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Valida TEPJF lineamientos sobre espectaculares y ordena elevar presupuesto de tribunal

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CIUDAD DE MÉXICO, 17 DE ENERO.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó los lineamientos sobre el identificador de los anuncios espectaculares, cuya validez había sido impugnada por el PRI y el PRD.

El TEPJF consideró que la inclusión del identificador único a los anuncios espectaculares permitirá al órgano fiscalizador contar con información necesaria para verificar con oportunidad y certeza el adecuado manejo de los recursos que los institutos políticos reciban y realicen, “garantizando de esta forma un régimen de transparencia y rendición de cuentas, principios esenciales que deben regir en un Estado democrático de Derecho”.

En su sesión de este miércoles, la Sala Superior también ordenó incluir en el Presupuesto de Egresos 2018 de Morelos un incremento a los recursos asignados al Tribunal Electoral del Estado de Morelos, a fin de permitir su adecuado funcionamiento.

La resolución derivó de que el TEEM promovió un juicio electoral en contra de la asignación de recursos al órgano de justicia estatal, determinada en el Presupuesto de Egresos para este año.

 

De estos asuntos, el TEPJF informó en los siguientes comunicados:

El TEPJF confirma los lineamientos para identificación de anuncios espectaculares

La Sala Superior consideró debida la actuación del INE al emitir los lineamientos señalados
El Pleno señaló que las conductas que impiden el debido desarrollo de la fiscalización deben ser calificadas como faltas sustantivas

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió, por unanimidad de votos, confirmar el Acuerdo INE/CG615/2017 del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), por el que se emitieron los lineamientos para dar cumplimiento a las especificaciones del identificador único que deben contener los anuncios espectaculares.

Los partidos Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD) promovieron impugnaciones en contra de dicho acuerdo, al considerar que el establecimiento de las sanciones por incumplimiento con las reglas previstas en los lineamientos excede el ejercicio de la facultad reglamentaria, además de no estar debidamente fundado y motivado, y contener una calificación inadecuada de la conducta consistente en omitir incluir el identificador único en los anuncios espectaculares como falta sustantiva. También argumentaron los partidos inconformes que, en todo caso, los proveedores responsables de colocar los anuncios debieran ser los únicos sancionados por dicha omisión.

Al respecto, la Sala Superior señaló que, con la finalidad de dotar de funcionalidad en la aplicación al sistema y darle plena vigencia a lo ordenado en la Constitución, el Consejo General del INE tiene la facultad implícita de llevar a cabo la regulación de su potestad sancionadora, conforme a parámetros de congruencia y proporcionalidad. También consideró que la actuación del INE está justificada, ya que se orienta a ejercer su capacidad de vigilancia respecto del origen y destino de los recursos de los sujetos obligados en materia de fiscalización.

En la sentencia SUP-RAP-786/2017 y acumulados, se señaló que la omisión de incluir el identificador único para espectaculares en los anuncios exhibidos durante los procesos electorales, o incluir un mismo número de identificación único en dos o más espectaculares con ubicaciones geográficas diferentes, se traduce en la omisión de identificar debidamente toda la propaganda que beneficia a un determinado periodo (precampaña, obtención del apoyo ciudadano o campaña) y, por lo tanto, en gastos no reportados, lo que por sí mismo constituye una falta sustantiva.

El Pleno estimó que la inclusión del identificador único a los anuncios espectaculares permitirá al órgano fiscalizador contar con información necesaria para verificar con oportunidad y certeza el adecuado manejo de los recursos que los institutos políticos reciban y realicen, garantizando de esta forma un régimen de transparencia y rendición de cuentas, principios esenciales que deben regir en un Estado democrático de Derecho. Las magistradas y los magistrados de la Sala Superior subrayaron que, en cualquier caso, la calificación de una infracción debe guardar correspondencia con la esencia del hecho infractor cometido y que una conducta que impida debido ejercicio de la facultad fiscalizadora (por ejemplo, que la fiscalización no se efectúe con la totalidad de los elementos necesarios para identificar toda la propaganda existente) amerita la calificación de falta sustantiva.

Asimismo, se indicó que es obligación de los partidos políticos facilitar en su contabilidad el reconocimiento de operaciones, reflejando un registro congruente y ordenado de cada operación; por lo que, de presentarse una omisión, esta no puede ser considerada responsabilidad exclusiva de los proveedores.

De ahí se concluyó que el contenido del lineamiento impugnado no se contrapone a los tipos de sanción regulados en la ley, pues en los referidos lineamientos el INE únicamente precisó la calificación que merece la falta sin que de suyo dicha determinación infrinja el catálogo de sanciones establecido.

