DE AUTOR. EL ELEMENTO NORMATIVO “PUBLICACIÓN” DEL TIPO PENAL PREVISTO EN EL ARTÍCULO 427 DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL, SE ACTUALIZA CON LA DISTRIBUCIÓN DE LA OBRA MATERIA DE LA CAUSA A UNA PLURALIDAD DE PERSONAS”.
Se deja claro que, en el supuesto de la reproducción, es decir, de la copia de una obra literaria en la que se plasme el contenido de un tercero sin su consentimiento y que además, se publique la misma, es decir, que sea divulgada atribuyendo la autoría a un tercero, el artículo 427 del Código Penal Federal, describe un delito patrimonial de naturaleza instantánea.
Es decir, que con la mera publicación del libro se incurre en el delito federal ya que como señala el propio juzgador federal, el supuesto jurídico normativo tutela y salvaguarda la idea o valor intelectual de la obra, castigando la usurpación de la creatividad ajena y exponerla fuera de un ámbito privado o doméstico al público al ponerla a su alcance. Es decir, al publicar la obra de otro sustituyendo al autor por alguien más.
En este sentido, el juez penal federal deberá atenerse a estudiar la conducta típica que involucra la negativa de la autoría del activo de una obra, a sabiendas de que no es propia, mediante una “publicación” a su nombre o de un tercero, cuyo elemento normativo se advierte del artículo 16, fracción II, de la Ley Federal del Derecho de Autor, que lo define como la acción de reproducir una obra en forma tangible y su puesta a disposición a una pluralidad de personas.
Dicho precepto establece lo siguiente:
“Artículo 16.- La obra podrá hacerse del conocimiento público mediante los actos que se describen a continuación:
II. Publicación: La reproducción de la obra en forma tangible y su puesta a disposición del público mediante ejemplares, o su almacenamiento permanente o provisional por medios electrónicos, que permitan al público leerla o conocerla visual, táctil o auditivamente…”
Lo anterior se coincide con los tratados internacionales ratificados por México, en particular con los artículos VI de la Convención Universal sobre Derecho de Autor 1952 y 3 del Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas; con lo cual, es procedente decretar la existencia de un delito cuando el sujeto activo publica una obra literaria que no es de su autoría sustituyendo el nombre del autor primigenio.
Para ello me permito citar los preceptos arriba mencionados:
“CONVENCIÓN UNIVERSAL SOBRE DERECHO DE AUTOR
ARTICULO VI
Se entiende por “publicación”, en los términos de la presente Convención, la reproducción de la obra en forma tangible a la vez que el poner a disposición del público ejemplares de la obra que permitan leerla o conocerla visualmente.”
“CONVENIO DE BERNA PARA LA PROTECCIÓN DE LAS OBRAS LITERARIAS Y ARTÍSTICAS
ARTICULO 3
1) Estarán protegidos en virtud del presente Convenio:
a) los autores nacionales de alguno de los países de la Unión, por sus obras, publicadas o no;
b) los autores que no sean nacionales de alguno de los países de la Unión, por las obras que hayan publicado por primera vez en alguno de estos países o, simultáneamente, en un país que no pertenezca a la Unión y en un país de la Unión.
2) Los autores no nacionales de alguno de los países de la Unión, pero que tengan su residencia habitual en alguno de ellos están asimilados a los nacionales de dicho país en lo que se refiere a la aplicación del presente Convenio.
3) Se entiende por “obras publicadas”, las que han sido editadas con el consentimiento de sus autores, cualquiera sea el modo de fabricación de los ejemplares, siempre que la cantidad de éstos puesta a disposición del público satisfaga razonablemente sus necesidades, estimadas de acuerdo con la índole de la obra. No constituyen publicación la representación de una obra dramática, dramático-musical o cinematográfica, la ejecución de una obra musical, la recitación pública de una obra literaria, la transmisión o radiodifusión de las obras literarias o artísticas, la exposición de una obra de arte ni la construcción de una obra arquitectónica.
4) Será considerada como publicada simultáneamente en varios países toda obra aparecida en dos o más de ellos dentro de los treinta días siguientes a su primera publicación.”
En este orden de ideas, resulta evidente que en el caso concreto de la publicación de la obra INJUSTICIA PROTEGIDA de Gregorio Sánchez, al contener íntegra la obra EL BESO DE JUDAS de Luciano Nuñez, y ser publicada con varios años de posterioridad, por el solo hecho de su publicación se ubica en la conducta anti jurídica.
