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EN LA OPINIÓN DE:

PERIPECIAS CONSTITUCIONALES

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“EN LA OPINIÓN DE”
Dr. Hugo Alday Nieto

Saliéndonos un poco de las inconstitucionalidades locales que nos han llevado a ser el Congreso más corregido de la historia de Quintana Roo, hoy es importante que echemos un vistazo a la Suprema Corte y las peripecias que desde la interpretación constitucional habrán de hacer para sacar avante la designación de Lenia Batres.
La tensión interpretativa entre los artículos 94 y 97 de la Constitución mexicana relativa a la elegibilidad del ministro presidente, nos ofrece un terreno fértil para examinar las principales formas de interpretación jurídica. No se trata solo de resolver un problema técnico, sino de justificar públicamente porqué una lectura de la Constitución debe prevalecer sobre otras y aquí, las teorías de la argumentación jurídica nos proporcionan herramientas para ello.
A fin de ser más esquemático, comparto la antinomia en concreto:
Artículo 94

Arículo 97

(…)

La Suprema Corte de Justicia de la Nación se compondrá de nueve integrantes, Ministras y Ministros, y funcionará en Pleno. Su presidencia se renovará cada dos años de manera rotatoria en función del número de votos que obtenga cada candidatura en la elección respectiva, correspondiendo la presidencia a quienes alcancen mayor votación.

(…)

Última reforma del artículo 15-09-2024

(…)

Cada cuatro años, el Pleno elegirá de entre sus miembros al Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el cual no podrá ser reelecto para el período inmediato posterior.

(…)

Última reforma del artículo 15-09-2024

Esta antinomia que pasó de noche por el órgano reformador y por los iluminados asesores jurídicos encabezados por su máximo exponente, Arturo Zaldivar Lelo de la Rea, genera una antinomia dentro de la misma Constitución que pareciera insalvable de manera interpretativa desde todas las teorías.
De donde, si tomamos la Interpretación literal o gramatical, pudiéramos determinar que ambas interpretaciones son totalmente diferentes en cuanto a la temporalidad. Su límite es evidente en este caso y no resuelve tensiones funcionales o institucionales.
Respecto de una interpretación sistemática cuya finalidad es la de armonizar el texto dentro del conjunto constitucional, la interpretación sistemática sostendría que ambos artículos pueden coexistir, salvo la temporalidad del periodo de elegibilidad del ministro presidente.
Cabe señalar que, siendo la propia Constitución, no resulta aplicable el principio “Lex Posterior Derogat Legi Priori” (Ley posterior deroga a la ley anterior) tan explotado en el constitucionalismo moderno que antes de concatenar o reformar leyes anteriores, aplican este principio obligando al litigante o usuario de la norma a revisar el inicio de las vigencias para saber cuál ley vale más que la otra; trasladando el trabajo de actualización de la norma al ciudadano.
En segundo término, tampoco es aplicable el principio de “Lex Superior Derogat Legi Inferiori” (Ley superior deroga a la Ley inferior), ya que se trata del mismo nivel jerárquico. El más alto. El de la Constitución General de la República. Por esta razón, ambas disposiciones son válidas con el mismo nivel de fuerza.
Un tercer principio para poder superar antinomias es el de la especialidad, en donde “Lex Sperialis Derogut Legi Generali” (Ley especial deroga a la Ley general), sin que pueda ser aplicable al caso concreto porque no existe norma especial pueda ser aplicable a un caso concreto de manera específica que tenga más validez que una norma general, estamos en presencia de la Cartya Magna de México que al reformarse fast track, sigue arrojando lagunas y antinomias.
Otra forma de analizar este conflicto sería desde el punto de vista teleológico en donde llegaremos al ¿para qué existe cada norma? ¿Cuál es a su finalidad? Sin embargo, al perseguir ambos párrafos el mismo objetivo, resulta inatendible esta posibilidad.
Ahora bien, si nos vamos al extremo IUSmoralista y aplicamos la ponderación de principios de Robert Alexy, quien sostiene que, al estar dos principios constitucionales en colisión, no se anulan: se ponderan. Tenemos que existen dos en pugna con el mismo peso al evaluar la intensidad de la afectación recíproca. Por lo que sería inaplicable la teoría de Alexy.
Lo que es importante advertir es que es inviable la inaplicación de una o de otra propuesta, por ninguna razón moral o por considerarlo un derecho injusto, ya que se estaría violentando de manera grave el contenido de la propia Constitución Política y allí si, estaremos tirando por la borda todo ese discurso de izquierda, republicana, liberal que cada día se aleja más del México en proceso de construcción.
En este sentido, no nos queda más salida que atender al derecho preexistente y resolver este tema desde el iuspositivismo, en donde debemos acudir a la misma Constitución que establece la forma de su modificación a través de la votación de dos terceras partes de los miembros del Congreso de la Unión y de los estados de la República, acorde a lo dispuesto por el artículo 135 de la misma Carta Magna.
Como colofón, sería necesario hacer un llamado a los presidentes de las cámaras y coordinadores de los partidos promoventes para revisar de manera transversal sus iniciativas tomando en consideración el derecho preexistente, para no seguir en esta tónica de parchar lo parchado, ya que, de no ser así, las antinomias y lagunas seguirán, como siguen las cosas que no tienen mucho sentido.