En consecuencia, la Sala Superior confirmó el acuerdo impugnado.

http://portal.te.gob.mx/noticias-opinion-y-eventos/boletin/0/11/2018

Ordena TEPJF modificar el presupuesto de Morelos para entregar recursos solicitados por el Tribunal Electoral local

La Sala Superior ordenó al Gobernador que, dentro del plazo de quince días naturales, remita al Congreso del Estado una nueva propuesta de presupuesto que contenga el anteproyecto presentado por el Tribunal Electoral local

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió, por unanimidad de votos, ordenar al Gobernador del Estado de Morelos someter a la aprobación del Congreso local una nueva propuesta del Presupuesto de Egresos para el actual ejercicio 2018, en la que se incrementen los recursos asignados al Tribunal Electoral Estatal, que permitan su adecuado funcionamiento.

El Magistrado Presidente del Tribunal Electoral del Estado de Morelos (TEEM) promovió un juicio electoral en contra de la asignación de recursos al órgano de justicia estatal, determinada en el Presupuesto de Egresos para este año.

Al resolver el SUP-JE-1/2018, las magistradas y los magistrados declararon fundado el reclamo del TEEM, relativo a que el actuar del Gobernador, al remitir al Congreso del Estado la propuesta de presupuesto del Tribunal, fue contrario al procedimiento dispuesto en el marco legal y constitucional, pues redujo la cantidad solicitada por el órgano de justicia electoral.

Ello originó que el Congreso del Estado recibiera, analizara y aprobara una propuesta de Presupuesto de Egresos, que contenía valores distintos a los proyectados y requeridos por el propio TEEM para el desempeño de su función constitucional durante un ejercicio en el que, además, se desarrollan tres procesos electorales de autoridades de la entidad; circunstancia que atenta contra las garantías de autonomía e independencia de la autoridad jurisdiccional electoral local.

Entre los agravios, el órgano jurisdiccional local sostuvo que ni el Gobernador ni el Secretario de Hacienda tienen atribuciones para modificar la propuesta de presupuesto que formuló ese órgano de justicia y que los recursos otorgados son insuficientes para llevar a cabo su mandato legal.

El Pleno de la Sala Superior precisó que el Gobernador no cuenta con facultades para hacer modificaciones al presupuesto formulado por el tribunal local. La sentencia explica que la legislación de Morelos prevé que el proyecto que formule el propio órgano de justicia sea remitido al Poder Ejecutivo para que sea incluido en el Proyecto de Presupuesto de Egresos del Estado, sin que pueda realizar modificaciones pues, de hacerlas, ejercería un control de cuestiones presupuestarias que excede su ámbito de atribuciones. En este sentido, el órgano al que compete el examen, discusión, en su caso ajuste, y aprobación del presupuesto del Estado es el Congreso del Estado.

El Pleno consideró que la reducción del presupuesto en más de la mitad, efectuada por el Gobernador, no fue debidamente justificada, ante la trascendencia de la función que constitucionalmente tiene encomendado el Tribunal Electoral.

De ahí que la Sala Superior determinó, en primer término, ordenar al Gobernador que, dentro del plazo de quince días naturales, remita al Congreso del Estado, el anteproyecto presentado por el Tribunal Electoral de Morelos por $41´562,660.21 (cuarenta y un millones quinientos sesenta y dos mil seiscientos sesenta mil pesos 21/100).

Por su parte, corresponderá al Congreso emitir una determinación, dentro del actual periodo ordinario de sesiones, respecto de la propuesta de asignación adicional de recursos al Tribunal Electoral, debiendo considerar, prioritariamente, el incremento exponencial en las cargas de trabajo y requerimientos de recursos, que indefectiblemente implica el desarrollo de los procesos electorales para la renovación de todos los cargos de elección popular de la entidad.

Finalmente, el Pleno vinculó al Gobernador y Secretario de Hacienda de Morelos para que, en el futuro, continúen entregando puntualmente al Tribunal Electoral del Estado, las partidas presupuestales en los términos dispuesto en la normativa estatal, y conforme la asignación aprobada en el Presupuesto de Egresos vigente, hasta en tanto el Congreso no emita una determinación de aumento de recursos, y se realicen los ajustes que correspondan.

Fuente Aristégui Noticias

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Avanza sobre México la sequía extrema

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“Agua estructurada” reduce 50% el gasto y aumenta la producción en invernaderos

(Tercera y última parte)

Por: Cliserio E. Cedillo Godínez*


“Descubrimiento del Siglo”

Aunque oficialmente no se promueve el uso del agua estructurada, existen varias investigaciones de científicos reconocidos que la destacan como el “Descubrimiento del Siglo”, tal y como fuera en su tiempo la invención del transistor, las microondas, la telefonía celular, entre otras.

El agua estructurada es agua que ha sido sometida a un proceso que altera su estructura molecular, haciéndola más ordenada y coherente. Se cree que esta agua tiene propiedades beneficiosas únicas para la salud y el bienestar. Esta agua es conocida como agua viva o hexagonal.

Entre los métodos dados a conocer para estructurar el agua se cuenta la “Exposición a campos magnéticos fuertes que pueden alterar la alineación de las moléculas de agua, haciéndolas más ordenadas”.
De igual forma, la creación de vórtices en el agua puede ayudar a alinear las moléculas de agua y eliminar las impurezas. Otra técnica es utilizar las ondas ultrasónicas para romper los enlaces de hidrógeno entre las moléculas de agua, haciéndolas más móviles y ordenadas.