Sin embargo, son aplicables más supuestos en este mismo caso, ya que en estricto sentido, es acumulable el contenido de la fracción I del artículo 424 Bis del Código Penal Federal que expresamente menciona:
“Artículo 424 bis.- Se impondrá prisión de tres a diez años y de dos mil a veinte mil días multa:
I. A quien produzca, reproduzca, introduzca al país, almacene, transporte, distribuya, venda o arriende copias de obras, fonogramas, videogramas o libros, protegidos por la Ley Federal del Derecho de Autor, en forma dolosa, con fin de especulación comercial y sin la autorización que en los términos de la citada Ley deba otorgar el titular de los derechos de autor o de los derechos conexos.
Igual pena se impondrá a quienes, a sabiendas, aporten o provean de cualquier forma, materias primas o insumos destinados a la producción o reproducción de obras, fonogramas, videogramas o libros a que se refiere el párrafo anterior, o…”
En este supuesto, es claro que en la publicación y venta de INJUSTICIA PROTEGIDA se actualiza la REPRODUCCIÓN, ALMACENAJE, TRANSPORTACION, DISTRIBUCIÓN Y VENTA de obras protegidas por el derecho de autor.
Asimismo, a las personas que aportaron o participaron en la reproducción de la obra, como el corrector de estilo, el diseñador, el redactor de cambios, también pueden ser señalados como probable responsables de delitos.
Por último, en este caso en particular y forma genérica es aplicable el supuesto contenido en la fracción III del artículo 424 del Código Penal Federal que establece que:
“Artículo 424.- Se impondrá prisión de seis meses a seis años y de trescientos a tres mil días multa:
III. A quien use en forma dolosa, con fin de lucro y sin la autorización correspondiente obras protegidas por la Ley Federal del Derecho de Autor.”
Sin embargo, de la misma manera que surgió el delito de Plagio que se persigue por parte de la Fiscalía General de la República y que hoy se encuentra en manos del Poder Judicial Federal, es decir, en una campaña política, hoy de nueva cuenta el presunto responsable de delitos en materia de derechos de autor se encuentra inmerso en otra campaña, pero ahora como candidato de la alianza que representa al gobierno del Estado de Quintana Roo a diputado local.
Es por ello, que hoy, desde lejos y ya no como representante del agraviado, tengo la oportunidad de presenciar como testigo, una lucha más entre el Derecho, en este caso de Autor, y la presión política del Estado, por mantener a su candidato inmóvil.
EN LA OPINIÓN DE:
¿PARA CUANDO LOS POSGRADOS?
“EN LA OPINIÓN DE”
Dr. Hugo Alday Nieto
Hace un par de semanas en el seno del Congreso del Estado de Quintana Roo, expuse dados del INEGI y de la OCDE en donde se puede apreciar con enorme claridad la falta de atención del Estado mexicano hacia a educación superior, pero más aún hacia la posibilidad de concretar estudios de posgrado.
De acuerdo con los últimos datos de ambas instituciones, INEGI y OCDE; más del 80% de los mexicanos mayores de edad no cuentan con estudios superiores. Esto es, que no cuentan con estudios de licenciaturas, ingenierías o incluso carreras técnicas.
De igual manera cuando hablamos de posgrados, los datos son mucho más alarmantes. Cerca del 97% de los mexicanos no cuentan con estudios de maestría. Y de manera coincidente, ambas instituciones señalan que el 99.8% de los mexicanos mayores de edad no cuentan con estudios de doctorado. Evidentemente, encontrar datos relacionados con estudios de posdoctorado en México, ya resulta imposible.
En los últimos días, debido a que se abrió una interesante oportunidad para realizar estudios de postdoctorado en la Universidad de Salamanca, España, en la modalidad virtual; me di a la tarea de buscar en las diversas instituciones públicas locales y federales la posibilidad de encontrar algún programa de fomento o apoyo para poder cursar esos estudios postdoctorales. Lamentablemente, no existe presupuesto para ello en ninguna de las instituciones públicas a las que me he acercado hasta el día de hoy. Y vaya, en algunas simplemente no contestan.
Esta situación es gravemente preocupante dado que, si de inicio tenemos más del 80% de la población mayor de edad sin estudios superiores, la posibilidad de poder impulsar la obtención o creación de empleos técnicos especializados y bien remunerados parece aún muy lejana para el país.
