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$26 millones para víctimas de delitos; benefician a 560 afectados

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CIUDAD DE MÉXICO, 27 DE MARZO.- El Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) ha pagado 26 millones 140 mil 905.87 pesos a 560 personas afectadas por la delincuencia.

Las indemnizaciones cubren el periodo de enero de 2015 (cuando comenzó a operar) al 31 de mayo de 2017. Los pagos más altos son para víctimas de delitos del fuero federal o de violaciones a los derechos humanos cometidas por autoridades.

En la delegación de la CEAV Guerrero existen 10 casos de personas indemnizadas como víctimas indirectas de desaparición forzada. Son integrantes de la Coordinación de Víctimas del Club Avispones de Chilpancingo, agredidos el 26 de septiembre de 2014 junto con los normalistas de Ayotzinapa. Asimismo, está pendiente la reparación del daño por el atentado en el Casino Royale en Nuevo León, en 2011.

 

Abusos descalabran a la CEAV

Entre los beneficiarios están integrantes del Club Avispones, que son parte del caso Ayotzinapa; 20% de los recursos pagados fueron captados sólo por ocho personas.

Desde el inicio de operaciones del Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) en enero de 2015 y hasta al 31 de mayo de 2017, han pagado 26 millones 140 mil 905.87 pesos para diversas reparaciones 560 personas, sin embargo, las víctimas de la comisión de un delito del fuero federal, así como las de violaciones a los derechos humanos cometidas por autoridades son las que han recibido las reparaciones más altas.

De acuerdo con información obtenida por Excélsior, hasta mayo del año pasado, ocho de las 560 víctimas registradas habrían recibido el 20.56 por ciento del total de lo erogado por el fondo; es decir, cinco millones 376 mil 778.83 pesos se destinaron a reparar los daños a las víctimas del crimen organizado y de las autoridades, en indemnizaciones que van desde los 120 mil 687.74 pesos, hasta los dos millones 221 mil 230.30 pesos a una sola persona.

El resto de las restituciones se concentró en asistencia para servicios médicos, pago de medicamentos; atención mental en los casos en que la persona quede gravemente afectada psicológica o siquiátricamente; servicios odontológicos y reconstructivos y servicios de interrupción voluntaria del embarazo en los casos permitidos por ley.

Asimismo, destacaron casos en que la misma víctima recibió recursos hasta en 29 ocasiones, conforme a las medidas inmediatas del título tercero de la Ley General de Víctimas.

En la delegación de la CEAV en Guerrero existen diez casos de personas indemnizadas como víctimas indirectas de desaparición forzada, que son parte del caso Ayotzinapa. Entre ellos se encuentran integrantes de la Coordinación de Víctimas del Club Avispones de Chilpancingo, —quienes fueron agredidos la noche del 26 de septiembre de 2014 junto con los estudiantes normalistas de Ayotzinapa en Iguala, Guerrero—, quienes tuvieron acceso a los recursos del Fondo para cubrir medidas de ayuda, asistencia y atención para alimentación y alojamiento.

De acuerdo con la Ley General de Víctimas, la reparación integral comprende las medidas de restitución, rehabilitación, compensación, satisfacción y garantías de no repetición, en sus dimensiones individual, colectiva, material, moral y simbólica.

“Cada una de estas medidas será implementada a favor de la víctima teniendo en cuenta la gravedad y magnitud del hecho victimizante cometido o la gravedad y magnitud de la violación de sus derechos, así como las circunstancias y características del hecho victimizante”, precisa la legislación.

Una vez entregado el recurso otorgado por la Comisión Ejecutiva, así como las Comisiones de víctimas, con cargo al Fondo de Ayuda que requiera la víctima para garantizar que supere las condiciones de necesidad que tengan relación con el hecho victimizante, las personas cuentan con un plazo de treinta días, para entregar los comprobantes del gasto que se hayan generado con motivo del otorgamiento de dichas medidas.

Otro de los casos que está pendiente de reparación del daño es el del Casino Royal en Nuevo León, en donde el 25 de agosto del 2011, donde fueron asesinadas 52 personas a causa de un ataque del crimen organizado, sin embargo, la delegación de la CEAV en el estado únicamente cuenta con el registro de cuatro personas en calidad de víctimas reconocidas en proceso de recibir recursos económicos como reparación del daño.

Fuente Excélsior

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Impulsan Ley para que el presidente rinda un informe clínico cada año

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CDMX.- A fin de establecer que el presidente de la República debe informar al Congreso de la Unión sobre las condiciones de su salud, el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba (PAN) impulsa iniciativa que reforma y adiciona los artículos 6, 16, 69 y 82 de la Constitución Política.

En el artículo 69 constitucional busca agregar que, en la apertura de sesiones ordinarias del primer periodo de cada año de ejercicio del Congreso, el presidente de la República presentará “un informe clínico actualizado en versión pública donde se haga constar de la buena salud mental y la ausencia de una enfermedad incapacitante del titular del Poder Ejecutivo Federal”.