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EN LA OPINIÓN DE:

Aún funcionan “los prestanombres”

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“Caminos del Mayab”
Por Martín G. Iglesias

El próximo domingo 31 de mayo, vence el plazo para que todos los funcionarios públicos de confianza, presenten su declaración de situación patrimonial y de intereses; donde los sujetos obligados deben tener a la mano su CURP, RFC, acta de matrimonio, comprobante de domicilio, currículo vitae, recibo de nómina o declaración fiscal, escrituras públicas, facturas de vehículos, contratos y estado de cuentas, comprobante de otros ingresos, actas constitutivas de asociaciones y/o cualquier otro documento para comprobar su declaración.
Hay que hacer mención que existen tres tipos de declaraciones: declaración inicial, debiendo presentarse dentro de los sesenta días naturales siguientes a la toma de posesión con motivo del ingreso al servicio público por primera vez o del reingreso al servicio público después de sesenta días naturales de la conclusión de su último encargo; declaración de modificación patrimonial, la cual debe presentarse durante el mes de mayo de cada año y; declaración de conclusión del encargo, misma que debe presentarse dentro de los sesenta días naturales siguientes a la conclusión.
Pero más allá de cumplir con la ley, hay funcionarios públicos que evaden la ley, no solo por mentir en sus declaraciones patrimoniales, sino porque para hacerse de propiedades y cuentas bancarias, utilizan a los llamados “prestanombres”, que hace algunas administraciones eran amigos y familias íntimas, pero dadas las condiciones de que en varios casos se quedaban con las propiedades, “la nueva generación de políticos” opta por familiares cercanos.
No es extraño para los quintanarroenses, ver cómo presidentes(as) municipales, diputados(as), secretarios(as) de Estado y hasta directores del Municipio, ya cambiaron su estilo de vida, de cuando andaban en campaña que no tenían ni para la gasolina; hoy, después de unos meses y años de estar en el cargo, ahora tienen vehículos de último modelo, viajan por el mundo, utilizan relojes con precios superiores a los 100 mil pesos; presumen en redes sociales sus bienes muebles e inmuebles, sin dejar pasar las megafiestas que realizan por motivos de cumpleaños. Como dice el populacho, “hay dos cosas que no se pueden ocultar, el dinero y el embarazo”.
Hay secreto a voces en los municipios; “los nuevos ricos”, funcionarios que de la noche a la mañana levantan mausoleos que a un empleado de salario mínimo le costaría años tener al menos “una casita.
Espero que la Controlaría del Estado (Secretaría de Buen Gobierno) aplique la Ley General de Responsabilidades Administrativas, que establece en su artículo 33 que si no se presenta la declaración patrimonial en cualquiera de sus tres modalidades (inicio/modificación/conclusión), en los plazos correspondientes sin causa justificada, inicie inmediatamente la investigación por presunta responsabilidad por la comisión de la Falta administrativa prevista en el artículo 49 fracción IV de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y se requiera por escrito al servidor público el cumplimiento de dicha obligación.
Pero más allá del cumplimiento, sería muy bueno que se investigara a toda la parentela sobre el enriquecimiento de los últimos años, curiosamente cuando su familiar asumió el cargo de presidente(a) municipal, diputado(a) o secretario de estado. Ahí se las dejo…
SASCAB
Por cierto, Quintana Roo enfrenta uno de los grandes problemas medioambientales con la arribazón de más de 40 mil toneladas de sargazo que arriban a sus costas; donde el esfuerzo de los tres órdenes de gobierno parece que no surten efectos.
Desde Puerto Morelos hasta la Riviera Maya, la Secretaría de Marina (Semar) realiza actividades de limpieza del alga en las playas, así como la recolección en el mar, dado que el recale de la macroalga se ha intensificado notablemente en las últimas semanas. Según las cifras actualizadas de la Semar, se recolectaron 11 mil toneladas más en apenas 15 días. Eso ha obligado a redoblar los esfuerzos de limpieza en las costas del Caribe mexicano.
Viene el Verano, la temporada alta para Quintana Roo, por ello tanto los gobiernos como la Iniciativa Privada deben de priorizar la limpieza, como en Isla Mujeres, Benito Juárez (Cancún), Puerto Morelos, Cozumel, Playa del Carmen, Tulum y la comunidad de Mahahual, en Othón P. Blanco. Al tiempo…

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“GUERRA ESPIRITUAL” DEL MUCHACHO VERDE GUSTAVO

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“La Última Palabra”
Por: Jorge A. Martínez Lugo.

*Pierde la cordura, victimizándose ente un enemigo invisible y llama a actuar “con fe en el Señor”!!!

Sorprendente! el buen muchcho verde Gustavo Miranda García, quien presidió la Jugocopo sin ganar alguna elección, ahora se dice amenazado por “ciertos grupos” y asegura “seguiré trabajando por Quintana Roo”.

Quien ha estado en el núcleo de un grupo de defraudadores inmobiliarios en Cancun, junto con Pablo Bustamante, José de la Peña y su propia madre, ahora regresa a la política a traves de redes sociales, usando un discurso religioso para “regresarle la paz y el orden a Quintana Roo y al país”.

“Necesitamos regresar a la fé y a los verdaderos valorea de dios” afirma en un video que raya en el ridículo.

Miranda García busca ser candidato a gobernador (!!!) por Movimiento Ciudadano y por una organización fantasma a la que llama ” Generando ideas” a través de la cual ofreció regalar gorras blancas en los próximos dias por lo que llamo a “estar pendientes”.

Fantástica forma de hacer politica en redes sociales del buen mucjacho verde, quien busca salir de la congeladora política en la que fue refundido después de su fracaso como diputado local plurinominal.

Sin el menor pudor, se despide en su video con un: “Dios los bendiga”. Háganos el favor! Usted tiene la última palabra.
OoOoo

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