De igual manera es preocupante, dado que la falta de formación profesional afecta directamente al desarrollo económico de una nación, limitando el potencial crecimiento de los individuos, de sus familias, y por consecuencia, limitando gravemente la posibilidad de promover el autoempleo y el emprendimiento.
Con lo anterior, lo que quiero decir es que ante la falta de formación profesional de más del 80% de los mexicanos en edad laboral, seguimos siendo un país condenado a empleos generalmente de trabajo físico y mal remunerado, y aquellas ofertas de trabajos técnicos y especializados, seguirán siendo principalmente para extranjeros.
Hoy en día, en donde la autoridad utiliza términos como el de la neocolonización desde los palacios gubernamentales como una afrenta hacia el pueblo mexicano, resulta paradójico, que lejos de buscar una solución que nos coloque como país en una mejor posición de desarrollo a través de la inversión en educación superior y en posgrados, para la profesionalización y especialización de la población, sigamos simplemente tirando culpas al pasado.
Desde mi trinchera, creo firmemente que el Estado tiene muchísimas áreas de oportunidad para fomentar la educación superior homologando y certificando los planes y programas de estudio de las universidades públicas y privadas, buscando un estándar de calidad suficientemente fuerte de nuestros egresados, así como de generar oportunidades para que a través de las nuevas tecnologías, aquellos interesados en continuar su formación académica y que no encuentran oportunidades en México por falta de universidades y de infraestructura, puedan realizarlo con apoyos y fomento público en el entorno digital aprovechando la amplísima oferta educativa extranjera.
Es momento de actuar en pro de la educación superior. Es momento de abatir de una vez por todas esos penosos números que nos llevan a tener al más del 80% de los mexicanos mayores de edad sin estudios superiores. Porque la realidad la estamos creando hoy. Porque el tiempo del cambio prometido comenzó hace 7 años, y hoy, deberíamos estar cosechando nuevos números si hubiese existido una verdadera oferta educativa de educación superior para dotar de herramientas a las generaciones actuales y venideras.
De no actuar en este momento, el analfabetismo profesional y técnico seguirá en México, como siguen las cosas que no tienen mucho sentido, y cada día que pasa se perderán más las posibilidades de echar culpas al pasado.
EN LA OPINIÓN DE:
REPUNTA DEMANDA DE CHALECO KIWI
“La Última Palabra”
Por: Jorge A. Martínez Lugo.
• ¿Qué tan difícil será aparentar ser de Morena?
Ante el panorama incierto de si Morena y verdes van por separado, en los mercados digitales se ha intensificado la comercialización del Chaleco Brigadista Morena. Su costo: 240 pesos en promedio.
La idea trasfondo es estar preparado ante cualquier escenario, tan cambiante, que se vislumbra. La imagen que acompaña este texto, debe despertar algo diferente a cada quien; de eso se trata.
¿Qué tan difícil será aparentar ser de Morena?
A algunas personas les será totalmente fácil. A otras, todo lo contrario, sobre todo si mantiene la barba de tres días recortada y acostumbra jugar pádel, el deporte de élite más alejado del pueblo.
Y entre estos dos extremos, hay diversidad de variantes para quienes le es más o menos fácil aparentar ser de Morena; en ese partido donde los votos están gratis o en barata para quien se coloque el chaleco guinda, aunque mantenga su corazoncito pintado de otro color; sea verde, tricolor, azul…
La cosa es subirse al tren; a esa maquinaria de votos en cuyo nombre se navega en el enriquecimiento personal y de grupo. ¿Y la congruencia?, es lo de menos.
¿Y EL MODELO AGOTADO?
En esta campaña 2027, ¿algún candidato incluirá en su agenda el tema del “modelo agotado” del turismo? ¿Se hablará en las campañas de recuperar el desarrollo de Quintana Roo, sus municipios y comunidades?
¿Tomarán el toro por los cuernos, ante el turismo que paga malos salarios y empobrece a las comunidades mayas?
Con chaleco guinda, ¿van a seguir nadando de a muertito, mientras el modelo económico-social de turismo sigue en decadencia y lastimando a los quintanarroenses?
Con chaleco o sin chaleco ¿Alguien propondrá una política para que el turismo beneficie realmente los mayas y sus comunidades?
Por lo pronto, el chaleco guinda volverá a ser el protagonista en tiempos de campaña 2027; su precio promedio es de 240 pesos en mercado libre y tiendas en línea; te llega directo a tu casa, para estar a tono y dentro del presupuesto en esta nueva era de la política en Quintana Roo. Usted tiene la última palabra.
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