EN LA OPINIÓN DE:
Cuando el derecho y la política se cruzan…
Por MD Hugo Alday
Durante el proceso electoral anterior para la presidencia municipal de Benito Juárez y para la selección de legisladores federales de Quintana Roo, el escrito y periodista Luciano Nuñez, promovió diversas acciones administrativas y penales derivadas del plagio de su obra EL BESO DE JUDAS, registrada en el Instituto Nacional de Derecho de Autor el 9 de abril de 2013.
En este sentido y tal como lo establece la reciente tesis de Tribunales Colegiados “DELITOS EN MATERIA DE DERECHOS DE AUTOR. EL ELEMENTO NORMATIVO “PUBLICACIÓN” DEL TIPO PENAL PREVISTO EN EL ARTÍCULO 427 DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL, SE ACTUALIZA CON LA DISTRIBUCIÓN DE LA OBRA MATERIA DE LA CAUSA A UNA PLURALIDAD DE PERSONAS”.
Se deja claro que, en el supuesto de la reproducción, es decir, de la copia de una obra literaria en la que se plasme el contenido de un tercero sin su consentimiento y que además, se publique la misma, es decir, que sea divulgada atribuyendo la autoría a un tercero, el artículo 427 del Código Penal Federal, describe un delito patrimonial de naturaleza instantánea.
Es decir, que con la mera publicación del libro se incurre en el delito federal ya que como señala el propio juzgador federal, el supuesto jurídico normativo tutela y salvaguarda la idea o valor intelectual de la obra, castigando la usurpación de la creatividad ajena y exponerla fuera de un ámbito privado o doméstico al público al ponerla a su alcance. Es decir, al publicar la obra de otro sustituyendo al autor por alguien más.
En este sentido, el juez penal federal deberá atenerse a estudiar la conducta típica que involucra la negativa de la autoría del activo de una obra, a sabiendas de que no es propia, mediante una “publicación” a su nombre o de un tercero, cuyo elemento normativo se advierte del artículo 16, fracción II, de la Ley Federal del Derecho de Autor, que lo define como la acción de reproducir una obra en forma tangible y su puesta a disposición a una pluralidad de personas.
Dicho precepto establece lo siguiente:
“Artículo 16.- La obra podrá hacerse del conocimiento público mediante los actos que se describen a continuación:
II. Publicación: La reproducción de la obra en forma tangible y su puesta a disposición del público mediante ejemplares, o su almacenamiento permanente o provisional por medios electrónicos, que permitan al público leerla o conocerla visual, táctil o auditivamente…”
Lo anterior se coincide con los tratados internacionales ratificados por México, en particular con los artículos VI de la Convención Universal sobre Derecho de Autor 1952 y 3 del Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas; con lo cual, es procedente decretar la existencia de un delito cuando el sujeto activo publica una obra literaria que no es de su autoría sustituyendo el nombre del autor primigenio.
Para ello me permito citar los preceptos arriba mencionados:
“CONVENCIÓN UNIVERSAL SOBRE DERECHO DE AUTOR
ARTICULO VI
Se entiende por “publicación”, en los términos de la presente Convención, la reproducción de la obra en forma tangible a la vez que el poner a disposición del público ejemplares de la obra que permitan leerla o conocerla visualmente.”
“CONVENIO DE BERNA PARA LA PROTECCIÓN DE LAS OBRAS LITERARIAS Y ARTÍSTICAS
ARTICULO 3
1) Estarán protegidos en virtud del presente Convenio:
a) los autores nacionales de alguno de los países de la Unión, por sus obras, publicadas o no;
b) los autores que no sean nacionales de alguno de los países de la Unión, por las obras que hayan publicado por primera vez en alguno de estos países o, simultáneamente, en un país que no pertenezca a la Unión y en un país de la Unión.
2) Los autores no nacionales de alguno de los países de la Unión, pero que tengan su residencia habitual en alguno de ellos están asimilados a los nacionales de dicho país en lo que se refiere a la aplicación del presente Convenio.
3) Se entiende por “obras publicadas”, las que han sido editadas con el consentimiento de sus autores, cualquiera sea el modo de fabricación de los ejemplares, siempre que la cantidad de éstos puesta a disposición del público satisfaga razonablemente sus necesidades, estimadas de acuerdo con la índole de la obra. No constituyen publicación la representación de una obra dramática, dramático-musical o cinematográfica, la ejecución de una obra musical, la recitación pública de una obra literaria, la transmisión o radiodifusión de las obras literarias o artísticas, la exposición de una obra de arte ni la construcción de una obra arquitectónica.
4) Será considerada como publicada simultáneamente en varios países toda obra aparecida en dos o más de ellos dentro de los treinta días siguientes a su primera publicación.”
