Nacional
Yarrington obtiene amparo, juez deja sin efecto orden de captura

De acuerdo con información de Milenio, el juez Décimo Tercero de Distrito de Amparo en Materia Penal en Ciudad de México, Jesús Alberto Chávez Hernández, otorgó la medida cautelar, misma que ordena al juez Séptimo de Distrito de Procesos Penales Federales con residencia en Estado de México, dejar sin efecto la orden y pronunciarse de nuevo, siempre y cuando aclare si se trata de un delito continuado o si este ya prescribió.
La orden de aprehensión contra Yarrington Ruvalcaba fue otorgada por el juez del Edomex el 25 de mayo de 2017, pero su existencia se conoció en febrero del presente año. Cabe recordar que la Procuraduría General de la República (PGR) acusó al expriista, así como a Miguel Alberto Treviño Guevara y Alfredo Sandoval Musi, de un supuesto delito de lavado de dinero por 12.7 millones de pesos y 450 mil dólares, recursos que según el Ministerio Público Federal se utilizaron para la compra de tres inmuebles en México y Estados Unidos.
Por su parte, la defensa de Tomás Yarrington argumentó que “existe incongruencia” entre los elementos típicos precisados en la hipótesis determinada por la autoridad judicial responsable por la que libró la orden de captura reclamada.
Se habla de que adquirió:
- Departamento 1401, ubicado en el edificio Brigde Point, en la calle 334 Padre Boulevard en Sur isla del Padre, en el condado de Cameron, estado de Texas, EUA.
- Rancho “El Mirador”, en San José de la Rusias, municipio de Soto la Marina, en Tamaulipas.
- Rancho “El Colmenar”, también en el municipio de Soto la Marina.
El juez de Distrito de Procesos Penales Federales consideró que las conducta delictiva no está prescrita, ya que el Ministerio Público de la Federación lo clasificó como continuado. Por tal razón, el juez de amparo señaló que el juez Séptimo fue omiso en exponer las razones que le permitieron establecer que en relación con las conductas delictivas imputadas al quejoso existió unidad de propósito delictivo, que prevé el Código Penal Federal, requisito indispensable para poder a afirmar la configuración de un delito continuado.
El amparo otorgado a Yarrington tiene el efecto para que el juez federal del Edomex deje insubsistente la resolución reclamada.
Fuente Político MX

Nacional
LA INFLACIÓN EN MÉXICO REPUNTA A 4.22% EN LA PRIMERA QUINCENA DE MAYO DE 2025

El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) reportó que, en la primera quincena de mayo de 2025, el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) registró una inflación anual de 4.22%, superando las expectativas del mercado y saliendo del rango objetivo del Banco de México (3% ±1%).
Principales factores del incremento
El aumento en la inflación se atribuye principalmente al alza en los precios de alimentos como el pollo (8.96%), la papaya (16.25%) y el jitomate (4.37%). La inflación subyacente, que excluye bienes y servicios con precios más volátiles, se ubicó en 3.97% anual, con incrementos en mercancías (3.51%) y servicios (4.49%). Por otro lado, la inflación no subyacente alcanzó el 4.78%, impulsada por mayores precios en productos agropecuarios (5.79%) y energéticos (3.71%).

Impacto regional
En términos regionales, algunas ciudades experimentaron variaciones significativas en el INPC. Por ejemplo, San Andrés Tuxtla, Veracruz, registró una variación quincenal de 0.96%, mientras que Veracruz, Veracruz, tuvo un aumento del 0.71%. Estas cifras reflejan las diferencias en la dinámica de precios a nivel local.
Perspectivas económicas
Este repunte inflacionario podría influir en las decisiones de política monetaria del Banco de México. Recientemente, el banco central redujo la tasa de interés a 8.5%; sin embargo, con la inflación superando el 4%, es posible que se considere una pausa en el ciclo de recortes de tasas.
A pesar del aumento en la inflación, la economía mexicana mostró signos de resiliencia, evitando una recesión técnica al registrar un crecimiento del 0.2% trimestral y 0.6% anual en el primer trimestre de 2025, impulsado principalmente por las actividades primarias, que crecieron un 7.8%.
Fuente: 5to Poder Agencia de Noticias

Nacional
GARCÍA LUNA Y SU ESPOSA DEBERÁN PAGAR 2,488 MILLONES DE DÓLARES A MÉXICO POR CORRUPCIÓN

Washington, D.C., 22 de mayo de 2025 — Un tribunal federal en Estados Unidos dictó una sentencia histórica contra Genaro García Luna, exsecretario de Seguridad Pública de México, y su esposa, Linda Cristina Pereyra, ordenándoles el pago de 2,488 millones de dólares al gobierno mexicano por su implicación en actos de corrupción y lavado de dinero.
La jueza encargada del caso determinó que el matrimonio incurrió en una operación sistemática de desvío de recursos públicos durante el sexenio de Felipe Calderón (2006-2012), utilizando empresas fantasma y contratos simulados para desviar fondos destinados a la seguridad pública. La resolución se basa en evidencia presentada por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de México, así como en declaraciones de testigos colaboradores.
Este fallo se considera un hito en la lucha contra la corrupción, ya que marca un precedente para la recuperación de activos robados al erario mexicano a través de procesos legales internacionales. El presidente Andrés Manuel López Obrador —quien ha seguido el caso desde su inicio— celebró la decisión y reiteró que su gobierno continuará impulsando acciones legales contra exfuncionarios que se beneficiaron ilícitamente del poder público.
Actualmente, García Luna se encuentra preso en Estados Unidos tras haber sido declarado culpable en 2023 por cinco cargos relacionados con narcotráfico y conspiración. Su esposa, aunque en libertad, enfrenta procesos judiciales complementarios por su papel en la triangulación de fondos.
El gobierno mexicano espera que parte de los fondos recuperados sean destinados a programas sociales y de seguridad pública, como parte de una estrategia de reparación del daño causado por la corrupción sistémica.
Este caso refuerza la colaboración binacional entre México y EE.UU. en el combate a la impunidad y la recuperación de activos obtenidos de manera ilícita.
Fuente: 5to Poder Agencia de Noticias

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