Nacional
Dan luz verde a 7 aspirantes independientes al Senado
La Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral (INE) informó que siete aspirantes a candidatos independientes al Senado cumplieron con el porcentaje requeridopara el registro de candidaturas independientes en el Proceso Electoral Federal 2017-2018, por lo que podrán presentar su solicitud para aparecer en la boleta el 1 de julio.
En sesión privada, se informó que los aspirantes cumplen con lo dispuesto en el artículo 371, numeral 2, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, al tener cuando menos el apoyo ciudadano equivalente al 2% de la lista nominal de electores de la entidad federativa correspondiente y cumplir con el criterio de distribución geográfica en por lo menos la mitad de los distritos electorales.
Se trata de Pedro Kumamoto de Jalisco; Manuel Clouthier de Sinaloa; Lorenzo Ricardo García de León de Baja California Sur; Pablo Salazar Mediguchía de Chiapas; Raúl GonzálezRodríguez, de Nuevo León; Obed Javier Pérez Cruz, en Tlaxcala; y Soledad Romero Espinal, en Guerrero.
“Dichos ciudadanos podrán presentar su solicitud de registro para candidatura independiente a una senaduría entre el 11 y el 18 de marzo de 2018 ante la presidencia del Consejo Local respectivo, siempre y cuando hayan cumplido sus obligaciones en materia de fiscalización y de conformidad con lo establecido en la normatividad aplicable”, detalló el INE en un comunicado.
En un principio, la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos registró la manifestación de intención de 78 ciudadanos, de los cuales 55 cumplieron con los requisitos y posteriormente 10 presentaron su renuncia. Al final del periodo de captación de apoyos, 9 aspirantes alcanzaron preliminarmente el número de apoyos requeridos.
En conferencia de prensa, Adriana Favela, consejera electoral del INE, detalló que al final del periodo de recolección de firmas de los aspirantes al Senado, “se revisaron nueve casos que cumplieron con su respectivo umbral de firmas”.
Sin embargo, en dos casos –Jorge Arturo Gómez González, por Aguascalientes, y Raymundo Vázquez Conchas, por Tlaxcala– se les descontaron las firmas por haber presentado fotografías de fotocopias en lugar de las credenciales originales de los ciudadanos que los apoyaron, detalló Rene Miranda Jaimes, director Ejecutivo del Registro Federal de Electores.
Nacional
Entra en vigor el Fondo de Pensiones para el Bienestar
Esta noche se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, que, entre otras cosas, modifica el destino de los recursos de aquellos ahorros de los trabajadores que no sean reclamados.
El decreto se publicó en la edición vespertina de este martes 30 de abril, el cual entrará en vigor mañana miércoles 1 de mayo.
¿Qué es el Fondo de Pensiones del Bienestar?
El dictamen para la creación del Fondo reforma y adiciona las siguientes leyes:
- Del Seguro Social
- Del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit)
- Del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste)
- De los Sistemas de Ahorro para el Retiro, Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público
- Del decreto por el que se extingue el Organismo Público Descentralizado denominado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero
- Abroga su Ley Orgánica, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2023.
- El Fondo para el Bienestar contará con un Comité Técnico que deberá emitir las reglas de operación sobre la recepción, administración, inversión, entregas y rendimientos de recursos a los institutos de seguridad social.
Su propósito es recibir, administrar, invertir y entregar los recursos que le sean aportados; será constituido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público como un fideicomiso público no considerado entidad paraestatal, en el cual el Banco de México actuará como fiduciario.
De acuerdo con Luisa María Alcalde, secretaria de Gobernación, antes de la reforma de 1997, impulsada por el presidente priista Ernesto Zedillo, el sistema de pensiones estaba en función del salario.
“Las pensiones estaban a cargo del IMSS. Te podías jubilar a los 60 años y con 10 años de trabajo, es decir, con 500 semanas de cotización”.
Detalló que antes un trabajador que ganaba 10 mil pesos se jubilaba en promedio con 10 mil pesos, prácticamente el 100 por ciento de su salario.
¿Y qué pasará con los Afores?
En el momento en el que se apruebe la creación de dicho Fondo, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores), las instituciones que realicen funciones similares de naturaleza pública, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir los recursos de las Subcuentas de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, al momento en que los trabajadores cumplan 70 años, sin necesidad de resolución judicial, debiendo notificar de cada traspaso al Instituto Mexicano del Seguro Social el mismo día en que se realice.
Esto NO será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el Instituto.
Para el caso de las y los trabajadores del Estado, el PENSIONISSSTE o las administradoras, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir dichos recursos al momento en que los trabajadores cumplan 75 años, sin necesidad de resolución judicial, al Fondo de Pensiones para el Bienestar.
Esto NO será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el Issste.
Fuente Milenio
Nacional
¡No más niños en moto! Aprueban diputados modificación en la Ley de Movilidad
CDMX.-Con 409 votos a favor, 25 en contra y 0 abstenciones, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó la modificación al artículo 49 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial para prohibir que menores de 12 años puedan viajar en motocicleta, aún cuando cumplan con la portación de casco.
Durante la sesión de este lunes, las y los diputados avalaron el dictamen que impide que niños viajen en este tipo de vehículos, con el objetivo principal es salvaguardar el bienestar de los menores de edad.
Actualmente la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial establece que el uso obligatorio de casco para personas conductoras y pasajeros de motocicletas, sin embargo, con esta reforma ya no se podrá transportar a los menores de 12 años.
Dicha ley sólo contemplaba que cualquier persona menor de 12 años viaje en los asientos traseros y con el cinturón de seguridad para proteger su integridad física.
El dictamen fue posteriormente enviado al Senado para continuar su proceso legislativo.
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