EN LA OPINIÓN DE:
LA IMPORTANCIA HISTORICA DE JULIO EN QUINTANA ROO
“Caminos del Mayab”
Por Martín G. Iglesias
Julio culmina con dos eventos de suma importancia para la sociedad quintanarroenses, el primero sucedió el día 30, pero de 1847; el segundo, es la creación del octavo municipio de Quintana Roo el día 28, pero de 1993; la característica en ambos casos es la emancipación en la toma de sus propias decisiones.
En 1847, el inicio de la Guerra Social Maya (Guerra de castas) se adelantó debido al asesinato prematuro de uno de los caudillos mayas de Chichimilá, Manuel Antonio Ay, quien en su preocupación por ver crecer a su hijo en un mundo libre, se unió con Cecilio Chi, Jacinto Pat y otros con la finalidad de quitarse el yugo de los hacendados blancos, de los capataces criollos y de los mayas subyugados que trabajaban a favor del sistema; pero fue descubierta la estrategia y en un juicio sumario lo asesinaron en Valladolid.
Aunque la Guerra Social Maya inició hace 178 años, en realidad no ha concluido, pues desde los 70 que llegaron a detonar el centro integralmente planeado de Cancún, la expansión ha sido sistemática hacia el sur, al grado de, en algunos casos, despojar a los mayas de sus tierras, otra vez obligándolos a refugiarse más al centro de la selva, no es algo desconocido para ellos, pero sí injusto. Explotan su gran cultura, sus costumbres, sus tejidos, sus productos elaborados a mano; mientras ellos reciben migajas por sus productos, otros se benefician con miles de pesos, hasta los gobiernos en turno se han aprovechado de la cultura viva de los mayas.
El caso de la creación de Solidaridad como municipio, hoy Playa del Carmen, su éxito turístico fue tan grande, que se convirtió en el segundo municipio del Estado en aportar mayores recursos que el mismo Cozumel, de donde salió; superando en población y en economía a la capital del Estado. Fue tan próspero, que en 2011 tuvieron que dividirlo para crear el noveno municipio, Tulum.

Pero en Playa del Carmen también los primeros presidentes municipales se aprovecharon de las tierras nacionales, convirtiéndose en latifundistas de miles de hectáreas de selvas, me acuerdo de dos, el extinto Marciano Toledo Sánchez y de Gabriel Mendicuti Loría; otros se quedaron con reservas territoriales y áreas verdes en la ciudad; además de negociar concesiones con los ejidatarios. El último que quiso quedarse con una buena porción de tierras fue el exgobernador Carlos Joaquín González, quien, a través de miembros de su escolta, quisieron intimidar a los habitantes de “Los Faisanes”, pero se la pelaron.
Lo cierto es que en ambos casos, el deseo de los dueños originales de la tierra, quisieron liberarse del yugo esclavizador, en 1887, deseaban recuperar su dignidad como persona, su independencias a usos y costumbres, así como tener su propios sistema político, religioso y miliar; en el segundo caso, muchos extranjeros se creen con derecho de pasar sobre los derechos de los propios pobladores de Playa del Carmen, imponer costumbres y culturas que no van con lo que representa el pueblo de pescadores, afortunadamente, el gobierno actual rompe paradigmas para incluir todas las voces. Ahí se las dejo…
SASCAB
Observo con cierto desacuerdo las críticas vertidas contra dos personajes de la política mexicana y a de la local. Se trata de Andrés “Andy” Manuel López Beltrán, quien, como dije el lunes paso, no estuvo presente en el Consejo de su partido, pues estaba de vacaciones o de asuntos de negocios; creo, que si tienes la posibilidad de viajar y hospedarte en los lugares que tú quieras, adelante, siempre y cuando no dañes a terceros, ¿molesta la austeridad republicana?, no sean inocentes, es solo un discurso, pero también tienen necesidades qué satisfacer, una de ellas es la recreación.
El otro personaje, es Raymundo King de la Rosa, a quien critican por hacer el esfuerzo de volver a entrar en la política local con un nuevo partido “Somos Mx”; lo que hizo cuando estuvo en el poder está bien documentado y no podemos quitarle el derecho de participar en política; lo que sí pueden hacer sus detractores es advertirle al electorado que no es por ahí, porque cuando tuvo la oportunidad de servir, no lo hizo. Todo lo demás, es sólo crítica de mala leche. Al tiempo…

EN LA OPINIÓN DE:
DeUltimaHora/PLAN MICHOACÁN PARA LA PAZ Y LA JUSTICIA
“La Última Palabra”
Por: Jorge A. Martínez Lugo.
• Anuncia Claudia Sheinbaum en La Mañanera de este 4 de noviembre, un proceso de consulta y mesas de trabajo para que la próxima semana se anuncie y se empiece a implementar.
• Se sustentará no en la guerra, sino en la construcción de la paz con seguridad y justicia.
Al iniciar la conferencia mañanera de este martes 4 de noviembre, la presidenta Claudia Sheinbaum anunció la creación del Plan Michoacán por la Paz y la Justicia, el cual se empezará a construir desde este mismo día, mediante consulta a la sociedad michoacana y mesas de trabajo.
“No se sustentará en la violencia ni en la guerra, sino en la construcción de paz, con seguridad y justicia” resaltó la presidenta.
En respuesta al artero crimen del presidente municipal de Uruapan, Carlos Manzo Rodríguez y al clima de extorsión y violencia en la entidad, la presidenta detalló que dicho plan se sustentará en tres ejes: a) Fortalecimiento de la presencia de las fuerzas del orden de manera coordinada los tres órdenes de gobierno; b) Desarrollo económico, y c) Educación y cultura de la paz. (Información en construcción).
ooOoo