En este orden de ideas, resulta evidente que en el caso concreto de la publicación de la obra INJUSTICIA PROTEGIDA de Gregorio Sánchez, al contener íntegra la obra EL BESO DE JUDAS de Luciano Nuñez, y ser publicada con varios años de posterioridad, por el solo hecho de su publicación se ubica en la conducta anti jurídica.
Sin embargo, son aplicables más supuestos en este mismo caso, ya que en estricto sentido, es acumulable el contenido de la fracción I del artículo 424 Bis del Código Penal Federal que expresamente menciona:
“Artículo 424 bis.- Se impondrá prisión de tres a diez años y de dos mil a veinte mil días multa:
I. A quien produzca, reproduzca, introduzca al país, almacene, transporte, distribuya, venda o arriende copias de obras, fonogramas, videogramas o libros, protegidos por la Ley Federal del Derecho de Autor, en forma dolosa, con fin de especulación comercial y sin la autorización que en los términos de la citada Ley deba otorgar el titular de los derechos de autor o de los derechos conexos.
Igual pena se impondrá a quienes, a sabiendas, aporten o provean de cualquier forma, materias primas o insumos destinados a la producción o reproducción de obras, fonogramas, videogramas o libros a que se refiere el párrafo anterior, o…”
En este supuesto, es claro que en la publicación y venta de INJUSTICIA PROTEGIDA se actualiza la REPRODUCCIÓN, ALMACENAJE, TRANSPORTACION, DISTRIBUCIÓN Y VENTA de obras protegidas por el derecho de autor.
Asimismo, a las personas que aportaron o participaron en la reproducción de la obra, como el corrector de estilo, el diseñador, el redactor de cambios, también pueden ser señalados como probable responsables de delitos.
Por último, en este caso en particular y forma genérica es aplicable el supuesto contenido en la fracción III del artículo 424 del Código Penal Federal que establece que:
“Artículo 424.- Se impondrá prisión de seis meses a seis años y de trescientos a tres mil días multa:
III. A quien use en forma dolosa, con fin de lucro y sin la autorización correspondiente obras protegidas por la Ley Federal del Derecho de Autor.”
Sin embargo, de la misma manera que surgió el delito de Plagio que se persigue por parte de la Fiscalía General de la República y que hoy se encuentra en manos del Poder Judicial Federal, es decir, en una campaña política, hoy de nueva cuenta el presunto responsable de delitos en materia de derechos de autor se encuentra inmerso en otra campaña, pero ahora como candidato de la alianza que representa al gobierno del Estado de Quintana Roo a diputado local.
Es por ello, que hoy, desde lejos y ya no como representante del agraviado, tengo la oportunidad de presenciar como testigo, una lucha más entre el Derecho, en este caso de Autor, y la presión política del Estado, por mantener a su candidato inmóvil.
EN LA OPINIÓN DE:
DE TAJONEADAS Y ZIPIZAPE VERDE-MORENA VERDE-MORENA
“El Minotauro”
Por Nicolás Durán de la Sierra
En los últimos días, en voz alta en el escenario nacional y a sotto voce en los corrillos locales, el choque entre los Verdes y Morena se ha acentuado y no se descarta que, para el proceso electoral de 2027, que inició adelantado en San Luis Potosí y Quintana Roo, puedan llegar a las urnas como rivales. Renan Sanches Tajonar, el líder estatal de los primeros dice “que están listos para ir solos”.
En ambos estados, con distinto ropaje, la bronca en el fondo es la misma: el Partido Verde los tiene por pago de servicios al poder legislativo federal -leyes ganadas por mayoría-, y Morena cree que la cuenta está saldada y no va a ceder Quintana Roo. De allí las bravatas de Sánchez Tajonar, que son eso, meras bravatas. Siempre ha gustado de los desplantes de torero en plaza llena.
Por cierto, Sánchez Tajonar, líder también del congreso estatal, en la última semana del 2025, entre fiestas de diciembre, imbuido por la generosidad de esos días, dio a la actual legislatura a un nuevo récord: al otorgarse a sí misma una partida de 532 millones para este año, la hizo la diputación más cara de Mexico (21 millones por diputado) respecto de su población.
“Son como ladrones en la noche”, dirían los moralistas, bíblicos, pero no hay que hacerles caso, pues no habría quien cerrara la celda. Nuestras legislaturas tienen ya otro récord: son de las más erráticas del país. Va un botón: ayer la Suprema Corte modificó la ley de la universidad judicial estatal por ir contra los derechos humanos y ser inequitativa. Yerran hasta en lo más elemental.
Mas dejemos diputados, y tajoneras, y vamos al asunto Verde-Morena. La unción de candidatos toca al Palacio Nacional, pero hay más qué considerar. Verbigracia el arribo de “Kike” Vázquez para ir por Tulum. Sería una broma si no fuera porque llegó acompañado por Marcelo Ebrard, Ricardo Monreal, Manuel Velazco y hasta Gino Segura… Dos alfiles guindas y dos Verdes muy verdes.