Entre las propiedades del agua estructurada, según científicos, se cuenta la “Mayor hidratación: El agua estructurada puede penetrar más fácilmente las membranas celulares, lo que lleva a una mejor hidratación; el agua estructurada puede transportar más fácilmente nutrientes a las células; tiene propiedades antioxidantes, el agua estructurada puede ayudar a neutralizar los radicales libres y proteger las células del daño oxidativo; mejor función cognitiva, puede mejorar la función cognitiva, la memoria y la concentración; el agua estructurada puede aumentar los niveles de energía y reducir la fatiga, afirma el ingeniero agrónomo Valentín Reyes, promotor de esta agua.

Evidencia científica
Actualmente, no hay evidencia científica concluyente que respalde todas las afirmaciones sobre los beneficios del agua estructurada. Sin embargo, algunos estudios han demostrado que el agua estructurada puede tener ciertos beneficios, como una mejor hidratación y una mayor capacidad de transporte de nutrientes.

Sin embargo, la mejor evidencia de que mejora la eficiencia de la agricultura es la del propio Bulmaro Luna González, quien muestra orgulloso este avance tecnológico al que le encuentra varios beneficios, sobre todo el ahorro del 50% del agua, que tiene que comprar, para el riego de sus cultivos, cuanto y más en esta época en que la sequía avanza sobre México secando las presas y dejando en la miseria a miles de agricultores y ganaderos.


*Periodista con 49 años de experiencia como reportero especial en diarios nacionales y estatales, así como en jefaturas de información de noticieros de radio; director general de 5to Poder Periodismo ConSentido.

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Avanza sobre México la sequía extrema

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“Agua estructurada” reduce 50% el gasto y aumenta la producción en invernaderos

(Segunda Parte)

Por Cliserio E. Cedillo Godínez*

“Tuve que comprar mi pipa, no me quedó más remedio. Sin la pipa tal vez se salvarían las cosechas, pero no me quedaría ninguna utilidad y peor si el precio del jitomate baja, como ya ha sucedido”, explica. “Y es que para lograr la cosecha de jitomate de una hectárea se requieren entre 600 y 800 pipas, equivalente a un gasto de casi 500 mil pesos. Y es que tenemos que regar durante 10 meses cuando son cultivos de ciclo largo. Realmente la utilidad es muy poca, todo se va en la compra de agua y otros insumos”, dice.

Bulmaro es un poblano joven que regresó exitoso de trabajar de sol a sol en Estados Unidos. Según narra todo lo que ganó y ahorró lo ha invertido en sus tres invernaderos y la compra de su pipa. Cada invernadero de una hectárea tuvo un costo de casi un millón de pesos. Todo iba bien, hasta hace tres años las lluvias eran normales y mantenían las presas llenas. “Aquí en San Antonio hay varias presas de diferentes tamaños. Desde ahí bombeábamos el agua hasta nuestros invernaderos, pero hoy sólo hay suelos yermos, cuarteados y áridos donde hasta hace dos años había agua y hasta peces.

Agua estructurada, gran descubrimiento

Continúa Bulmaro en su explicación, mientras nos muestra emocionado sus cultivos de jitomate: “Mire hasta hace tres días nuestras plantas se veían tristes, como si no las regáramos. Sin embargo, para fortuna de muchos de nosotros fuimos a una demostración de tecnología agrícola en Santa María Zacatepec, Puebla. Allí conocimos al ingeniero Valentín Reyes (Tel. Cel. 595 107 98 68), quien nos explicó sobre el uso de agua estructurada, como una buena solución para ahorrar agua, acelerar el enraizamiento y crecimiento de nuestros cultivos, con una mayor producción, en este caso de jitomate, calabaza y pepino.

Aunque nos explicó varias veces qué es el agua estructurada, la verdad no entendemos, pero sí puedo asegurar que funciona. Para estructurar el agua nos trajo unos tubos, llenos de algo que no sabemos qué es, mismos que se sumergen en los tinacos, tengo tres tinacoss, dos de tres mil litros y uno de cuatro mil. Los tinacos los lleno con mi pipa y luego con esa agua ya estructurada, se riegan los cultivos y, para nuestra sorpresa, descubrimos que ahorramos la mitad del agua que normalmente necesitábamos, es decir alcanzamos a regar con la mitad del agua.

“Algo tiene esa agua, como que es más permeable, conserva más la humedad y hace que las plantas enraícen sin necesidad de enraizador, crezcan más rápido, que las flores se polinicen más rápido sin necesidad de abejorros, incluso hace que los pétalos caigan solos y dejen libres los frutos para su rápido desarrollo.  Es algo increíble, de la noche a la mañana se ven los cambios en las plantas”, asegura Bulmaro emocionado.

Continuará…

*Periodista con 48 años de experiencia y director general de 5to Poder Periodismo ConSentido.

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