EN LA OPINIÓN DE:
LA COSA JUZGADA
“Articulo de Opinion”
Por el Dip. y Lic.Hugo Alday Nieto
Hace unas semanas que la ministra Lenia Batres Guadarrama ha manifestado su intención de combatir y regular lo que ella denomina “la cosa juzgada fraudulenta”, y para ello, desde el mes de abril de 2025 en su página web manifestó la necesidad de definir y regular esta figura de su propia inventiva desde una concepción simplista desde mi criterio. (https://leniabatres.com.mx/notas-informativas/f/legislar-sobre-el-concepto-de-%E2%80%9Ccosa-juzgada-fraudulenta%E2%80%9D)
Pero para ser muy específicos, debemos aclarar que la cosa juzgada es una figura legal que se refiere a la situación en la que una resolución judicial ha adquirido firmeza y no puede ser objeto de otro recurso o acción legal que cuestione su validez o efectos. En otras palabras, significa que una vez que una sentencia ha sido dictada y no hay posibilidad de apelación o revisión, se considera cosa juzgada y el juicio termina.
La cosa juzgada es un principio fundamental en el sistema legal, ya que busca garantizar la seguridad jurídica y la estabilidad de las decisiones judiciales. Su objetivo es evitar que un mismo litigio sea sometido a un nuevo proceso judicial una vez que se ha emitido una sentencia definitiva con efectos vinculantes tanto para las partes del proceso como para los tribunales de justicia.
Esto significa que las partes no pueden volver a litigar sobre la misma cuestión que ha sido resuelta en una sentencia firme, y que los tribunales deben respetar y aplicar la decisión previa. Es importante tener en cuenta que la cosa juzgada solo se aplica a los aspectos que han sido objeto de debate y resolución en el proceso judicial. No impide la posibilidad de iniciar nuevos procesos o recursos legales en relación a otros aspectos no resueltos anteriormente.
Sus principales características son:
- Definitividad: La cosa juzgada se aplica a resoluciones judiciales definitivas, es decir, aquellas que no admiten recurso o impugnación posterior, como las sentencias definitivas y las resoluciones que pongan fin al proceso. Allí muere la cosa.
- Inmutabilidad: Una vez que una resolución se encuentra bajo el efecto de cosa juzgada, no puede ser modificada ni revocada por las mismas partes ni por otros tribunales. Se llama certeza jurídica.
- Oponibilidad: La cosa juzgada tiene efectos erga omnes, lo que significa que vincula a todas las partes involucradas en el proceso. Nadie puede discutir lo que ha sido juzgado.
En este orden de ideas, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece principios fundamentales que subyacen a la figura de la cosa juzgada, por medio de la certeza y seguridad jurídica derivada de la cosa juzgada que se enmarcan en los derechos al debido proceso y a la legalidad, consagrados en los artículos 14 y 16 de la Constitución General. Asimismo, el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares y sus equivalentes en las distintas materias regulan de manera específica la cosa juzgada.
En este sentido, considero que, jurídicamente el determinar el posible desvanecimiento de la cosa juzgada por algún esquema como el que plantea la ministra, puede poner en grave riesgo la solvencia del sistema jurídico al abrir la puerta a la posibilidad de volver a juzgar juicios concluidos con base en la más subjetiva de las interpretaciones de la autoridad jurisdiccional que, de buenas a primera quiera re-juzgar lo ya juzgado, porque considere que hubo corrupción desde una interpretación moralmente superior rompiendo con la certeza que da sustento a la confianza de un poder judicial.
Esta es una de las razones por las que hemos sido insistentes en que la SEP haga una verdadera revisión de los Revoes y plantes de estudios de las escuelas y facultades de derecho antes de liberar cédulas y grados académicos de dudoso contenido cómo los que ostenta la promovente de dicho proyecto de acuerdo.
Por ello, ante la posibilidad de que la nueva Corte apruebe la disolución de la cosa juzgada, es pertinente que desde las universidades en sus escuelas y facultades de derecho, los institutos de investigación jurídica, barras y colegios de abogados, claustros doctorales y grupos de abogados postulantes, hagamos un llamado enérgico para que este tema se considere desde el más profundo estudio dogmático y no así, a la ligera desde un concepto de corrupción jurisdiccional que además de lo tremendamente subjetivo que pueda parecer, sobrepasa los límites de la autoridad judicial al pretender establecerse como el gran legislador mexicano vulnerando la función formal y material del Poder Legislativo. De no ser así, la justicia seguirá como siguen las cosas que no tienen mucho sentido.
Dr. Hugo Alday Nieto
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