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Emiten alerta migratoria en contra del exgobernador de Tamaulipas a solicitud de la FGR

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Ciudad de México.- El Instituto Nacional de Migración (INM) explicó que emitió la alerta migratoria en contra del exgobernador de Tamaulipas a solicitud de la Fiscalía General de la República (FGR).

El Instituto Nacional de Migración (INM) emitió una alerta migratoria para evitar la fuga del exgobernador de Tamaulipas, Francisco Javier García Cabeza de Vaca.

El Instituto detalló en un breve comunicado que esta medida se implementó a solicitud de la Fiscalía General de la República (FGR) al existir una orden de aprehensión en contra de García Cabeza de Vaca, emitida por un juez de distrito “por su probable intervención en hechos delictivos de delincuencia organizada”.

El panista, que dejó el cargo de gobernador hace cuatro días, es acusado por la FGR por delincuencia organizada, lavado de dinero y defraudación fiscal.

Se tiene que registrar e informar a esta instancia de justicia sobre los movimientos de ingreso y salida de la persona mencionada a través de todos los puntos de internación -aéreos, marítimos o terrestres- del territorio nacional”, dijeron las autoridades federales.

El lunes 3 de octubre, García Cabeza de Vaca publicó en sus redes sociales una serie de mensajes en los que negó haberse fugado de México y dijo que se tomaría unos días de descanso con su familia en su rancho, ubicado en Tamaulipas.

El fin de semana, el extitular de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), Santiago Nieto, quien inició investigaciones por presuntas operaciones indebidas de García Cabeza de Vaca, se preguntó sobre el paradero del exmandatario estatal.

Cabe recordar que el año pasado el Instituto Nacional de Migración emitió una ficha similar cuando García Cabeza de Vaca todavía era gobernador.

El 17 de agosto pasado la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación validó la declaración de procedencia que emitió la Cámara de Diputados en contra del gobernador de Tamaulipas, Cabeza de Vaca, pero invalidó la orden de aprehensión que emitió en su contra un juez a solicitud de la Fiscalía General de la República, al reconocer que el mandatario contaba en ese momento con inmunidad procesal.

La resolución del máximo tribunal dejó sin efecto el proceso penal iniciado por la FGR contra el entonces gobernador panista, quien no podía ser detenido mientras ostentara el cargo, aunque la Fiscalía queda en libertad de iniciar una nueva investigación cuando el mandatario estatal concluyera el cargo.

Fuente El Economista

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Nacional

Entra en vigor el Fondo de Pensiones para el Bienestar

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Esta noche se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, que, entre otras cosas, modifica el destino de los recursos de aquellos ahorros de los trabajadores que no sean reclamados.

El decreto se publicó en la edición vespertina de este martes 30 de abril, el cual entrará en vigor mañana miércoles 1 de mayo.

¿Qué es el Fondo de Pensiones del Bienestar?
El dictamen para la creación del Fondo reforma y adiciona las siguientes leyes:

  • Del Seguro Social
  • Del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit)
  • Del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste)
  • De los Sistemas de Ahorro para el Retiro, Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público
  • Del decreto por el que se extingue el Organismo Público Descentralizado denominado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero
  • Abroga su Ley Orgánica, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2023.
  • El Fondo para el Bienestar contará con un Comité Técnico que deberá emitir las reglas de operación sobre la recepción, administración, inversión, entregas y rendimientos de recursos a los institutos de seguridad social.

Su propósito es recibir, administrar, invertir y entregar los recursos que le sean aportados; será constituido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público como un fideicomiso público no considerado entidad paraestatal, en el cual el Banco de México actuará como fiduciario.

De acuerdo con Luisa María Alcalde, secretaria de Gobernación, antes de la reforma de 1997, impulsada por el presidente priista Ernesto Zedillo, el sistema de pensiones estaba en función del salario. 

“Las pensiones estaban a cargo del IMSS. Te podías jubilar a los 60 años y con 10 años de trabajo, es decir, con 500 semanas de cotización”.
Detalló que antes un trabajador que ganaba 10 mil pesos se jubilaba en promedio con 10 mil pesos, prácticamente el 100 por ciento de su salario.

¿Y qué pasará con los Afores?
En el momento en el que se apruebe la creación de dicho Fondo, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores), las instituciones que realicen funciones similares de naturaleza pública, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir los recursos de las Subcuentas de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, al momento en que los trabajadores cumplan 70 años, sin necesidad de resolución judicial, debiendo notificar de cada traspaso al Instituto Mexicano del Seguro Social el mismo día en que se realice. 

Esto NO será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el Instituto.

Para el caso de las y los trabajadores del Estado, el PENSIONISSSTE o las administradoras, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir dichos recursos al momento en que los trabajadores cumplan 75 años, sin necesidad de resolución judicial, al Fondo de Pensiones para el Bienestar. 

Esto NO será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el Issste.

Fuente Milenio

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Nacional

¡No más niños en moto! Aprueban diputados modificación en la Ley de Movilidad

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CDMX.-Con 409 votos a favor, 25 en contra y 0 abstenciones, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó la modificación al artículo 49 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial para prohibir que menores de 12 años puedan viajar en motocicleta, aún cuando cumplan con la portación de casco.

Durante la sesión de este lunes, las y los diputados avalaron el dictamen que impide que niños viajen en este tipo de vehículos, con el objetivo principal es salvaguardar el bienestar de los menores de edad.

Actualmente la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial establece que el uso obligatorio de casco para personas conductoras y pasajeros de motocicletas, sin embargo, con esta reforma ya no se podrá transportar a los menores de 12 años.

Dicha ley sólo contemplaba que cualquier persona menor de 12 años viaje en los asientos traseros y con el cinturón de seguridad para proteger su integridad física.

El dictamen fue posteriormente enviado al Senado para continuar su proceso legislativo.

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