Nacional
Se tambalea dirigencia de Díaz de la Torre al frente del SNTE

CIUDAD DE MÉXICO, 9 DE FEBRERO.- El abogado laboralista Carlos de Buen aclaró en entrevista cuál ha sido el motivo por el que el presidente del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE), Juan Díaz de la Torre, ha debido suspender su labor como tal.
“En primera es que no es un amparo de Elba Esther Gordillo. En este caso, fueron tres profesores que fueron, sí, simpatizantes de Elba Esther y ya no”, acota el abogado, en entrevista con Apro.
–Entonces, ¿de qué se trata? –se le pregunta.
“Es un amparo que se promueve porque es un poco un tema histórico, porque cuando detuvieron a la profesora, ella se dirigía a una reunión del Consejo del SNTE, y en esa reunión pues se tenían que aprobar los estatutos, según lo había determinado un Congreso que se había celebrado unos meses atrás, y ese era, realmente, el tema central de la reunión, pero en esa reunión digamos que se valieron de la detención de la profesora para nombrar a Juan Díaz de la Torre como presidente del Consejo General para el Fortalecimiento de la Educación que es, digamos, el cargo máximo unipersonal del sindicato, y con ello violentaron el estatuto del sindicato”, detalló.
Enseguida señala que lo anterior salió a relucir al obtenerse una copia del acta levantada hace cinco años, respecto de los acuerdos tomados en ese Consejo, y en vísperas del Congreso Nacional del SNTE, a celebrarse en Puerto Vallarta, Jalisco, del 12 al 14 de febrero.
“Se promovieron varios amparos, en realidad, en concreto, uno de ellos, en Baja California, un juez concedió la suspensión del acto reclamado, para que la toma de nota que, en su momento, expidió el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, no pudiera surtir efectos respecto del nombramiento de Juan Díaz de la Torre como presidente del Consejo”, y esto –admitió– “puede tener muchas repercusiones”.
El punto es que, desde hace cinco años, esta presidencia del SNTE ha tomado ciertas decisiones y asumido diversas responsabilidades que, indica, “a juicio nuestro él ha llevado a cabo con un nombramiento espurio, en el sentido de que no cumplió los requisitos del estatuto”.
Luego explica que, en estos momentos, sólo tienen una suspensión provisional pero, de ganarse el amparo, Díaz de la Torre tendría que responder por todo lo que ha hecho en su carácter de presidente del SNTE.
“¿Consecuencia? Todos los acuerdos con la Secretaría de Educación Pública, con las delegaciones estatales, etcétera, serían nulos”, acota.
El asunto principal, aclara, es que, de acuerdo con sus estatutos, no tenían por qué destituir a Elba Esther Gordillo como presidenta del SNTE, ya que “hablaron de ausencia”, sin derecho de audiencia e incumplieron con sus propios estatutos sindicales.
–En el fondo, ¿esto es por violar los estatutos del sindicato?
–En el fondo es eso, por violar los estatutos del sindicato –sentencia.
“Esa violación implicó dos temas centrales: uno, la ilegal destitución de la profesora Elba Esther Gordillo como presidenta del Consejo General, y el nombramiento, también contrario al estatuto, de Díaz de la Torre como presidente del Consejo General”, puntualiza.
De Buen destacó que, además, Díaz de la Torre se conduce como presidente y secretario general del SNTE, que son dos actividades que, de acuerdo con los estatutos sindicales, deben desempeñar personas distintas porque, inclusive, la primera tiene control sobre la segunda, enfatiza.
También puntualiza que, aunque la suspensión provisional haya sido otorgada por un juez de distrito en Baja California, el efecto es nacional, debido a que se trata de un juzgado federal, “y con ello está suspendiendo los actos de otra instancia federal, que es el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, instancia que es la que reconoce a Juan Díaz de la Torre como presidente del Consejo” del SNTE.

Nacional
LA VIVIENDA COMO DERECHO Y MOTOR ECONÓMICO: COPARMEX CDMX Y GOBIERNO CAPITALINO UNEN FUERZAS

Ciudad de México, 16 de octubre de 2025.— En el marco del foro “Mi Vivienda COPARMEX 2025”, líderes empresariales y autoridades capitalinas coincidieron en que el acceso a una vivienda digna debe ser un derecho alcanzable y un eje estratégico para el desarrollo económico y social de la Ciudad de México.

Alejandro Kuri Pheres, presidente de la Comisión de Vivienda de COPARMEX CDMX, hizo un llamado a consolidar alianzas entre gobierno, iniciativa privada e instituciones financieras para garantizar vivienda asequible, bien localizada y sustentable. “La vivienda es el punto de partida de la seguridad familiar, la productividad laboral y la cohesión social”, afirmó.
Por su parte, Inti Muñoz, Secretario de Vivienda del Gobierno capitalino, subrayó que “la vivienda es el principio de todos los derechos” y debe colocarse en el centro de la agenda urbana. Alertó sobre los efectos negativos de la gentrificación y la falta de vivienda cercana a los centros de trabajo, lo que obliga a miles de trabajadores a invertir hasta seis horas diarias en transporte.

El evento, realizado en el World Trade Center, reunió a más de 200 representantes del sector inmobiliario, financiero y gubernamental. Se destacó el déficit de 700 mil viviendas en la capital y la urgencia de soluciones habitacionales que impulsen la competitividad y el bienestar social.
COPARMEX CDMX reafirmó su compromiso con una visión empresarial centrada en las personas, donde la vivienda digna es clave para construir una ciudad más equitativa y habitable.
Fuente: 5to Poder Agencia de Noticias

Nacional
REFORMA A LA LEY DE AMPARO: AVANCE HISTÓRICO EN LA DEFENSA DE DERECHOS HUMANOS

Palacio Legislativo de San Lázaro, 14 de octubre de 2025.— Con 345 votos a favor, 131 en contra y 3 abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó en lo general el dictamen que reforma la Ley de Amparo, el Código Fiscal de la Federación y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Esta iniciativa, impulsada por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, busca consolidar el juicio de amparo como herramienta clave para la defensa efectiva de los derechos humanos y el control constitucional.
Las reformas establecen que el interés legítimo deberá implicar una afectación jurídica real, actual y diferenciada, y que la presentación de promociones podrá realizarse por escrito o de forma electrónica, sin que se condicione el acceso al procedimiento por el medio elegido. Además, todas las autoridades involucradas deberán generar un usuario en el Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial de la Federación.
Se incorpora una nueva causal para el juicio de amparo indirecto en casos de ejecución fiscal, y se precisan plazos y condiciones para la presentación de pruebas. El fallo deberá emitirse en un máximo de 60 días naturales tras la audiencia constitucional.
La reforma también limita la suspensión de normas generales con efectos generales y exime de responsabilidad penal a autoridades que acrediten imposibilidad jurídica o material para cumplir con la suspensión.
La discusión en lo particular continúa, con reservas presentadas a más de 40 artículos y transitorios.
Fuente: 5to Poder Agencia de Noticias
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