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Ricardo Anaya rechaza señalamientos sobre triangulación de recursos

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CIUDAD DE MÉXICO, 4 DE FEBRERO.- El precandidato presidencial del PAN, Ricardo Anaya Cortés, afirmó que la Fundación por más Humanismo actuó apegada a derecho y sin fines de lucro y jamás recibió recursos públicos, como dio a conocer la revista Proceso.

“Yo no recibí absolutamente ningún beneficio económico de las actividades de la Fundación”, subrayó Anaya luego de que la citada revista diera a conocer que el aspirante utilizó a la fundación para triangular dinero y hacer negocios inmobiliarios.

El precandidato refirió que la fundación se constituyó, entre otros fines, para adquirir una propiedad y edificar en ella una sede propia del Partido Acción Nacional (PAN) en Querétaro, ya que el local que hasta entonces se utilizaba como sede era rentado.

A través de un comunicado difundido por el PAN indicó que más de un año después de haber constituido la asociación civil, y ya con esa fuerza política como oposición, se gestionaron diversos préstamos para adquirir un terreno para edificar la sede estatal panista, y se suscribió un contrato para iniciar la construcción.

Mencionó que a principios de 2009 fue nombrado responsable del proyecto para que Acción Nacional pudiera contar con una sede propia, y al momento de su separación de la citada fundación ésta contaba con activos y deudas prácticamente equivalentes.


“El único activo era el inmueble referido, que aún se encontraba en proceso de construcción, y los pasivos eran las deudas producto de los préstamos obtenidos para su edificación”, afirmó el aspirante presidencial de la coalición Por México al Frente.

Abundó que al entrar en vigor la nueva Ley General de Partidos Políticos, el Comité Directivo Estatal del PAN en Querétaro pasó de recibir 5.9 millones de pesos en 2014, a 21 millones de pesos de financiamiento público local en 2015.

En ese nuevo contexto económico, la fundación y el PAN, ambos presididos por José Luis Báez Guerrero, decidieron comprar, con recursos del partido, un inmueble en una ubicación más próxima al centro de la ciudad de Querétaro.

Así como liquidar la fundación, toda vez que ya se había cumplido el objeto principal para el cual originalmente había sido creada: que el PAN contara con una sede propia.

Por ello, agregó, procedió a vender el único activo de la fundación (el inmueble inconcluso), y se pagaron todos los pasivos (deudas derivadas de la compra del terreno y la construcción).

Anaya Cortés aseveró que la fundación no aparece en su declaración 3 de 3 debido a que cuando ésta fue presentada, “ya había transcurrido más de un año y medio de mi separación de la mencionada asociación civil”.

El aspirante presidencial aclaró que el terreno que compró la fundación se adquirió de un particular, que a su vez lo había comprado a un ejidatario, por lo que es falso que haya sido expropiado a instancias del gobierno panista.

Fuente Excélsior

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Entra en vigor el Fondo de Pensiones para el Bienestar

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Esta noche se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, que, entre otras cosas, modifica el destino de los recursos de aquellos ahorros de los trabajadores que no sean reclamados.

El decreto se publicó en la edición vespertina de este martes 30 de abril, el cual entrará en vigor mañana miércoles 1 de mayo.

¿Qué es el Fondo de Pensiones del Bienestar?
El dictamen para la creación del Fondo reforma y adiciona las siguientes leyes:

  • Del Seguro Social
  • Del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit)
  • Del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste)
  • De los Sistemas de Ahorro para el Retiro, Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público
  • Del decreto por el que se extingue el Organismo Público Descentralizado denominado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero
  • Abroga su Ley Orgánica, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2023.
  • El Fondo para el Bienestar contará con un Comité Técnico que deberá emitir las reglas de operación sobre la recepción, administración, inversión, entregas y rendimientos de recursos a los institutos de seguridad social.

Su propósito es recibir, administrar, invertir y entregar los recursos que le sean aportados; será constituido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público como un fideicomiso público no considerado entidad paraestatal, en el cual el Banco de México actuará como fiduciario.

De acuerdo con Luisa María Alcalde, secretaria de Gobernación, antes de la reforma de 1997, impulsada por el presidente priista Ernesto Zedillo, el sistema de pensiones estaba en función del salario. 

“Las pensiones estaban a cargo del IMSS. Te podías jubilar a los 60 años y con 10 años de trabajo, es decir, con 500 semanas de cotización”.
Detalló que antes un trabajador que ganaba 10 mil pesos se jubilaba en promedio con 10 mil pesos, prácticamente el 100 por ciento de su salario.

¿Y qué pasará con los Afores?
En el momento en el que se apruebe la creación de dicho Fondo, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores), las instituciones que realicen funciones similares de naturaleza pública, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir los recursos de las Subcuentas de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, al momento en que los trabajadores cumplan 70 años, sin necesidad de resolución judicial, debiendo notificar de cada traspaso al Instituto Mexicano del Seguro Social el mismo día en que se realice. 

Esto NO será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el Instituto.

Para el caso de las y los trabajadores del Estado, el PENSIONISSSTE o las administradoras, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir dichos recursos al momento en que los trabajadores cumplan 75 años, sin necesidad de resolución judicial, al Fondo de Pensiones para el Bienestar. 

Esto NO será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el Issste.

Fuente Milenio

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¡No más niños en moto! Aprueban diputados modificación en la Ley de Movilidad

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CDMX.-Con 409 votos a favor, 25 en contra y 0 abstenciones, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó la modificación al artículo 49 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial para prohibir que menores de 12 años puedan viajar en motocicleta, aún cuando cumplan con la portación de casco.

Durante la sesión de este lunes, las y los diputados avalaron el dictamen que impide que niños viajen en este tipo de vehículos, con el objetivo principal es salvaguardar el bienestar de los menores de edad.

Actualmente la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial establece que el uso obligatorio de casco para personas conductoras y pasajeros de motocicletas, sin embargo, con esta reforma ya no se podrá transportar a los menores de 12 años.

Dicha ley sólo contemplaba que cualquier persona menor de 12 años viaje en los asientos traseros y con el cinturón de seguridad para proteger su integridad física.

El dictamen fue posteriormente enviado al Senado para continuar su proceso legislativo.

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