Esto da idea del jaloneo.
Por ahora -los escenarios cambian en un día-y con afán salomónico, es posible que, por la mayoría legislativa federal se evite la ruptura y el Verde quede con uno de estos estados. En uno gobiernan ya, pero el otro es gran monedero y están en casa. Mar de piratas es el Caribe y tienen a Quintana Roo como botín político. Ojalá me equivoque, pero la primera ley de Murphy dice que no.
EN LA OPINIÓN DE:
URGE ATENDER DOS TEMAS EN QUINTANA ROO
“Caminos del Mayab”
Por Martín G. Iglesias
El lunes pasado opine sobre tomar en serio la promoción turística que Quintana Roo debe hacer ante la competencia de los destinos del Caribe; hoy quiero decir que hay dos temas que son urgentes y que tienen que ver con la actividad de la que vivimos el 95 por cientos de los quintanarroenses y es el Turismo.
El primer tema tiene que ver con las condiciones físicas, de señalética y de estructura preventiva que tiene la carretera Federal “Reforma Agraria-Puerto Juárez”, marcada en el mapa de vías de comunicación de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transporte como la 307. Esta vía es considerada una de las diez más peligrosas del país.
Datos extraoficiales informan que en promedio anual de accidentes automovilísticos en esta carretera es de 750-800 casos, con una tasa de mortalidad de 150 personas cada año. Las causas no solo son el exceso de velocidad, sino también la falta de un correcto señalamiento y advertencia en la carretera, siendo los puntos más lamentables el entronque de la Vía Corta a Mérida, Cafetal, entrada a Felipe Carrillo Puerto, Tulum-Playa del Carmen a la altura de Akumal y Puerto Aventuras, así como el tramo donde más accidentes hay que es de Cancún a Playa del Carmen, pasando por el puente de Puerto Morelos.
Las voces empresariales, principalmente de los prestadores de servicios turísticos, coinciden que no solo es el mantenimiento, también es importante asegurarse de que tenga adecuada iluminación, que cuente con controles de velocidad, señalética, además de suficiente personal policiaco para que se respeten estos límites; todo ello con el fin de evitar los trágicos atropellamientos de trabajadores en esta vialidad; hacen falta puentes peatonales, barreras, así como los puestos de auxilio en lugares estratégicos a lo largo de la 307.
El otro tema, que debe ser el más apremiante, es la potencial apertura de la industria turística al capital extranjero por parte de Cuba, la isla que está frente a Cancún y que comparte el Caribe; donde sus playas reconocidas mundialmente son: Varadero, en Matanzas y, Cayo Santa María, en la provincia de Villa Clara.
De hecho, los litorales de los hoteles Meliá Las Antillas, Meliá Internacional, Ensenachos y Caracol, en la península de Hicacos; Perla Movida, La Estrella, Perla Blanca y Meliá Las Dunas, en Cayo Santa María y; Las Salinas, de Trinidad, aparecen en el ranking de mejores playas en el 2025 por su calidad, protección, conservación y saneamiento.
Esta “amenaza” viene a sumarse a las ya mencionadas en la opinión del lunes, de otros destinos turísticos que lanzan una promoción agresiva con la marca del Caribe. No tengo la menor duda que con la posibilidad de invertir en Cuba, los empresarios hoteleros de Estados Unidos, España, Canadá, Francia e Inglaterra querrán tener ahí sus marcas, porque será un bum a nivel mundial.
Si Quintana Roo no mejora su infraestructura, su oferta de hospedaje, sus atractivos turísticos, se convertirá en un punto de acceso a la isla cubana, en un trampolín que verá pasar el turismo hacia la novedad cubana del Mar Caribe. Ahí se las dejo…
SASCAB
Por cierto, México y Quintana Roo mostrarán del 21 al 25 de enero en Ifema Madrid (Fitur) su riqueza cultural, turística y gastronómica a través de un formato renovado, dinámico y altamente representativo; además de presentaciones de destinos, venta de artesanías y expresiones culturales como la Guelaguetza de Oaxaca y la Danza de los Viejitos de Michoacán, la participación contará con la presencia de las 32 entidades federativas.
La delegación quintanarroense encabezada por la Gobernadora Mara Lezama Espinosa deberá llevar en mente que la captación de turismo europeo es prioritaria para Quintana Roo, al tratarse de un mercado de alto valor, con estancias más largas, mayor gasto promedio y un creciente interés por experiencias culturales, gastronómicas y sostenibles. Fortalecer la presencia en Europa contribuye a diversificar flujos turísticos, reducir la estacionalidad y promover destinos emergentes.
Esperemos que la presentación en la Fitur pueda rendir frutos para los 12 destinos de Quintana Roo. Al tiempo…

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