Además, en el artículo 82, propone dentro de los requisitos para ser presidente, “el tener un buen estado de salud mental y ausencia de enfermedad incapacitante, que deberá acreditarse con los estudios clínicos y dictámenes médicos de conformidad con las normas aplicables y la ley en la materia, mismos que deberán hacerse públicos”, así como “no tener padecimientos mentales, ni los comprendidos en alguna de las causas de incapacidad establecidas en el artículo 83”.

Mientras que en los artículos 6 y 16 sobre el derecho de acceso a la información y la protección de los datos personales, planea precisar que el estado de salud mental o enfermedad incapacitante del presidente de la República es información de interés público y quedará exceptuada de la protección y reservas de ley.

Ramírez Barba expone que el objetivo es asegurar que el presidente de la República mantenga una salud óptima para el ejercicio del gobierno; de ahí que se propone la implementación de exámenes de salud previos a la elección y anuales, dado que este asunto afecta la seguridad nacional.

“Es crucial que quienes lideran y protegen la soberanía y seguridad del país estén siempre en condiciones de hacerlo, evitando así poner en riesgo la existencia misma del Estado”, añade.

Hace mención que, durante los últimos sexenios, los ciudadanos han solicitado repetidamente conocer el estado de salud y el expediente clínico del presidente en turno, a menudo debido a especulaciones o escenarios de incertidumbre al respecto.

Sin embargo, agrega, tanto instituciones públicas garantes del derecho al acceso de la información, como tribunales han rechazado consistentemente proporcionar esta información, argumentando su carácter confidencial y reservado.

Considera que, la salud del presidente es un factor crítico que puede influir en numerosos aspectos del funcionamiento nacional. “Una mala salud del presidente puede provocar incertidumbre, inestabilidad y una serie de efectos negativos tanto a nivel nacional como internacional”.

El diputado Ramírez Barba argumenta que un presidente de la República, como servidor público, debe evitar especulaciones sobre su estado de salud, más allá de la mayor o menor apertura que tenga respecto de su privacidad. Y la ley debe garantizar a los ciudadanos el derecho de estar informados sobre las condiciones de salud de su presidente.

Por ello, la reforma constitucional busca establecer que el estado de salud mental o enfermedad incapacitante del presidente de la República sea información de interés público y quede exceptuada de la protección y reservas de ley, y presente al Congreso un informe clínico actualizado donde se haga constar de su buena salud mental y la ausencia de una enfermedad incapacitante.

La iniciativa fue turnada por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión a la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados.

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Proponen actualizar la Ley Agraria para dar certeza al desarrollo de la propiedad ejidal

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CDMX.-El diputado Francisco Javier Huacus Esquivel (PRD) propuso modificar la Ley Agraria para lograr tres objetivos: actualizar el nombre de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano; vincular las leyes de la Economía Social y Solidaria y Agraria respecto a los ejidos, y que el Registro Público de Crédito Rural sea compartido con el Instituto Nacional de la Economía Social.

La iniciativa, turnada a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, destaca que “la importancia de esta reforma radica en que el ejercicio de los derechos de propiedad a que se refiere la Ley, respecto al aprovechamiento urbano y el equilibrio ecológico, se ajustará a lo dispuesto en la ley vigente de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, con lo cual se da certeza jurídica en el desarrollo de la propiedad ejidal”.

Para ello, plantea cambiar los artículos 2 y 89; adicionar un segundo párrafo al artículo 114 y agregar un artículo 114 Bis de la Ley Agraria, con el fin de sustituir en la legislación el nombre de la Ley General de Asentamientos Humanos por el de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, así como incluir el de la Ley de la Economía Social y Solidaria.

Por lo que hace a la adición de un segundo párrafo en el artículo 114, propone que el Registro Público del Crédito Rural que administra la Secretaría de Hacienda y Crédito Público sea compartido con el Instituto Nacional de la Economía Social, para cumplir con el objetivo establecido en la Ley de Economía Social y Solidaria, en lo que se refiere a los ejidos.

Mientras que con el nuevo artículo 114 Bis se busca que las uniones, asociaciones rurales, sociedades de producción rural, sean consideradas y tratadas como organismos del sector social de la economía, de conformidad con el artículo 25, párrafo octavo, de la Constitución Política.

El diputado Huacus Esquivel aseguró que la adición de ese artículo representa una armonización legislativa que no implica un impacto en las finanzas del Estado mexicano y es acorde a lo establecido en la Carta Magna y en la Ley de la Economía Social y Solidaria.

Argumentó que la Ley Agraria no ha sido actualizada para prever que lo que se refiera a la Ley General de Asentamientos Humanos se entenderá como Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, por lo que esta iniciativa subsana la laguna legislativa existente para contribuir a su correcta interpretación y aplicación.

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